La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°389 del día 03 de Enero del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.
RESOLUCIÓN N° 001/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Personal administrativo perteneciente a la Secretaria de Hacienda Municipal, el Sr. Manuel Julio D.N.I. Nº 37.227.219 L.P. Nº 719, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho viaje tiene como fundamentos: la presentación de DDJJ al Instituto Provincial de Salud, Instituto de Salta Seguros de Vida, y de Aportes Provisionales en Grand Bourg correspondiente a los periodos DICIEMBRE/18 Y 2SAC/18.-
Que por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.1°.- COMISIONAR al Personal administrativo perteneciente a la Secretaria de Hacienda Municipal, el Sr. Manuel Julio D.N.I. Nº 37.227.219 L.P. Nº 719, a viajar a la ciudad de Salta Capital los días 02 y 03 de enero del presente año, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-
Art.2°.- AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (2) días de viatico a la Ciudad de Salta Capital correspondientes a los días 02 y 03 de enero del año en curso, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad, con cargo de rendición hasta las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre del Personal administrativo perteneciente a la Secretaria de Hacienda Municipal, el Sr. Manuel Julio D.N.I. Nº 37.227.219 L.P. Nº 719.-
Art.3º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Freddy Marcelo Céspedes – Dr. Alfredo N. Darouiche
RESOLUCIÓN N° 002/019 (Poder Ejecutivo)
VISTO:
El Expte. Adjunto N°9.591/18, presentado por la Sra. ORTIZ, EVELINA ZORAIDA, DNI N°28.489.511, con domicilio en Calle. Rivadavia N°248 B° Libertad de ésta Localidad, en el cual solicita un PERMISO PROVISORIO desde 24/12/2018 hasta: 02/01/2019 para el desempeño de una actividad comercial de carácter eventual de rubro: “VENTA DE PIROTECNIA”, el que estará ubicado en Calle. Rivadavia N°244 de esta localidad, y;
CONSIDERANDO:
Que el Ejecutivo Mpal. contempla éste tipo de situaciones.
Que el Art. 173, inc. b. de la Ordenanza Tarifaria Mpal. faculta al Ejecutivo Mpal. a otorgar ésta clase de facilidades. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – Ley 7.936
RESUELVE
Art. 1°.- Conceder a la Sra. ORTIZ, EVELINA ZORAIDA, DNI N°28.489.511, con domicilio en Calle: Rivadavia N°248 B° libertad de ésta Localidad, en “PERMISO PROVISORIO” desde 24/12/2018 hasta 02/01/2019, para el funcionamiento de una actividad comercial rubro: “VENTA DE PIROTECNIA”, el que estará ubicado en Calle Rivadavia N°244, de esta Localidad.-
Art. 2°.- Comunicar a la solicitante que la presente concesión vence el día: 02-01-19. Posteriormente, si continua con la actividad, deberá inscribirse en los registros pertinentes. –
Art. 3°.- Comunicar a la interesada que el Local deberá tener espacio físico EXCLUSIVO para la Venta de Artificios de Pirotecnia. Se prohíbe el almacenamiento, tenencia y comercialización ilegal de pirotécnica, sin previa autorización del Renar, Municipio Local y Depto. De Bomberos de la Policía de Salta. Las condiciones NO DEBERAN SER MODIFICADAS. De Constatar cualquier anomalía, se procederá conforme lo estipulan las normativas mencionadas. –
Art. 4°.- Entregar una copia de la presente a la solicitante.-
Art. 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
Freddy Marcelo Céspedes – Dr. Alfredo N. Darouiche