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La oficina del Boletín Oficial emite  la edición N°539 del día 20 de agosto del 2019, hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN N°0656/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. MONTENEGRO, MARIO ELISEO Legajo Personal N°174, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2017, y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°.- CONCEDER al Agente  Municipal Sr. MONTENEGRO, MARIO ELISEO Legajo Personal N°174,  la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.017   por la cantidad de 30(treinta) días hábiles a partir del día 20/08/2.019 hasta el 02/010/2.019 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.
Art. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al  interesado a los efectos correspondientes.-
Art. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0657/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. adjunto N°5484/19 presentado por la Sra. DIAZ, TERESA DE LOS ÁNGELES, CUIL N° 23-18309053-4, con domicilio en B°40 Viviendas de esta Localidad de un comercio, mediante el cual solicita autorización para la apertura de un comercio con el Rubro: “VENTA AL POR MENOR DE FIAMBRES Y EMBUTIDOS”, el que estará ubicado en Calle Güemes, B° Libertad, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma ha abonado los sellados correspondientes.
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que se realizó la inspección bromatológica pertinente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7936

R E S U E L V E

Art. 1°.- Autorizar a la Sra. DIAZ, TERESA DE LOS ANGELES, CUIL N°23-18309053-4, con domicilio en 40 Viviendas de ésta Localidad, a realizar la apertura de un comercio de rubro: ”VENTA POR MENOR DE FIAMBRE Y EMBUTIDOS”, el que estará ubicado en Calle Güemes, B° Libertad de esta localidad.
Art. 2°.- Inscribirla en el Registro de Comerciantes bajo Matrícula N°3.440 y Cod. De la Afip 472112 a partir del día 01-06-19.
Art. 3°.- Comunicar a la interesada que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art. 4°.- Entregar una copia de la presente Resolución a la solicitante-
Art. 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0658/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. adjunto N°5484/19 presentado por la Sra. GRACIONIS, VILMA CAROLINA, DNI N°28.275.817, en representación de la Comisión católica “Virgen de Itati”, en el cual solicita autorización de para realizar la FIESTA PATRONA en la Comunidad de Campo Blanco, jurisdicción de esta Localidad y en el marco de dicha festividad una “PEÑA, el día: 17-08-19, desde Hs. 14:00 hasta Hs. 00:00 solicitando eximición de impuestos, y;
CONSIDERANDO:
Que se trata de una festividad religiosa y con fines de recaudar fondos para la construcción de una capilla.
Que este Ejecutivo Mpal. apoya este tipo de iniciativas en bien de la comunidad.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7936

R E S U E L V E

Art. 1°.- Autorizar a la Sra. GRACIONIS, VILMA CAROLINA, DNI N°28.275.817, en representación de la Comisión católica “Virgen de Itati” de Campo Blanco jurisdicción de esta Localidad, la autorización pertinente para realizar la FIESTA PATRONAL del lugar y en el marco de dicha festividad una “PEÑA”, el día 17-0819, a partir de Hs. 14:00 hasta Hs. 00:00
Art. 2°.- Eximir de los impuestos correspondientes, debiendo abonar solo los sellados administrativos.
Art. 3°.- Comunicar a la solicitante que deberá abonar cumplir con todas las normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto.
Art. 4°.- Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento, control y cumplimiento.-
Art. 5°.- Entregar una copia de la presente a la interesada y otra de la Ord. N°14/11 del C.D la que consta de 10 folios, para su debido conocimiento.
Art. 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0662/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. Nº5421-019 de fecha 02-08-2019, mediante el cual el Concejo Deliberante remite texto de Ordenanza, facultando al Ejecutivo Municipal a realizar placa de reconocimiento a los Ex Combatientes de Malvinas; y
CONSIDERANDO:
Que texto referido se consignó como Ordenanza Nº08-2019 cuando oportunamente ese Concejo Deliberante ya remitió Ordenanza Nº08-2019 con fecha 04-07-019 con Expte. Nº4744-019, de adhesión a la Lay Provincial Nº7846 de Tolerancia Cero, la que fue analizada a través de la Resolución Municipal Nº576-019.
Que se evidencia una duplicidad en la numeración del instrumento legislativo indicado en el visto, por tal motivo corresponde sancionar la presente a fin de solicitar al Concejo Deliberante su corrección, una vez producida la misma se analizará su factibilidad.
Que conforme las facultades que establece la Carta Orgánica Municipal, Ley Provincial Nº7.936 – artículo 30º y con las objeciones expresadas y en los plazos legales, se veta en su totalidad la Ordenanza Nº08-2019
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7936.

R E S U E L V E

Art.lº.- VETAR en todos sus términos la Ordenanza Nº08-2019 de fecha 02-08-2019, ingresada bajo Expte. Nº5421-019 por duplicidad en la numeración.
Art.2º.- Refrenda la presente el Secretario con competencia, de acuerdo al artículo 37º de la Carta Orgánica Municipal.
Art.3º.- REGISTRESE, PUBLIQUESE EN EL BOLETIN OFICIAL y ARCHIVESE.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0663/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Ordenanza Nº 08/014 y  Resolución Municipal de Promulgación Nº 395-2014 de actualización de la Tasa denominada “Toque de Anden”; y
CONSIDERANDO:
Que asimismo surge de los informes producidos por la responsable de la Administración de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro”, que las Empresas que prestan Servicio de Corta y Media Distancia, tomando como parámetro el costo del Pasaje Aguaray-Tartagal y viceversa y Salvador Mazza-Aguaray y viceversa,  a un valor promedio actual de $ 67,50  se produjo una variación promedio del orden del 35 % respecto al valor promedio anterior de $ 50,00 en razón de esa circunstancia y a los fines contables y administrativos la misma se expresará en números enteros y se fija la Tasa por Toque de Anden de $ 50,00 para el Servicio de corta y media distancia.
Que  debe obrar en virtud de la legislación vigente en la materia.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R  E  S  U  E  L  V  E

Art.l º.-  AUTORIZAR  a la Administración de la Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” a actualizar el cobro de la Tasa de TOQUE DE ANDEN del Servicio de Transporte de Pasajeros de Corta y Media Distancia a partir del día 22 de Agosto  de 2019, de $ 50,00 (Pesos Cincuenta).
Art.2º.- A fin de un correcto ordenamiento,  AUTORIZAR a la Administración de la Terminal de Ómnibus a emitir los recibos oficiales, consignando el valor del pecio de toque de anden en forma manuscrita, en función de la presente Resolución de actualización y de las futuras que puedan dictarse.
Art.3º.- Dar copia  a la Administración de la Terminal a efecto de su cumplimiento, debiendo notificar de la presente Resolución a las Empresas para su efectivo cumplimiento a partir de la fecha establecida.
Art.4º.- La presente será refrendada por el Secretario con competencia en razón de lo dispuesto en el Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.5º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche