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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N°540 del día 21 de agosto del 2019, hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

 RESOLUCIÓN N°0660/019 (Poder Ejecutivo)
 VISTO:
El Expte. Adjunto N° 5660/19, presentado por el Sr. SALA, DANIEL FEDERICO, DNI N° 34.126.435, con domicilio en B 2 de Abril de esta Localidad, en el cual plantea una propuesta de pago por una deuda que mantiene con este Municipio en concepto de ACTIVIDADES VARIAS, por una actividad comercial inscripta con la Mat. N° 3215, solicitando abonar solo el capital de contado, y,
CONSIDERANDO:
Que el solicitante requiere un Plan de pago especial
Que es de interés de este Municipio priorizar los ingresos en beneficio de las arcas municipales.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- Aceptar la propuesta presentada por el Sr. SALA, DANIEL FEDERICO, DNI N° 34.126.435, con domicilio en B° 2 de Abril de esta Localidad, referente al pago por una deuda en concepto de ACTIVIDADES VARIAS, por una actividad comercial inscripta con la Mat. N° 3215.
Art. 2°.- Autorizar un plan de pago especial mediante el cual abonara  de contado el monto capital de $21.326,86 (Pesos Veintiún Mil Trescientos veintiséis c/83 cvos), eximiendo de los intereses pertinentes que corresponden a la suma de $2.918,76.
Art. 3.- Entregar una copia de la presente al interesado.
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

 

 RESOLUCIÓN N°0661/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
Resolución Municipal N°568/2019, El contrato celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. PALAVECINO MARTIN ALCIDES DNI N° 37.190.062,y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Municipal N°568/2019 se autorizó a la Comisión Pro- Ayuda Festejos del 108° Aniversario de la Fundación de Aguaray, a realizar y organizar la 15va. Edición del Festival “Aguada del Zorro”, durante los días Jueves 15 y Viernes 16 del mes de Agosto de 2019.-
Que, dicho contrato tiene como objeto contar con una actuación del Grupo de Artistas ALMA CHAQUEÑA, representado por el Sr. PALAVECINO MARTIN ALCIDES DNI N° 37.190.062, en dicho festival. –
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal y aprobar dicho convenio con el mencionado Artista, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°.- APROBAR el Contrato celebrado entre la Municipalidad de Aguaray, CUIT N°30-67314586-4, representado por el Intendente Municipal, el Dr. Alfredo Nadim Darouiche, DNI 11.856.403, CON Domicilio en: Av. Sarmiento N°300, de la cuidad de Aguaray, Provincia de Salta por una parte y el Sr. PALAVECINO MARTIN ALCIDES DNI N° 37.190.062, representando al Grupo conocido artísticamente como “ALMA CHAQUEÑA”, con Domicilio en calle América 976 de la Ciudad de Tartagal. Provincia de Salta, CP 4560, por la otra, para prestar sus servicios a la Municipalidad de Aguaray en el 15va. Edición del Festival “Aguada del Zorro” y fijando una remuneración por la suma de $35.000,00 (pesos treinta y cinco mil con 00/100) a contra prestación de factura B o C, conforme a las cláusulas del contrato adjunto a la presente. –
Art. 2°. – AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda, Dirección Contable y Tesorería Municipal a emitir la pertinente Orden de pago, conforme a la cláusula del contrato adjunto a la presente, e imputar a la partida presupuestaria correspondiente. –
Art. 3°. – La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.963
Art. 4°. – Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese. –

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

  

RESOLUCIÓN N°0664/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr.  ALEMAN, Guillermo Sebastián Legajo Personal N°428, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- CONCEDER al Agente  Municipal Sr.  ALEMAN, Guillermo Sebastián Legajo Personal N°428 ,  la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018   por la cantidad de 20(veinte) días hábiles a partir del día 20/08/2.019 hasta el 16/09/2.019 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.
Art. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y al  interesado a los efectos correspondientes.-
Art. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

 

RESOLUCIÓN N°0665/019 (Poder Ejecutivo)
 VISTO:
Ley Provincial N° 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario N° 1319/18, Carta Orgánica Municipal-Ley N° 7936, y,
CONSIDERANDO:
Que en fecha 01 de Julio de 2019, mediante Resolución Municipal N° 529/19, se procedió a convocar a la Adjudicación Simple N° 05/2019, conforme al procedimiento dispuesto en  la Ley de Contratación de la Provincia de Salta.
Que habiéndose procedido a la Apertura de sobre, ante el Juez de Paz de la localidad de Aguaray, es que corresponde continuar con la compulsa de procedimiento de “Adjudicación Simple” conforme Art. 124 ss y cc.
Que a los 14 días del mes de Agosto de 2019, se presenta una (1) propuesta conforme al Pliego de Bases y Condiciones. Se presentó en dicha fecha la Empresa F.A.A.L. SRL. La Empresa mencionada cumplimento todo lo requerido en el Pliego de condiciones como así también a la Memoria Descriptiva que lo acompaña.
Que, habiéndose emitido los Dictámenes Técnico, Contable y Legal, es que se procede a continuar con la adjudicación Simple N° 05/2019, habiéndose procedido con todos los pasos administrativos y conforme a derecho. – Afín de proseguir con la celebración del contrato correspondiente.
Es que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de conceder la “Adjudicación Simple N° 05/2019.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- CONCEDER  a la Empresa F.A.A.L. SRL CUIT N° 30-65013386-9 la Adjudicación Simple N° 05/2019 “Adjudicación de 1.160 bolsas de cemento portland x50 Kg. Para el Municipio de Aguaray”, por un monto de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEIS CON 38/100 ($ 638.006,00)
Art. 2°.- NOTIFIQUESE a los oferentes de la presente.
Art. 3°.- Dese intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.
Art. 4°.- PUBLIQUESE en el Boletín Oficial  por el término de Un (1) día.
Art. 5°.- Regístrese, Publíquese y Archívese.-
Art. 6°.- De Forma.

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

 

RESOLUCIÓN N°0666/019 (Poder Ejecutivo)
 VISTO:
El Expte. Adjunto N° 5805/19, presentado por la SRA. SALGADO, MARIA D.N.I N° 11.417.122, con domicilio en Calle Güemes s/n° de esta Localidad, en el cual solicita una factibilidad de pago por una deuda que mantiene con este Municipio, en concepto de IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA DE ALC, un inmueble identificado con el Cat. N° 7923, proponiendo abonar de contado la deuda capital con exención de los recargos.
CONSIDERANDO:
Que no existen actualmente planes de pago ni moratorias, pero que el Código Tributario N° 028/08 faculta al E.M.  a determinar concesiones especiales.
Que es de interés de esta Municipio priorizar los ingresos   en beneficio de las arcas municipales.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- Conceder a la Sra. SALGADO, MARIA D.N.I N° 11.417.122, con domicilio en esta Localidad, un Plan de Pago para cancelar una deuda  en concepto de IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA DE ALC,  un inmueble identificado con el Cat. N° 7923.
Art. 2°.- Comunicar a la solicitante que deberá abonar la deuda capital que asciende a la suma de $ 4.166,23 (Pesos Cuatro Mil Ciento sesenta y Seis c/23 cvos.) de contado, con eximición de los recargos por el monto  de $2.437,74. La deuda corresponde al periodo Enero/13 a Junio/19.
Art. 3.- Entregar una copia de la presente a la interesada.
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

 

RESOLUCIÓN N°0667/019 (Poder Ejecutivo).
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, y;
CONSIDERANDO:
Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica. –
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- COMISIONAR  al Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 22 de agosto del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 22 de agosto del presente año, más la suma de Pesos Dos Mil con 00/100 ($2.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

  

RESOLUCIÓN N°0668/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Evento de “Carrera de Motocross”, a realizarse durante los días 24 y 25 de agosto del corriente año, en el Circuito El Aguay, en nuestra localidad, y,
CONSIDERANDO:
Que se aprobó la realización de este evento según Resolución Municipal Nº 636-2.019, bajo Expte. Nº 5553-2.019, a nombre del Sr. Mauricio Sambonini D.N.I. Nº 39.401.455.-
Que es intención del Ejecutivo Municipal apoyar las actividades públicas que hacen a las manifestaciones culturales y deportivas del Municipio de Aguaray.
Que el Motocross es una forma de competencia en todo terreno celebrada en circuitos cerrados, es un deporte físicamente exigente que tiene lugar en todo tipo de condiciones. –
Que este Ejecutivo Municipal considera que las Carreras de Motocross son una expresión de deporte, representando una actividad saludable que ayuda a mantenerse en forma psicológica y físicamente.
Que toda clase de deporte juega un papel de transmisión de valores a niños, adolescentes e incluso adultos. En conjunción con la actividad física se inculcan valores de respeto, responsabilidad, compromiso y dedicación, entre otros, sirviendo a un proceso de socialización y así contribuye a inculcar la noción de respeto hacia los otros. –
Que por lo expuesto precedentemente, resulta menester realizar el presente acto resolutivo, a fines de dar cumplimiento con los pasos administrativos correspondientes. –
POR ELLO:
 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7936.-

R E S U E L V E

Art. 1º:  DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL Y CULTURAL el evento de “Carrera de Motocross”, a realizarse durante los días 24 y 25 de agosto del corriente año desde las Hs. 08:00 hasta las 19:30, en el Circuito El Aguay, según Resolución Municipal Nº 636-2.019, en nuestra localidad. –
Art.2º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.3°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

 Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

 

 

RESOLUCIÓN N°0669/019 (Poder Ejecutivo)
 VISTO:
El Expte. Adjunto N° 4643/19, presentado por el Sr. QUIROGA, JUAN CARLOS D.N.I N° 10.882.613, representante del circo “INTERNACIONAL MODELO” el permiso correspondiente para la instalación y funcionamiento del mismo en un predio perteneciente al ferrocarril, ubicado sobre Avda. San Martin a la altura Avda. Sarmiento de esta Localidad, a partir. 30-08-19 hasta el: 15-09-19, y,
CONSIDERANDO:
Que el solicitante, ha cumplimentado con los requisitos pertinentes a tal fin.
Que este Ejecutivo Mpal. apoya siempre toda actividad que implique brindar un sano esparcimiento para la comunidad.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- Conceder a la el Sr. QUIROGA, JUAN CARLOS D.N.I N° 10.882.613, representante del circo “INTERNACIONAL MODELO” el permiso correspondiente para la instalación y funcionamiento del mismo de fecha 30-08-19 hasta el: 15-09-19, en un predio perteneciente al ferrocarril, ubicado sobre Avda. San Martin a la altura Avda. Sarmiento de esta Localidad
Art. 2°.- Comunicar a la solicitante que una vez instalado el mencionado CIRCO deberán informar al municipio  a fin de enviar el control pertinente de seguridad caso contrario quedara sin efecto la presente autorización.
Art. 3.- Entregar una copia de la presente al interesado y otra a la oficina de seguridad (Direc. De Obras Publicas), para su debido cumplimiento.
Art. 4°. Enviar una copia de esta Resolución a la Policía local para su debido conocimiento y control.
Art.5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0670/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. Adjunto N° 5716/19, presentado por la SRA. DAHBAR, MONICA GRACIELA, CUIL N° 23-11746836-4, domiciliada en AVDA Bme. Mitre 626, Villa Patricia de esta Localidad, en su carácter de JUBILADA, en el cual solicita la REDUCCION del 50% en el pago de la Tasa Gral- de Inmuebles, Cloacas e Impuesto Inmobiliario, por un terreno donde habita, identificado con el Cat. 11.644, M.19 l.17, y, .
CONSIDERANDO:
Que así lo estipula la Ordenanza Tarifaria Municipal N° 027/18 ejercicio Fiscal 2.019.
Que ha presentado los requisitos correspondientes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- Conceder la REDUCCION  del 50% en la Tasa Garl de Inmuebles, Cloacas e Impuesto Inmobiliario solicitada por la SRA. DAHBAR, MONICA GRACIELA, CUIL N° 23-11746836-4, domiciliada en Avda. Bme. Mitre 626, Villa Patricia de esta Localidad, en su carácter de JUBILADA, por un terreno donde habita, identificado con el Cat. 11.644, M.19 l.17.
Art. 2°.- La presente REDUCCION tendrá vigencia y será aplicada a partir de la fecha, en este caso a partir del mes de Agosto/19.
Art. 3.-Esta REDUCCION tendrá vigencia siempre y cuando no se modifiquen los requisitos presentados por los cuales se le otorgo el beneficio.
Art. 4°.- Para continuar con el beneficio deberá presentar en el mes de Enero/2.020 un certificado actualizado de supervivencia y residencia.
Art. 5°.- Entregar una copia de la presente a la interesada.
Art. 6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0671/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. adjunto N°5770/19 presentado por la Sra. SOTO SILVINA VALERIA, DNI N°36.015.959, presentado del Parque de Diversiones “RULY CENTER PARK”, en el cual solicita autorización para instalar el mismo en un predio perteneciente al ferrocarril, ubicado sobre Avda. San Martín a la altura de Avda. Sarmiento de ésta Localidad, a partir de fecha: 02-09-19 hasta el: 15-10-19, y;
CONSIDERANDO:
Que la solicitante, ha cumplimentado con los requisitos pertinentes a tal fin.
Que éste Ejecutivo Mpal. apoya siempre toda actividad que implique brindar un sano esparcimiento para la comunidad.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7936

RESUELVE

Art. 1°. – Conceder a la Sra. SOTO, SILVINA VALERIA, DNI N°36.015.959, presentante del Parque de Diversiones “RULY CENTER PARK”, el permiso correspondiente para la instalación y funcionamiento del mismo, a partir de fecha: 02-09-10 hasta el: 15-10-19, en un predio perteneciente al ferrocarril ubicado sobre Avda. San Martín a la altura de Avda. Sarmiento de ésta Localidad.
Art. 2°. – Comunicar a la solicitante que una vez instalado el mencionado PARQUE deberá informar al municipio a fin de enviar el control pertinente de seguridad.
Art. 3°. – Entregar una copia de la presente a la interesada.
Art. 4°. – Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía local para su debido conocimiento y control.
Art. 5°. – Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche