Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°420 del día 15 de Febrero del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN N°0152/019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

Afectación y re categorización del agente BALDERRAMA, Juan, L.P Nº 506 perteneciente a Planta Permanente de la Administración Municipal, conforme Ley N° 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, y;

CONSIDERANDO:

Que es facultad del Intendente Municipal conforme lo dispone el Estatuto del Empleado Público Ley 6.068  Cap. VII – Art. 40 de “El agente Municipal de carácter de Personal Permanente tiene derecho a iguales oportunidades para cubrir cada una de las categorías que integran los respectivos agrupamientos, a las que podrá ascender en la forma que determine el Escalafón”, consecuentemente es  quien se encuentra habilitado para otorgar dicho derecho al personal que hubiere obtenido su función por decisión del Ejecutivo Municipal.-

Conforme a la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal” los agentes Municipales Permanentes podrán ascender y que el Sr. BALDERRAMA, JUAN, reúne las condiciones requeridas por el Estatuto, por lo que se re categoriza al mismo. –

Que por lo expuesto precedentemente es que corresponde el dictado del presente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

RESUELVE

Art. 1°.- AFECTAR a el agente BALDERRAMA, JUAN, D.N.I Nº 18.740.143 L.P. Nº 506, B° 64, Viviendas, de la Localidad de Aguaray, como Operador del C.E.L de la Dirección de Transito dependiente de la Secretaria de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente, a partir del día 14 de Febrero del 2.019.-

Art. 2°. – INCREMENTAR a partir, del 14/02/2019 la categoría de revista N° 18 de la Agente Municipal al Sr. BALDERRAMA, JUAN, L.P. Nº 506 a la Categoría N° 19 de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Empleado Municipal Ley 6068 – Cap. VII – Art. 40.-

Art. 3°.- DEJAR sin efectos cualquier otra Resolución Municipal que se oponga a la presente.-

Art. 4º.- DAR copias a las siguientes oficinas: Mesa de Entrada – RRHH – Dirección de Seguridad Higiene y Medio Ambiente – y a los interesados a los fines que correspondan. –

Art. 5º:- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art. 6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza -Dr. Alfredo N. Darouiche