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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°482 del día 23 de Mayo del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante

RESOLUCIÓN N°0389/019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

            La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932, Ley 6.838/96 y Decreto 931/96, Ley de Contratación de la Provincia, Resolución Municipal N° 352-2019, y,

CONSIDERANDO:

            Que, mediante Resolución Municipal N° 352-2019 se aprobó el Convenio de Transferencia de Fondos con Fin Especifico- Aporte Nacional a Gobiernos Municipales, con financiación A.T.N, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal.

Que, la Ley 6.838/96 y Decreto 931/96, Ley de Contratación de la Provincia,  en su Artículo 13-Contratacion Directa, inc.h) “Cuando existan probadas razones de urgencia o emergencia”.-

Que, en el convenio de Transferencia de Fondos Con Fines Específicos-A.T.N. en su Clausula Segunda “…Comprometiéndose el Municipio a su ejecución con mano de obra desocupada local, mediante grupos previamente conformado…” y en su Clausula Cuarta “La transferencia de la suma acordada  queda supeditada a la disponibilidad financiera del Ministerio de Economía, situación que no genera ningún derecho a reclamo por interés”.-

Que, por lo expuesto precedentemente, a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal y ejecutar el Convenio de Obra Pública, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°. APROBAR el Convenio entre la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente  Municipal Dr. Alfredo Nadim Darouiche D.N.I N° 11.856.403 con domicilio legal en Calle Sarmiento S/N-Departamento San Martin-Provincia de Salta y el Centro de Desocupados representado por el Sr. ARIAS SERGIO HUMBERTO, CUIT 20-27682278-1, con domicilio en la calle Mitre N° 496 de la Ciudad de Aguaray, para la ejecución de la Obra denominada “Limpieza y Saneamiento de Canales: zona Quebrada de Iquira”, de acuerdo al convenio respectivo.

Art. 2°. –AUTORIZAR al Departamento Contable a emitir la pertinente Orden de Pago según lo establece en dicho convenio.

Art. 3°. – La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.

Art. 4°. – COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE. –

Fernando Alejandro Pedraza-Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0390/019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; Resolución Municipal N° 352-2019 y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Municipal N° 352-2019 se aprobó el Convenio de Transferencia de Fondos Con Fin Especifico – Aporte Nacional a Gobiernos Municipales, con financiación A.T.N., conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal.-

Que, en el convenio de Transferencia de Fondos Con Fin Especifico – A.T.N. en su Clausula Segunda “…comprometiéndose el Municipio a su ejecución con mano de obra desocupada local, mediante grupos previamente conformado,…” y en su Clausula Cuarta “La transferencia de la suma acordada queda supeditada a la disponibilidad financiera del Ministerio de Economía, situación que no genera ningún derecho a reclamo por interés.”.-

Que, conforma lo mencionado supra, y atendiendo a las necesidades de los desocupados de la localidad, que se han acercado a la Municipalidad a solicitar contención, es que se ha dispuesto que el servicio “Limpieza y Saneamiento de Canales: zona Frente de Aguaray”, sea realizada por administración y a través del “Programa Aguaray Trabaja” se incorporara nuevos beneficiarios por el tiempo que dure el servicio para la ejecución de la misma. Los mismos formaran parte de este proyecto a fin de darle una solución temporal a su situación.-

Que, así mismo, la Secretaria de Gobierno a través de la Dirección de Recursos Humanos, se encargara de incorporar a dichas personas al “Programa Aguaray Trabaja” por tiempo determinado, hasta que se concluyan con las tareas de la mencionada obra.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal y ejecutar el dicho Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°. – AUTORIZAR, a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray realizar el servicio “Limpieza y Saneamiento de Canales: zona Frente de Aguaray” por administración.

Art. 2°. -AUTORIZAR, a la Dirección de Recursos Humanos que proceda a incorporar a beneficiarios, conforme los requisitos del Programa Aguaray Trabaja, de personas desocupadas para realizar tareas necesarias para la ejecución de dicha Obra.-

Art. 3°. -DISPONER, que dicha incorporación sea hasta la finalización de la ejecución del convenio de dicha Obra Pública.-

Art. 4°. -AUTORIZAR, a la Secretaria de Haciendas realizar las imputaciones a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art. 5°. –La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art. 6°. –Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Un (01) Día y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza-Dr. Alfredo N. Darouiche