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La oficina del Boletín Oficial emite la edición N° 646 del día 30 de Enero de 2020, hasta las horas 11:30am presenta documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN Nº172/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:

El Expte. adjunto N° 879/20, presentado por la Sra. GOMEZ, ANDREA ROMINA CUIL N° 27-28275804-6, con domicilio particular en Diagonal 25 de Mayo, B° Centro de esta Localidad, en el cual solicita una modificación en su Matricula Comercial N° 3.015, el que consiste en modificar el rubro “KIOSCO” por “SERVICIO DE RESTAURANTE Y CANTINA CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN ENVASE CERRADO Y AL COPEO, que está ubicado en su domicilio particular, y;
CONSIDERANDO
:
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que ha abonado los sellados correspondientes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- Modificar el rubro de la Mat. N° 3.015, a nombre de la Sra. GOMEZ, ANDREA ROMINA CUIL N° 27-28275804-6, el cual será  “SERVICIO DE RESTAURANTE Y CANTINA CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN ENVASE CERRADO Y Al COPEO, con Cod. de la AFIP 561011, a partir de la fecha 02-09-2019.
Art.2°.- Comunicar a la solicitante que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ pertinente.
Art.3°.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Enviar una copia de esta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.
Art. 5°.- Entregar a la solicitante, una copia de la presente Resolución y otra de la Ordenanza N° 14/11 del Concejo Deliberante, la que consta de 10 folios, para su debido conocimiento y cumplimiento.
Art.6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolución P.E N°172-020

RESOLUCION Nº 173/020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. Adjunto Nº 630/20 presentado por el Sr. CORTEZ, EDUARDO ANTONIO, CUIL Nº 20-21311641-0, con domicilio en Calle Batalla de Salta, Bº 9 de Julio de esta Localidad, mediante el cual solicita autorización para la apertura de un comercio con el Rubro: “KIOSCO CON VENTA DE BEBIDAS SIN ALCOHOL”, el que estará ubicado en su domicilio particular, y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo ha abonado los sellados correspondientes.
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que se realizó la inspección bromatológica pertinente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL-LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.1°.-Autorizar al Sr. CORTEZ, EDUARDO ANTONIO, CUIL Nº 20-21311641-0, con domicilio en Calle Batalla de Salta, Bº 9 de Julio, a realizar la apertura de un comercio de rubro: “KIOSCO CON VENTA DE BEBIDAS SIN ALCOHOL”, el que estará ubicado en su domicilio particular.
Art.2°.-Inscribirlo en el Registro de Comerciantes bajo Matricula Nº 3.460 y Cod. de la Afip 471190, a partir del día 17-01-20.
Art.3°.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.4°.-Comunicar al interesado que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.5°.-Entregar una copia de la presente Resolución al solicitante.
Art.6°.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Juan Ramón Ferreyra – Ing. Jorge E. Prado.

Ver documento original Resolución P.E N° 173-020

RESOLUCION Nº174/2020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por la Agente Municipal Sra. VARGAS, Margarita Legajo Personal Nº 320, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2.018, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada empleada no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal, en su Cap.-VII – Derechos – Art.59-60-61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.1°.-Conceder a la Agente Municipal Sra. VARGAS, Margarita Legajo Personal Nº 320, la Licencia Anual Reglamentaria año 2.018, por la cantidad de 25 (veinticinco) días hábiles a partir del día 31/01/2.020 hasta el 10/03/2.020 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.2°.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y a la interesada a los efectos correspondiente.
Art.3°.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.4°.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 174-020

RESOLUCIÓN Nº175/2020 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
La Nota presentada por la Agente Municipal Sra. INOJOSA, Teresita del Valle Legajo Personal Nº 583, mediante la cual solicita se le conceda la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2.019, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada empleada no hizo uso de dicho beneficio otorgado por el Estatuto del Empleado y Obrero Municipal, en su Cap.-VII – Derechos – Art.59-60-61.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.1°.-Conceder a la Agente Municipal Sra. INOJOSA, Teresita del Valle Legajo Personal Nº 583, la Licencia Anual Reglamentaria año 2.019 por la cantidad de 15 (quince) días hábiles a partir del día 03/02/2.020 hasta el 26/03/2.020 inclusive, debiendo a su término reintegrarse a su lugar habitual de trabajo.
Art.2°.-Dese copia de la presente Resolución Municipal a las oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Publicas y a la interesada a los efectos correspondiente.
Art.3°.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, o/en competencia referencia al Art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.
Art.4°.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Ferreyra, Juan Ramón- Ing. Prado, Jorge Enrique.

Ver documento original Resolución P.E N° 175-020