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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°766 del día 26 de Noviembre del Año 2.020, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

RESOLUCIÓN Nº816/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
La sanción de las Ordenanzas Nº023/017 aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad e ingresada a este Despacho con fecha 04-11-020, bajo Expte. Nº4.775/020; y
CONSIDERANDO
Que, la misma plantea la necesidad de apertura de nuevas arterias en el sector este de Comunidad de Capiazuti, que facilitará y posibilitará en el futuro, la prestación de los servicios básicos de agua y energía eléctrica a los vecinos residentes.
Que, dichos trabajos se llevaran a cabo en el mediano plazo, una vez normalizada la prestación de los servicios municipales y contar con los recursos económicos necesarios.
Que, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 en su artículo Nº 30: “Aprobado un proyecto de Ordenanza por el Concejo Deliberante pasará al Intendente Municipal para su promulgación y publicación. Se considera promulgado todo proyecto no vetado en el plazo de (10) días hábiles, de ingresado al Departamento Ejecutivo Municipal.”
Que, es pertinente la sanción de la presente Resolución a efectos de cumplimentar el acto administrativo de publicación oficial de la Ordenanza aludida y referida en el visto de la presente.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LAS LEYES VIGENTES.

R E S U E L V E

Art.N°1.-PUBLIQUESE en el Boletín Oficial la Ordenanza Nº023/020 en razón del encuadre legal establecido en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936.
Art.N°2.-TENGASE por PROMULGADA y VIGENTE la Ordenanza indicada en el artículo precedente
Art.N°3.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, de acuerdo a lo establecido en el Art. 37º – Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal por un día y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E N°816-020

ORDENANZA N°023/020

VISTO
La necesidad de apertura de Calle en el Paraje Capiazuty.
CONSIDERANDO
Que, es importante las aperturas de calles en el paraje Capiazuty, en el sector Este.
Que, la empresa Edesa no puede brindar el servicio domiciliario por la falta de apertura de calles en el sector Este de dicho paraje. El crecimiento poblacional en el lugar en estos últimos años, exige a las empresas prestatarias de Servicios Públicos ampliar la Red Eléctrica, agua y alumbrado público.
Que, en el lugar existen la construcción de varios pilares, lo mismo no pueden funcionar porque las calles no tienen apertura correspondiente.
Que, en ese sector vecinos sufren de inseguridad y últimamente padecen de robos en sus domicilios, por esa es la razón que piden alumbrado público a Obras Publicas del Municipio de Aguaray.
Que la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936 Cap. 11.- Deberes y Atribuciones. – Art. 31. Inciso 18. Promover el establecimiento y la prestación de servicios públicos, municipalizando aquellas que estime conveniente.
Que los vecinos solicitan el recolector de basura dado que tiene acumulado, basuras en los sectores estratégicos de la comunidad.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE AGUARAY, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LEY N°7936.

ORDENA

Art.N°1.-Solicitar al Señor Interventor, Adrián Zigaran los recursos necesarios de la Secretaria de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray las aperturas de Calles en el sector Este de la Comunidad de Capiazuty para que las empresas Edesa, Aguas de Norte y Obras Públicas, brinden el servicio para los vecinos para ese sector.
Art.N°2.-Solicitar a la Secretaria de Obras Públicas, de la Municipalidad instalar alumbrado público en el sector Este de la comunidad de Capiazuty, últimamente está sufriendo robos en sus domicilios.
Art.N°3.- De forma.

Sr. Ruiz, Ariel – Sr. Sarzur, Juan José

Ver documento original Ordenanza N°023-020

RESOLUCIÓN Nº817/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Ordenanza N°024/2020 sancionada por el Concejo Deliberante y que fuera ingresada al despacho de éste Comisionado Interventor, bajo Expte. Nº4.837/020 con fecha 11 de Noviembre del año en curso; y
CONSIDERANDO
Que, a través del aludido instrumento legislativo el Concejo Deliberante faculta a realizar todas las acciones a fin de realizar una conexión y empalme en la Red de Agua en las inmediaciones del Barrio 80 Viviendas de nuestra Ciudad e imputar las erogaciones al Presupuesto Municipal de Obras y Servicios Públicos.
Que, la administración, suministro y servicio de agua potable en nuestra Ciudad es de exclusiva competencia de la Empresa Aguas del Norte S.A, por tanto, la responsable de ejecutar la obra requerida es de la Empresa referida, no siendo factible que dichos gastos sean cargados al Presupuesto Municipal.
Que, no obstante, ello, esta Gestión de Gobierno Local, iniciara los trámites por medio del área municipal respectiva a fin de viabilizar la propuesta realizada por el Concejo Deliberante, que en términos generales es compartida por este Comisionado Interventor.
Que, en ejercicio pleno de las facultades delegadas y dispuestas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 30, dentro del plazo legal estipulado y Art. Nº36 – Inciso 5, ejercer el derecho de veto total de las Ordenanzas, debiendo elevar las objeciones respectivas, es que se sanciona el presente acto resolutivo.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LAS LEYES VIGENTES.

 R E S U E L V E

Art.N°1.-VETAR en todos sus términos la Ordenanza Nº24/020, conforme los considerando y objeciones expresadas precedentemente y contenidas en los considerandos.
Art.N°2.-En razón de lo resuelto TENGASE POR VETADA la Ordenanza Nº 024/020. Remítase al Concejo Deliberante conforme lo establecido la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.N°3.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E N°817-020

RESOLUCIÓN N°818/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468, y;
CONSIDERANDO
Que, esta Comisión de Servicios tiene como objetivo trasladar personas para atención médica en varias especialidades con turno programado, y trámites varios, desde la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta, detalladas a continuación:

  • Carrillo, Megan D.N.I. Nº 29.720.170
  • Urukapi, María D.N.I. Nº 45.114.709
  • Villalba, Camilo D.N.I. Nº 13.785.013
  • Carrizo, Luciana Andrea D.N.I. Nº 35.261.487
  • Carrillo, Ángela D.N.I. Nº 32.434.618
  • Ignacio, Beatriz D.N.I. Nº 45.129.343
  • Velázquez, Luz D.N.I. Nº 42.317.004
  • Rojas, Elva D.N.I. Nº 23.136.734
  • Chauque, Teresa D.N.I. Nº 23.400.785
  • Suarez, Nelly D.N.I. Nº 35.837.370
  • Monteros, Nicolás D.N.I. Nº 30.150.569
  • Toledo, Andrea D.N.I. Nº 40.155.674
  • Velázquez, Yolanda D.N.I. Nº 30.806.234
  • Castillo, Adela D.N.I. Nº 38.274.221
  • Arias, Isabel del Valle D.N.I. Nº 20.706.128

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.017, con patente AB768GH, Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/140893.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

 R E S U E L V E

Art.N°1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468, a realizar un viaje a la ciudad de Salta Capital, el día 26 de noviembre del año 2.020, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.
Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 26 de noviembre del presente año, más la Suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000ºº), para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. luego de haber finalizado con las actividades designadas, más el Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073-2020, a nombre del Sr. Pinto Ramón Esteban L.P. Nº 468.-
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E N°818-020

RESOLUCION N°819/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto N°4851/20, presentado por la Srta. BAFFO, GIANNA CUIL N° 27-41487200-5, con domicilio particular en Roque Sáenz Peña, B°47 Viviendas de esta localidad, inscripto con el rubro: “VENTA ALPOR MENOR DE ROPA INTERIOR” en el cual solicita una modificación en su Matricula Comercial N°3.448, el que consiste en modificar el domicilio fiscal que actualmente figura como: Roque Sáenz Peña, B°47 Viviendas, siendo a partir de la fecha: Pasaje Güemes, B° Centro, y;
CONSIDERANDO
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que ha abonado los sellados correspondientes.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIA Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

RESUELVE

Art.N°1.-Modificar el domicilio fiscal de la Mat.N°3.448, a nombre de la Srta. BAFFO, GIANNA CUIL N° 27-41487200-5, el cual será: Pasaje Güemes, B° Centro, a partir de la fecha 13-11-2020, con Cod. de la Afip 477110.
Art.N°2.-Comunicar a la solicitante que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ pertinente.
Art.N°3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art.N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.
Art.N°4.-Entregar una copia de la presente a la interesada.
Art.N°5.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E N°819-020

RESOLUCION N°820/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto N°4834/20, presentado por el Sr. SOSA, REMIGIO CUIL N°20-08228968-3, con domicilio en Avda. Bme Mitre y Pje. Los Matacos de esta localidad, mediante el cual solicita la RENOVACION DE LA “MATRICULA COMERCIAL DE TAXI”, con una unidad de su propiedad identificada con el Dominio: AA139EY, marca FIATA SIENA, modelo: 2016, Motor N°310A20112784970, y;
CONSIDERANDO
Que ha dado cumplimiento a los requisitos solicitados.
Que el mismo ha abonado los sellados correspondientes.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

 RESUELVE

Art.N°1.-Conceder al Sr. SOSA, REMIGIO, CUIL N°20-08228968-3, la renovación de la “MATRICULA COMERCIAL DE TAXI”, inscripta en nuestro Registro bajo el N° 3.358, desde fecha: 10-10-17, con el vehículo de su propiedad identificado como Automóvil marca: FIAT SIENA, Modelo: 2016, Motor 310A20112784970, Dominio AA139EY, siendo su conductor el titular del mismo y con parada oficial N°1 en Plaza Central de esta localidad.
Art.N°2.-La presente matricula se renueva en carácter de “TAXI LOCAL” siendo exclusivo dentro de la jurisdicción Mpal. desde el 18-11-20 y hasta el 18-11-21 inclusive.
Art.N°3.- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Comunicar al interesado que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.N°5.-Comunicar al solicitante que contará con 90 días hábiles después de la habilitación para la presentación del Odómetro tarifario, caso contrario se podrá perder la autorización, según lo estipula el Art. 181, inc. n de la Ordenanza Tarifaria Municipal.
Art.N°6.-Entregar una copia de la presente Resolución al interesado.
Art.N°7.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E N°820-020

RESOLUCION N°821/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. adjunto N° 4821/20, presentado por el Sr. BARRIOS, SEBASTIAN FERNANDO, DNI N° 29.074.834, en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIALIZACION PRIVADA DEL PETROLERO, CUIT N° 30-67311853-0, inscripto con el rubro principal: “SUB-SEDE SINDICAL” en el cual solicita una modificación en su Matricula Comercial N° 3.396, el que consiste en modificar el anexo que actualmente es “SALON DE USO MULTIPLE” por el “SERVICIOS RELACIONADOS CON LA SALUD HUMANA”, y;
CONSIDERANDO
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que ha abonado los sellados pertinentes.
POR ELLO:
EL COMISIONADO INTERVENTOR, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES VIGENTES DE LA PROVINCIA DE SALTA.

 RESUELVE

Art.N°1.-Modificar el anexo comercial de la Mat. N° 3.396, a nombre del Sr. BARRIOS, SEBASTIAN FERNANDO, DNI N° 29.074.834, en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIALIZACION PRIVADAD DEL PETROLEO, el cual será “SERVICIOS RELACIONADOS CON LA SALUD HUMANA”, con Cod. de la Afip. N° 869090.
Art.N°2.-Comunicar al solicitante que se exceptúa el pago de la Tasa de Actividades Varias, según el Art. 171, OTM N°11/19 ejercicio fiscal año 2020.
Art.N°3.- La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.
Art.N°4.-Entregar una copia de la presente al interesado.
Art.N°5.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E N°821-020