Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°467 del día  02 de Mayo del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante

RESOLUCIÓN  N°0323/019 (Poder Ejecutivo)  

VISTO:

El Contrato de Locación de Servicios Profesionales celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Dr. HERNANDEZ BERNI, Ángel Eduardo, CUIT N° 20-25005119-1, MP N° 3.763, Y,

CONSIDERANDO:

            Que, el objeto de dicho contrato es, principalmente, contar con un profesional como Mandatario Judicial de la Municipalidad de Aguaray, el que representará a la Municipalidad de Aguaray en todas las causas judiciales a favor o en contra en el que el Municipio sea parte (civil, penal, laboral, contencioso-administrativo, etc); mediaciones judiciales o extrajudiciales en las que la Municipalidad será parte en la Justicia Ordinaria y Contencioso Administrativo.

Que, la Ley N° 7936 Carta Orgánica de la Municipalidad de Aguaray, en el Art. 36 en referencia a las atribuciones conferidas al Ejecutivo, en su inciso N° 27 dice: Designar asesores en su esfera y removerlos…”.

Que, por lo expuesto es necesaria la contratación del profesional en cuestión, correspondiendo al Ejecutivo Municipal el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON

PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art. 1°.- APROBAR el contrato el contrato de Locación Profesional, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Dr. HERNANDEZ BERNI, Ángel Eduardo, CUIT N° 20-25005119-1, MP N° 3.763, prestando sus servicios a la Municipalidad de Aguaray y fijando una remuneración de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($30.000,°°)con las actualizaciones especificadas en el Contrato respectivo y contra presentación de factura, IVA incluido, más los viáticos que correspondan  conforme la normativa legal vigente, que se imputara a la partida presupuestaria correspondiente  a Erogaciones, Cuenta de Honorarios  y Retribuciones a Terceros.

Art. 2°.- DESIGNAR como Mandatario Judicial de la Municipalidad de Aguaray al DR. HERNANDEZ BERNI, Ángel Eduardo CUITL N° 20-25005119-1, con domicilio legal en Rivadavia  289, de la Ciudad de Tartagal, por el termino de 6 MESES de firmado dicho contrato.

Art. 3°.- AUTORIZAR  al Departamento Contable a emitir  la pertinente  Orden de Pago a partir del mes de Abril de 2019, conforme a las cláusulas del contrato adjunto a la presente.

Art. 4°.- La presente será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art.  37 de la Carta Orgánica – Ley 7.936

Art. 6°.- COMUNIQUESE, PUCLIQUESE, ARCHIVESE.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN  N°0336/019 (Poder Ejecutivo)  

VISTO:

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta Capital, por parte del Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray Arq. Mauricio Cáceres L.P. Nº 688, y;

CONSIDERANDO:

Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray Arq. Mauricio Cáceres, deberá asistir a los siguientes organismos: Gran Bourg, Vialidad de la Provincia, Secretaría de Asuntos Municipales, para realizar gestiones que le competen al Municipio de Aguaray.-

Que para el traslado utilizará su vehículo particular, por lo que solicita el reconocimiento de combustible.-

Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer un día de viático de este viaje de comisión de servicios a la ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1:- COMISIONAR al Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray Arq. Mauricio Cáceres L.P. Nº 688, a viajar a la ciudad de Salta el día 03 de mayo del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.2º:- AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la ciudad de Salta, correspondiente al 03 de mayo del corriente año, más la Suma de Pesos Tres Mil Quinientos con 00/100 ($3.500ºº) para combustible y gastos varios con cargo de rendición luego de las 72 Hs. de haber finalizado con las actividades,  más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray Arq. Mauricio Cáceres L.P. Nº 688.-

Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Arq. Cáceres Mauricio – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN  N°0338/019 (Poder Ejecutivo)  

VISTO:

            El Expte. adjunto N°3017/18, presentado por la Sra. ARANDA, ISIDRA, DNI N°24.667.911, con domicilio en Paraje El Algarrobal, en representación del Centro Comunitario del lugar mencionado, en el cual solicita la autorización correspondiente para realizar una “PEÑA Y BINGO BAILABLE” en el Tinglado de la Capilla, el día: 11-05-19, a partir de Hs. 17:00 hasta 05:00 de la madrugada del día siguiente solicitando eximición de impuestos, y;

CONSIDERANDO:

Que la solicitante manifiesta que tal actividad se realiza con objeto de recaudar fondos en beneficios de la Capilla.

Que éste Ejecutivo Mpal. colabora con este tipo de iniciativas en bien de la comunidad.

POR ELLOS:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art. 1°.- Conceder a la solicitante Sra. ARANDA, ISIDRA, DNI N°24.667.911 el permiso correspondiente para realizar una “PEÑA Y BINGO BAILABLE”, en el tinglado de la Capilla, el día 11-05-19, a partir de Hs. 17:00 hasta las 05:00 de la madrugada del día siguiente.

Art. 2°.- Comunicar a la interesada que deberá cumplir con todas las normas y requisitos se seguridad que se exigen según leyes vigentes.

Art. 3°.- Eximir de los impuestos pertinentes.

Art. 4°.- Entregar a la interesada una copia de la presente y otra de la Ordenanza N°014/11 del C.D la que consta de 10 folios para su debido conocimiento.

Art. 5°.- Enviar una copia de la presente a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art. 6.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese. –

Freddy M. Céspedes – Dr. Alfredo N. Darouiche