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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 624 del día 27 de diciembre del 2019, hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCION Nº1228-019(Poder Ejecutivo) 
VISTO:
El Expte. Adjunto Nº8730/019, presentado por la Sra. CHAUQUE, Mirian Adriana, CUIL Nº27-22.309.928-4, con domicilio en Bº El Milagro-M.31A-C 9, de esta Localidad, en el cual solicita la habilitación correspondiente de una “Matricula Comercial de Taxi”, con un vehículo de su propiedad marca Fiat Palio Dominio AB650XT, modelo año 2017, motor Nº 327A0553059105, Y;
CONSIDERANDO:
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que ha abonado los sellados correspondientes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.1.-Incribir a la Sra. CHAUQUE, Mirian Adriana, CUIL Nº 27-22.309.928-4, con la “Matricula Comercial de Taxi”, con un vehículo de su propiedad marca Fiat Palio, Dominio AB650XT, siendo su conductora la Srta. CHAUQUE, Teresita Elizabet, teniendo como ubicación la parada de taxi de Pasaje los Jazmines Nº 552, Bº YPF de esta Localidad.
Art.2.-Incribirla en nuestro registro comercial bajo Matricula Nº3.452, a partir de la fecha: 06-12-19, encuadrándolo en la Cat. “C1”1.51, y Cod. de la Afip 492120.
Art.3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.4.-Comunicar a la interesada que contará con 90 días hábiles después de la habilitación para la presentación del Odómetro Tarifario, caso contrario se podrá perder la presente autorización, según lo estipula el Art. 181, inc. n de la Ordenanza Tarifaria Mpal.
Art.5.-La presente matricula se otorga en carácter de “Taxi Local”, y según lo determina la oficina de comercio no procede el Art. 200 de la OMT, operando su vencimiento el día: 27-09-20.
Art.6.-Entregar una copia de la presente a la interesada.
Art.7.-Registrese, Publíquese en el Boletín oficial Mpal y Archívese.

Sr. Céspedes, Freddy Marcelo- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 1228-019

RESOLUCION Nº1229-019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:
La vigencia de la Ordenanza Municipal Nº04-2017 de Creación del BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL, que fuera promulgada mediante Resolución Nº 0127/2017 de fecha 08-02-2017 y Ordenanza Municipal Nº 07-2018; y
CONSIDERANDOS:
Que, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936- Art. 36º: Son Deberes y Atribuciones del Intendente Municipal – Inc. 4. “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que corresponda”
Que, atento a lo expresado, este Poder Ejecutivo estima necesario reglamentar el procedimiento para la distribución de las Ediciones del Boletín Oficial Municipal, para ello se deberán imprimir dos (2) ejemplares por día, los cuales serán publicados en la página web
Que, a fin de transparentar los Actos del Gobierno Local, se enviará un ejemplar impreso al Concejo Deliberante y a las distintas Secretarias del Gabinete se remitirá en forma digital.
Que, es necesario adoptar esta medida reglamentaria a efecto de restringir el gasto en insumos, máxime, cuando hoy la tecnología nos brinda las herramientas para ir dejando paulatinamente de lado la impresión en papel y avanzar en un estado municipal moderno.
POR ELLO:
El INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.1°.- DISPONER que la Oficina del Boletín Oficial Municipal imprima 2 (dos) Ejemplares de la Edición diaria que procese y edite, a partir del día de la fecha, en el ámbito de su competencia, funcionamiento y responsabilidades.
Art.2°.- DEBERÁ remitir una (1) copia impresa al Concejo Deliberante y a través de archivos digitales a las demás Secretarias del Ejecutivo para su conocimiento.
Art.3º.- Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece el Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal  -Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Sr. Juan Ramón Ferreyra- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolucion P.E. Nº 1129-019