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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 641 del día 23 de Enero del 2020, hasta las horas 11:30am presenta documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN N° 124/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Resolución N° 059/019 enviada por el Concejo Deliberante del Municipio de Aguaray, que vino a subsanar y corregir el error de numeración y registro, que fuera observado a través de la Resolución Municipal N° 054-020, y,
CONSIDERANDO:
Que, del análisis realizado al contenido de la indicada Resolución, la misma alude a una “expedición” destinada a relevar y buscar un equipo de perforación, que, por las publicaciones en las redes sociales, se infiere que el mismo fue ubicado, resultando ser una antigua caldera, que yace allí, desde hace varias décadas, y que hace al interés histórico y de fundación de nuestra Ciudad.
Que, si existía un plan para realizar una “expedición”, este, no fue informado debidamente al Departamento Ejecutivo, para su evaluación y para el eventual respaldo estatal y tomar las medidas preventivas y de seguridad pertinentes.
Que, este Departamento Ejecutivo conoce la zona aledaña a la Comunidad de Capiazuti y del disfrute de vecinos y visitantes en épocas estivales, al Camping, dado sus atractivos naturales y la calidez de sus habitantes, razones por las cuales ya se procedió al acondicionamiento y mantenimiento de los accesos del mismo, ubicado en la quebrada de Capiazuti a la vera de la Ex Ruta Nacional N° 34, no así los senderos circundantes de acceso al denominado Chorro, por estar los mismos ubicados en tierras privadas y el alto riesgo que ello implicaría si de manera masiva los vecinos concurren al lugar.
Que, los diagramas de trabajo de desmalezamiento, mejoras y mantenimiento de caminos vecinales habilitados representan una actividad propia y privativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Aguaray, que para ese fin cuenta con una dotación de personal y las partidas asignadas por el presupuesto comunal vigente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- OBSERVAR en todas sus partes la Resolución N° 059-2019 por avanzar sobre aspectos privativos del Departamento Ejecutivo Municipal y por las razones aludidas en los Considerandos..
Art.2º:- Refrendara la presente el Secretario de competencia, conforme el Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 3°.- Dar copia de la presente al Concejo Deliberante a sus efectos.
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 124-020

RESOLUCIÓN N° 125/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Resolución N° 061/019, enviada por el Concejo Deliberante del Municipio de Aguaray, que vino a subsanar y corregir el error de numeración y registro, que fuera observado a través de la Resolución Municipal N 054-020, y,
CONSIDERANDO:
Que, los diagramas de trabajo que involucran la elaboración de planos para construcciones, la adquisición de materiales, la asignación de vehículos para transportarlos hasta las obras y la mano de obra municipal en las labores llevadas a cabo por el Municipio de Aguaray, representan una actividad propia y privativa del Departamento Ejecutivo Municipal, que para ese efecto cuenta con una dotación de personal y fondos asignados por el presupuesto comunal vigente.
Que, por tal razón las Dependencias, Secretarias, Direcciones y Departamentos involucrados en dichas obras se hallan todas ellas, en la sede del Departamento Ejecutivo Municipal que es el encargo legal de proyectarlas y concretarlas, siendo este y no otro el mecanismo que deben recorrer este tipo de actividades de la comuna.
Que, la grave alteración de las previsiones establecidas en la Carta Orgánica Municipal, que significaría admitir que sea el Concejo Deliberante quien administre la Ciudad y decidiera la realización y ejecución de las obras, además de autorizarlas en los presupuestos, llevaría a la virtual neutralización y eliminación del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, este Departamento Ejecutivo no desconoce la necesidad de las obras que se proponen, aunque de modo genérico, sin precisiones técnicas con la alegación de circunstancias fácticas incomprobables, y con suma rusticidad en la Resolución N° 061-2019, que ya han sido relevadas y proyectadas por la Secretaria de Obras Públicas, lo que en absoluto puede validar la sub versión de los roles que la Carta Orgánica Municipal, Ley N° 7936, atribuye al primero y al Concejo Deliberante de Aguaray.
Que, las Resoluciones Nros. 059-2019 y 062-2019 y la referida en el Visto incurren en esa inquietante tendencia del Concejo Deliberante de Aguaray de atribuirse las competencias que la Carta Orgánica, Ley N°7936, y las Ordenanzas confieren al Departamento Ejecutivo Municipal y al Intendente de Aguaray, lo que comporta un desvió de poder que, de persistir, deberá ser sometido a consideración de los Sres. Fiscales Penales del Distrito Judicial Local y, eventualmente, de la Corte de Justicia de Salta, por las vías procesales que en ambos casos corresponda.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- OBSERVAR en todas sus partes la Resolución N° 061-2019 por avanzar sobre aspectos privativos del Departamento Ejecutivo Municipal y por las razones aludidas en los Considerandos.-
Art.2º:- Refrendara la presente el Secretario de competencia, conforme el Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 3°.- Dar copia de la presente al Concejo Deliberante a sus efectos.
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 125-020

RESOLUCIÓN N° 126/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Resolución N° 062/019, enviada por el Concejo Deliberante del Municipio de Aguaray, que vino a subsanar y corregir el error de numeración y registro, que fuera observado a través de la Resolución Municipal N 054-020, y,
CONSIDERANDO:
Que, los diagramas de trabajo que involucran la elaboración de planos para construcciones, la adquisición de materiales, la asignación de vehículos para transportarlos hasta las obras y la mano de obra municipal en las labores llevadas a cabo por el Municipio de Aguaray, representan una actividad propia y privativa del Departamento Ejecutivo Municipal, que para ese efecto cuenta con una dotación de personal y fondos asignados por el presupuesto comunal vigente.
Que, por tal razón las Dependencias, Secretarias, Direcciones y Departamentos involucrados en dichas obras se hallan todas ellas, en la sede del Departamento Ejecutivo Municipal que es el encargo legal de proyectarlas y concretarlas, siendo este y no otro el mecanismo que deben recorrer este tipo de actividades de la comuna.
Que, la grave alteración de las previsiones establecidas en la Carta Orgánica Municipal, que significaría admitir que sea el Concejo Deliberante quien administre la Ciudad y decidiera la realización y ejecución de las obras, además de autorizarlas en los presupuestos, llevaría a la virtual neutralización y eliminación del departamento Ejecutivo Municipal.
Que, este Departamento Ejecutivo no desconoce la necesidad de las obras que se proponen, aunque de modo genérico, sin precisiones técnicas con la alegación de circunstancias fácticas incomprobables, y con suma rusticidad en la Resolución N° 062-2019, que ya han sido relevadas y proyectadas por la Secretaria de Obras Públicas, lo que en absoluto puede validar la sub versión de los roles que la Carta Orgánica Municipal, Ley N° 7936, atribuye al primero y al Concejo Deliberante de Aguaray.
Que, las Resoluciones Nros. 059-2019 y 061-2019 y la referida en el Visto incurren en esa inquietante tendencia del Concejo Deliberante de Aguaray de atribuirse las competencias que la Carta Orgánica, Ley N°7936, y las Ordenanzas confieren al Departamento Ejecutivo Municipal y al Intendente de Aguaray, lo que comporta un desvió de poder que, de persistir, deberá ser sometido a consideración de los Sres. Fiscales Penales del Distrito Judicial Local y, eventualmente, de la Corte de Justicia de Salta, por las vías procesales que en ambos casos corresponda.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- OBSERVAR en todas sus partes la Resolución N° 062-2019 por avanzar sobre aspectos privativos del Departamento Ejecutivo Municipal y por las razones aludidas en los Considerandos.-
Art.2º:- Refrendara la presente el Secretario de competencia, conforme el Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art. 3°.- Dar copia de la presente al Concejo Deliberante a sus efectos.
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 126-020

RESOLUCIÓN N° 127/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a los Altos Valles de Acambuco, por parte del Agente Municipal, el Sr. Palomo, Paulo DNI N° 32.534.735, y,
CONSIDERANDO:
Que, el Agente Municipal realizara un viaje a los Altos Valles de Acambuco con el objetivo de realizar la entrega de módulos alimentarios a los distintos beneficiarios de la comunidad.
Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Ford F-100 3.9 TDI XLT L/06 4X4 2010, tipo de vehículo Pick Up/utilitario, con patente JHE 004, Motor/chasis 36220549-9BFH21C5BB081158.Cobertura de Seguro de “Rivadavia” N° de Póliza 32/113929.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Palomo, Paulo DNI N° 32.534.735,  a realizar un viaje  a  los Altos Valles de Acambuco, el día 23 de Enero del año 2.020, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.
Art.2º:- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de  viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 23 de Enero del año 2.020, más el Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2.020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Palomo, Paulo DNI N° 32.534.735.
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 127-020

RESOLUCIÓN N° 128/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a los Altos Valles de Acambuco, por parte del personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, el Sr. Catue Víctor D.N.I Nº 31.497.201.
CONSIDERANDO:
Que, el personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja realizara un viaje a los Altos Valles de Acambuco con el objetivo de realizar la entrega de módulos alimentarios a los distintos beneficiarios de la comunidad.
Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Ford F-100 3.9 TDI XLT L/06 4X4 2010, tipo de vehículo Pick Up/utilitario, con patente JHE 004, Motor/chasis 36220549-9BFH21C5BB081158.Cobertura de Seguro de “Rivadavia” N° de Póliza 32/113929.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- COMISIONAR al personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, el Sr. Catue Víctor D.N.I Nº 31.497.201 a realizar un viaje  a  los Altos Valles de Acambuco, el día 23 de Enero del año 2.020, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.
Art.2º:- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un equivalente  (1) de viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 23 de Enero del año 2.020, más el Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2.020, a nombre del Sr. Catue Víctor D.N.I Nº 31.497.201.
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 128-020

RESOLUCIÓN N° 129/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a los Altos Valles de Acambuco, por parte del personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, la Sra. Cuellar, Gina María D.N.I Nº 35.152.713, y;
CONSIDERANDO:
Que, el personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja realizara un viaje a los Altos Valles de Acambuco con el objetivo de realizar la entrega de módulos alimentarios a los distintos beneficiarios de la comunidad.
Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Ford F-100 3.9 TDI XLT L/06 4X4 2010, tipo de vehículo Pick Up/utilitario, con patente JHE 004, Motor/chasis 36220549-9BFH21C5BB081158.Cobertura de Seguro de “Rivadavia” N° de Póliza 32/113929.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- COMISIONAR al personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, la Sra. Cuellar, Gina María D.N.I Nº 35.152.713 a realizar un viaje  a  los Altos Valles de Acambuco, el día 23 de Enero del año 2.020, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.
Art.2º:- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un equivalente (1)  de  viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 23 de Enero del año 2.020, más el Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2.020, a nombre de la  Sra. Cuellar, Gina María D.N.I Nº 35.152.713.
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolucion P.E N° 129-020

RESOLUCIÓN N° 130/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a los Altos Valles de Acambuco, por parte del personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, la Sra. Barba, Laura D.N.I Nº 28.336.325, Y;
CONSIDERANDO:
Que, el personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja realizara un viaje a los Altos Valles de Acambuco con el objetivo de realizar la entrega de módulos alimentarios a los distintos beneficiarios de la comunidad.
Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Ford F-100 3.9 TDI XLT L/06 4X4 2010, tipo de vehículo Pick Up/utilitario, con patente JHE 004, Motor/chasis 36220549-9BFH21C5BB081158.Cobertura de Seguro de “Rivadavia” N° de Póliza 32/113929.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- COMISIONAR al personal subsidiado perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, la Sra. Barba, Laura D.N.I Nº 28.336.325 a realizar un viaje  a  los Altos Valles de Acambuco, el día 23 de Enero del año 2.020, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.
Art.2º:- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un equivalente (1) de  viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 23 de Enero del año 2.020, más el Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2.020, a nombre de la  Sra. Barba, Laura D.N.I Nº 28.336.325
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 130-020

RESOLUCIÓN N° 131/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a los Altos Valles de Acambuco, por parte del Agente Municipal, el Sr. Rivero, Raúl D.N.I Nº 20.644.094, y,
CONSIDERANDO:
Que, el Agente Municipal realizara un viaje a los Altos Valles de Acambuco con el objetivo de realizar el traslado del Personal de Desarrollo Humano y Acción Social que realizara la entrega de módulos alimentarios a los distintos beneficiarios de la comunidad el día 23 de enero, y el traslado del personal de Bromatología que realizara la Campaña antirrábica, los días 24 y 25 de enero del presente año.
Que, dicho traslado requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Ford F-100 3.9 TDI XLT L/06 4X4 2010, tipo de vehículo Pick Up/utilitario, con patente JHE 004, Motor/chasis 36220549-9BFH21C5BB081158.Cobertura de Seguro de “Rivadavia” N° de Póliza 32/113929.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Rivero, Raúl D.N.I Nº 20.644.094, a realizar un viaje a los Altos Valles de Acambuco, los días 23, 24 y 25 de Enero del año 2.020, con el fin de realizar las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.
Art.2º:- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por tres (3) días de viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente a los días 23, 24 y 25 de Enero del año 2.020, más el Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2.020, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Rivero, Raúl D.N.I Nº 20.644.094.
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 131-020

RESOLUCIÓN Nº 132/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Personal administrativo perteneciente a la Secretaria de Hacienda Municipal, la Sra. Rodríguez Laura Noelia L.P. Nº 720, y;
CONSIDERANDO
:
Que dicho viaje tiene como fundamentos: la presentación de rendiciones varias correspondiente al Programa de Asistencia Critica.
Que, por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- COMISIONAR al Personal administrativo perteneciente a la Secretaria de Hacienda Municipal, la Sra. Rodríguez Laura Noelia L.P. Nº 720, a viajar a la ciudad de Salta Capital el día 23 de Enero del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 23 de  enero del año en curso, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad,  más la suma de Pesos Dos Mil Cuatrocientos con 00/100 ($2.400ºº) de fondos a rendir, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del personal administrativo perteneciente a la Secretaria de Hacienda Municipal, la Sra. Rodríguez Laura Noelia L.P. Nº 720.
Art.3.-.SOLICITAR al interesado, la presentación del Informe de las Gestiones realizadas ante el Despacho del Ejecutivo Municipal, culminado el viaje de comisión de servicios.
Art.4º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolucion P.E N° 132-020

RESOLUCIÓN N° 133/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte de la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Gracionis, Vilma Carolina DNI N° 28.275.817, según Expediente N° 774/2020, y,
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social deberá realizar un viaje a la Ciudad de Salta, para asistir a audiencias programadas y realizar trámites que le competen al Municipio.
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°:- COMISIONAR a la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Gracionis, Vilma Carolina DNI N° 28.275.817,a realizar un viaje a la Ciudad de Salta los días 23 y 24 de enero del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2º:- AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (2) días de  viático a la Ciudad de Salta, correspondiente a  los días 22 y 23 de enero del corriente año, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre de la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, la Sra. Gracionis, Vilma Carolina DNI N° 28.275.817.
Art.3.-.SOLICITAR al interesado, la presentación del Informe de las Gestiones realizadas ante el Despacho del Ejecutivo Municipal, culminado el viaje de comisión de servicios.
Art.4º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.5°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 133-020

RESOLUCIÓN N° 134/020(Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.936; el Convenio entre el Ministerio de Salud Pública, Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación y la Municipalidad de Aguaray, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia y es en virtud de ello se firma el Convenio entre el Ministerio de Salud Pública, Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación y la Municipalidad de Aguaray, para la Ejecución del “Plan Anual de Manejo Integrado Estacional para el Control del Mosquito Vector del Dengue, Fiebre Chikungunya, Fiebre Zika y Fiebre Amarilla”. –
Que, el objeto es consolidar conjuntamente con la Estrategia local de control del mosquito Aedes Aegypti, a través de la prevención e intervención de bajo riesgo ambiental y humano, promoción de la salud, comunicación y educación a fin de evitar la propagación de las enfermedades transmitidas por este vector.
Que, las aplicaciones de las tareas epidemiológicas estarán regidas por las normas emitidas por la Dirección de Coordinación Epidemiológica (D.G.C.E.), quedando a su cargo el control, fiscalización y ejecución del presente Convenio. –
Que, el presente Convenio tendrá vigencia desde el día 01-01-2.020 hasta el día 31-07-2.020.-
Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal y ejecutar el Convenio entre el Ministerio de Salud Pública, Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación y la Municipalidad de Aguaray, para la Ejecución del “Plan Anual de Manejo Integrado Estacional para el Control del Mosquito Vector del Dengue, Fiebre Chikungunya, Fiebre Zika y Fiebre Amarilla”, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1º:- APROBAR el Convenio entre el Ministerio de Salud Pública, representado por la Dra. Josefina Medrano de la Serna con domicilio en Av. Los Incas S/N, Block II, 1º Piso, Centro Cívico Grand Bourg – Ciudad de Salta, la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, representada por el Señor Coordinador, C.P.N. Pablo Ismael Outes, con domicilio en Av. Los Incas S/N, Block III, Planta Baja, Centro Cívico
GrandBourg, Ciudad de Salta y la Municipalidad de Aguaray, representada por  el Intendente Ing. Jorge Enrique Prado con domicilio legal en Av. Sarmiento – Esq. Arenales, en la Ciudad de Aguaray, para la Ejecución del “Plan Anual de Manejo Integrado Estacional para el Control del Mosquito Vector del Dengue, Fiebre Chikungunya, Fiebre Zika y Fiebre Amarilla”.-
Art.2º:- NOTIFICAR a las partes intervinientes.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4º:- Regístrese, Publíquese en Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 134-020