Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°909 del día 14 de Julio del Año 2.021, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN Nº602/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La aprobación de la Ordenanza N°012-2.021 por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad, ingresada al Despacho de este Comisionado Interventor  con fecha 06-07-021 bajo Expte. N°2412/021; y

CONSIDERANDO

Que, a fin de cumplimentar con las facultades otorgadas por la norma legislativa indicada, es procedente la sanción del presente acto resolutivo de promulgación y publicación respectivamente.

Que, es deber y atribución del Poder Ejecutivo Municipal, conforme lo indica y establece el Art. N°31 – Inciso 4 de la Carta Orgánica – Ley N°7.936 que textualmente reza: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que corresponda”.

Que, conforme lo dispuesto en la Ordenanza referida de APROBACION y RATIFICACION del Convenio de Pago entre el Municipio de Aguaray y la Empresa Pan American Energy  Suc. Argentina en su carácter de Operador de la UTE ACAMBUCO (Art. l°) y la AUTORIZACION expresa otorgada a éste Comisionado Interventor para suscribir y firmar el convenio aludido (Art. 2°) es que se procederá a notificar del alcance de la norma legislativa aprobada a la  Empresa Pan American Energy – Suc. Argentina a los fines pertinentes.

Que, la suscripción del Convenio de Pago con la Empresa referida viene a subsanar la falta de actualización que desde el mes de Enero del año 2.020 vino afectando la economía municipal y con este acuerdo se cumple la meta presupuestaria prevista para el año 2.021 en lo que respecta a la Contribución de la Empresa Pan American Energy.

Que cumpliendo los plazos legales establecidos en el Art. N° 30 de la Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936 se dicta la presente Resolución Municipal.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LAS LEYES VIGENTES Y LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY N°7.936

R  E  S  U  E  L  V  E

Art.Nº1.- PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza N°012-2021 de APROBACION y RATIFICACION del Convenio de Pago entre la Municipalidad de Aguaray y la Empresa Pan American Energy  Suc. Argentina, en su carácter de operador y representante legal de “PAN AMERICAN ENERGY  – APCO ARGENTINA INC – NORWEST ARGENTINA CORP. – YPF S.A. – O&G DEVELOPMENTS LTD. S.A. – ACAMBUCO – UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS” – “UTE Acambuco”-).

Art.Nº2.-Procédase a la firma del Convenio aludido y notifíquese a la Empresa a los fines pertinentes.

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

ORDENANZA Nº012/021

VISTO

El Proyecto de Convenio con la Empresa Pan American Energy SL Suc. Argentina, en su carácter de operador y representante legal de “PAN AMERICAN ENERGY LLC – APCO ARGENTINA INC – NORWEST ARGENTINA CORP. – YPF S.A – O & G DEVELOPMESTS LTD. S.A  – ACAMBUCO – UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS” (la “UTE Acambuco”), que se registra bajo expediente Nº272/021 y que fuera enviado por el Poder Ejecutivo Municipal, y;

CONSIDERANDO

Que, la Constitución Nacional (Art. 123) y Provincial (Art.Nº170) establecen la potestad tributaria, a partir del concejo constitucional de autonomía municipal, a fin de poder satisfacer las necesidades económicas y financieras, derivadas de poseer recursos propios.

Que, siendo competencia del Gobierno Municipal la recaudación de tributos (Art.22 – Inc. 3- Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936) y a fin de suscribir el convenio de pago conforme lo determina el Art. 36 Inc. 16, es que corresponde otorgar la aprobación mediante el tratamiento legislativo pertinente. (Art. Nº31 – Inciso 28  – Ley Nº7.936).

Que, el convenio obliga la UTE Acambuco a continuar designada como Agente de Retención e Información del Municipio de Aguaray, también a mantener la radicación, pago del impuesto del Automotor e incorporación de toda nueva unidad automotor que preste servicios en la Jurisdicción del Municipio de Aguaray, ingresos extraordinarios derivados del convenio a suscribir que posibilitara a las arcas del Municipio a contar con recursos genuinos en beneficio de la sociedad.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº7936, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-APROBAR y RATIFICAR el Convenio de Pago entre el Municipio de Aguaray, y la Empresa Pan American Energy LLC Suc. Argentina, en su carácter de operador y representante legal de “PAN AMERICAN ENERGY LLC – APCO ARGENTINA INC – NORWEST ARGENTINA CORP. – YPF S.A – O & G DEVELOPMESTS LTD. S.A  – ACAMBUCO – UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS” (la “UTE Acambuco”), el que consta de seis clausulas y pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-AUTORIZAR al comisionado Interventor Municipal Sr. Adrián Ariel Zigaran, DNI Nº 20.231.108 a suscribir y firmar el CONVENIO de Pago con la Empresa UTE ACAMBUCO, conforme lo aprobado y dispuesto en el artículo precedente.

Art.Nº3.-COMUNIQUESE, al Departamento Ejecutivo Municipal en ejercicio para su Promulgación y Cumplimiento.

Art.Nº4.-Comuniquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.

Sr. Ruiz, Ariel – Sr. Alemán, Guillermo

RESOLUCION Nº603/021(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la provincia de Salta Convenio Marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº1.616/10.

Que, conforme al Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS ASISTENCIA CRITICA.

Que, la Sra GALARZA, Susana Beatriz, D.N.I Nº 21.311.848, solicita una ayuda económica, para poder solventar los gastos de una operación de alto riesgo de su hijo Fabián, Sergio Maximiliano D.N.I Nº41.051.973 el cual se encuentra en un estado crítico, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre a la buena voluntad del Comisionado Interventor, para dar solución a esta problemática.

Que, el comisionado interventor, ve con agrado asistir, a la Sra Galarza, con una ayuda Económica y/o subsidio.

Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.

POR ELLO:

EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Aprobar la entrega de Subsidios y/o ayudas económicas, con fondos ut supra aludidos, conforme a las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para asistencia critica.

Art.Nº2.-Autorizar a la Dirección Contable, Dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $30.000,00(Pesos Treinta Mil), a nombre de la Sra. Galarza, Susana Beatriz D.N.I Nº21.311.848

Art.Nº3.-Aurtorizar a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.Nº5.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Lamas, Roque Manuel – Sr. Zigaran, Adrián Ariel