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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°275 del día 06 de Julio del 2018 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCION N°732/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota  presentada por la  Agente Municipal Sra. CARVAJAL CHIRARI, Anabel Juliana  Legajo Personal Nº 621 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2017,  Y;

CONSIDERANDO:

Que  la mencionada empleada no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

ART. 1°.- CONCEDER a la  Agente  Municipal  Sra. CARVAJAL CHIRARI, Anabel Juliana     Legajo Personal Nº 621, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.017 por la cantidad de 10 (diez) días hábiles a partir del día 10/07/2.018 hasta el 23/07/2.018 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

ART. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos y a la interesada a los efectos correspondientes.-

ART. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

ART..- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

Ver documento Original P.E Resolucion N°732/018

RESOLUCION N°733/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. ALANIS, Juan Carlos     Legajo Personal Nº 363 mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2018,  Y;

CONSIDERANDO:

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACTULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R  E  S  U  E  L  V  E

ART. 1°.- CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. ALANIS, Juan Carlos     Legajo Personal Nº 363, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.018 por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día 10/07/2.018 hasta el 06/08/2.018 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

ART. 2°.- Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada  – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

ART. 3°.- La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

ART. 4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

Ver documento Original P.E Resolucion N°733/018

RESOLUCION N°734/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

El Expte. Adjunto Nº 464/18, presentado por el Sr. MATORRAS, DANIEL ABRAHAM, CUIL Nº 20-34126541-0, con domicilio particular sito Los Naranjos s/n Bº Villa Sagrada, en el cual solicita la inscripción en nuestro Registro de Comerciantes, con el Rubro: “SERVICIOS DE CONTRATISTAS DE MANO DE OBRA PECUARIA”, a partir de fecha 25-06-18, Y,

CONSIDERANDO:                                                                  

Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.

Que a abono los sellados correspondientes.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1º.-  INSCRIBIRLO en nuestro Registro de Actividad Comercial, Industrial y de Servicios al Sr. MATORRAS, DANIEL ABRAHAM CUIL Nº 20-34126541-0, con el rubro: “SERVICIOS DE CONTRATISTAS DE MANO DE OBRA PECUARIA”, con domicilio comercial sito en los Naranjos s/n Bº Villa Sagrada, Jurisdicción de esta Localidad.

Art. 2º.- Inscribirlo en nuestro Registro bajo Mat. Nº 3.402, a partir de fecha: 25-06-18 y encuadrar en Cód. de la AFIP Nº 16220.

Art. 3º.- Entregar un acopia de la presente al interesado.

Art. 4º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

Ver documento Original P.E Resolucion N°734/018