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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1104  del día 11 de Mayo del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0847/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El expte. Nº 2510/2022 y La Carta orgánica Municipal – Ley 7.932; y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expte. Nº 2510/2022 el Cacique Mburuvicha de la Comunidad de Piquirenda Viejo, en conjunto con los miembros del Fortín San silvestre, integrante de la iglesia Católica Virgen de Fátima, Director de la escuela y vecinos, solicitan se declare de Interés Municipal y Cultural la fiesta patronal en Honor a la Virgen de –Fátima, que se llevara a cabo el día 14 de Mayo del presente año.

Que, La Carta orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su TITULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, capitulo II COMPETENCIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de la festividades públicas, patrióticas, religiosas populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas que integren las tradiciones histórico – populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, es intención del Ejecutivo Municipal apoyar las actividades públicas que hacen a las manifestaciones culturales y religiosas del Municipio de Aguaray.

Que, a razón de las actividades programadas, el municipio dispondrá que todas las áreas municipales de competencia deberá estar afectadas indefectiblemente, ya que se trata de un compromiso con la comunidad.

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de declarar de interés municipal y cultural la Fiesta Patronal en Honor a la Virgen de Fátima.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL Y CULTURAL la Fiesta Patronal en Honor a la Virgen de Fátima, patrona de la Comunidad de Piquirenda Viejo, y todas las actividades que conlleva la fiesta tradicional que se realizara el día 14 de Mayo del corriente año conforme el Cronograma de Festividades adjunto a la presente.

Art.Nº2.-Instrumentar a la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar los gastos que demandan las actividades de la Fiesta Patronal de la Comunidad de Piquirenda Viejo, a la partida presupuestaria vigente.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal  Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.- Dese copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0848/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 034933/22, 034934/22, 034935/22, 034936/22, 034937/2, 034938/22 y 034939/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Contratación Abreviada de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Resolución Municipal Nº 770-2.022, Resolución Municipal Nº 798-2.022  Y;

CONSIDERANDO

Que, se realizaron los procesos correspondientes para el llamado a Contratación Abreviada Nº 08/22, mediante Resolución Municipal Nº 798/22, vencido los plazos para la recepción de propuestas y habiéndose cambiado el monto de los productos solicitados por parte de los proveedores, justificando que los precios cambian constantemente y en plazos diarios es que mandaron las facturas con precios actualizados,-

Que, mediante Resolución Municipal Nº 798/2.022, se procedió a Adjudicar a las siguientes empresas: 1. FAAL SRL C.U.I.T. Nº 30-65013386-9 requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 32/100 CTVOS. ($ 178.352,32), IVA incluido, 2. CORRALON LA OBRA C.U.I.T. Nº 27-20352243-1, requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($ 11.470,00), IVA incluido, 3. CORRALON ROLDAN C.U.I.T. Nº 23-14159838-4, requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS CIENTO DIESISIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($ 117.872,00), IVA incluido, para el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”.-

Que por esta razón se procederá a Adjudicar a las empresas mencionadas en la Resolución Municipal Nº 798-2.022, con precios actualizados.-

Que, al haber un cambio de los precios, modifica el objeto de la Contratación Abreviada Nº 08/2.022.-

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de modificar el Art. 1º de la Resolución Municipal Nº 798/2.022, que se adjunta a la presente.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-MODIFICAR el Art. 1º de la Resolución Municipal Nº 798/2.022, redactándose el mismo de la siguiente manera: “ADJUDICAR a las siguientes empresas: 1. FAAL SRL C.U.I.T. Nº 30-65013386-9 requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 06/100 CTVOS. ($ 179.975,06), IVA incluido, 2. CORRALON LA OBRA C.U.I.T. Nº 27-20352243-1, requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS VEINTISEIS MIL SEIS CUARENTA Y TRES CON 00/100 ($ 26.643,00), IVA incluido, 3. CORRALON ROLDAN C.U.I.T. Nº 23-14159838-4, requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 127.320,00), IVA incluido, correspondiente a la CONTRATACION ABREVIADA N° 08/2.022 PARA EL “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”.-

Art.Nº2.-MANTENER todos los artículos siguientes conforme la Resolución Nº 798 – 2.022.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0849/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 034102/22 y Nota de Ref.: Solicitud de Contratación Abreviada de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Resolución Municipal Nº 813-2.022, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE TRASFERENCIA DE FONDO – FONDO COMPENSADOR MUNICIPAL” para la ejecución de la “OBRA CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, Expte Nº 0110366-227850/22-3, Resolución Municipal Nº 793 – 2.022.-

Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contrataciones Nº 8.072, se procedieron a realizar los procesos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, el cual se adjunta a la presente.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 034102/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (300) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, según expediente adjunto a la presente.-

Que, a través de la Resolución Municipal Nº 813 – 2.022, se procedió a convocar a Contratación Abreviada Nº 11/22.-

Que, de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a la Publicación del llamado a contratación abreviada Nº 11/2022 a través de la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar en la sección de CONTRATACIONES, con fecha de Apertura 09/05/22, a Hs. 12:00.-

Que, se presentaron TRES (03) ofertas: 1.FAAL SRL, Av. 9 DE JULIO 159 Ciudad de Tartagal, 2. CORRALÓN LA OBRA, Av. San Martin 994, Tartagal, Salta, y 3. CORRALON EL GAUCHITO, Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones se procede a seleccionar como oferta ganadora a la siguiente empresa: CORRALON EL GAUCHITO C.U.I.T. Nº 20-41938709-7, requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 345.000,00), IVA incluido

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de aprobar la Contratación Abreviada Nº 11/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR a la Empresa, CORRALON EL GAUCHITO C.U.I.T. Nº 20-41938709-7, Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray, la CONTRATACION ABREVIADA N° 11/2.022 para la ADQUISICION DE (300) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg, correspondiente a la OBRA “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 345.000,00), IVA incluido pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0850/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa PADILLA FERNANDO ISMAEL  que brindó el Servicio Filtros y Aceites, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos  y el Sector Mecánico de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio PADILLA FERNANDO ISMAEL  C.U.I.T. Nº 20-40709675-5 , con domicilio comercial en Casa 10, Ciudad de Tartagal, realizo asistencia la Municipalidad de Aguaray, y considerando que urge la necesidad de provisión del servicio, es que procedió a la compra de los mismos según Factura Nº 001-74.-

.Que la Secretaria de Hacienda autoriza la asistencia para la Realización de un Servicio Completo de Mantenimiento de la Trafic Renault Master – Dominio AB768GH, perteneciente al Parque Automotor Municipal.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTI CINCO MIL CON 00/100 ($25.000,00) por UNICA VEZ, a nombre de la Empresa PADILLA FERNANDO ISMAEL  C.U.I.T. Nº 20-40709675-5, con domicilio comercial en Casa 10, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0851/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La importancia de poder de contar con un Profesional para la campaña antirrábica en la Municipalidad de Aguaray, y,

CONSIDERANDO

Que mediante el Pedido de suministro Nº: 0896/22  el cual solicita el pago del servicio que desarrolla el Veterinario LARRAHONA JOSE LUIS en la campaña antirrábica en la ciudad de Aguaray.-

Que, dentro del Plan de Gobierno actual se hace necesario contar con un profesional Veterinario para la inspección y  control de la Campaña Antirrábica 2.022 que se viene llevando a cabo en la Ciudad de Aguaray, la cual se trata de la mejor forma de control y protección para los animales y las personas, ya que protege a las mascotas ante la posibilidad de exposición a la enfermedad a través de los animales salvajes, y se neutraliza la potencial transmisión a los humanos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio del Profesional Veterinario que se desenvuelve en la inspección y control de la campaña antirrábica 2.022 en la Ciudad de Aguaray.-    

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, por la suma de PESOS SESENTA MIL CON 00/100  ($ 60.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de LARRAHONA JOSE LUIS C.U.I.T Nº 20-24072515-1, correspondiente al mes de abril 2022, con domicilio legal en Cornejo 157, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0852/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GUTIERREZ HÉCTOR JAVIER C.U.I.T Nº: 20-21606787-9, que brindó el Servicio Materiales de Electricidad, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  GUTIERREZ HÉCTOR JAVIER C.U.I.T. Nº 20-21606787-9, con domicilio comercial en Pasaje Güemes Nº 344, Ciudad de Aguaray,  realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray, y considerando que urge la necesidad de provisión de los materiales mencionados en los pedidos de suministro Nº 034070/22, 034071/22, 034075/22, y 034073/22 es que procedió a la compra de los mismos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de los materiales de luminarias para el recambio, en diversas arterias de la ciudad de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON 00/100 CTVOS.($44.830.00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa GUTIERREZ HÉCTOR JAVIER  C.U.I.T. Nº 20-21606787-9, para la compra de materiales de electricidad en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0853/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LOS ANGELES RESIDENCIAL, que brindó el servicio de Alojamiento al personal de capacitadores de provincia; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante  los Pedidos de Suministros Nº 034168/22, 034169/22  y 034170/22 a través de la Empresa LOS ANGELES RESIDENCIAL C.U.I.T Nº 20-16909587-7, se adquirió el servicio de Alojamiento para el personal de capacitadores de la provincia.-

Que el servicio de la capacitación está a cargo de la Encargada de Capacitación de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, Licenciada Sandra Argañaraz, última formación a los instructores  de la escuela de manejo municipal.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio de Alojamiento al personal de capacitadores de la provincia.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 22.400,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LOS ANGELES RESIDENCIAL C.U.I.T Nº 20-16909587-7, con domicilio comercial en Virgilio de Britos Esq. Hipólito Irigoyen, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0854/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 0744/2022, presentado por la Dirección de Pueblos Originarios, Sr. Luis Aparicio D.N.I. Nº 23.163.785, de la Ciudad de Aguaray; Resolución Municipal Nº 734-2.022; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Aparicio Luis, mediante el Expte. Nº 0744/22, solicita el servicio de amplificación del Sr. VELAZQUEZ Juan José, C.U.I.T Nº: 20-34610065-7 (adjunta presupuesto), para el evento de la EXPO FERIA el día sábado 23 en la por la Semana de los Pueblos Originarios, por inclemencias climáticas no se realizó ni se realizará dicho evento.-

Que, las áreas correspondientes han tomado la intervención que les compete.-

Que, es facultad de la entidad contratante declarar Desistida el procedimiento de contratación, previo a la adjudicación de la misma y cuando existieren causas debidamente  justificadas que así lo ameriten.-

Que, mediante informe fundado de la Unidad Contratante, se solicita se declare Desistida la misma, motivando dicho pedido  a las razones mencionadas ut supra.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR Desierta la Resolución Municipal Nº 734-2.022, para el servicio de amplificación a nombre del Sr. VELAZQUEZ JUAN JOSÉ, C.U.I.T Nº: 20-34610065-7, por las razones de hecho y derecho expuestas en los considerando de este documento.-

Art.Nº2.-DEJAR sin efecto la publicación a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de Contrataciones;

Art.Nº3.-Registrar, Notificar, publicar en la página Oficial de la Municipalidad de Aguaray y archivar.

Art.Nº4.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0855/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 034101/22, 034104/22, 034105/22 y Nota de Ref.: Solicitud de Contratación Abreviada de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Resolución Municipal Nº 812-2.022, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE TRASFERENCIA DE FONDO – FONDO COMPENSADOR MUNICIPAL” para la ejecución de la “OBRA CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, Expte Nº 0110366-227850/22-3, Resolución Municipal Nº 793 – 2.022.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 034101/22, 034104/22, 034105/22  se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (150) BARRAS DE HIERRO TORSIONADO DEL 6, (08) KG DE ALAMBRE DE 16, (02) BARRAS DEL HIERRO TORSIONADO DE 16, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, según expediente adjunto a la presente.-

Que, a través de la Resolución Municipal Nº 812 – 2.022, se procedió a convocar a Contratación Abreviada Nº 10/22.-

Que, de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a la Publicación del llamado a contratación abreviada Nº 10/2022 a través de la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar en la sección de CONTRATACIONES, con fecha de Apertura 09/05/22, a Hs. 12:00.-

Que, se presentaron CUATRO (04) ofertas: 1.FAAL SRL, Av. 9 DE JULIO 159 Ciudad de Tartagal, 2. CORRALÓN LA OBRA, Av. San Martin 994, Tartagal, Salta, y 3. CORRALON EL GAUCHITO, Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray, 4.CORRALON ROLDAN, Av. San Martin, Ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones se procede a seleccionar como oferta ganadora a la siguiente empresa: CORRALON EL GAUCHITO C.U.I.T. Nº 20-41938709-7, requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 145.900,00), IVA incluido

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de aprobar la Contratación Abreviada Nº 10/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR a la Empresa, CORRALON EL GAUCHITO C.U.I.T. Nº 20-41938709-7, Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray, los ítems Nº 1, 2 y 3 de la comparativa, correspondiente a la CONTRATACION ABREVIADA N° 10/2.022 para la OBRA “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián