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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°341 del día 18 de Octubre del 2018 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCION N°1049/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La necesidad de implementar el Sistemas de Orden de Compra Digital; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a la actualización de la tecnología este Municipio el cual venia hasta la fecha realizado la labor manual (confección de los talonarios de orden de compra). Por una cuestión de modernización del Sistema y de agilizar de manera expedita el mismo se ha considerado que se deberá realizar las confecciones de dicho talonario referenciado al Sistema Digital.-

Que, dicho Plan de Modernización tiene entre sus objetivos constituir una Administración Pública al servicio del ciudadano en marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicio, a partir del diseño de organizaciones flexibles orientadas a la gestión por resultados.

Que, los trámites exigentes, con la implementación del Sistemas y el proceso de digitalización, deben reflejarse en términos de menores costos y plazos y, en consecuencia, ofrece transparencia a los procesos administrativos, propiciando de esta manera el fortalecimiento institucional, supuesto esencial en las sociedades democráticas, tendientes a la mejora constante del servicio al ciudadano.

POR ELLO:

AL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- Autorizar la implementación del Sistema de Orden de Compra Digital, ordenando que el sistema de confección  de Talonarios para proveedores que se hacía de forma manuscrita, se realice de manera digital conforme al Programa referenciado ut supra.-

Art. 2°.- DESE a conocer a la Secretaria de Gobierno y Secretario de hacienda, a fin de que pongan en conocimiento a sus áreas dependientes.-

Art. 3°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-

Art. 4°.- PUBLIQUESE en el Boletín Oficial por el término de Un (1) Día.-

Art. 5°.-Regístrese, Publíquese y Archívese.-

Art. 6°.-De forma.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°1055/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

            El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Tesorero de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Ferreyra Juan Ramón LP Nº 411, y;

CONSIDERANDO:

            Que el mismo solicita autorización de un día de viático a la ciudad de Salta Capital, para realizar gestiones ante la Secretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Salta.-

Que para su traslado utilizará su vehículo particular, por lo que solicita el reconocimiento de combustible. –

Que es menester realizar el presente acto resolutivo, a fin de reconocer los gastos de este viaje de comisión de servicios. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1º:- COMISIONAR al Tesorero de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Ferreyra Juan Ramón LP Nº 411, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 19 de octubre del presente año, con el fin de cumplir las tareas encomendadas descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2º:- AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago, por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 19 de octubre del presente año, más la Suma de Pesos Dos Mil Quinientos con 00/100 ($2.500ºº), para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre del Tesorero de la Municipalidad de Aguaray, el Sr. Ferreyra Juan Ramón LP Nº 411.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche.