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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°473 del día 10 de Mayo del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante

RESOLUCIÓN°0363/2019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

El Convenio de Colaboración suscripto entre el Municipio de Aguaray y la Provincia de Salta, aprobado por Decreto N° 1194/2018 y mediante Resolución Municipal N° 812-2018, y,

CONSIDERANDO:

Que, con el objeto de que el Municipio de Aguaray alcance su máxima calidad institucional y optimice el rendimiento de sus áreas administrativas y de recursos tributarios, se suscribió un Convenio de Colaboración con la Provincia de Salta para la provisión de software y el mantenimiento de las tareas de asesoramiento profesional.

Que, en la cláusula decima del Convenio establece que el mismo tendrá vigencia por el plazo de un (01) año a partir de la fecha de su firma, prorrogándose en forma automática, salvo expresa manifestación en contrario y que con motivo de la prórroga, las partes podrán establecer actualizaciones de precios de acuerdo al contexto económico.

Que, la Dirección General de Fortalecimiento Tributario y Administración Municipal dependiente de la Secretaria de Ingresos Públicos en jurisdicción del Ministerio de Economía de la Provincia de Salta, transcurrido el primer año de vigencia de Convenio, continuara la prestación de las obligaciones asumidas son modificación en precio acordado.

Que, la Ejecución del Convenio y la prestación de los servicios provistos por el Gobierno de Salta no han sufrido interrupciones al día de la fecha.

Que, en el contexto económico actual, resulta conveniente para el Municipio renovar el mencionado convenio sin modificaciones en el aspecto económico.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- PRORROGAR en todas sus partes por el término de un año, el Convenio  de Colaboración suscripto entre el Municipio de Aguaray y la Provincia de Salta, aprobado por Decreto N° 1194/2018 y mediante Resolución Municipal N° 812-2018.

Art. 2.- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.3°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal Ley N° 7936.

Fernando Alejandro Pedraza-Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0364/019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468, y;

CONSIDERANDO:

Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica.-

Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibus Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- COMISIONAR  al Agente Municipal Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468, a

realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 13 de mayo del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 13 de mayo del presente año, más la suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059 – 2019,a nombre del Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468.-

Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0365/019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.932; Ordenanza Presupuestaria Vigente, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Intendente Municipal, considera que la constante disponibilidad, predisposición y responsabilidad del personal de planta política al momento de realizar las tareas encomendadas merece un reconocimiento y pago pecuniario.-

Que, en la Ordenanza Presupuestaria vigente está contemplado el aumento del presupuesto destinado a planta política.-

Que, en función de la distribución del aumento, el Órgano Ejecutivo Municipal consideró otorgar una bonificación de carácter excepcional y no remunerativa, a percibir por el personal municipal de planta política desde la categoría política K a la D, personal no comprendido en el Régimen previsto en el Estatuto del Personal Municipal, por la Suma de Pesos Tres Mil con 00/100 ($3.000,00).-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

 Art. 1.-ESTABLECER un Adicional No Remunerativo al Personal de Planta Política desde la categoría política K a la D por la Suma de Pesos Tres Mil con 00/100 ($3.000,00) a partir del mes de abril de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art. 2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda, Dpto. Contable y Tesorería Municipal a realizar el pago en concepto de Adicional No Remunerativo.-

Art. 3.-En razón de lo expresado y dispuesto, dese copia a las dependencias administrativas a efecto de su cumplimiento e imputación a la Partida Presupuestaria Vigente.-

Art. 4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art. 5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal por el término de Un (01) Día, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche