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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N°574 del día 11 de Octubre del 2019, hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN N°0854/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7936, Ordenanza Tarifaria N° 027-2018, Expediente Municipal N° 6.813/2019 de la Empresa TECPETROL S.A.-UTE AGUARAGUE, y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante expediente municipal N° 6.813/2019, parte integral de la presente, solicitan autorización para la descarga de residuos sólidos urbanos comunes en rellenos sanitarios del Basural Municipal que produzcan  en las instalaciones industriales y oficinas de Campo Duran.
Que, la legislación vigente, Ordenanza Tarifaria N° 027-2018 en su Art. N° 133, contempla esta posibilidad, debiendo para ello contar previamente con la autorización respectiva y abonar la tasa por el uso del Basural Municipal por cada metro cubico a depositar.
Que, el sector designado a los fines de realizar un control del volumen y tipo de residuo a depositar, y establecer los mecanismos de control e inspección pertinentes es la Dirección de Servicios Públicos de la Municipalidad.
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal y Ordenanza Tarifaria 027/2018, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo que autorice dicha solicitud.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- AUTORIZAR a la Empresa TECPETROL S.A- UTE AGUARAGUE a utilizar el Basural Municipal y por ende a la descarga de residuos sólidos urbanos comunes clasificado no contaminados ni peligrosos, que produzcan en las instalaciones industriales uy oficinas que la empresa posee en Campo Duran.
Art.2°:- ESTABLECER el pago de la tasa, por el uso del Basural Municipal, conforme lo establece en su Art. N° 133 de la Ordenanza  Tarifaria en Vigencia y/o la que en el futuro la remplace, en base a informe de inspección y control que deberá realizar la Dirección de Servicios Públicos, a esos fines queda habilitada la planilla, que como anexo I, pasa a formar parte de la presente.
Art. 3°.- La empresa está obligada comunicar el momento en que realizara la descarga de los residuos en el Basural Municipal, a fin de control respectivo en caso de omitir esta disposición se le aplicara la multa indicada en el Art. N° 133 en vigencia.
Art. 4°.- NOTIFICAR y dar copia a las partes intervinientes.
Art. 5º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche. 

RESOLUCION N° 0860/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por la Agente Municipal Srta. ALMIRON, Adriana Zaira Fiorella Personal Nº 685, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2018, Y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada empleada no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
Que la agente Municipal Srta. ALMIRON, Adriana Zaira Fiorella, le corresponde proporcional de la Licencia anual Reglamentaria/2018, por antigüedad registrada desde el 01/05/2.018.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

Art. 1°.- CONCEDER a la Agente  Municipal  Srta. ALMIRON, Adriana Zaira Fiorella Personal Nº 685, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018 proporcional por la cantidad de 08 (ocho) días  hábiles a partir del día 15/10/2.019 hasta el 24/10/2.019 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.
Art. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes.-
Art. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza-Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCIÓN N°0861/2019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal-Ley N° 7936, Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, El Contrato de Trabajo por tiempo determinado, celebrado con el Sr. FERNANDEZ ABEL SILVIO DNI N° 29.720.237, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Contrato de Trabajo, que se adjunta a la presente Resolución, se contrató Sr. FERNANDEZ ABEL SILVIO DNI N° 29.720.237, con domicilio en Misión Tuyunti S/N, Aguaray, para que se desempeñe en la Planta de Personal Contratado (Ley N° 6068, Art.  5, 9ss Y cc) del Municipio de Aguaray, para que se desempeñe en Tareas Generales en la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.
Que, en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, el Sr. FERNANDEZ ABEL SILVIO, iniciara sus tareas a partir del día 10 del mes de octubre de 2019, concluyendo con las mismas el día 31 de diciembre de 2019.
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Art. 11 de la Ley 6068, es que corresponde dictar el correspondiente instrumento administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

Art. 1°.- APROBAR  el Contrato de Trabajo, celebrado con el Sr. FERNANDEZ ABEL SILVIO DNI N° 29.720.237, con domicilio en Misión Tuyunti S/N, Aguaray, con fecha de inicio  10 de Octubre y finalizando el dia 31 de Diciembre del 2.019, desempeñando función de Tareas en la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, de lunes a viernes, con jornada laboral de 6 horas, diarias y/o 120 horas mensuales, sean en turnos fijos o rotativos, parte integral de la presente Resolución.
Art.2°.- FIJESE como remuneración la suma correspondiente a la Categoría N° 15 de la escala salarial municipal vigente, más las asignaciones familiares y aportes que por Ley correspondan.
Art.3°.- IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente.
Art. 4°.- COMUNIQUESE a las siguientes oficinas de : Mesa de Entrada, Recursos Humanos-  Liquidaciones y al interesado.
Art. 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario con  Competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCIÓN N° 0862/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. PADILLA, Manuel Orlando Legajo Personal Nº 466, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2019, Y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

Art. 1°.- CONCEDER al  Agente  Municipal Sr. PADILLA, Manuel Orlando Legajo Personal Nº 466, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.019 por la cantidad de 20  (veinte) días hábiles a partir del día 15/10/2.019 hasta el 12/11/2.019 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.
Art. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.-
Art. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza-Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCIÓN N°0863/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. Adjunto N°6.636/19, presentado por la Sra. VILLARROEL, MARTHA, DNI N° 11.417.142, en representación de la Organización Corriente Clasista y Combativa, en el cual solicita autorización para realizar en las instalaciones del Gimnasio Mpal., el día 15-11-19, un “BONO CONTRIBUCIÓN” a partir de Hs. 16:00 hasta Hs. 20:00, y,
CONSIDERANDO:
Que se trata de una Organización que manifiesta realizar trabajos comunitarios y esta recaudación será destinada a los gastos de traslado a la ciudad de la Plata por un encuentro nacional de mujeres.
Que este Ejecutivo Mpal. colabora con iniciativas de esta índole.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- Conceder a la Sra. VILLARROEL, MARTHA, DNI N° 11.417.142, en representación de la Organización Corriente Clasista y Combativa, el permiso para realizar en las instalaciones del Gimnasio Mpal., el día 15-11-19, un “BONO CONTRIBUCION” a partir de Hs. 16:00 hasta Hs. 20:00
Art. 2°:- Comunicar a la solicitante que se exime de los impuestos pertinentes, debiendo abonar solo sellados administrativos y realizar una vez finalidad la actividad la limpieza de las instalaciones del Gimnasio a cuenta del pago de alquiler.
Art. 3°.- Responsabilizar a la interesada por la devolución de las  instalaciones del Gimnasio Mpal. en las mismas condiciones que lo recibe.
Art.4º:- Entregar una copia de la presente a la interesada y otra a la Policía Local para su debido conocimiento y control.
Art.5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche. 

RESOLUCIÓN N°0864/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal-Ley 7.936, El Proyecto Municipal denominado “RECAMBIO DE LAMPARAS DEL ACCESO PRINCIPAL DEL PARAJE RIO CARAPARI” presentado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos Municipal, y,
CONSIDERANDO:
Que, la Carta Orgánica Municipal-Ley 7.936, en el Capítulo II-Finalidades del Gobierno Municipal, en su Art. 22.-“Son competencias municipales, además de lo establecido por el artículo 176 de la Constitución Provincial:..inc 5  Aprobar las normas relativas a la prestación de los servicios públicos  municipales y la realización de obras públicas…”, en el Capítulo VI-Obras y Servicios Públicos, en su Art. 68.-“Son servicios públicos de competencia municipal, todas las actividades que tengan por objeto satisfacer las necesidades básicas de los habitantes del Municipio, salvo aquellas que se encuentren a cargo de la Provincia o la Nación.
Que, el proyecto presentado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, tiene como objeto aportar al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del sector y aportar a la seguridad de los mismos, mejorando la prestación de servicio de alumbrado público.
Que, este Ejecutivo municipal ve con agrado la realización del Proyecto, dado que, es un beneficio para la comunidad en general, y cumple con los objetivos de esta gestión de gobierno.
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, justificar las erogaciones a producirse y ejecutar dicho Proyecto Municipal de Obra Pública, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°:- APROBAR El Proyecto Municipal denominado “RECAMBIO DE LAMPARAS DEL ACCESO PRINCIPAL DEL PARAJE RIÓ CARAPARI”
Art. 2°:- AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes e impute los gastos en la partida presupuestaria correspondiente.
Art. 3°.- AUTORIZAR a la Secretaria  de Obras y Servicios Públicos a la ejecución del Proyecto.
Art. 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario con  competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 5°.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE EN EL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVESE.

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche.