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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 552 del día 06 de septiembre del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCION N° 0723/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. PANIAGUA, Héctor Rafael Legajo Personal N° 543, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2018, Y;
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

Art. 1°.- CONCEDER al Agente  Municipal  Sr. PANIAGUA, Héctor Rafael Legajo Personal  N° 543, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018 por la cantidad de 15  (quince) días hábiles a partir del día 09/09/2.019 hasta el 30/09/2.019 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.
Art. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.-
Art. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCION N° 0724/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. PADILLA, Manuel Orlando Legajo Personal N°446, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2018, Y;
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

Art. 1°.- CONCEDER al Agente  Municipal Sr. PADILLA, Manuel Orlando Legajo Personal N°446, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018 por la cantidad de 20  (veinte) días hábiles a partir del día 11/09/2.019 hasta el 10/10/2.019 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.
Art. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.-
Art. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCION N°0725/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936; Decreto Nacional N°561-2019; Resolución General N°4.558-2019 de la AFIP y circular N°07-2019 de Contaduría General de la Provincia de Salta; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto 561-2019 del Presidente de la Nación y Resolución General N°4.5558-2019 de la AFIP, partes integrantes de la presente como anexo, EL ESTADO NACIONAL financiará el aporte personal al Sistema de Seguridad Social (SIPA) de los trabajadores en relación de dependencia que se devengue durante los meses de agosto y septiembre del año 2019, en una suma equivalente a PESOS DOS MIL ($2.000) mensual o al CIEN POR CIENTO (100%) de su valor, lo que resulte menor. Lo cual tendrá efectos, exclusivamente, para quienes tengan una remuneración bruta mensual devengada en el mes de que se trate de hasta PESOS SESENTA MIL ($60.000). –
Que, mediante Circular N°07-2019 de Contaduría General de la Provincia de Salta, parte integrante de la presente como anexo, informa que, la Provincia CUIT N°30-68130451-3, en virtud de la ley de transferencia de la Caja Previsional Provincial al Estado Nacional, declara al Personal de los Municipios, las Empresas del Estado Provincial, los Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados mediante el F. 931de AFIP, por los aportes y contribuciones al SIPA. Y que, los organismos ciados únicamente deberán declarar la contribución de las ART por su personal dependiente mediante la generación y presentación del “F.931”, el cual se obtiene con la utilización de la versión 41 reléase 7-actumente-, del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculos de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”. Este Programa estará disponible en la opción “Aplicativos” del sitio “web” institucional de AFIP y será utilizado a partir del sueldo devengado de agosto y septiembre del presente año.
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo, en razón del alcance de las disposiciones enunciadas. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°.- APLICAR en el ámbito de la Municipalidad de Aguaray lo dispuesto por el Decreto Nacional N°561-2019; Resolución General N°4.558-2019 de la AFIP y Circular N°07-2019 de la Contaduría General de la Provincia de Salta, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art. 2°.- AUTORIZAR y NOTIFICAR a la Secretaría de Hacienda, Dirección Contable, Tesorería y Liquidaciones a tomar los recaudados pertinentes a efecto del cumplimiento del presente acto resolutivo, asimismo deberán gestionar ante el Organismo Contable Provincial, de corresponder, el  reintegro de los aportes de ANSES deducidos de la Coparticipación del mensual Agosto y el no descuento de los aportes del mes de Septiembre 2.019, de los aportes personal proporcional que correspondan en virtud de la Disposición Nacional.
Art. 3°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-
Art. 4°.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche