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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°340 del día 17 de Octubre del 2018 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

ORDENANZA N°021/018 (Concejo Deliberante)

VISTO:

La manifiesta omisión de las recomendaciones realizadas mediante Resolución N°062/18 de este Concejo Deliberante respecto a la evidente negligencia del ejecutivo municipal que demoró casi Treinta (30) meses en gestionar la actualización y renovación del Convenio de Pago de la Tasa de Actividades Varias respecto de la Empresa Pan American Energy LLC y sus asociadas,

CONSIDERANDO:

Que con absoluta responsabilidad el Concejo Deliberante de Aguaray ha realizado el estudio y análisis de lo remitido por parte del Ejecutivo Municipal quien con un apuro que llama la atención pretende un tratamiento y aprobación exprés responsabilizar de su negligencia y falta de gestión ejecutiva que se prolongó por Dos (2) años y medio, respecto de un acto que no ha respetado la publicidad de los actos de gobierno tal como exigen nuestra Carta Orgánica Municipal en su artículo 1°

Que a los fines de evitar la permanente victimización que realiza el Ejecutivo Municipal trasladando su irresponsabilidad e inoperancia en todos los ámbitos de la gestión municipal a terceros responsables, este concejo Deliberante deja a salvo su responsabilidad sobre las pérdidas que se ocasionen por la insistencia en la aprobación del convenio de pago con el que se insiste mediante Resolución Municipal N°919/2018.-

Que además del cálculo por la actualización del índice aplicado conforme el convenio en vigencia hasta Marzo de 2.016, el Ejecutivo Municipal ha omitido el cálculo de los intereses moratorios y punitorios que corresponden por aplicación de las normas fiscales en vigencia, lo que genera Aguaray y respecto de lo cual se hace responsable a los funcionarios que suscribirán dichos instrumentos en flagrante violación a la normativa citada. –

Que en consecuencia corresponde autorizar conforme las facultades y atribuciones propias del Concejo Deliberante de acuerdo a los artículos 22 inc. 3°, 31 incisos (3° y 33 de la Carta Orgánica Municipal con reservas el Ejecutivo Municipal a la suscripción del Convenio de Pago con la empresa Pan American Energy LLC., y el que una vez modificado deberá volver a este cuerpo a los fines de su aprobación. –

 POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES OTORGADAS POR CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N°7936 SANCIONADA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art. 1°.- AUTORIZAR CON LAS RESERVAS FORMULADAS EN LOS CONSIDERANDOS AL EJECUTIVO MUNICIPAL DE AGUARAY A SUSCRIBIR EL CONVENIO DE PAGO DE LA TASA DE ACTIVIDADES VARIAS CON LA EMPRESA PAN AMERICAN ENERGY LLC.-

Art. 2°.- DETERMINAR QUE POR EL PERIODO DEVENGADO EN EL AÑO ANIVERSARIO SEPTIEMBRE 2.017 A SEPTIEMBRE 2018 DEBERA APLICARSE EL INDICE DE ACTUALIZACION QUE CONFORME LO DETERMINÓ EL INDEC ASCIENDE AL 41%.-

Art. 3°.- FORMULAR RESERVA RESPECTO DE LA APROBACION LEGISLATIVA DE ESTE CONCEJO DELIBERANTE DE AGUARAY POR LA FALTA DE INCLUSIÓN  DE LOS INTERESES MORATORIOS Y PUNITORIOS QUE CONFORME EL CODIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL Y EL CODIGO FISCAL DE LA PROVINCIA DE SALTA CORRESPONDE APLICAR POR LAS DEUDAS TRIBUTARIAS EN MORA.-

Art. 4°.- COMUNIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.-

Carlos Alberto Acuña – Juan Carlos Alcoba

RESOLUCION N°1051/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La sanción de la Ordenanza Nº021/018 aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad; y

CONSIDERANDO:

Que, la misma surge en razón de la iniciativa y proyecto elevado por parte de éste Poder Ejecutivo Municipal, respecto al Convenio de Pago entre la Municipalidad de Aguaray y la Empresa Pan American Energy LLC Suc. Argentina, que fuera elevado mediante Resolución Nº706-2018 con fecha 27-06-018, bajo Expte. Nº324-018 y se insiste en su aprobación mediante Resolución Nº919-2018 de fecha 28-08-018 bajo Expte. Nº432-018, ambos instrumentos administrativos debidamente publicados en el Boletín Oficial Municipal.

Que, la citada norma legislativa autoriza al Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio de pago aludido.

Que, si bien la misma contiene errores en su redacción; primer párrafo del considerando “… publicidad de los actos de gobierno tal como exige nuestra Carta Orgánica Municipal en su artículo 1º….”, tal aseveración es incorrecta. Respecto al Art.2º de la citada Ordenanza, refiere: “Art.2º. Determinar que el periodo devengado en el año aniversario……”, habiendo observado estas inconsistencias y errores que se indican y se subrayan y en razón de que se mantiene la autonomía normativa y no afecta la unidad del proyecto, es menester su publicación.

Que, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 en su artículo Nº 30: “Aprobado un proyecto de Ordenanza por el Concejo Deliberante pasará al Intendente Municipal para su promulgación y publicación. Se considera promulgado todo proyecto no vetado en el plazo de (10) días hábiles, de ingresado al Departamento Ejecutivo Municipal..”

Que, es pertinente la sanción de la presente Resolución a efectos de cumplimentar el acto administrativo de publicación oficial de la Ordenanza aludida y referida en el visto de la presente.

 Por ello:

El Intendente Municipal de Aguaray, en uso de las facultades que le son propias y que le confiere la Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936

R E S U E L V E

Art.1°).- PROCEDER a Publicar en Boletín Oficial, la Ordenanza Nº021/018 en razón del encuadre legal establecido en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936.

Art.2°).- TENGASE por publicada la Ordenanza indicada en el artículo precedente.

Art.3º).- Refrendará la presente el Secretario con competencia, de acuerdo a lo establecido en el Art. 37º – Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.4º).-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal por un día y archívese

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCION N°1052/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

El Expte. Adjunto Nº 7463/18, presentado por el Sr. SALAS, MANUEL, D.N.I N° 32.434.685, con domicilio en Calle José Mármol esq. Irigoyen de esta Localidad, en el cual plantea una propuesta de pago por una deuda que mantiene con este Municipio en concepto de IMPUESTO INMOBILIARIO Y ALC, por un inmueble a nombre de SALAS, RAMON, identificado con el Cat. 2128, ofreciendo abonar la deuda total en cuotas, y,

CONSIDERANDO:

Que el solicitante requiere un Plan de pago especial.

Que es de interés de este Municipio priorizar los ingresos en beneficio de las áreas municipales.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1º.-  Aceptar la propuesta por el Sr. SALAS, MANUEL, D.N.I N° 32.434.685, con domicilio en Calle José Mármol esq. Irigoyen de esta Localidad, referente al pago por una deuda en concepto de IMPUESTO INMOBILIARIO Y ALC, por un Cat. a nombre de SALAS, RAMON, identificado con el Cat. 2128.

Art. 2°.- Autorizar un plan de pago especial mediante el cual abonara el monto total de $17.690,83 en seis cuotas iguales y consecutivas de $ 2.948,47, el cual cubre el siguiente periodo: Enero/09 a Agosto/18, debiendo abonar la primer cuota el día de la fecha.

Entregar una copia de la presente al solicitante.

Art.3º.- Entregar una copia de la presente al interesado.

Art.4º.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCION N°1053/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

El Expte. Adjunto Nº 7480/18, presentado por el Sr. FALAGAN, GUSTAVO, CUIL N° 20-27.682.260-9, con domicilio en B° 19 de Diciembre de esta Localidad, en el cual presenta una propuesta de pago por una deuda que mantiene con este Municipio en concepto de IMPUESTO AUTOMOTOR por un vehículo a su nombre identificado con el Dominio N° IFW797, ofreciendo abonar la deuda total en cuotas, y,

CONSIDERANDO:

Que el solicitante requiere un Plan de pago especial.

Que es de interés de este Municipio priorizar los ingresos en beneficio de las áreas municipales.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1º.-  Aceptar la propuesta por el Sr. FALAGAN, GUSTAVO, CUIL N° 20-27.682.260-9, con domicilio en B° 19 de Diciembre de esta Localidad, referente al pago de una deuda en concepto de IMPUESTO AUTOMOTOR por un vehículo a su nombre identificado con el Dominio N° IFW797.

Art. 2°.- Autorizar un plan de pago especial mediante el cual abonara el monto total de $6.546.86 en tres cuotas iguales y consecutivas de $ 2.182,29 el cual cubre el siguiente periodo: Mayo/15 a Agosto/18, debiendo abonar la primer cuota el día de la fecha.

Entregar una copia de la presente al solicitante.

Art.3º.- Entregar una copia de la presente al interesado.

Art.4º.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Fernando Alejandro Pedraza- Dr. Alfredo N. Darouiche.

RESOLUCION N°1054/018 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

            El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Personal Subsidiado perteneciente al “Programa Aguaray Trabaja 2.017 – 2.018”, el Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315, y;

CONSIDERANDO:

Que en esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas enfermas de la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta para atención médica, que de esta forma el personal subsidiado colabora con la Municipalidad según el “Programa Aguaray Trabaja 2.017 – 2.018”.-

Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT Master 2.3 DCI, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibus Modelo 2.018, con patente AC546YH, Motor / chasis M9TC678C029320/93YMEN4CEJJ020602. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/156255.-

Que es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.1°.- COMISIONAR  al Personal Subsidiado perteneciente al “Programa Aguaray Trabaja 2.017 – 2.018”  Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 18 de octubre del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) equivalente de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 18 de octubre del presente año, más la suma de Pesos Dos Mil con 00/100 ($2.000ºº) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, a nombre del Sr. Castro Manuel D.N.I. Nº 26.352.315.-

Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Freddy Marcelo Céspedes – Dr. Alfredo N. Darouiche