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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°323 del día 20 de Septiembre del 2018 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCION N°982/018(Poder Ejecutivo)

VISTO:

Afectación y re categorización del agente Sr. Perales Julio Argentino, LP. N°503 perteneciente a planta permanente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos del municipio de Aguaray, conforme Ley N°6068 “Estatuto Municipal” y;

CONSIDERANDO:

Que es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Púbico Ley. 6.068 Cap VIII – Art.  40 de “El agente Municipal de carácter de personal permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma de determine el Escalafón” consecuentemente es quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubieres obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal. –

Conforme a la Ley 6068 “Estatuto del empleador Municipal” los agentes Municipales permanentes podrán ascender y que el Sr. PERALES JULIO, REUNE LAS CONDICIONES REQUERIDAS POR EL Estatuto, por el que se re categoriza al mismo. –

Que por lo expuestos precedentemente es que corresponde el dictado del presente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACTULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1.-  AFECTAR, al agente Perales Julio Argentino, DNI N°22.309.817, LP N°503, Domicilio B°9 de Julio , en tareas generales afectadas como chofer en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos del Municipio de Aguaray, dependiendo de la Secretaria de Gobierno, a partir del día 17 de septiembre del 2018.-

Art. 2.- RECATEGORIZAR a partir del 17/09/018 la categoría de revista N°18 del agente Municipal al Sr. Perales Julio Argentino L.P N°503 a la categoría N°20 de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal Ley 6068 – Cap VII –Art. 40.

Art. N° 3.- DEJAR sin efecto cualquier otra Resolución Municipal que se oponga a la presente. –

Art. N° 4.-DAR copias a la siguientes oficinas: Mesa de Entrada – RRHH- Secretaria de Hacienda – y a los interesados a los fines que correspondan. –

Art. 5°.- Regístrese, Publíquese y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche