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La oficina del Boletín Oficial emite que la edición N°525 del día 29 de Julio del 2019 hasta las horas 11:30am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante:

RESOLUCIÓN N°0568/019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

            La Cata Orgánica Municipal – Ley 7.932, Ordenanza Presupuestaria Vigente, Resolución Municipal N°437-2019, El Expediente N°4.985-2019, y;

CONSIDERANDO:

            Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936, establece en su art. 36- Inciso 25: Promover la elevación del nivel cultural, intelectual, y artístico de los habitantes del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio, la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares. –

            Que, mediante Resolución Municipal N°437-2019 se otorgó el aval institucional a La Comisión Pro-Ayuda Festejos Fundación de Aguaray – 108° Aniversario, dado los fines y objetivos por la cual se constituyó. –

Que, mediante Expediente N°4.985-2019 se solicita la autorización para realizar y llevar adelante la organización de la 15va. Edición del Festival “Aguada del Zorro”, el cual se realizará en dos noches, siendo el 15 de agosto de 2019 con entrada libre y gratuita y el 16 de agosto de 2019 con cobro de entradas. –

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Carta Orgánica Municipal y otorgar la autorización solicitada, declara de interés Municipal Comunitario y Cultural y disponer de las medidas conducentes a lograr un mayor esplendor de la Edición del Festival, en bien de los vecinos de Aguaray, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°.- AUTORIZAR a la Comisión Pro-Ayuda FESTEJOS DEL 108 Aniversario de la Fundación de Aguaray, a realizar y organizar la 15va. Edición del Festival “Aguada del Zorro” en el predio deportivo del Club Campo Duran, sito en el Barrio YPF, durante los días jueves 15 y viernes 16 respectivamente del mes de Agosto del año en curso, a partir de horas 19:00 y hasta las 05:30 de la madrugada del día siguiente. –

Art. 2°.- DELCARAR de INTERES MUNICIPAL COMUNITARIO Y CULTURAL a las actividades previstas y que hagan al desarrollo y organización de la 15va. Edición del Festival “Aguada del Zorro”.-

Art. 3°.- Instar a la Comunidad en General y en particular a los Comercio del Rubro adherir a las festividades previstas.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0590/019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; Ley Provincial N°8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta” y su Decreto Reglamentario N°1.319/18, Ordenanza Presupuestaria Vigente, Resolución Municipal N°568-2019, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Municipal N°568-2019 se autoriza a la Comisión Pro- Ayuda FESTEJOS Fundación de Aguaray – 108° Aniversario a realizar y organizar la 15va Edición del Festival “Aguada del Zorro”.-

Que, para realizar dicho festival es necesario contratar el sistema de sonido e iluminación con las características técnicas adecuadas a fin de lograr un mayor esplendor de la Edición del Festival. –

Que, la Ley Provincial N°8.072 y Decreto Reglamentario N°1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capitulo II, Art. 13 – Licitación Pública. “El procedimiento de licitación púbica es la regla general para la selección de contratistas y será de cumplimiento obligatorio cuanto el monto de la contratación supere el límite que fije la reglamentación, salvo la excepciones que prevé esta ley”.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art. 1°.- AUTORIZAR  a la Secretaría de Hacienda proceda conforme el Art. 13 de la Ley Provincial N°8.072 y su Decreto Reglamentario N°1319/18 a realizar una Licitación Pública para la “Contratación de Sistema de Sonido e Iluminación” de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art. 2°.- En razón de lo expresado y dispuesto, dese copia a la dependencias administrativas a efecto de su cumplimiento e imputación a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art. 3°.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art. 4°.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche

RESOLUCIÓN N°0591/019 (Poder Ejecutivo)

VISTO:

La visita a nuestra Ciudad del Poeta HUGO ALBERTO ALCOBA, quien tiene previsto participar en las actividades oficiales programadas en el mes Aniversario 108º de Nuestra Ciudad, por parte de la Dirección de Cultura y Educación Municipal ; y

CONSIDERANDO:

Que, el mismo es un reconocido hijo de nuestra tierra, que supo llevar el nombre de Aguaray, hasta los lugares más recónditos de nuestro País.

Que, con su arte de escribir, muchas veces no redituable en los tiempos que nos toca vivir, este Poder Ejecutivo Municipal considera factible otorgarle un subsidio económico no reintegrable, a efecto de que el mismo cuente con los recursos mínimos necesario para cubrir los gastos de estadía en nuestra Ciudad durante el lapso de tiempo establecido hasta el día 16 de Agosto próximo

POR ELLO:

EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y LAS CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.1º.-OTORGAR al Sr. HUGO ALBERTO ALCOBA, DNI. Nº11.969.932 un Subsidio Económico No Reintegrable de $ 4.000,00 (Pesos Cuatro Mil) por única vez, en reconocimiento por su destacada trayectoria artística y dada su visita en el marco de las actividades programadas por el 108º aniversario de nuestra Ciudad.

Art.2º.- Impútese el gasto dispuesto a la partida respectiva del Presupuesto de Recursos y Gastos vigente.

Art.3º.- Refrendará la presente el Secretario con competencia, en virtud del Art.37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936

Art.4°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal por un día y archívese.

Fernando Alejandro Pedraza – Dr. Alfredo N. Darouiche