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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°490 del día 04 de Junio del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.
RESOLUCIÓN N°0435/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, y;
CONSIDERANDO:
Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica.-
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- COMISIONAR  al Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 04 de Junio del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 04 de Junio del presente año, más la suma de Pesos Dos Mil con 00/100 ($2.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Daruoiche

RESOLUCIÓN N°0436/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la localidad de Urundel Departamento de Orán, por parte del Agente Municipal  el Sr. Tejerina Héctor Javier L.P. Nº 702, y;
CONSIDERANDO:
Que el Agente Municipal realizará un viaje a la Localidad de Urundel Departamento de Orán, con el fin de realizar el traslado del Sr. Tablada Rubén delegado de la Federación Nacional Campesina, para retirar mercadería que serán destinadas a los merenderos de nuestra ciudad.-
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo Camión Ford Cargo 1519/35, con patente AD-555-JV, Motor / chasis 36617069/9BFYEB289KB575507. Cobertura de seguros de “La Caja” Nº de Póliza 4640-0028772-10.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- COMISIONAR  al Agente Municipal, el Sr. Tejerina Héctor Javier L.P. Nº 702, a realizar un viaje a la localidad de Urundel Departamento de Orán el día 03 de junio del año 2.019, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.2°:- AUTORIZAR  al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un día (1) de viático a la localidad de Urundel Departamento de Orán para el día  03 de junio del año 2.019, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Sr. Tejerina Héctor Javier L.P. Nº 702.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Daruoiche