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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1082 del día 06 de Abril del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº 0611/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº04-022 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº1.848-022 con fecha 31-03-022; y

CONSIDERANDO

Que, por medio de la misma el Concejo Deliberante establece que toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos o sus materias primas, deben estar provistos de un CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS, expedido por el área municipal competente y tendrá validez en todo el Territorio Nacional.

Que, la referida normativa legislativa se sanciona en virtud de las facultades y competencias del Municipio que se hayan consagradas en nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936 y la Resolución conjunta Nº12/2019 emanada de la Secretaría de Regulación y Gestión Sanitaria y la Secretaria de Alimentos y Bioeconomia de la República Argentina.

 Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 04-022 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-A los fines del cumplimiento e instrumentación, dejar establecido que el área de competencia será la Dirección de Bromatología e Higiene Alimentaria, quien deberá diseñar el formato del CARNET respectivo y tomar las demás medidas de organización administrativa y coordinación con las autoridades sanitarias locales a efecto de su supervisión.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las demás áreas  competentes  para su conocimiento y demás efectos.

Art.Nº4.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA 04/022

VISTO

La Resolución conjunta Nº12/2019 emanada de la Secretaria de Regulación y Gestión Sanitaria y la Secretaria de Alimentos y Bioeconomia de la República Argentina, mediante la cual sustituyen el Art. Nº21 del Código Alimentario Argentino (CAA); la Carta Orgánica Municipal-Ley Nº7.936 y la Ordenanza Tarifaria Ejercicio Fiscal 2.022-Nº 024/2021; y

CONSIDERANDO

Que, la referida normativa de sustitución establece:

1- Toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas, debe estar provista de un CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS, expedido por la autoridad sanitaria competente, con validez en todo el territorio nacional.

2.- Cada jurisdicción Implementará el sistema de otorgamiento del CARNET DE MANIPULADOR de conformidad con lo prescrito en el presente articulo.

Que, la Carta Orgánica Municipal – Ley N° 7.936 refiere en su artículo N°123: “El Municipio coordinará las políticas especificas con otros niveles del Estado para promover la sanidad e inocuidad alimentaria y garantizar la calidad de las producciones y de las elaboraciones”. Articulo Nº125: “El Municipio controlará la producción de alimentos, las materias primas empleadas y su distribución y comercialización” y “Fiscalizará el cumplimiento de las normas higiénico-sanitarias, bromatológicas, de calidad y de genuinidad que se deben cumplir conforme lo establece el Código Alimentario Argentino”.

Que, El Concejo Deliberante podrá establecer normas higiénico-sanitarias y bromatológicas complementarias, para la elaboración, comercialización, circulación y transporte de alimentos, disponiendo asimismo, la prohibición y/o sanción de toda acción que atente contra la calidad de éstos y sus componentes (Art.125- Ley 7.936-C.O.M).

Que, la Ordenanza Tarifaria Nº024-021- artículo Nº129 – LIBRETA DE SALUD establece la modalidad para la emisión de la misma, debiéndose adecuar el texto conforme la presente disposición legislativa.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE FACULTADES CONFERIDAS POR LEY Nº 7936, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art.1º- Toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas, debe estar provista de un CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS, expedido por el área municipal competente y tendrá validez en todo el territorio nacional.

Art.2º.- Es responsabilidad del empleador garantizar las condiciones necesarias para que el manipulador de alimentos cumplimente en forma adecuada la obtención del CARNET.

Art.3º REQUISITOS: El único requisito para la obtención del CARNET, será cursar y aprobar un Curso de Capacitación en Manipulación Segura de Alimentos, el cual tendrá las siguientes características:

a. Capacitadores: podrán pertenecer a instituciones públicas (de los niveles municipales, provinciales y/o nacionales) o al sector privado, y deberán contar con titulo terciario o universitario que acredite formación en manipulación de alimentos, o con experiencia comprobable en inocuidad alimentaria. En todos los casos, deben ser reconocidos por la autoridad sanitaria jurisdiccional competente, quien podrá supervisar su actividad cuando lo considere necesario.

b.- Modalidad: podrá cursarse de forma presencial o virtual. – Carga horaria: tendrá una duración minima de 7 horas reloj. – Metodologia y contenidos: serán implementados en forma teórico-práctica y deberán ajustarse a los contenidos mínimos incluidos en el Anexo I

c- El área Municipal responsable podrá adaptar/complementar los contenidos minimos en función de la necesidad local y el público destinatario.

d.- Evaluación: se realizará en forma presencial y a cargo de un capacitador.

e. Exención: toda persona con título terciario o universitario que acredite formación en manipulación de alimentos podrá ser eximida de realizar el curso de capacitación, debiendo aprobar la evaluación,

f. El CARNET tendrá vigencia por el plazo de 3 años. Para su renovación será obligatorio rendir un examen de conocimientos, quedando a criterio de la autoridad competente solicitar la realización de un curso de actualización de contenidos. Si el examen no es aprobado en dos oportunidades consecutivas, la persona deberá realizar nuevamente el Curso de Capacitación en Manipulación Segura de Alimentos.

Art.4º.- El área de aplicación llevará un registro de capacitadores reconocidos y el registro de manipuladores de alimentos capacitados, que pondrán a disposición para su acceso público.

Art.5º.- El CARNET de Manipulador es personal e intransferible. El CARNET deberá tenerse en depósito en la administración del establecimiento para su exhibición a las autoridades municipales, cuando éstas así lo soliciten, con excepción de las manipuladores que deberán llevarlas consigo en caso de que trabajen en más de un establecimiento y/o realicen tareas fuera de éste. En caso de robo, deterioro o pérdida del CARNET, se deberá solicitar un duplicado.

Art.6.- El CARNET de Manipulador deberá contener los siguientes datos: – Lugar y fecha de emisión. – Datos filiatorios del titular: nombre, tipo y número de documento, domicilio actualizado.- Fotografía tamaño carnet actualizada. Fecha de vencimiento.- Firma y sello de la autoridad que lo expida.

Art.7.-FIJASE una Tasa por Expedición y sus respectivas renovaciones del CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS, en el equivalente a 75 (setenta y cinco) Módulos.

Art.8.-Modifiquese el artículo Nº129º -LIBRETA DE SALUD, de la Ordenanza N° 024-021 -TARIFARIA EJERCICIO FISCAL 2.022, el quedará redactado de la siguiente manera, a saber:

LIBRETA DE SALUD

La Emisión de la Libreta de Salud será expedida en forma individual y a nombre de la persona que desempeñe actividades no relacionadas con la elaboración, venta y/o manipulación de productos alimenticios y que por su

condición se desarrollen en un ámbito laboral que implique un riesgo en la transmisión de enfermedades infecto-contagiosas.

a) Expedición y Renovación Anual: 40 (cuarenta) módulos.

Art.9.-Todo aquel que habiendo obtenido la LIBRETA DE SALUD y se encuentre vigente a la fecha, no estará obligado a tramitar el CARNET, debiendo al término del plazo otorgado obtener el mismo.

Art.10.-Póngase en conocimiento del Poder Ejecutivo Municipal para su promulgación y puesta en vigencia.

Art.Nº11.-De forma.

ANEXO I

Contenidos del Curso de Manipulación Segura de Alimentos

A CONTENIDOS MÍNIMOS

1-GENERALIDADES Objetivo: Que los manipuladores adquieran conceptos generales de manipulación de alimentos y comprendan la importancia de su rol dentro de la cadena agroalimentaria.- Concepto de alimento, cadena agroalimentaria y seguridad alimentaria.- Rol del manipulador de alimentos. – Normativa y actores relacionados al control de alimentos: Código Alimentario Argentino, rol de las autoridades sanitarias en control de alimentos.

2-ALIMENTOS SEGUROS Objetivo: Que los manipuladores conozcan el concepto de alimento seguro y puedan identificar peligros y evaluar riesgos relacionados con la preparación y la conservación de alimentos.

2.1 Concepto de alimento seguro (inocuidad y calidad nutricional).

2.2 Concepto de peligro y riesgo.

2.3 Clasificación de peligros: físicos, químicos, biológicos.

2.4 Microorganismos y su clasificación.

2.5 Factores que influyen en el desarrollo microbiano: temperatura, pH, disponibilidad de agua, oxígeno y nutrientes, tiempo.

2.6 Alimentos de alto y bajo riesgo..

3-CINCO CLAVES DE LA INOCUIDAD ALIMENTARIA Objetivo: Que los manipuladores conozcan las recomendaciones y cuidados necesarias en la manipulación de alimentos para la prevención de ETA.

3.1 Clave 1: Mantener la higiene. Higiene personal, lavado de manos, vestimenta adecuada, estado de salud del manipulador, hábitos en el trabajo. Manejo de residuos. Limpieza y desinfección. Control de plagas.

3.2 Clave 2: Separar alimentos crudos de cocidos. Contaminación: cruzada, directa e indirecta.

3.3 Clave3: Mantener los alimentos a temperaturas seguras. Procedimientos adecuados de almacenamiento, descongelado, conservación, transporte de materias primas y productos terminados.

3.4 Clave 4: Cocinar completamente los alimentos. Temperatura y tiempo de cocción.

3.5 Clave 5: Utilizar agua y alimentos seguros. Agua segura. Limpieza de tanques. Selección de materias primas. Rotulación de alimentos.

4-ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR ALIMENTOS (ETA) Objetivo: Que los manipuladores conozcan las ETA más frecuentes, sus factores determinantes y medidas preventivas.

4.1 Enfermedades Transmitidas por Alimentos: fuentes de contaminación, agentesetiológicos, alimentos asociados, grupos de riesgo.

4.2 Enfermedades Transmitidas por Alimentos frecuentes: Salmonelosis, Shigelosis, intoxicación por Bacillus cereus, intoxicación estafilocócica, botulismo, intoxicación por Clostridium perfringens, gastroenteritis por Escherichia coli patógenas, SUH, triquinelosis, listeriosis, cólera, hepatitis A.

5-ALIMENTOS LIBRES DE GLUTEN Objetivo: Que los manipuladores conozcan las principales recomendaciones para evitar la contaminación cruzada con gluten.

5.1 Concepto de Alimento Libre de Gluten seguro.

5.2 Recomendaciones para evitar la contaminación cruzada con gluten.

B.CONTENIDOS COMPLEMENTARIOS Las autoridades sanitarias podrán en forma optativa incorporar los contenidos detallados a continuación u otros que consideren convenientes.

1-NUTRICIÓN Objetivo: Que los manipuladores adquieran conocimientos sobre alimentación saludable y nutrición.

1.1 Definición de alimentación y nutrición.; Nutrientes. Definición, clasificación según valor nutricional.

1.2 Guías alimentarias para la población argentina. Mensajes clave y gráfica alimentaria.

2-SISTEMAS DE GESTIÓN DE INOCUIDAD DE ALIMENTOS Objetivo: Que los manipuladores conozcan los principales conceptos para la implementación de un Sistemas de Gestión de Inocuidad de los Alimentos.

2.1 Buenas Prácticas de Manufactura. Beneficios de su aplicación a lo largo de la cadena agroalimentaria.

2.2 Buenas Prácticas Agricolas (BPA).

2.3 Buenas Prácticas Pecuarias (BPP).

2.4 Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). Manejo Integrado de Plagas (MIP). Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento (POES). Procedimientos, instructivos, registros. Incumbencias y responsabilidades. Obligatoriedad de su aplicación.

2.5 Introducción al Análisis de Peligros y Puntos Criticos de Control (HACCP).

2.6 Concepto y tipos de Auditorias. Importancia de los autocontroles y registros.

Sr. Acuña, Carlos Alberto – Sra. Cáceres, Graciela

RESOLUCION N°0612/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Nº 7.936 – R.M. 1105-021 – R.M Nº 0572-022, y;

CONSIDERANDO

QUE, mediante Resolución Municipal Nº 0572-002 se renovó la continuidad como Técnico en Seguridad e Higiene de la A.M. Srta. Villarroel, Maura C. por la cantidad de tres meses.-

QUE, con fecha 05 de abril de 2022, la agente mencionada manifiesta su voluntad de no continuar con su función en la Municipalidad y en consecuencia de no renovar su relación laboral con la institución municipal.-

QUE,  no habiendo impedimento para tal decisión se acepta la misma correspondiendo en consecuencia sancionar la presente resolución municipal.-

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DEJESE sin efecto en todos sus términos la Resolución Municipal Nº 0572-022 a partir  del día 01 de abril de 2022.-

Art.Nº2.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Dirección de Bromatología, Medio Ambiente y Comercio,  Oficina de Liquidaciones y RR. HH. Para su conocimiento de demás efectos.-

Art.Nº3.-Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0613/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

 La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. Estrada Nancy M. D.N.I 35.152.853; Gallardo Ángela M. D.N.I 24.287.709; García Roxana D.N.I 24.968.971; Illesca Yolanda G. D.N.I 22.309.957; Salas Guillermo R. D.N.I 17.582.202; Salinas Griselda D.N.I 18.838.383, solicitan una ayuda económica y/o subsidio, dado que la situación económica que actualmente atraviesan

le imposibilitan afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, a las personas anteriormente nombradas durante el periodo de Tres meses  a partir de la fecha.-

Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $2.000,00(Pesos Dos Mil con 00/100 centavos) MENSUAL, a partir del Mes de Abril hasta el Mes de Junio/2.022 a nombre de la Sra. Estrada Nancy M. D.N.I 35.152.853; Gallardo Ángela M. D.N.I 24.287.709; García Roxana D.N.I 24.968.971; Illesca Yolanda G. D.N.I 22.309.957; Salas Guillermo R. D.N.I 17.582.202; Salinas Griselda D.N.I 18.838.383.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0614/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M.  Nº 1105-021 – R.M. Nº 1103-021, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, conforme a la necesidad de continuación de las políticas de gobierno aplicadas por la actual administración en las diferentes áreas municipales y zonas de influencia de los distintos parajes perteneciente al municipio, el Sr. Intendente Municipal considera oportuno el reforzamiento y la optimización operativa de las actividades llevadas a cabo en los mismos.-

QUE, en compromiso asumido con el Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta, Dr. Martin de los Ríos, es necesario disponer de personal de la zona a los efectos de llevar a cabo tareas de mantenimiento de caminos, limpieza, desmalezado, etc., en zona urbana y área de influencia del paraje Acambuco.

QUE, en razón de lo expuesto precedentemente corresponde la sanción de la presente norma resolutiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art.Nº1.-DESIGNAR como Personal de Tareas Generales  dependiente de la Secretaría de Obras Publicas a los  Sres. ORDOÑEZ, CRISTIAN G. – D.N.I. Nº 40.740.634 con domicilio en Pje Campo Largo S/N y GARZON, SERGIO R. – DNI Nº 44.500.836  con domicilio en Pje. Macueta S/N de este municipio a partir del día 01 de abril de 2.022 y hasta el día 30 de septiembre de 2.022.-

Art.Nº2.-ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría F conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente.-

Art.Nº3.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, RR. HH. y a los interesados según corresponda.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0615/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M.  Nº 1105-021 – R.M. Nº 1103-021, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, conforme a la necesidad de continuación de la políticas de gobierno aplicadas por la actual administración en las diferentes áreas municipales, el Sr. Intendente Municipal considera oportuno el reforzamiento y la optimización operativa de las actividades llevadas a cabo en la Dirección de Cultura, Educación y Turismo, siendo necesaria la designación de un colaborador idóneo y responsable en la misma.-

QUE, en razón de lo expuesto precedentemente corresponde la sanción de la presente norma resolutiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art.Nº1.-DESIGNAR como Auxiliar de la Dirección de Cultura, Educación y Turismo dependiente de la Secretaría de Gobierno Municipal a la Srta. LAZO, EUGENIA M. – D.N.I. Nº 36.682.272 – LP Nº 650 con domicilio en calle Pje. Simón Bolívar S/N – Bº 19 de Diciembre  de esta localidad a partir del día 01 de abril de 2.022 y hasta el día 30 de junio de 2.022.-

Art.Nº2.-ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría F conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente.-

Art.Nº3.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Dirección de Cultura, Educación y Turismo, Liquidaciones, RR. HH. y a la interesada según corresponda.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0616/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M.  Nº 1105-021 – R.M. Nº 1103-021, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, conforme a la necesidad de continuación de la políticas de gobierno aplicadas por la actual administración en las diferentes áreas municipales, el Sr. Intendente Municipal considera oportuno el reforzamiento y la optimización operativa de las actividades llevadas a cabo en la Dirección de Obras Públicas, siendo necesaria la designación de un colaborador idóneo y responsable en la misma.-

QUE, en razón de lo expuesto precedentemente corresponde la sanción de la presente norma resolutiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

RESUELVE

Art.Nº1.-DESIGNAR como Personal de Tareas Generales en la  Dirección de Obras Publicas dependiente de la Secretaría de Obras Publicas al  Sr. CARRIZO, MARIO O. – D.N.I. Nº 36.682.034  con domicilio en Avda. Mitre y Belgrano S/N – Bº Belgrano de esta localidad a partir del día 01 de abril de 2.022 y hasta el día 30 de junio de 2.022.-

Art. Nº 2.- ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría F conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente.-

Art.Nº3.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, RR. HH. y al interesado según corresponda.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0617/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M. Nº 1103-021 – Ley 6068 E.E.M, y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, el Ejecutivo Municipal considera necesario aplicar un reordenamiento administrativo y operativo interno a los efectos llevar a cabo los objetivos planificados para la presente Administración Municipal.-

QUE, en función del desempeño mostrado por el personal de la Oficina de Turismo, el Ejecutivo Municipal considera conveniente continuar con el personal afectado a los efectos de  lograr los objetivos planteados, siendo el agente municipal Sr. SALAS, Clemente D.  LP Nº 639 la persona indicada y de confianza del Ejecutivo para tal fin.-

QUE, por lo expuesto precedentemente es menester realizar el correspondiente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art.Nº1.-CONFIRMAR al agente de planta permanente Sr. SALAS, Clemente D.  DNI Nº 29.573.339 – L.P. Nº 639 como Auxiliar de la Oficina de Turismo, dependiente de la Dirección de cultura, Educación y Turismo con su actual categoría de revista, en los turnos y horarios fijados por la Municipalidad a partir del 01 de abril de 2022 y hasta nuevas disposiciones del Ejecutivo Municipal.-

Art.Nº2.-DEJESE sin efecto toda resolución municipal contraria a la presente.-

Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Dirección de Cultura, Educación y Turismo,  Oficina de Liquidaciones, RR. HH. y al interesado según corresponda.-

Art.Nº4.-Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION N°0618/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley N°7.936; Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”; El Contrato de Trabajo por tiempo determinado, celebrado con el Sr. CHAME, DANTE SAUL  D.N.I. Nº 25.499.088, Y;

CONSIDERANDO

Que, a través del Contrato de Trabajo, que se adjunta a la presente Resolución, se contrató al Sr. Chame, Dante Saúl   D.N.I. Nº 25.499.088, con domicilio en  Mzna. B  Casa 18  Bº 20 de Julio – Aguaray, para que se desempeñe en la Planta de Personal Contratado (Ley N° 6068, Art. 5, 9 ss. Y cc.) del Municipio de Aguaray.-                    

Que, en cumplimiento del Art. 11 de la Ley 6068 “Estatuto del Empleado Municipal”, el Sr.  CHAME, DANTE SAUL   D.N.I. Nº 25.499.088  iniciara sus tareas a partir del día 01 de abril de 2.022, concluyendo con las mismas el día 30 de junio de 2.022.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en el Art. 11 de la Ley N° 6068, es que corresponde dictar el correspondiente instrumento administrativo.-

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Contrato de Trabajo, parte integral de la presente Resolución, celebrado con el Sr. CHAME, DANTE SAUL   D.N.I. Nº 25.499.088, con domicilio en Mzna. B  Casa 18  Bº 20 de Julio – Aguaray, con fecha de inicio 01 de abril de 2.022 y finalizando el día 30 de junio de 2.022, desempeñando las funciones inherentes a la prestación esencial de la Municipalidad de Aguaray, con jornada laboral de 6 horas diarias sean en turnos fijos o rotativos.-

Art.Nº2.-DEJESE sin efecto toda resolución contraria a la presente.-

Art.Nº3.-FIJESE como remuneración la suma correspondiente a la Categoría Nº 15 de la escala salarial municipal vigente, más las asignaciones familiares y aportes que por Ley correspondan.-

Art.Nº4.-IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº5.-COMUNIQUESE a las siguientes Oficinas de: Mesa de Entrada – Recursos Humanos – Liquidaciones y al Interesado a los efectos correspondiente.-

Art.Nº6.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº7.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0619/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

 La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a

sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. Álvarez Josefina G. D.N.I 24.499.001; Argañaraz Marta del Valle D.N.I 22.978.952; López Eloísa R. D.N.I 24.642.077; Montenegro Gladys D.N.I 25.499.118; Núñez Inés L. D.N.I 25.128.979; Palacios Ivana G. D.N.I 31.346.471; Vargas Adriana del Valle D.N.I 21.311.812, solicitan una ayuda económica y/o subsidio, dado que la situación económica que actualmente atraviesan le imposibilitan afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, a las personas anteriormente nombradas durante el periodo de Tres meses  a partir de la fecha.-

Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales

RESOLUCIÓN Nº

del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $2.000,00(Pesos Dos Mil con 00/100 centavos) MENSUAL, a partir del Mes de Abril hasta el Mes de Junio/2.022 a nombre de la Sra. Álvarez Josefina G. D.N.I 24.499.001; Argañaraz Marta del Valle D.N.I 22.978.952; López Eloísa R. D.N.I 24.642.077; Montenegro Gladys D.N.I 25.499.118; Núñez Inés L. D.N.I 25.128.979; Palacios Ivana G. D.N.I 31.346.471; Vargas Adriana del Valle D.N.I 21.311.812.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0620/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 1761/2022, presentado por la Sra. FLORES Noelía D.N.I. Nº 34.615.544, domiciliado en Tobantirenda, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. FLORES, mediante el Expte. Nº 1761/22, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo de realizar el apto físico, estudio fundamental para ejercer como maestra de Nivel Inicial.-

Que, la Sra. FLORES no cuenta con los recursos para poder realizar por sus propios medios, es que asiste este tipo de situación.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que buscan concretar y poder superarse.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHO  MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 8.500,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. FLORES Noelía  D.N.I. Nº 34.615.544, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0621/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 1.708/22 presentado por el Hospital Luis Adolfo Güemes de la Ciudad de Aguaray CUIT Nº 30-71497333-5 y Resolución Nº 814/2020. Y;

CONSIDERANDO

Que se designó a la Sra. Subirana Andrea del Valle, enfermera, a realizar prestación de carácter eventual para el municipio de Aguaray.

Que el Expte Nº: 1.708/022, presentado por el Hospital de Aguaray, Dr. Luis Adolfo Güemes, informa que la enfermera SUBIRANA Andrea del Valle, D.N.I. Nº 31.087.776 paso a formar parte del personal contratado del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta, a partir del mes de Noviembre del 2.021, mediante la Decisión Administrativa Nº: 76, emitida el 25 de Enero del 2.022.-

Que cabe aclarar que los pagos de los meses adeudados se empezaron a efectivizar a partir del mes de Marzo del Año en curso.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADESQUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY N° 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DAR DE BAJA, a la Sra. SUBIRANA Andrea del Valle, D.N.I. Nº: 31.087.776, enfermera, Resolución Municipal Nº: 814/20, que prestó servicio en carácter de eventual para el Municipio de Aguaray, con Domicilio legal Piquirenda-Fátima, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº4.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0622/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 0010-00014415.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 96.095,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0623/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa VALENTIN REPUESTOS, que brindó el servicio de suministro de Materiales, mediante solicitud del Taller Mecánico de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que a través de Pedido de Provisión Nº 033244/22, 033246/22 y  033554/22  la Empresa VALENTIN REPUESTOS C.U.I.T Nº 20-26853835-7, proporciono Materiales, facturas Nº: 00000213, 00000215 y 00000216 para el sector Mecánico correspondiente al Parque Automotor Municipal.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de materias para el sector Mecánico del Municipio de Aguaray.-Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO TRES MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 103.700,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa VALENTIN REPUESTOS C.U.I.T Nº 20-26853835-7 – Sucursal Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0624/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº05-022 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº2.007-022 con fecha 05-04-022; y

CONSIDERANDO

Que, por medio de la misma el Concejo Deliberante dio aprobación al Proyecto girado al Órgano Legislativo Municipal, a través del Expte. Nº082-022 de fecha 17-03-022 mediante el cual se impulsa la aceptación de donación

del Inmueble – Matricula Nº23.552 – Fracción “a” y “b· respectivamente propiedad del Yacimientos Petrolíferos Fiscales, cuyas superficie se encuentran detalladas en la Cédula Parcelaria pertinente.

Que, a los fines de proseguir con  las gestiones traslativas de dominio a favor de nuestro Municipio, corresponde sancionar el presente acto resolutivo de promulgación de la citada norma legislativa.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.”, dentro de los plazos legales establecidos.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº05-022 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-A los fines del cumplimiento e instrumentación de la misma, encomendar a la Secretaria de Gobierno Municipal a realizar todas las gestiones administrativas que el caso requiere para su respectiva escrituración.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a la Empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales  para su conocimiento y demás efectos.

Art.Nº4.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0625/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M. Nº 1103-021 – Ley 6068 E.E.M, y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, el Ejecutivo Municipal considera necesario aplicar un reordenamiento administrativo y operativo interno a los efectos llevar a cabo los objetivos planificados para la presente Administración Municipal.-

QUE, en función del desempeño mostrado por el personal encargado de la Administración Terminal de Ómnibus, el Ejecutivo Municipal considera conveniente continuar con el persona afectado  a los efectos de  lograr los objetivos planteados, siendo la agente municipal Sra. PEREYRA, María D.  LP Nº 538 la persona indicada y de confianza del Ejecutivo para tal fin.-

QUE, por lo expuesto precedentemente es menester realizar el correspondiente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art.Nº1.-CONFIRMA a la agente de planta permanente Sra. PEREYRA, María D.  DNI Nº 24.968.912 – L.P. Nº 538 como Auxiliar Administrativa en la Oficina Administración Terminal de Ómnibus, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal con su actual categoría de revista, en los turnos y horarios fijados por la Municipalidad a partir del 01-04-2022 y hasta nuevas disposiciones del Ejecutivo Municipal.-

Art.Nº2.-DEJESE sin efecto toda resolución municipal contraria a la presente.-

Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Oficina Adm. Terminal de Ómnibus, RR. HH. y a la interesada según corresponda.-

Art.Nº4.-Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0626/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M.  Nº 1105-021 – R.M. Nº 1103-021, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, en función del desempeño mostrado por el personal responsable de la Oficina  Defensa del Consumidor, el Ejecutivo Municipal considera conveniente continuar con el actual responsable  a los efectos de  lograr los objetivos planteados, siendo el Sr. ORTIZ, OMAR F.  LP Nº 185  la persona indicada y de confianza del Ejecutivo para tal fin.-

QUE, en razón de lo expuesto precedentemente corresponde la sanción de la presente norma resolutiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

RESUELVE

Art.Nº1.-CONFIRMAR como Encargado de la Oficina Defensa del Consumidor dependiente de la Secretaría de Gobierno Municipal al Sr. ORTIZ, OMAR F. – D.N.I. Nº 12.306.676  con domicilio en  Bº YPF – Calle Los Gerónimos  510 de esta localidad, a partir del día 01 de abril de 2.022 y hasta el día 30 de junio de 2.022.-

Art.Nº 2.-ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría E conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente.-

Art.Nº3.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaría de Gobierno, Liquidaciones, RR. HH. y al interesado según corresponda.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0627/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO, que brindó el servicio de carnicería, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las distintas  áreas a través de la Empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO  C.U.I.T Nº 20-36379835-8. Adquirió carnes para los diferentes sectores y actividades que corresponden al  buen funcionamiento de las actividades realizadas por la municipalidad, según Pedido de Provisión Nº 033166/22, 033472/22, 033471/22, 033467/22, 033463/22, 033008/22, 033099/22, 033464/22, 033469/22, 031470/22 y 033468/22;

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de carnes para las actividades que se llevan a cabo como también donaciones en el Municipio de Aguaray.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 55/100 ($ 52.142,55) por ÚNICA

VEZ a nombre de la Empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO, C.U.I.T Nº 20-36379835-8 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0628/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El expediente Nº: 1610/22 presentada  por la Directora de Cultura, Sra. Huenan Catalina, la cual solicita reintegro de pasajes a Salta, Y;   

CONSIDERANDO

Que, la Directora de Cultura, Sra. Huenan Catalina, solicita el reintegro de  los pasajes a Salta.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el reintegro por tratarse de un viaje que favoreció a nivel cultural a los artesanos de nuestro  Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR el reintegro de los boletos ida y vuelta a la ciudad de Salta, a nombre de la Directora de Cultura, Sra. Huenan Catalina.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SIETE  MIL SEISCIENTOS  CON 00/100 ($ 7.600,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Directora de Cultura, Sra. Huenan Catalina, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-DELEGAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION 0629/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa INFOLUZ C.U.I.T. Nº 2021606787-9, que brindó el Servicio Materiales de Electricidad, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos  y Áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  INFOLUZ C.U.I.T. Nº 20-21606787-9, con domicilio comercial en Pasaje Güemes 344, Ciudad de Aguaray, realizo asistencia la Municipalidad de Aguaray, y considerando que urge la necesidad de provisión de los materiales mencionados en los pedidos de suministros Nº 033536/22, 033519/22, 033517/22, 033518/22 y 033535/22, es que procedió a la compra de los mismos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra del material  para hacer los re cambios de luminarias en varios sectores de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 ($75.994,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa INFOLUZ C.U.I.T. Nº 20-21606787-9, para la compra de materiales de electricidad en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION 0630/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GRUPO EXPRESS COMPUTACIÓN, que brindó el servicio de suministro de Artículos de computación, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  GRUPO EXPRESS COMPUTACIÓN C.U.I.T Nº 27-29586010-9, con domicilio comercial en Virgilio de Britos Nº: 76, Ciudad de Aguaray, con Factura Nº 00000733, 00000732, y 00000734, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray, y debido que urge la necesidad de provisión de los materiales mencionados en los pedidos de suministros Nº 033253/22, 033133/22 y  032485/22 por lo que se  procedió a la compra de los mismos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Insumos de computación para ser distribuidos a las distintas áreas y sectores de la Institución municipal.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHO MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($8.150,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa GRUPO EXPRESS COMPUTACIÓN C.U.I.T Nº 27-29586010-9, Sucursal Aguaray en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0631/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LIBRERÍA EL ESTUDIANTE, que brindó el servicio de suministro de Artículos de Librería, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  LIBRERÍA EL ESTUDIANTE C.U.I.T Nº 27-17190636-4, con domicilio comercial en Av. Sarmiento 0, Ciudad de Aguaray, con Facturas Nº 00000585, 00000586,  00000587, 00000588, y 000000606, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray, y debido que urge la necesidad de provisión de los materiales por lo que se  procedió a la compra de los mismos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Insumos de Librería para ser distribuidos a las distintas áreas y sectores de la Institución municipal.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON 00/100 ($56.961,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LIBRERÍA EL ESTUDIANTE C.U.I.T Nº 27-17190636-4, Sucursal Aguaray en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0632/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Los Pedidos de Suministros Nº 030620/22, 030624/22 y 033092/22 presentado por las diferentes áreas de la Municipalidad de Aguaray Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  CEQUEIRA MICAELA DE LOS ANGELES C.U.I.T Nº 23-41051967-4 con domicilio comercial en Bº 30 Viv. Mzna. A Casa 3, Ciudad de Aguaray, con Factura Nº 00000084, 00000082, 00000098, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray, y debido que urge la necesidad de provisión de los materiales mencionados en los pedidos de suministros, por lo que se  procedió a la compra de los mismos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Materiales varios de corralón para ser distribuidos a las distintas áreas y sectores de la Institución municipal.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($29.800,00) para la compra de materiales varios de corralón para la realización de distintas tareas del personal municipal, a nombre de la empresa CEQUEIRA MICAELA DE LOS ANGELES C.U.I.T Nº 23-41051967-4, en cumplimiento del VISTO y  los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0633/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa FENIX MATERIALES ELÉCTRICOS C.U.I.T Nº: 30-71103640-3, que brindó el Servicio Materiales de Electricidad, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  FENIX MATERIALES ELÉCTRICOS C.U.I.T. Nº 30-71103640-3 con domicilio comercial en Cornejo Nº: 124, Ciudad de Tartagal,  realizo asistencia a la

Municipalidad de Aguaray, y considerando que urge la necesidad de provisión de los materiales mencionados en el pedido de suministro Nº 033498/22 es que procedió a la compra de los mismos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de los materiales de luminarias para el recambio de la diagonal Celso Testa,  de la ciudad de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTIÚN MIL CIENTO SEIS CON 85/100 CTVOS.($21.106,85) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa FENIX MATERIALES ELÉCTRICOS C.U.I.T. Nº 30-71103640-3, para la compra de materiales de electricidad en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0634/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa  CAIMI FERNANDO ENRIQUE C.U.I.T Nº: 20-16254469-2, que brindó el servicio de áridos, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  CAIMI FERNANDO ENRIQUE C.U.I.T. Nº 20-16254469-2 con domicilio comercial en Madre Selva Nº: 577, Ciudad de Aguaray,  realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray, y considerando que urge la necesidad de provisión de los materiales mencionados en los pedidos de suministro Nº 033201/22, 033200/22 y 033216/22 es que procedió a la compra de los mismos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Materiales de ÁRIDOS para el área de Obras Públicas Municipal, de la ciudad de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL  CON 00/100 CTVOS. ($72.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CAIMI FERNANDO ENRIQUE C.U.I.T. Nº 20-16254469-2, para la compra de materiales de áridos para diversas tareas de Obras Públicas, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0635/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta,  por parte del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I.  Nº 31.022.881, el 06 y 07 de abril del año de 2022 y;

CONSIDERANDO

Que, dicho traslado tiene como fundamentos asistir a una reunión con la Diputada Sra. Gladys Paredes en Tierra y Habita, con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Salta (I.P.V.); con el fin de realizar gestiones de Tierras y Viviendas para Nuestros Vecinos.

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la Ciudad de Salta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Ejecutivo Municipal, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a viajar a la ciudad de Salta los días 06 y 07 de Abril del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR  al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Dos (02) días de viatico a la Ciudad de Salta, correspondiente a los días 06 y 07 de Abril del presente año, más reconocimiento de Pasaje de ida a dicha ciudad, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el  Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 073 – 2.020, a nombre del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0636/022(Poder Ejecutivo)  

VISTO

El viaje a realizar por el titular del Ejecutivo Municipal en Comisión de Servicios a la Ciudad de Salta, según Resolución Municipal Nº0635/022, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho traslado tiene como fundamentos asistir a una reunión con la Diputada Sra. Gladys Paredes en Tierra y Habita, con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Salta (I.P.V.); con el fin de realizar gestiones de Tierras y Viviendas para Nuestros Vecinos.

Que, en consecuencia se deberá dejar a cargo del Ejecutivo Municipal, en ausencia del titular del mismo, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, al Secretario de Gobierno, Sr. Sarzur, Juan José, D.N.I. N° 25.882.488, de conformidad a las normativas vigentes establecidas en Ordenanza Nº 029/2.016 sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Aguaray, y promulgada por Resolución Municipal Nº 1324/2.016

Que, se debe disponer del presente Acto Resolutivo a los fines de dar cumplimiento a los actos administrativos de Ley para la delegación de funciones en las Autoridades que correspondan, en tanto dure la comisión de servicio del titular del Ejecutivo Municipal.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DEJAR A CARGO DEL EJECUTIVO MUNICIPAL al Secretario de Gobierno, Sr. Sarzur, Juan José, D.N.I. N° 25.882.488, por el término que dure la Comisión de Servicios del Sr. Intendente Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, en la Ciudad de Salta.-

Art.Nº2.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº4.-De forma.Sr. Sarzur, Juan José -Sr. Alemán, Guillermo Sebastián