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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°273 del día 04 de Julio del 2018 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCION N°721/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. ROSSELL, Juan Carlos     Legajo Personal Nº 500 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2017,  Y;

CONSIDERANDO:

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

ART. 1°.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. ROSSELL, Juan Carlos  Legajo Personal Nº 500, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.017 por la cantidad de 15 (quince) días hábiles a partir del día 10/07/2.018 hasta el 30/07/2.018 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

ART. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

ART. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

ART..- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

Ver documento Original P.E Resolucion N°721/018

RESOLUCION N°722/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. FLORIANO, Matias Emanuel     Legajo Personal Nº 494 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2018,  Y;

CONSIDERANDO:

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

ART. 1°.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. FLORIANO, Matias Emanuel  Legajo Personal Nº 494, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018 por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día 10/07/2.018 hasta el 06/08/2.018 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

ART. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

ART. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

ART..- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

Ver documento Original  P.E Resolucion N°722/018

RESOLUCION N°723/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr.  BASUALDO, Alfredo Gabriel              Legajo Personal Nº 606  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2017,  Y;

CONSIDERANDO:

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

ART. 1°.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. BASUALDO, Alfredo Gabriel     Legajo Personal Nº 606, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.017 por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 10/07/2.018 hasta el 23/07/2.018 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

ART. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y al interesado a los efectos correspondientes.-

ART. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

ART..- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

Ver documento Original  P.E Resolucion N°723/018

RESOLUCION N°724/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. MONTEROS, Alberto Claudio     Legajo Personal Nº 187  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2017,  Y;

CONSIDERANDO:

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

ART. 1°.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr.  MONTEROS, Alberto Claudio      Legajo Personal Nº 187, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.017 por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día 10/07/2.018 hasta el 21/08/2.018 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a s lugar habitual  de trabajo.

ART. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

ART. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

ART..- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

Ver documento Original  P.E Resolucion N°724/018

RESOLUCION N° 725/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Ordenanza Nº 017/2018 sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 18 de Junio del año en curso y que fuera ingresada a este Poder Ejecutivo Municipal con fecha 21-06-018, bajo Expte. Nº 4.555-018, Y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma ese Concejo Deliberante “Requiere al Ejecutivo Municipal arbitrar por todos los medios que corresponda, el cumplimiento de la Ordenanza Municipal Nº 036/11”.

Que, nuevamente el Cuerpo de Ediles de manera errónea utiliza el instrumento incorrecto para solicitar el cumplimiento de una norma en vigencia, debiendo haber sancionado una Resolución y no una Ordenanza Municipal, cuyo procedimiento y definición de conceptos están plasmados en el Reglamentos Interno de ese cuerpo.

Que, no obstante ello, la citada norma del año 2011 no establece plazo ni multa alguna en caso de incumpliendo de la Relocalización de la Planta de Almacenaje y Bombeo, propiedad de la Empresa REFINOR S.A y que se halla emplazada en el Barrio Mataderos de nuestra Ciudad, solo se limita a exhortar a la Empresa a iniciar las acciones y toda gestión tendiente a formalizar a corto plazo, el arribo a un entendimiento que permita suscribir un convenio de parte, hecho no acaecido en estos 7 años y es evidente que carece de las disposiciones jurídicas que le den al Municipio las herramientas legales necesarias en procura  de lograr el cumplimiento de la  misma.

Que, en consecuencia y en atención a situaciones similares (caso planta chachapoya-Salta-Capital) ese Concejo  Deliberante debe Legislar respecto al reordenamiento  urbanístico local, fijar fecha tope de relocalización de la planta, fijar multa en caso de incumplimiento del plazo acordado para llevar adelante la relocalización.

Que en uso de las facultades que le son propias y contenidas en el Art. 30º-  de la Carta Orgánica Municipal-Ley Nº 7.936 es pertinente el presente acto resolutivo de VETO total de la Ordenanza Nº 014/018.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1º.-  VETAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 014/2018 conforme  las consideraciones expresadas precedentemente.

Art. 2º.- TENGASE por VETADA la ORDENANZA Nº 014/018. Remítase al Concejo deliberante conforme lo establecido en nuestra Carta Orgánica Municipal –Ley Nº 7.936.

Art. 3º.- Refrendara la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece el art. 37 de la Carta Orgánica Municipal –Ley Nº 7.936.

Art 4º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

Ver documento Original  P.E Resolucion N°725/018