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La oficina del Boletín Oficial emite que  edición N°566 del día 30 de Septiembre del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN N°0807/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936; Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”; El Contrato de Trabajo por tiempo determinado, celebrado con el Sr. ROMERO NICOLAS CELESTINO, DNI 25.437.754, Y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Contrato de Trabajo, que se adjunta a la presente Resolución, se contrató al Sr. ROMERO NICOLAS CELESTINO, DNI 25.437.754, con domicilio en B° YPF, Casa 504, Ciudad de Aguaray, para que se desempeñe en la Planta de Personal Contratado (Ley N° 6068, Art. 5, 9 ss. Y cc.) del Municipio de Aguaray, para que desempeñe tareas como Auxiliar Administrativo en la Oficina de Empleo Municipal, dependiente de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Aguaray.-
Que, en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, el Sr. ROMERO NICOLAS CELESTINO iniciara sus tareas a partir del día 27 del mes de Septiembre del 2019, concluyendo con las mismas el día 31 de Diciembre del 2019.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Art. 11 de la Ley N° 6068, es que corresponde dictar el correspondiente instrumento administrativo.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1.- APROBAR el Contrato de Trabajo, parte integral de la presente Resolución, celebrado con Sr. ROMERO NICOLAS CELESTINO, DNI 25.437.754, con domicilio en B° YPF, Casa 504, Ciudad de Aguaray, con fecha de inicio 27 de Septiembre del 2.019 y finalizando el día 31 de Diciembre del 2.019, desempeñando función de tareas como Auxiliar Administrativo en la Oficina de Empleo Municipal, dependiente de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Aguaray, de lunes a viernes, con jornada laboral de 6 horas sean en turnos fijos o rotativos.-
Art. 2.- FIJESE como remuneración la suma correspondiente a la Categoría N° 15 de la escala salarial municipal vigente, más las asignaciones familiares y aportes que por Ley correspondan.-
Art. 3.- IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente.-
Art. 4.- COMUNIQUESE a las siguientes Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Liquidaciones y al Interesado a los efectos correspondiente.-
Art. 5.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 6.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°0808/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936; Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”; El Contrato de Trabajo por tiempo determinado, celebrado con el Sr. BARROZO MAURO HERNAN, DNI 28.275.826, Y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Contrato de Trabajo, que se adjunta a la presente Resolución, se contrató al Sr. BARROZO MAURO HERNAN, DNI 28.275.826, con domicilio en B° El Cruce, S/Calle S/N, Ciudad de Aguaray, para que se desempeñe en la Planta de Personal Contratado (Ley N° 6068, Art. 5, 9 ss. Y cc.) del Municipio de Aguaray, para que desempeñe Tareas Generales en la Secretaria de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente.-
Que, en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, el Sr BARROZO MAURO HERNAN iniciara sus tareas a partir del día 27 del mes de Septiembre del 2019, concluyendo con las mismas el día 31 de Diciembre del 2019.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Art. 11 de la Ley N° 6068, es que corresponde dictar el correspondiente instrumento administrativo.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°.- APROBAR el Contrato de Trabajo, parte integral de la presente Resolución, celebrado con Sr. BARROZO MAURO HERNAN, DNI 28.275.826, con domicilio en B° El Cruce, S/Calle S/N, Ciudad de Aguaray, con fecha de inicio 27 de Septiembre del 2.019 y finalizando el día 31 de Diciembre del 2.019, desempeñando función de Tareas Generales en la Secretaria de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente, de lunes a viernes, con jornada laboral de 6 horas sean en turnos fijos o rotativos.-
Art. 2°.- FIJESE como remuneración la suma correspondiente a la Categoría N° 15 de la escala salarial municipal vigente, más las asignaciones familiares y aportes que por Ley correspondan.-
Art. 3°.- IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente.-
Art. 4°.- COMUNIQUESE a las siguientes Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Liquidaciones y al Interesado a los efectos correspondiente.-
Art. 5°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°0809/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal Ley  Nº 7.936 Art. N° 5 Inc. 4,  mediante el cual se declara feriado Diocesano para la Localidad de Aguaray el día 01 de Octubre de 2.019, en honor a su Santa Patrona “Santa Teresita del Niño Jesus”, Y;
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Aguaray comparte plenamente  la Festividad Religiosa, en Honor a la Santa Patrona de nuestra Localidad.
Que la Parroquia de Santa Teresita del Niño Jesús de la Ciudad de Aguaray programo los festejos para el día 1 de Octubre de 2.019.
Que la festividad en honor a Santa Teresita del Niño Jesús, está incluida en el calendario de las Fiestas Religiosas de la Diócesis de Oran, a la cual pertenece la Parroquia de nuestra Ciudad.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936

R  E  S  U  E  L  V  E

Art.1º.- DECLARAR Feriado Municipal para la Administración Pública Y Privada de la Ciudad de Aguaray el día 01 de Octubre de 2.019 por lo expuesto en el Visto y los Considerandos de la presente.
Art. 2º.- Informar de la presente a las Secretaria de Gobierno, Oficinas de Recursos Humanos, Instituciones Públicas y Privadas.
Art. 3º.- Comunicar a la Población en General por los diferentes medios de difusión para su conocimiento.
Art. 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, y/o en competencia en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Ley N° 7.936.
Art. 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°0810/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Contrato de Locación de Servicios Profesionales celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Dr. HERNANDEZ BERNI, Ángel Eduardo, CUIT N° 20-25005119-1, MP N° 3.763, y;
CONSIDERANDO:
Que, el objeto de dicho contrato es, principalmente, contar con un profesional como Mandatario Judicial de la Municipalidad de Aguaray, el que representara a la Municipalidad de Aguaray en todas las causas judiciales a favor o en contra en el que el Municipio sea parte (civil, penal, laboral, contencioso-administrativo, etc.), mediaciones judiciales o extrajudiciales en las que la Municipalidad sea parte en la Justicia Ordinaria y Contencioso Administrativo.-
Que, la ley N° 7.936 Carta Orgánica de la Municipalidad de Aguaray, en el Art. N° 36 en referencia a las atribuciones conferidas al Ejecutivo, en su inciso N° 27 dice “Designar asesores en sus esfera y removerlos…”.
Que, por todo lo expuesto es necesaria la contratación del profesional en cuestión, correspondiendo al Ejecutivo Municipal el presente acto resolutivo.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

RESUELVE

Art. 1°.- APROBAR Contrato de Locación de Servicio Profesional, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Dr. HERNANDEZ BERNI, Ángel Eduardo, CUIT N° 20-25005119-1, MP N° 3.763, prestando sus servicios a la Municipalidad de Aguaray y fijando una remuneración de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) con las actualizaciones especificadas en el Contrato respectivo y contra presentación de factura, IVA incluido, más los viáticos que correspondan conforme la normativa legal vigente, que se imputara a la partida presupuestaria correspondiente a Erogaciones cuenta de Honorarios y Retribuciones a Terceros.-
Art. 2°.- DESIGNAR como Mandatario Judicial de la Municipalidad de Aguaray al Dr. HERNANDEZ BERNI, Ángel Eduardo, CUIT N° 20-25005119-1, MP N° 3.763, con domicilio legal en Rivadavia 289, de la ciudad de Tartagal, por el termino de 2 MESES y 9 DIAS de firmado dicho contrato.-
Art. 3°.- AUTORIZAR al Departamento Contable a emitir la pertinente Orden de Pago a partir del mes de Abril del 2019, conforme a las cláusulas del contrato adjunto a la presente.-
Art. 4°.- La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 5°.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE EN EL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVESE.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°0811/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. adjunto N°6.639/19, presentado por la Sra. VILLARROEL, MARTHA, DNI N°11.417.142, en representación de la Organización Corriente Clasista y Combativa, en el cual solicita autorización para realizar en las instalaciones del Gimnasio Mpal., el día 05-10-19, un “BONO CONTRIBUCION” a partir de Hs. 14:00 hasta Hs. 20:00, y;
CONSIDERANDO:
Que se trata de una Organización que manifiesta realizar trabajos comunitarios y esta recaudación será destinada a los gastos de traslado a la ciudad de la Plata por un encuentro nacional de mujeres.
Que éste Ejecutivo Mpal. colabora con iniciativas de esta índole.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art. 1°.- Conceder  a la Sra. VILLARROEL, MARTHA, DNI N°11.417.142, en representación de la Organización Corriente Clasista y Combativa, el permiso correspondiente para realizar en las instalaciones del Gimnasio Mpal. el día 05-10-19, un “BONO CONTRIBUCION” a partir de Hs. 14:00 hasta Hs. 20:00
Art. 2°.- Comunicar a la solicitante que se exime de los impuestos pertinentes, debiendo abonar solo los sellados administrativos y realizar una vez finalizada la actividad la limpieza de las instalaciones del Gimnasio a cuenta del pago de alquiler.
Art. 3°.- Responsabilizar a la interesada por la devolución de las instalaciones del Gimnasio Mpal. en las mismas condiciones que lo recibe.
Art. 4°.- Entregar una copia de la presente a la interesada y otra a la Policía Local para su debido conocimiento y control.
Art. 5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y Archívese.

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°0812/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
Ley N° 7.936 – Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley N° 6068 – Estatuto del Empleado Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Público – Ley 6.068 Cap. VII – Art. 40 de “El agente Municipal de carácter de Personal Permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma que determine el Escalafón”, consecuentemente es quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubiere obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal.-
Que, el Ejecutivo Municipal considera que la Agente Municipal PADILLA,  Vanessa  Elizabeth, L.P  Nº 599, reúne las condiciones requeridas por dicho Estatuto, por lo que se re-categorizara al mismo.-
Que por lo expuesto precedentemente es que corresponde el dictado del presente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- INCREMENTAR a Categoría de Revista N° 20, a partir del mes de Septiembre, a la agente municipal PADILLA, Vanessa Elizabeth L.P Nº 599, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal – Ley 6068 – Cap. VII – Art. 40.-
Art. 2°.- DEJAR sin efectos cualquier otra Resolución Municipal que se oponga a la presente.-
Art. 3°.- DAR copias a las siguientes oficinas: Mesa de Entrada, RRHH, Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social y a los interesados a los fines que correspondan.-
Art. 4°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°0813/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
Ley N° 7.936 – Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley N° 6068 – Estatuto del Empleado Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Público – Ley 6.068 Cap. VII – Art. 40 de “El agente Municipal de carácter de Personal Permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma que determine el Escalafón”, consecuentemente es quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubiere obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal.-
Que, el Ejecutivo Municipal considera que el Agente Municipal ROBLES,  Javier Eduardo, L.P Nº 416, reúne las condiciones requeridas por dicho Estatuto, por lo que se re-categorizara al mismo.-
Que por lo expuesto precedentemente es que corresponde el dictado del presente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- INCREMENTAR a Categoría de Revista N° 23, a partir del mes de Septiembre, al agente municipal ROBLES, Javier Eduardo L.P Nº 416, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal – Ley 6068 – Cap. VII – Art. 40.-
Art. 2°.- DEJAR sin efectos cualquier otra Resolución Municipal que se oponga a la presente.-
Art. 3°.- DAR copias a las siguientes oficinas: Mesa de Entrada, RRHH, Secretaria de Obras y Servicios Públicos y a los interesados a los fines que correspondan.-
Art. 4°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°0814/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
Ley N° 7.936 – Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley N° 6068 – Estatuto del Empleado Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Público – Ley 6.068 Cap. VII – Art. 40 de “El agente Municipal de carácter de Personal Permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma que determine el Escalafón”, consecuentemente es quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubiere obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal.-
Que, el Ejecutivo Municipal considera que al Agente Municipal GALLARDO,  Pablo Domingo, L.P  Nº 541, reúne las condiciones requeridas por dicho Estatuto, por lo que se re-categorizara al mismo.-
Que por lo expuesto precedentemente es que corresponde el dictado del presente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- INCREMENTAR a Categoría de Revista N° 21, a partir del mes de Septiembre, al agente municipal GALLARDO, Pablo Domingo L.P Nº 541, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal – Ley 6068 – Cap. VII – Art. 40.-
Art. 2°.- DEJAR sin efectos cualquier otra Resolución Municipal que se oponga a la presente.-
Art. 3°.- DAR copias a las siguientes oficinas: Mesa de Entrada, RRHH, Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social y a los interesados a los fines que correspondan.-
Art. 4°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°0815/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. adjunto N°6877/19, presentado por el Sr. SALAS, JOSE ROBERTO, CUIL N°20-12306630-9, en su carácter de EMPLEADO MUNICIPAL, L.P N°004, en el cual solicita la REDUCCIÓN del 50%, en el pago de la Tasa Gral. de Inmuebles, Impuesto Inmobiliario Y Cloacas por un terreno donde habita, identificado con el CAT. 2122, Manzana: 36, lote: 03, y;
CONSIDERANDO:
Que así lo estipula la Ordenanza Tarifaria Municipal N°027/18 año fiscal 2019, en su Cap. I, art. 13, Cap II art. 16 a Y Cap XVIII art. 160.
Que a presentado los requisitos correspondientes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- Conceder la REDUCCION del 50% en la Tasa Gral. de Inmuebles, Impuesto Inmobiliario y Cloacas, solicitada por el Sr. SALAS, JOSE ROBERTO, CUIL N°20-12306630-9, en su carácter de EMPLEADO MUNICIPAL, L. P. N°004, por un terreno donde habita, identificado con el Catastro: 2122, Manzana: 36, Lote: 03
Art. 2°.- La presente REDUCCIÓN es válida tanto para la deuda actual como para la deuda atrasada.
Art. 3°.-. Esta REDUCCIÓN tendrá vigencia siempre y cuando no se modifiquen los requisitos presentado por los cuales se le otorgó el beneficio.
Art. 4°.- La presente Resolución vence el día: 31-12-20, vencida dicha fecha deberá realizar la renovación que corresponda según normas vigentes
Art. 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche