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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 541 del día 22 de agosto del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN N°0672/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal-Ley 7.936, Ordenanza Presupuestaria Vigente, Expediente N° 5.738/2019, y,
CONSIDERANDO:
Que, la Carta Orgánica Municipal, Ley 7936, en el Capítulo II- CULTURA-Art. 108- “El Municipio reconocerá y fomentará el desarrollo y el ejercicio pleno, sin discriminación, de las diferentes culturas existentes en su jurisdicción, otorgando a la gestión y practica cultural un valor fundamental y estratégico.
Que, la Directora de la Escuela N°4.175- Macueta Aguaray, FIGUEROA JUANA DOLORES D.N.I N° 20.491.412, solicito diferentes ayudas, expediente N° 5.738/2019, para afrontar parte de los gastos que le ocasiona el Evento Cultural Solidario que están organizando por el aniversario de dicha escuela.
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal y justificar las erogaciones a producirse, es que, corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- OTORGAR un subsidio en concepto de Ayuda Económica a la Escuela N° 4.175- Macueta Aguaray por el monto  de $7.500,°° (Pesos Siete Mil Quinientos con 00/100), de acuerdo  al VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art. 2.- AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda, Dirección Contable y Tesorería, a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la Directora de la Escuela N° 4.175- Macueta Aguaray, la Sra. FIGUEROA JUANA DOLORES D.N.I N° 20.491.412, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de  competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0673/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El planteo efectuado por diversos vecinos de nuestra Ciudad con el propósito de reconocer a quien en vida fuera Dn. ANGEL EGIDIO MAS, como Personalidad Destacada Pos Mortem; y
CONSIDERANDO:
Que, la persona que se refiere y se indica en el visto ha dado sobradas muestras de bondad y cuyo particular accionar, habla por sí mismo de su hombría de bien y esa cualidad que solo algunos seres humanos alcanzan, de poder establecer buenas relaciones interpersonales con los demás vecinos, es ese valor interior que este Poder Ejecutivo Municipal destaca y que le supo dar a “TORITO” Ángel Egidio Mas, la capacidad de comprender y motivar a nuestros semejantes.
Que, con la espontaneidad de sus dichos picarescos paganos, se ganó el respeto y el reconocimiento de la gran mayoría de nuestros vecinos, rasgo particular y propio que caracterizó su impronta en el contacto diario, con nuestra gente, digno de enfatizar.
Que, el carácter alegre y respetuoso, fue un rasgo distintivo en todos los ámbitos en el que se desenvolvió, ya sea laboral, familiar y social.
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 establece como uno de los fines del Gobierno Municipal el de preservar y fomentar los valores culturales, tradicionales y morales de la Población del Municipio (Art. 21 – Inciso 5º), siendo factible distinguir como Personalidad Destaca a quien en vida fuera Dn. ANGEL EGIDIO MAS.
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y LAS QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.1º.-  DECLARESE Personalidad Destacada Pos Mortem del Municipio de Aguaray a Dn. ANGEL EGIDIO MAS “Torito”, en razón de ello descubrir la placa recordatoria ubicada en el Paseo de Las Artes, Pasaje Arenales de nuestra Ciudad.
Art.2º.-  Considérese esta decisión como un reconocimiento, distinción y homenaje a la decencia y el decoro de un personaje de estos pagos que vivirá por siempre en nuestra memoria.
Art.3º.-  Poner en conocimiento de la Familia y del Pueblo en General.
Art.4º.- Refrendará la presente el Secretario con competencia, en virtud de lo dispuesto en el art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.5º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche