Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1096  del día 28 de Abril del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0772/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 2401/22, presentado por el Sra. JUAREZ Mercedes Carolina DNI Nº 30.398.975, domiciliado en Bº YPF, en la Ciudad de Aguaray; Y;

 CONSIDERANDO

Que, la Sra. Juárez, mediante el Expte. Nº 2401/22, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo que no cuenta con recursos para cubrir gastos de la canasta familiar básica.-

Que, la Sra. Juárez no cuenta con los recursos para poder  satisfacer sus necesidades básicas y que debido que posee un embarazo de alto riesgo no puede trabajar, es que asiste este tipo de situación.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SEIS MIL CON 00/100 ($ 6.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del SRA. JUAREZ Mercedes Carolina DNI Nº 30.398.975, perteneciente al Bº YPF de la ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.N°6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN  Nº0773/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  2354/22, presentado por el Sr. CRUZ, MIGUEL ALEJANDRO, vecino de Villa Sagrada de esta Localidad,  en el cual solicita autorización para realizar  una “PEÑA FOLCLORICA”,  el día: 30-04-22, a partir de hs. 20:00 hasta hs. 03:00 de la madrugada del día siguiente, en el predio del playón deportivo del barrio,  y;

CONSIDERANDO

Que se trata de una actividad que se realiza en el marco de los festejos patronales de Villa Sagrada, en homenaje a San José Obrero y al día del trabajador.

Que la autoridad Mpal. apoya este tipo de iniciativas en bien de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL  LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. CRUZ, MIGUEL ALEJANDRO, vecino de Villa Sagrada de esta Localidad,  la autorización pertinente para realizar una “PEÑA FOLCLORICA”, en el predio del Playón Deportivo de dicho barrio, el día: 30-04-22, a partir de hs. 20:00 hasta hs. 03:00 de la madrugada del día siguiente.

Art.Nº2.-Eximir de los impuestos correspondientes.

Art.Nº3.-Comunicar al solicitante que deberá cumplir con todas las normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica  Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta  Resolución a la Policía Local para su  debido  conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Entregar una copia de la presente al interesado.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y  archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN  Nº0774/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  2392/22, presentado por la Sra. ARAZARI, SONIA, cacique de la comunidad de El Algarrobal, jurisdicción de esta Localidad,  en el cual solicita autorización para realizar  “FESTEJOS PATRONALES” del lugar, mediante las siguientes actividades: PEÑA FOLCLORICA  el día: 06-05-22, a partir de hs. 20:00 hasta hs. 01:00 de la madrugada del día siguiente,  y MINI BINGO BAILABLE el día 07-05-22 , desde hs. 20:00 hasta las 05:00 de la madrugada del día siguiente, en ,  y;

CONSIDERANDO

Que se trata de una actividad que se realiza en el marco de los festejos patronales, en homenaje a San José Obrero.

Que la autoridad Mpal. Apoya este tipo de iniciativas en bien de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL. LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. ARAZARI, SONIA, cacique de la comunidad de El Algarrobal, jurisdicción de esta Localidad,  la autorización pertinente para realizar “FESTEJOS PATRONALES”, en un predio de la comunidad mencionada , los días: 06 y 07-05-22, mediante estas actividades: PEÑA FOLCLORICA, MINI BINGO Y BAILE.

Art.Nº2.-Eximir de los impuestos correspondientes.

Art.Nº3.-Comunicar a la solicitante que deberá cumplir con todas las    normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica  Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta  Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Entregar una copia de la presente a la interesada.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y  archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0775/022 (Poder Ejecutivo)      

VISTO

El Expte Nº 842/22 presentado por el Sub Cacique de la comunidad de Campo Duran Sr. Palavecino Julio Cesar, Y;

CONSIDERANDO

Que a través del Expte Nº 842/2.022 se solicita una colaboración de (10) Bolsas de Harina y (01) Caja de Grasa para la elaboración de Panes  realizados en la panadería que está ubicada en la comunidad de Campo Duran, cuyo objetivo es empoderar a las personas que se encuentran  en riesgo o situación de vulnerabilidad social, contribuyendo a la generación de nuevas fuentes de trabajo.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que promueve el trabajo en la comunidad de Campo Duran, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda comprar insumos  que será destinados a la elaboración de panes varios para la Panadería Comunitaria.-

Que se sugiere la compra del proveedor Sr. CRUZ JORGE PABLO, DNI Nº 25.005.377, con domicilio legal en Mariano Moreno y Eva Perón 0 de la Ciudad de Tartagal, presentándose como la oferta económica más ajustada y debido a la situación financiera por la que atraviesa la Municipalidad de Aguaray, es que se elige a dicho abastecedor.-

Que se omitió un error administrativo en el Art  Nº 1 modificando el objeto de la Resolución Nº 733-2.022.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

RESUELVE

Art.Nº1.-MODIFICAR el Art Nº 1 de la Resolución Municipal Nº 733/22 redactándose el mismo de la siguiente manera AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTI TRES MIL CON 00/100  ($ 23.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. CRUZ JORGE PABLO, DNI Nº 25.005.377, de la Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-DÉJESE sin efecto la resolución municipal Nº 733-2.022.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº7.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0776/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Fecha 1º de Mayo “Dia del Trabajador”, y;

CONSIDERANDO

QUE, el 1º de Mayo de cada año se Celebra el Dia del Trabajador.-

QUE, el 1º de Mayo de 1886 un grupo de trabajadores de la ciudad comenzó un paro en reclamo de una jornada laboral de ocho horas. Alrededor de medio millón de trabajadores se pronunciaron durante cuatro días a lo largo de todo el país en mas de 5.000 puntos de huelga.-

QUE, tres años mas tarde, en un Congreso en Paris en donde se celebra la Segunda Internacionalidad – una organización obrera conformada por partidos socialistas y laboristas – se instituyo el 1º de Mayo como el Dia Internacional del Trabajador, en memoria a la extensa movilización de Chicago en 1886 y a los sindicalistas ejecutados en una de las represiones conocidas como la Revuelta de Haymarket.

QUE, en Argentina la fecha fue celebrada por primera vez en 1890. Desde entonces, todos los años se realizan actos y manifestaciones que conmemoran las luchas los derechos conseguidos por todos los sectores trabajadores.-

QUE, cuando el feriado por el Dia del Trabajador coincide con el domingo del calendario vigente a la fecha, es tradición en la repartición municipal movilizar el feriado al dia hábil siguiente, correspondiendo en consecuencia emitir la norma resolutoria para tal fin.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

RESUELVE

Art.Nº1.-REALIZAR un brindis para todo el personal municipal en ocasión del Día del Trabajador, el Viernes 29 del cte. En el predio Municipal a horas 12:00.-

Art.Nº2.-Otorgar Asueto Administrativo Municipal el día Lunes 02 de Mayo de 2022 conforme a lo considerandos.

Art.Nº3.-DEBERAN las distintas áreas municipales implementar los mecanismos habituales para proceder con los servicios mínimos esenciales de ser necesarios. Se mantendrán los turnos de serenos de las distintas reparticiones municipales.

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entada, Dirección de Prensa, RR.HH y otras dependencias que lo requieran para su conocimiento y demás efectos.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.Nº6.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0777/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Nota de la Dirección de Deportes y Recreación, y;

CONSIDERANDO

QUE, mediante la nota del Visto la mencionada dirección informa que organizara el “Torneo Relámpago de Futbol Femenino y Masculino Municipal” los días 27,28 y 29 del cte. En la cancha de la Parroquia Sta. Teresita a partir de hs 20:30.-

QUE, el mismo se realiza con motivo de celebrarse el próximo 1º de Mayo el Día del Trabajador.-

QUE, el Ejecutivo Municipal ve con agrado la iniciativa de la Dirección de Deportes y Recreación fomentando con tal actividad el compañerismo, la práctica deportiva y propiciar el ambiente adecuado para la posterior celebración del Día del Trabajador.

QUE, los efectos de formalizar la organización del torneo corresponden respaldar el mismo con la presente norma resolutiva.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR a la Dirección de Deportes Y Recreación para la realización del Torneo Relámpago de Futbol Femenino y Masculino Municipal en los días y fechas programados.

Art.Nº2.-DEBERA la Dirección de Deportes y Recreación arbitrar los medios disponibles para el normal y seguro desarrollo del Torneo en cuestión.

Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entada, Dirección de Deporte y Recreación, RR.HH y demás reparticiones según corresponda.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.

Art.Nº5.-Registrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N° 0778/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, Ordenanza Presupuestaria Vigente, y la Celebración del 200° Aniversario de la muerte del General Martin Miguel de Güemes, y;

CONSIDERANDO

Que, en la Carta Orgánica Municipal –  Ley N° 7.936, establece en su Art. 36 – Inciso 25: Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio, la realización de las actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares. –

Que, mediante nota emitida por parte de la Directora de la Niñez, Flia, discapacidad, Mujer y Adicciones Lic. Gladys Villarroel informa sobre las Jornadas de Concientización del Consumo Indebido de Estupefacientes”, “Violencia y Abuso Infantil” en los establecimientos educativas de nuestra Ciudad, y que la mismas tienen como objetivo brindarles a nuestros jóvenes información y herramientas que sirvan de guía en su etapa de desarrollo inculcando conocimiento y medidas de prevención.

Que la persona responsable de estas capacitaciones es el disertante Sr. Trossero Luis, especialista en Droga Dependencia. Se anexa cronograma de las fechas establecidas en cada unidad educativa.

Que, desde esta Gestión de Gobierno se brinda todo aval correspondiente a este tipo de disertaciones en un espacio de sensibilización y capacitación que, ayuden a nuestros vecinos aún más cuando se trata de nuestros niños y jóvenes con el objetivo de trabajar sobre las condiciones socio-familiares, indicadores sociales, escolares y comunitarias que habilitan este tipo de práctica que atentan contra la niñez y adolescencia.

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, y con la finalidad de Declarar de Interés Municipal y Comunitario es que, corresponde dictar el presente instrumento legal pertinente. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR las Jornadas de Concientización del Consumo Indebido de Estupefacientes”, “Violencia y Abuso Infantil” en los establecimientos educativas de nuestra Ciudad, a partir del día 26 al 29 de Abril de 2022, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.

Art.Nº2.-DECLARAR de INTERES MUNICIPAL y COMUNITARIO a las actividades que hagan al desarrollo y organización del Art. 1º de la presente Resolución.

Art.Nº3.-INSTRUMENTAR a la Secretaria de Hacienda a imputar los gastos que demanda el pago del Especialista en Droga Dependiente Disertante Sr. Trossero Luis, a la cuenta que corresponda.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0779/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Convenio Marco establecido entre la Municipalidad de Aguaray, representada por el Intendente Municipal Sr. Guillermo S. Aleman DNI Nº 31.022.881 y la otra parte la Sra. Sonia M. Diaz DNI Nº 23.631.638, en representación Instituto Superior de Carreras Terciarias N° 6.016 “Conscripto Ricardo Armando Paz” dependiente de la Dirección General de Educación- Ministerio de Educación de la Provincia de Salta, Y,

CONSIDERANDO

Que, el presente convenio tiene como objeto establecer las bases de cooperación entre la Municipalidad y la Institución Educativa para el desarrollo de prácticas profesionales académicas como requisito para culminar los estudios de los estudiantes, con el fin de contribuir en el proceso de formación de los mismos a su cargo, acorde con el programa, los conocimientos, habilidades y destrezas de los mismos.

Que, el   presente   convenio   es   de   carácter eminentemente   académico.

Que, de acuerdo a lo vertido, este Ejecutivo considera acompañar con la ejecución del programa, a fin de trabajar conjuntamente con instituciones privadas y públicas, aunando esfuerzos para la realización del Bien Común para los ciudadanos de Aguaray, teniendo en cuenta el beneficio que implica para la comunidad en general contar con capacitaciones con salida laboral, para el crecimiento económico y social.

Que, el Ejecutivo Municipal aprueba el otorgamiento para los fines descriptos en párrafos anteriores, por lo que, es menester realizar el presente acto resolutivo de aprobación del Convenio, a los fines de dar cumplimiento a los pasos administrativos y legales pertinentes. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Convenio Marco establecido entre la Municipalidad de Aguaray, representada por el Intendente Municipal Sr. Guillermo S. Alemán DNI Nº 31.022.881 y la otra parte la Sra. Sonia M. Diaz DNI Nº 23.631.638, en representación Instituto Superior de Carreras Terciarias N° 6.016 “Conscripto Ricardo Armando Paz” dependiente de la Dirección General de Educación- Ministerio de Educación de la Provincia de Salta, en un todo de acuerdo a lo expreso. –

Art.Nº2.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario con competencia de la Municipalidad de Aguaray, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº4.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0780/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO                                                    

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 03951/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que el sector de Taller Mecánico, dependiente de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray, solicita la compra del Servicio Técnico y Servicio de Reparación de Aire Acondicionado para la Camioneta Hilux (Gris) Dominio KKA845 y que por razones de que es imprescindible que la misma se encuentre en funcionamiento para las tareas inherentes que lleva a cabo el Ejecutivo Municipal y en consecuencia de la situación actual, surge la necesidad de iniciar las tareas que competen al  Servicio del Municipio.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a la publicación de la Convocatoria a Adjudicación Simple, como se justifica en la Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple y Publicación en el Boletín Oficial de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 033951/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO Y SERVICIO DE REPARACION DE AIRE ACONDICIONADO PARA LA CAMIONETA HILUX (GRIS) DOMINIO KKA845, PERTENECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, se presentó la Nota de Único Proveedor en la Zona, para la Empresa AUTOLUX S.A.  En Av. Excombatientes de Malvinas 3571, Cuidad de Salta.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones, y por justificarse de que es el único proveedor en la zona, se procede a seleccionar a la Empresa AUTOLUX S.A C.U.I.T.  30-67314586-4, por un monto total de PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 83/100 CTVOS. ($122.336,83), IVA incluido, para la adquisición de los materiales según Pedidos de Provisión mencionados ut supra.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº 20/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa AUTOLUX S.A C.U.I.T.  30-67314586-4, con domicilio legal en Av. Excombatientes de Malvinas 3571, Provincia de Salta, la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 20/2.022  PARA LA “ADQUISICIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO Y SERVICIO DE REPARACION DE AIRE ACONDICIONADO PARA LA CAMIONETA HILUX (GRIS) DOMINIO KKA845, PERTENECIENTE AL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL”, por un monto de PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 82/100 CTVOS. ($ 122.336,82), IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DAR intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José