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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 734 del día 28 de septiembre del Año 2.020, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCION N°668/020(Poder Ejecutivo)

VISTO:

Las funciones que viene desarrollando el agente de planta política Sr. AVALOS, Silvio V. y;

CONSIDERANDO:

QUE, por la naturaleza de la tarea efectuada en el área de Prensa y en Relaciones Institucionales y la necesidad de contar  con la disponibilidad horaria para su realización,  se  estimó conveniente ampliar  la jornada ordinaria de trabajo a fin de que el agente mencionado en el Visto pueda llevar a cabo las tareas institucionales encomendadas con el mayor esmero y efectividad posible.-

QUE, por lo expuesto precedentemente, es necesario realizar el reconocimiento económico por las tareas extraordinarias realizadas otorgando un adicional no remunerativo ni bonificable.-

QUE, es pertinente realizar el presente acto resolutivo por lo expuesto precedentemente con el fin de justificar las erogaciones producidas.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. Nº 1.- ABONAR en forma mensual, a partir del mes de agosto de 2020 y hasta nuevas disposiciones emanadas del Ejecutivo Municipal, al Sr. AVALOS, Silvio V. – DNI Nº 24.968.977 un adicional no remunerativo ni Bonificable por la cantidad de $ 5.000,00 (Pesos Cinco mil con 0/00).-

Art. Nº 2.- INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art. Nº 3.- COMUNICAR de la presente resolución a: Mesa de entrada, Sec. de Hacienda, Liquidaciones, RRHH y al interesado a los efectos correspondientes.-

Art. Nº 4.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art. Nº 5.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Ferreyra Juan Ramón – Ing. Prado Jorge E.

Ver documento Original P.E Resolucion N°668/20

RESOLUCION N°669/020(Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. CASTRO, Juan Carlos Legajo Personal N°417 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2019, y;

CONSIDERANDO:

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal, en su Cap.-VII – Derechos – Art.59-60-61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY N° 7.936

RESUELVE

Art.N°1.-Conceder al Agente Municipal Sr. CASTRO, Juan Carlos Legajo Personal N°417, la Licencia Anual Reglamentaria año 2.019 por la cantidad de 20 (VEINTE) días hábiles a partir del día 28/09/2.020 hasta el 27/10/2.020 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.

Art.N°2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente referente al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.N°4.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese

Sr. Ferreyra Juan Ramón – Ing. Prado Jorge E.

Ver documento Original P.E Resolución N°669/20

RESOLUCION N°670/020(Poder Ejecutivo)

VISTO:

El Convenio Institucional establecido entre la Municipalidad de Aguaray y la Escuela de Educación Técnica Nº 3.143, para la reparación y mantenimiento de una  Trafic Iveco Dayli perteneciente a la Institución; Y;

CONSIDERANDO:

Que, la Escuela de Educación Técnica Nº 3.143, cuenta con una Trafic donada por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación desde el año 2.014, para fines de traslado de estudiantes que concurren a la Institución y deban trasladarse para desarrollar actividades educativas.-

Que, la Dirección de la menciona Institución, solicitó mediante nota al Ejecutivo Municipal la colaboración de una ayuda económica para poder solventar los gastos que requiere la reparación y mantenimiento de la Trafic Iveco Dayli, Patente OIC 997, ya que no cuenta con los recursos suficientes como consecuencia de la Pandemia por el COVID 19, puesto que ocasionó un desfasaje en los recursos económicos del establecimiento.-

Que, el Ejecutivo Municipal aprueba el otorgamiento de una ayuda económica y en base a ello se firma el Convenio Institucional, por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo de aprobación del Convenio, a los fines de dar cumplimiento a los pasos administrativos y legales pertinentes.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1º  APROBAR el Convenio Institucional establecido entre la Municipalidad de Aguaray, representada por el Señor Intendente Ing. Jorge Enrique Prado D.N.I. Nº 33.351.204 con domicilio legal en Av. Sarmiento Esq. Arenales y la Escuela de Educación Técnica Nº 3.143, representada por su Directora, Sra. Elva Graciela Ochoa D.N.I Nº 23.439.770 con domicilio en Av. Mariano Moreno de la Ciudad de Aguaray, en un todo de acuerdo a lo expreso.-

Art.2º  AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente Orden de Pago correspondiente por el subsidio  otorgado, por la Suma de Pesos Diecisiete Mil con 00/100 ($17.000ºº), POR ÚNICA VEZ, para el arreglo de la Trafic Iveco Dayli Patente OIC 997, perteneciente a la Institución.-

Art.3º  AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.-

Art.4º  La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Aguaray, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.5º  Elevar copia a las dependencias municipales correspondientes, a la Institución Educativa, para su conocimiento  y demás efectos.-

Art.6º  Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Ferreyra Juan Ramón – Ing. Prado Jorge E.

Ver documento Original P.E Resolución N°670/20 

RESOLUCION N°671/020(Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. YEPES, Luis Horacio Legajo Personal N°523 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal, en su Cap.-VII – Derechos – Art.59-60-61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY N° 7.936

RESUELVE

Art.N°1.-Conceder al Agente Municipal Sr. YEPES, Luis Horacio Legajo Personal N°523 la Licencia Anual Reglamentaria año 2.018 por la cantidad de 15(quince) días hábiles a partir del día 28/09/2.020 hasta el 20/10/2.020 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.

Art.N°2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente referente al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.N°4.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese

Sr. Ferreyra Juan Ramón – Ing. Prado Jorge E.

Ver documento Original P.E Resolución N°671/20

RESOLUCION N°672/020(Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. PADILLA, Manuel Orlando Legajo Personal N°466 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2019, y;

CONSIDERANDO:

Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal, en su Cap.-VII – Derechos – Art.59-60-61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY N° 7.936

RESUELVE

Art.N°1.-Conceder al Agente Municipal Sr. PADILLA, Manuel Orlando Legajo Personal N°466 Licencia Anual Reglamentaria año 2.019 por la cantidad de 20(veinte) días hábiles a partir del día 30/09/2.020 hasta el 29/10/2.020 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.

Art.N°2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al interesado a los efectos correspondientes.

Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o el competente referente al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.N°4.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese

Sr. Ferreyra Juan Ramón – Ing. Prado Jorge E.

Ver documento original P.E Resolución N°672/20

RESOLUCION N°673/020(Poder Ejecutivo)

VISTO:

El Expte. adjunto N° 4155/20 presentado por la Srta. CAZON HERNANDEZ, SEILA, CUIL N°27-40155555-8, con domicilio en Calle H. Irigoyen de esta Localidad, mediante el cual solicita autorización para la apertura de un comercio con el Rubro: “KIOSCO C/VTA. DE BEBIDAS GASEOSAS EN ENV. CERRADO”, el que estará ubicado en su domicilio particular, y;

CONSIDERANDO:

Que la misma ha abonado los sellados correspondientes.

Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.

Que se realizó la inspección bromatológica pertinente.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY N° 7.936

RESUELVE

Art.N°1.- Autorizar a la Srta. CAZON HERNANDEZ, SEILA, CUIL N°27-40155555-8, a realizar la apertura de un comercio de rubro: “KIOSCO CON VTA. DE BEBIDAS GASEOSAS EN ENV. CERRADO”, en el que estará ubicado en su domicilio particular sito en Calle Hipólito Irigoyen de esta localidad.

Art.N°2.- Inscribirla en el Registro de Comerciantes bajo Matrícula N°3.475 y Cod.. de la Afip 471190, a partir del día 16-09-20.

Art.N°3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.

Art.N°4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936

Art. N°5.- Entregar una copia de la presente Resolución a la solicitante.

Art. N°6.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Ferreyra Juan Ramón – Ing. Prado Jorge E

Ver documento original P.E Resolución N°673/20