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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N° 675 del día 16 de Marzo del 2.020, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCION N° 411/020 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

El Expt. N° 2.051-2020 de la Auditoria General de la Provincia de Salta.

CONSIDERANDO:

Que, a través del mismo se requiere a éste Intendente Municipal en su carácter de Presidente Natural de la Cooperadora Asistencial, documentación e informe, respecto a la rendición de cuentas del mes de Noviembre 2.015, cuyo responsable era el Ex Intendente Juan Carlos Alcoba.

Que, solicitan copia de los comprobantes respaldatorios de la Orden de Pago N° 010377 de fecha 30/11/2015 por un importe de $ 450.000,00, en concepto de transferencia, careciendo de datos como destino y beneficiario.

Que, habiendo precedido a buscar los comprobantes los mismos no se encuentran, motivo por el cual se ha requerido a la entidad bancaria los informes respectivos.

Que, una vez más la Auditoria General de la Provincia observa irregularidades en la gestión del Ex Intendente Alcoba, por lo que sería prudente que ese Concejo Deliberante se pronuncie sobre el particular, respecto a los faltantes del dinero público y que no caigan en actitudes mezquinas de tapar la corrupción y ser cómplices de su Jefe Político y devuelva el dinero que tanta falta le hace a la Cooperadora Asistencial.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL- LEY N 7.936.

RESUELVE

Art. N° 1.-ELEVAR copia del Requerimiento N°05-02 de la Auditoria General de la Provincia de Salta – Expte. N°242-6823/19 a sus efectos.

Art. N° 2.-INSTAR al Concejo Deliberante de nuestra Ciudad a emitir un claro pronunciamiento sobre estas irregularidades detectadas durante la Gestión del Ex Intendente Juan Carlos Alcoba.

Art. N° 3.- Refrenda el Secretario con competencia, desacuerdo a lo establecido en el Art. 37° de la Carta Orgánica Municipal – Ley. 7.936

Art. N°4.- Regístrese, Publiquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Juan Ramón Ferreyra – Ing. Jorge Enrique Prado

Ver documento Original Resolución N°411/2020

RESOLUCION Nº 412/2020 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte de la Directora de Prensa y Comunicación de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Patricia Ivon Caro D.N.I Nº 28.373.033, según Expte. Nº 2732/2020, y;

CONSIDERANDO

Que, la directora de Prensa y Comunicación viajara a la Ciudad de Salta Capital para asistir a la reunión de Intendentes debido a Paritarias y Protocolo de Coronavirus, a realizarse el día 16/03/20 a Hs 18:00.-

Que, dicho traslado requiere el uso de su vehículo particular, por lo que solicita el reconocimiento de combustible. –

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL- LEY N 7.936.

RESUELVE

Art.1º.- COMISIONAR a la Directora de Prensa y Comunicación de la Municipalidad de Aguaray, La Sra. Patricia Ivon Caro D.N.I Nº 28.373.033, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta, el día 16 de Marzo del año 2.020, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.2°.-Autorizar al Dpto. Contable a emitir la pertinente orden de pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta,  correspondiente al día 16 de Marzo del año 2.020, más la Suma de Pesos Cuatro mil con 00/100 ($4.000ºº), para combustible y gastos varios, con cargo de rendición luego de las 72hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre de la directora de Prensa y Comunicación de la Municipalidad de Aguaray,  la Sra. Patricia Ivon Caro D.N.I Nº 28.373.033.-

Art.3°.-  La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.4°.-  Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

 

Sr. Freddy Marcelo Céspedes – Sr. Juan Ramón Ferreyra

Ver documento Original Resolución N°412/2020

RESOLUCION Nº 413/2020(Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte de la Directora de Prensa y Comunicación de la Municipalidad de Aguaray, la Sr. Raúl Ángel Vaca D.N.I Nº 25.437.468, según Expte. Nº 2732/2020, y;

CONSIDERANDO

Que, el Sub Director de Prensa y Comunicación viajara a la Ciudad de Salta Capital para asistir a la reunión de Intendentes debido a Paritarias y Protocolo de Coronavirus, a realizarse el día 16/03/20 a Hs 18:00.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL- LEY N 7.936.

RESUELVE

Art. N°1.- COMISIONAR al sub Director de Prensa y Comunicación de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Raúl Ángel Vaca D.N.I Nº 25.437.468, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta, el día 16 de Marzo del año 2.020, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art. N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente orden de pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta, correspondiente al día 16 de Marzo del año 2.020, más el adicional complementario según Resolución Municipal Nº 073 – 2.020, a nombre del Sub Director de Prensa y Comulación, el Sr. Raúl Ángel Vaca D.N.I Nº 25.437.468

Art.N°3.-  La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art. N°4.-  Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Freddy Marcelo Céspedes – Sr. Juan Ramón Ferreyra

Ver documento Original  Resolución N°413/2020

RESOLUCION Nº414/2020(Poder Ejecutivo)

VISTO:

Los riesgos que para la salud implica el nuevo coronavirus (covid-19), declarado como pandemia por la organización Mundial de la Salud, teniendo en cuenta la emergencia sanitaria declarada por Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y el Decreto N° 250/2020 emitido por el Gobernador de la provincia de Salta, y;

CONSIDERANDO:

Que debido a la situación existente vinculada al COVID-19 (coronavirus), el país y la provincia se encuentra en emergencia a fin de extremar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada y oportuna;

Que el Municipio de Aguaray es uno de los que se encuentran en Zona de Frontera con la Republica de Bolivia, que implica un punto de ingreso de gran número de ciudadanos extranjeros, por lo que deben extremarse las medidas a fin de evitar la difusión del coronavirus;

Que además de la prevención permanente, resulta imprescindible la divulgación masiva en los medios de comunicación, pudiendo el Comité Operativo Municipal de Emergencia que por el presente se crea, disponer regímenes especiales o excepcionales para la prestación de servicios a fin de satisfacer adecuadamente las necesidades sanitarias de la población;

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL- LEY N 7.936.

 

Art.1º.- Adherir al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y al Decreto N° 250/2020 emitido por el gobernador de la provincia de Salta en orden a la situación existente con el COVID-19 (coronavirus).

Art.2°.- Créase un Comité Operativo Municipal de Emergencia para atender la problemática vinculada a la prevención, asistencia y control del estado de emergencia sanitaria declarado por el Gobierno Nacional y Provincial

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

  • INTENDENTE
  • COORDINADOR DE DEFENSA CIVIL
  • COMDE

ORGANISMOS PARTICIPANTES

  • Municipalidad:
    • Acción Social
    • Medio Ambiente
    • Obras Públicas
    • Transito
    • Defensa Civil
    • Concejo Deliberante
    • Prensa
    • Relaciones Institucionales
  • Sociedad de Bomberos Voluntarios de Aguaray
  • Medios de Comunicación Social (Radios FM – canal de cable (C.V.A))
  • Policía de la Provincia de Salta
  • Empresas prestadoras de Servicios: EDESA, GASNOR, Aguas del Norte, Telecom, Cablevisión, Vialidad.
  • Empresas radicadas en la zona con actividad hidrocarburífera
  • Gendarmería Nacional Escuadrón 54
  • Iglesias
  • IPPIS
  • Hospital Luis Adolfo Güemes
  • ONG: Caritas

Art.3°.- Facúltese a la Dirección de Prensa Municipal a difundir en medios de comunicación masiva y a través de los espacios publicitarios las medidas que se adopten y toda otra noticia destinada a informar a la comunidad.-

Dicha información podrá brindarse a través de diversos sistemas y/o herramientas vinculadas a las tecnologías de la información y la comunicación.

Art.4°.-  Suspéndase hasta el 31 de marzo inclusive, del año vigente, con aplicación a partir de la fecha del presente, la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, religioso, deportivo y social de participación masiva. Este plazo podrá ser abreviado o prorrogado según la evolución de la Pandemia, y/o disposición de las Autoridades Sanitarias del Ministerio de salud, como autoridad de aplicación, en el marco de la emergencia declarada.

Art.5°.- Autorizase al Comité Operativo Municipal de Emergencia a tomar las siguientes medidas conducentes a evitar la propagación del COVID-19 (coronavirus) y al control de su implementación: – cierre temporario de museos, teatros y cualquier otra actividad vinculada al turismo; – disponer de que el sector privado deberá implementar sistemas de teletrabajo para sus empleados; –  difusión de programas especiales de concientización en establecimientos educativos, centros de la tercera edad y medios masivos de comunicación; – establecer las condiciones para hacer operativo lo dispuesto en el artículo 4°;  –  centralizar la información referida a la presente problemática para una correcta difusión en los medios masivos de comunicación; – y todas aquellas otras acciones que resulten pertinentes a los fines del cumplimiento de los objetivos propuestos en los decretos nacional y provincial y la presente resolución.

Art.6°.- Encomiéndase a la Dirección de Recursos Humanos Municipal a otorgar un permiso de ausencia extraordinaria a aquellos trabajadores dependiente de la Administración Pública Municipal a partir de los 60 años edad, mujeres embarazadas y para aquellos casos en que el Comité Operativo Municipal de Emergencia así lo aconseje y en las condiciones que se establezcan en los respectivos Protocolos. Asimismo dicha Dirección deberá implementar un sistema de horarios rotativos para los agentes de la Administración Pública Municipal a los fines de asegurar un funcionamiento ininterrumpido del servicio a su cargo evitando un inconveniente congestionamiento de personal.

Invitase a las organizaciones privadas a adoptar similares medidas a las establecidas en el presente artículo, a fin de evitar la propagación del COVID-19 (coronavirus).

Art.7°.- Establécese que las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19 (coronavirus) deberán reportar de inmediato dicha situación a los prestadores de salud.

Art.8°.- El Ejecutivo Municipal junto a la Secretaria de Hacienda podrá disponer los refuerzos, distribuciones y/o reestructuraciones de partidas presupuestarias que resultaren necesarias para el cumplimiento del presente.

Art.9°.- Dispónese que el Poder Ejecutivo podrá celebrar convenios con el Estado Nacional, Estado Provincial, otros municipios y personas humanas y/o jurídicas para gestionar de manera eficiente la aplicación de los recursos que se destinen a atender las situaciones que se presenten en el marco de la emergencia aquí declarada.

Art.10°.- Las erogaciones realizadas en el marco de la presente declaración de emergencia quedan comprendidas en las disposiciones del artículo 15, inciso i), de la ley N° 8.072.

Art.11°.- Suspéndase los términos administrativos para la tramitación de los procedimientos por ante la Municipalidad de Aguaray, hasta la fecha en que pierda vigencia la presente Resolución o, en su caso, las prórrogas de la misma.

Art.12°.- Priorizar el ingreso a las dependencias municipales de los ciudadanos que requieran atención urgente, disminuyendo la entrada y permanencia de los mismo a aquellos que acrediten necesidades ineludibles, debiendo adaptarse a los horarios y modos de atención que se determinen.

Art.13°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Sr. Freddy Marcelo Céspedes – Sr. Juan Ramón Ferreyra

Ver documento Original  Resolución N°414/2020