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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N° 634 del día 14 de Enero del 2020, hasta las horas 11:30 am presenta documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN N° 067/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; el Convenio Recíproco para “Uso de las Instalaciones: del Natatorio Municipal – Pileta de Natación del Complejo Deportivo de Petroleros”, entre la Municipalidad de Aguaray y el Sindicato de Petróleo y Gas de Salta y Jujuy, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con toda la Provincia, y es en virtud de ello se firma el Convenio Recíproco de “Uso de las Instalaciones del Natatorio Municipal – Pileta de Natación del Complejo Deportivo de Petroleros”.-
Que, ambos organismos ofrecen y aceptan el uso mutuo y gratuito de las Instalaciones del Natatorio Municipal y de la Pileta de Natación del Complejo Deportivo de Petroleros, beneficiando a todos los empleados municipales de Aguaray y su grupo familiar directo, y a los afiliados al gremio y su grupo familiar directo. –
Que, este Convenio de reciprocidad se rige en las normativas de acuerdo a las Cláusulas del mismo que se adjunta a la presente y tendrá vigencia a partir de la fecha hasta la finalización de la temporada de Verano, el día 01 de Marzo de 2.020.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°.-APROBAR el Convenio de reciprocidad “Uso de las Instalaciones del Natatorio Municipal – Pileta de Natación del Complejo Deportivo de Petroleros” entre el Sindicato de Petróleo y Gas de Salta y Jujuy representado por el Sr. Sebastián Fernando Barrios D.N.I. Nº 29.074.834, con domicilio en Belgrano 277 de la Ciudad de Tartagal, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Ing. Jorge Enrique Prado D.N.I. Nº 33.351.204, con domicilio legal en Calle Sarmiento S/N de la Ciudad de Aguaray, para el uso gratuito de ambos natatorios por empleados municipales y afiliados al gremio.-
Art. 2°.-ORDENAR, a la Dirección de Deportes a realizar los pasos administrativos correspondientes, para dar cumplimiento al Convenio en referencia.-
Art. 3°.-NOTIFICAR, a las partes intervinientes. –
Art. 4°.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 5°.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

                                                                                   Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N 067-020

RESOLUCIÓN N°068/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. CABALLERO, Damacio Legajo Personal Nº 305, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2019, Y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal, en su Cap. – VII – Derechos – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. CABALLERO, Damacio Legajo Personal Nº 305, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.019 por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 13/01/2.020 hasta el 21/02/2.020 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art. 2°.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.
Art. 3°.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art. 4°.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 068-020

RESOLUCIÓN N°069/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Director de Pueblos Originarios de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Araya, Osvaldo D.N.I. Nº 26.715.763, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Director de Pueblos Originarios realizará este viaje con motivos de gestiones varias en beneficio de dicha dirección. –
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los días de viático de este viaje de comisión de servicios a la Ciudad de Salta.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1:- COMISIONAR al Director de Pueblos Originarios de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Araya, Osvaldo D.N.I. Nº 26.715.763, a viajar a la Ciudad de Salta los días 14 y 15 de enero del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2º:- AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (2) días de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente a los días 14 y 15  de enero del corriente año, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Director de Pueblos Originarios de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Araya, Osvaldo D.N.I. Nº 26.715.763.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 069-020

RESOLUCIÓN N°070/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Director de Bromatología e Higiene Alimentaria de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Guzmán, Oscar Alejandro D.N.I. Nº 22.309.908, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Director de Bromatología e Higiene Alimentaria realizará este viaje con motivos de reunión con la encargada de PROTENENCIA. –
Que, para su traslado utilizará su vehículo particular, por lo que solicita el reconocimiento de combustible.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer el día de viático de este viaje de comisión de servicios a la Ciudad de Salta.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1:- COMISIONAR al Director de Bromatología e Higiene  Alimentaria de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Guzmán,  Oscar Alejandro D.N.I. Nº 22.309.908, a viajar a la Ciudad de Salta el día 13 de enero del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2º:- AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por uno (1) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al día 13 de enero del corriente año, más la Suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 059-2019, a nombre del Director de Bromatología e Higiene de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Guzmán,  Oscar Alejandro D.N.I. Nº 22.309.908.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 070-020

RESOLUCION N° 071/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. Adjunto N° 450/20, presentado por el Sr. PADILLA, FELIPE ANTONIO DNI N° 16.254.433, con domicilio en Calle José Mármol de esta Localidad, mediante el cual solicita una facilidad de pago por una deuda que mantiene con este Municipio, en concepto de “IMPUESTO AUTOMOTOR”, por un dominio N° PML523, proponiendo abonar de contado la deuda capital con exención de los recargos, y,
CONSIDERANDO:
Que no existen actualmente planes de pago ni moratorias, pero que el Código Tributario N° 028/08 faculta al E.M. a determinar concesiones especiales.
Que es de interés de este Municipio priorizar los ingresos en beneficio de las arcas municipales.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

Art. 1°.- Conceder al Sr. PADILLA, FELIPE ANTONIO DNI N° 16.254.433, con domicilio en Calle José Mármol de esta Localidad, un Plan de pago especial, para cancelar una deuda en concepto de “IMPUESTO AUTOMOTOR”, por un dominio N° PML523.
Art. 2°.- -Comunicar al solicitante que deberá abonar la deuda capital que asciende  a la suma de $9.358,58 (pesos Nueve Mil Trescientos Cincuenta y Ocho c/58 cvos) de contado. La deuda corresponde al periodo Febrero/17 a Noviembre/19.
Art. 3°. La presente resolución será refrenda por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art. 4°.- – Entregar una copia  de la presente al interesado.
Art. 5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Mpal y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 071-020

RESOLUCIÓN N° 072/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936; Resolución Municipal N° 1.117-019 y Resolución Municipal N° 1.230/019- Organigrama de Misiones y Funciones de la Administración Local, Y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a la Carta Orgánica del Municipio de Aguaray, Ley 7.936, Art. 36: “Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal-Inc. 27: Designar Asesores en su esfera y removerlos”.
Que, mediante Resolución N° 1.117-2019 se designó al Secretario de Hidrocarburos Municipal Sr. ALEXIS ANTONIO GARZON DNI N° 36.292.244, asimismo la estructura orgánica contempla el funcionamiento de la Oficina de Inspecciones, por lo que es necesario contar con personal de apoyo en la organización de la misma.
Que, a criterio de este Poder Ejecutivo Municipal, el Sr. JUAN ESTEBAN NIEVA DNI N° 16.909.576, reúne las condiciones de idoneidad y capacidad para cumplir las funciones de Asistente Técnico de la Secretaria de Hidrocarburos y Oficina de Inspecciones.
Que, por lo expuesto precedentemente es menester realizar el presente acto resolutivo, de designación a fin de contar con el marco legal pertinente. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1º: DESIGNAR al Sr. JUAN ESTEBAN NIEVA DNI N° 16.909.576 a partir de la fecha de la presente y por el termino de 06 (seis) meses como Asistente Técnico de la Secretaria de Hidrocarburos y Oficina de Inspecciones de la Municipalidad de Aguaray.
Art.2º:- ESTABLECER a los fines Contables y Legales, que el Sr. JUAN ESTEBAN NIEVA, quien fuera DESIGNADO como Asistente Técnico, percibirá como única retribución mensual una suma Fija de $5.000,°° (Pesos Cinco Mil) por todo concepto.-
Art.3º:- REMITIR copia de la presente Resolución Municipal para su conocimiento a las Oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaria de Gobierno, RRHH, Secretaria de Hidrocarburos y al interesado a los fines  que correspondan.-
Art.4º:- Impútese a la partida pertinente del Presupuesto de Recursos y Gastos vigentes.
Art.5º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-
Art.6º:- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de Aguaray y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 072-020

RESOLUCIÓN N° 073/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
La normativa vigente, respecto a las diversas compensaciones que se otorgan con motivo de la realización de  Comisiones de Servicios de los Funcionarios y Empleados del Estado Municipal y que implican el otorgamiento y liquidación de viáticos, gastos de transporte y movilidad; y
CONSIDERANDO:
Que, los montos de viáticos vigentes resultan insuficientes, dadas las actuales condiciones económicas. Por lo que se hace imprescindible, a fin de que los funcionarios y agentes de la Administración Pública Municipal comisionados realicen la tarea encomendada, que los mismos perciban una asignación complementaria razonable para cubrir los gastos mínimos diarios de pernoctación (desayuno, almuerzo, merienda, cena y alojamiento), según corresponda.
Que, la normativa citada en el visto ha fijado la escala de viáticos, que rige desde el año 2.011 a la fecha, sin que hayan sido actualizadas, cuyos montos se consignan a continuación para una mejor ilustración:

  • Escala de Viáticos vigente:
Dentro de un Radio de 200 Km Dentro de un Radio de 200 Km Dentro de un Radio de 600 Km Fuera de un Radio de 600 Km
$ 150,00 (Valles de Acambuco) $ 200,00 (Embarcación, Oran y otros) $ 500,00 $ 1.000,00

Que, tales montos y valores no cubren en absoluto los gastos personales que se ocasionan en virtud del desempeño de la Comisión de Servicios. Vulnerando las condiciones laborales de los Funcionarios y Trabajadores Municipales, habiendo quedado desvirtuado el concepto en sí mismos del Viático.
Que, a través de la Resolución Nº059-2019 la anterior Gestión de Gobierno implemento en el ámbito de la Administración Municipal, el pago de un Plus Complementario pecuniario por Comisión de Servicios. con el fin de afrontar los mayores gastos ocasionados por el alza de precios producto de la inflación reinante en nuestro País, el cual era percibido por quienes en razón de una comisión de servicios, debían ausentarse de su asiento habitual de trabajo, para el cumplimiento de las labores oficiales encomendadas.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y LAS CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.1º.- DISPONER la ACTUALIZACIÓN DEL PLUS ADICIONAL COMPLEMENTARIO POR COMISIÓN DE SERVICIOS NO BONIFICABLE NI REMUNERATIVO a PAGAR a los Funcionarios y Agentes Municipales, que habiendo sido Comisionados a prestar servicios fuera de su asiento habitual de trabajo, le corresponda percibir VIÁTICOS, a partir de la fecha de la presente, según la siguiente escala, a saber:

  • Plus Adicional Complementario por Comisión de Servicios:
Dentro de un Radio de 200 Km Dentro de un Radio de 200 Km Dentro de un Radio de 600 Km Fuera de un Radio de 600 Km
$ 350,00 (Pesos Trescientos Cincuenta (Valles de Acambuco) $ 500,00 (Pesos Quinientos) (Embarcación, Oran y otros) $ 1.000,00

(Pesos Un Mil)

$ 1.500,00

(Pesos Un Mil Quinientos)

Art.2º.- Debiéndose abonar el mismo por cada día de comisión de servicios completo o en la proporción que le corresponda percibir y se liquidará conjuntamente con los viáticos y los gastos de traslado y movilidad respectivos, sin cargo de rendición.
Art.3º.- Dar copia de la presente a la Oficina de RR.HH, Secretaria de Hacienda; Dpto. Contable, Sindicatos con ámbito de actuación en el Municipio y Personal en general.
Art.4º.- Impútese a la Partida Presupuestaria correspondiente del Presupuesto de Recursos y Gastos vigente.
Art.5º.- Derróquese la Resolución Nº 059-2019.-
Art.6º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario con competencia, conforme lo estipula el artículo 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.7º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 073-020

RESOLUCIÓN N°074/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por el Agente Municipal Sr. FLORES, Modesto Legajo Personal Nº 318,  mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2019, Y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado empleado no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal, en su Cap. – VII – Derechos – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.-CONCEDER al Agente Municipal Sr. FLORES, Modesto Legajo Personal Nº 318, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.019 por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 20/01/2.020 hasta el 03/03/2.020 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art. 2°.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.
Art. 3°.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art. 4°.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E. N° 074-020

RESOLUCIÓN N°075/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por la Agente Municipal Sra. SANCHEZ GOYTEA, Soledad Legajo Personal Nº 525 mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al Año 2018, Y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada empleada no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal, en su Cap. – VII – Derechos – Art. 59- 60- 61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.-CONCEDER a la Agente Municipal Sra. SANCHEZ GOYTEA, Soledad Legajo Personal Nº 525, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018 por la cantidad de 15 (quince) días hábiles a partir del día 20/01/2.020 hasta el 07/02/2.020 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art. 2°.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes.
Art. 3°.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.
Art. 4°.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E. N° 075-020