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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 570 del día 07 de Octubre del 2019, hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN N°0838/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal-Ley N° 7936-Resolución Municipal N° 881/2018, y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a la Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley 7936, Art. 36 “Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal:… Inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”-
Que, corresponde en consecuencia emitir el instrumento legal que deja sin efecto la Resolución Municipal N° 881/2018, el que se hará efectivo a partir de la fecha de la presente. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- DEJAR sin EFECTO la Resolución 881/2018, a partir de la fecha de la presente.
Art.2°.- AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda Municipal Municipal a realizar la liquidación de los haberes pendientes.
Art.3°.- NOTIFICAR al interesado de la presente disposición.
Art.4º:- COMUNICAR a Sec. De Hacienda, RRHH-Liquidaciones.
Art.5°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCIÓN N°0839/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal-Ley N° 7936, Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, El Contrato de Trabajo por tiempo determinado, celebrado con la Srta. RODRIGUEZ LAURA NOELIA DNI N° 18.858.222, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Contrato de Trabajo, que se adjunta a la presente Resolución, se contrató  a la Srta. RODRIGUEZ LAURA NOELIA DNI N° 18.858.222, con domicilio Calle Hipólito Irigoyen 246,  B° Centro, Aguaray, para que se desempeñe en la Planta de Personal Contratado (Ley N° 6068, Art.  5, 9ss Y cc) del Municipio de Aguaray, para que se desempeñe en Tareas como Auxiliar Administrativo en la Dirección Contable perteneciente a la Dirección Contable de la Secretaria de Haciendas de Aguaray.
Que, en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal” la Srta. RODRIGUEZ LAURA NOELIA, iniciara sus tareas a partir del día 04 del mes de octubre de 2019, concluyendo con las mismas el día 31 de diciembre de 2019.
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Art. 11 de la Ley 6068, es que corresponde dictar el correspondiente instrumento administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

Art. 1°.- APROBAR  el Contrato de Trabajo, celebrado con la Srta. RODRIGUEZ LAURA NOELIA DNI N° 18.858.222, con domicilio Calle Hipólito Irigoyen 246,  B° Centro , con fecha de inicio 04 de octubre del 2.019 y finalizando el día 31 de Diciembre de 2.019,  desempeñando función de Auxiliar Administrativo en la Dirección Contable, perteneciente a la Secretaria de Haciendas de Aguaray de lunes a viernes, con jornada laboral de 6 horas, diarias y/o 120 horas mensuales, sean en turnos fijos o rotativos, parte integral de la presente Resolución.
Art.2°.- FIJESE como remuneración la suma correspondiente a la Categoría N° 15 de la escala salarial municipal vigente, más las asignaciones familiares y aportes que por Ley correspondan.
Art.3°.- IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente.
Art. 4°.- COMUNIQUESE a las siguientes oficinas de : Mesa de Entrada, Recursos Humanos-  Liquidaciones y al interesado.
Art. 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario con  Competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCIÓN N° 840/019(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, y;
CONSIDERANDO:
Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica. –
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- COMISIONAR  al Agente Municipal, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 08 de octubre del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 08 de octubre del presente año, más la suma de Pesos Dos Mil con 00/100 ($2.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N.Darouiche.