Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°771 del día 14 de Diciembre del Año 2.020, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante.

 

RESOLUCIÓN 837/020(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto N°1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus anexos; y;
CONSIDERANDO
Que, el Municipio de Aguaray, oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.
Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los convenios de ejecución de política sociales  y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto N° 1.616/10.
Que, conforme al decreto N°1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias criticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…” Dichos subsidios y/o ayudas Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médica, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA.
Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.
POR ELLO
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA PROVINCIA.

 RESUELVE

Art.N°1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o ayudas económicas, con fondos ut supra aludidos, conforme a las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto N°1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Critica.
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaria de Desarrollo Humano, Acción Social y al Secretario de Gobierno a instrumentar los actos administrativos correspondientes.
Art.N°3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.
Art.N°4.-La presente resolución tendrá vigencia por el mes de Diciembre de 2020 y/o tiempo que dure el convenio con el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta o alguna Resolución Municipal posterior se oponga o modifique de forma expresa.
Art.N°5.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N°37 de la Carta Organica Municipal Ley N° 7.936.
Art.N°6.-Registrese, Publíquese en el boletín oficial y archívese.

Dr. Chávez, Andrés Ramiro – Sr. Zigaran, Adrián Ariel

Ver documento original Resolución P.E Nº837-020