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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 637 del día 17 de Enero del 2020, hasta las horas 11:30am  presenta documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

ORDENANZA N° 014/019 (Concejo Deliberante)
VISTO:
Las facultades que otorga la Carta Orgánica Municipal- Ley N° 7.936, y;
CONSIDERANDO:
Que, la norma citada establece que el Concejo Deliberante debe fijar la remuneración del Poder Ejecutivo Municipal la que no podrá ser igual o inferior a la de sus miembros (Art. 33- Ley N° 7.936)
Que, del análisis realizado al nivel de ingreso que rige y se haya vigente a la fecha como sueldo del Sr. Intendente Municipal se concluyó que no condice con la función y la responsabilidad que el mismo ostenta en su condición de Intendente en ejercicio, motivo por el cual es factible actualizar la remuneración que percibirá a partir del mes de enero del año 2.020.
Que, asimismo la Carta Orgánica establece que la remuneración a percibir por los miembros del Concejo Deliberante será establecida por Ordenanza y no podrá ser alterada durante el mismo periodo, salvo se modifiquen las remuneraciones de la Administración Pública Municipal y en igual proporción (Art. N° 23-Ley 7936).
Que la dieta del Concejal Municipal no se actualiza desde el año 2.014 con el consiguiente efecto adverso en ello implica en el cumplimiento de las funciones propias del cargo.
Que se ha considerado y en atención a lo que establece nuestra Carta Orgánica Municipal dictar la Ordenanza Municipal y determina la remuneración a percibir por el Concejal Municipal.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art. 1°.- El Intendente Municipal percibirá a partir del mes de enero del año 2.020 en concepto de sueldo mensual un equivalente a 03 (tres) veces el básico de la escala salarial vigente de la categoría N° 24 del escalafón del empleado Municipal, sujeto a retenciones y aportes de Ley.
Art. 2°.-El Intendente Municipal percibirá en concepto de adicional mensual a partir del mes de enero del año 2020 por función ejecutiva de carácter no Bonificable ni remunerativo, el equivalente a 02 (dos) veces el básico de la escala salarial vigente de la categoría N° 24 del escalafón del empleado Municipal.
Art. 3°.- Fijar como dieta del concejal Municipal a partir del mes de Enero del año 2020, un equivalente al 70% (setenta por ciento) del  sueldo establecido para el Intendente Municipal, sujeto a las retenciones y aportes de Ley.
Art. 4°.- Fijar un adicional mensual a partir del mes de enero del año 2020 para el Concejal Municipal de carácter no Bonificable ni remunerativo, el equivalente al 70% (setenta por ciento) del adicional por función ejecutiva establecido para el Intendente Municipal.
Art. 5°.- Dar copia al poder Ejecutivo para su promulgación y puesta en vigencia.
Art. 6°.-De forma.

Ruiz, Ariel- Alemán Guillermo.

Ver documento original Ordenanza C.D N° 14-019

RESOLUCION Nº 085/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. Adjunto Nº 516/20, presentado por el Sr. OYARZU, PATROCINIO E, DNI Nº 7.249.534 en representación de la “Iglesia Evangélica Bautista” con domicilio en pasaje: Juana Manuela Gorriti de esta Localidad, en el cual solicita la renovación de la EXENCION otorgada por Resolución Nº 069/2017 por una deuda que mantiene en concepto de Impuesto Municipales por un terreno en el que habita identificado con el Cat.5250, M.12, L.03, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Tarifaria Mpal. Nº 011/019 Ejercicio Fiscal 2.020 en su Art. Nº 12, Inc.C, del Cap. I, faculta al Ejecutivo Mpal. a realizar la renovación de la EXENCION en el pago de la Tasa Gral. de Inmuebles, Servicios de Cloacas e Impuesto Inmobiliario.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

RESUELVE

Art.1°.-Conceder al Sr. OYARZU, PATROCIINIO E, DNI Nº 7.249.534, la renovación del beneficio de la EXENCION de pago del Impuesto Inmobiliario, TGI y Cloacas, por un terreno en que habita, identificado con el Cat. Nº 5250, M.12, L.03, ubicado en pasaje Juana Manuela Gorriti de esta localidad.
Art.2°.-Eximir por el periodo adeudado: Enero/20 a Diciembre/20.
Art 3°.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.4°.-Comunicar al solicitante que a partir de la fecha 01-01-21 deberá realizar la renovación que corresponda según Ordenanza vigente.
Art.5º.-Entregar una copia de la presente al interesado.
Art.6°.-Registrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Céspedes, Freddy Marcelo- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolucion P.E N° 085-020

RESOLUCION Nº 089/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468, y;
CONSIDERANDO:
Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica. –
Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT master 2.3 DCI, tipo de vehículo pick up Clase B minibús modelo 2.018, con patente AC546YH, motor/chasis M9TC678CO29320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-
Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

RESUELVE

Art.1º.- COMISIONAR al Agente Municipal Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468, a realizar dos viajes a la Ciudad de Salta Capital, los días 17 y 20 de Enero del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art.2°.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir pertinente orden de pago por dos (2) días de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente a los días 17 y 20 de Enero del presente año, más la suma de pesos cuatro mil con 00/100 ($4.000ºº) para combustible y gastos varios, con un cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el adicional complementario según Resolución Municipal Nº073-2020, a nombre del Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº468.-
Art.3°.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia  al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.
Art.4°.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial, y Archívese.

Céspedes, Freddy Marcelo- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolucion P.E N° 089-020

RESOLUCION Nº 090/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La necesidad de dictar instrumento legal que contemple la creación de una caja chica, en la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, y;
CONSIDERANDO:
Que, habiendo realizado una evaluación de las necesidades más urgente, será imprescindible implementar agilidad en el trámite de asistencia social.
Que, los responsables, de acuerdo a las necesidades reclamadas, deben dar respuesta inmediata y formal a la población, en asistencia y emergencia de salud, como ayudas económicas.
Que, es menester de este Ejecutivo establecer normas formales para regular las actividades de la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social que proporciona el Municipio de Aguaray.
Que, en consideración del Ejecutivo Municipal, la responsable de Desarrollo Humano y Acción Social la Sra. GRACIONIS, Vilma Carolina DNI Nº 28.275.817, es el funcionario que debe cumplir con los objetivos propuestos por esta gestión al frente del área mencionada.
Que, las erogaciones correspondientes a las compras serán aplicadas solo a casos urgentes y excepcionales.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer formalmente los alcances de la misma.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936

RESUELVE

Art.1.-ESTABLECER, en Caja Chica el importe de Pesos Treinta Mil con 00/100 ($30.000ºº), mensuales para la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad de Aguaray.
Art.2.-AUTORIZAR, a la Secretaria de Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, Sra. GRACIONIS, Vilma Carolina DNI Nº 28.275.817, el movimiento económico de Caja Chica.
Art.3.-AUTORIZAR, al responsable de la Secretaria Desarrollo Humano y Acción Social, de la asistencia social y la rendición correspondiente con comprobantes válidos.
Art.4.-AUTORIZAR al Depto. Contable a elaborar la Orden de Pago por los importes correspondientes a los gastos incurridos por la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad de Aguaray.
Art.5.-AUTORIZAR al Depto. Contable, imputar el gasto de la cuenta correspondiente.
Art.6.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.7.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Céspedes, Freddy Marcelo- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolucion P.E N° 090-020

RESOLUCION Nº 091/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La necesidad de dictar instrumento legal que contemple la creación de una caja chica, en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, y;
CONSIDERANDO:
Que, habiendo realizado una evaluación de las necesidades más urgente, será imprescindible implementar agilidad en el trámite de pedidos de suministros de las diferentes áreas de la municipalidad.
Que, es menester de este Ejecutivo establecer normas formales para regular las actividades de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos que proporciona el municipio de Aguaray.
Que, en consideración del Ejecutivo Municipal, la responsable de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos la Ing. BLASCO, María Ayelen DNI Nº 35.152.756, es el funcionario que debe cumplir con los objetivos propuestos por esta gestión al frente del área mencionada.
Que, las erogaciones correspondientes a las compras serán aplicadas solo en casos urgentes y excepcionales.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer formalmente los alcances de la misma.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936

RESUELVE

Art.1.-ESTABLECER, en Caja Chica el importe de Pesos Cincuenta Mil con 00/100 ($50.000ºº), mensuales para la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray.
Art.2.-AUTORIZAR, a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, Ing. BLASCO, María Ayelen DNI Nº 35.152.756, el movimiento económico de Caja Chica.
Art.3.-AUTORIZAR al responsable de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos a realizar la rendición correspondiente con comprobantes válidos.
Art.4.-AUTORIZAR al Depto. Contable a elaborar la Orden de Pago por los importes correspondientes a los gastos incurridos por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray.
Art.5.-AUTORIZAR al Depto. Contable, imputar el gasto de la cuenta correspondiente.
Art.6.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.7.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Céspedes, Freddy Marcelo- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolucion P.E N° 091-020

RESOLUCION N°092/2020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La sanción de la Ordenanza N°014/2019 aprobada por el voto unánime de los miembros del Concejo Deliberante de nuestra Ciudad, ingresada bajo Expte. N°049-2020 de fecha 02-01-2020; y
CONSIDERANDO:
Que, habiendo transcurrido el plazo legal y a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley N° 7.936 en su artículo N°30: “Aprobado un Proyecto de Ordenanza por el Concejo Deliberante pasará al Intendente Municipal para su promulgación y publicación. Se considera promulgado todo proyecto no vetado en el plazo de (10) días hábiles, de ingresado al Departamento Ejecutivo Municipal..”
Que, es pertinente la sanción de la presente Resolución a efectos de cumplimentar con el acto administrativo de publicación oficial de la Ordenanza aludida y referida en el visto de la presente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art.1°- CONSIDERAR promulgada la Ordenanza N°014-2019, que fuera aprobada y sancionada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad.
Art.2°- PROCEDER a Publicar la misma en el Boletín Oficial Municipal en razón del encuadre legal establecido en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936 – Art. N°30.-
Art.3°- TENGASE por VIGENTE la Ordenanza indicada en el artículo primero. –
Art.4°- Refrendara la presente el Secretario con competencia, de acuerdo a lo establecido en el Art. 37° – Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936
Art.5°-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal por un día y archívese. –

Juan Ramón Ferreyra – Ing. Jorge E. Prado

Ver documento original Resolucion P.E N° 092-020