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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1111  del día 23 de Mayo del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCION  Nº0880/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 2891/22,  presentado por el Sr. ROLON, FERNANDO GABRIEL, DNI Nº 25.432.230, representante del Circo ”ZIRKO SHOW ATTRIX”, en el cual solicita autorización para instalar el mismo en un predio ubicado sobre Calle Alberdi esq. Sgto.Cabral  de ésta Localidad, por el periodo: 06-06-22  hasta el: 06-07-22,   y;

CONSIDERANDO

Que el solicitante, ha cumplimentado con los requisitos pertinentes a tal fin.                 

Que la Autoridad Mpal. apoya siempre  toda actividad  que implique brindar un sano esparcimiento para la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS  Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. ROLON, FERNANDO GABRIEL, DNI Nº 25.432.230, representante del Circo “ZIRKO SHOW ATTRIK”, el permiso correspondiente para la instalación y funcionamiento del mismo, por el periodo: 06-06-22 hasta el: 06-07-22, en un predio ubicado en Calle Alberdi esq. Sgto. Cabral  de ésta Localidad.

Art.Nº2.-Comunicar al solicitante que una vez instalado el mencionado CIRCO deberán informar al municipio a fin de enviar el control pertinente de seguridad caso contrario quedara sin efecto la presente autorización.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Entregar una copia de la presente al interesado y otra a la  oficina de seguridad (Direc. de Obras Publicas), para su debido cumplimiento.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.   

 Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0881/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7936, titulo séptimo –  capitulo 8 – fondo asistencial art.Nº74, por parte de la encargada del merendero los conejitos del barrio villa progreso, la Sra. Carmen DNI Nº23.022.648, Y;

CONSIDERANDO

Que la Sra. Luna Carmen solicito una audiencia para tratar temas inherentes al merendero los conejitos del barrio villa progreso, en la ciudad de Aguaray.

Que, como consecuencia de lo conversado personalmente con el ejecutivo municipal, se dispuso en otorgamiento de una ayuda económica por la suma de $10.000 (PESOS DIEZ MIL CON 00/100) por lo meses de MAYO hasta DICIEMBRE, del presente año.

Que en concordancia con los gastos efectuados por el merendero los conejitos, se observa que los fondos que recibe de manera mensual no son suficientes para solventar todo lo que se debe afrontar, como la compra de la mercadería para brindar la merienda a más de 80 personas que asisten, siendo personas de escasos recursos y en estado de vulnerabilidad.

Que el ejecutivo municipal, ve con agrado otorgar una ayuda económica para el merendero los conejitos, que beneficiara a las personas que asisten diariamente al lugar para recibir la merienda.

Que por todo lo expuesto precedentemente y a fin de dar cumplimiento y a fin de dar cumplimientos con las formalidades dispuestas en la carta orgánica municipal, justificar las erogaciones a producirse, es que corresponde dictar el presente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de $10.000 (PESOS DIEZ MIL CON 00/100) MENSUAL,  por lo meses de Mayo hasta Diciembre del presente año, a nombre de la encargada del merendero los conejitos, la Sra. Luna Carmen D.N.I Nº23.022.648, en cumplimiento del visto y los CONSIDERANDO de este documento.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretaria con competencia, en referencia al art. Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-resistrese, publíquese, en el Boletín Oficial y archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0882/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 2.463//22, presentado por el Sr. VAZQUEZ RISSO, LUIS ROBERTO, CUIL Nº 20-16785947-0, con domicilio particular en Calle Güemes n° 479, B° Libertad de esta Localidad, en el cual solicita la autorización correspondiente para la apertura de un local comercial con el  rubro ”AGENCIA DE BOMBOLA”, que estará ubicado en su domicilio particular,  y;

CONSIDERANDO

Que presenta la documentación  correspondiente y la verificación pertinente de la Direc. de Comercio.

Que ha abonado los sellados que se exigen al respecto.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS  FACULTADES QUE  LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. VAZQUEZ RISSO, LUIS ROBERTO, CUIL Nº  20-16785947-0, el  permiso correspondiente para la apertura de un local comercial con el Rubro: “AGENCIA DE TOMBOLA”,  a partir de fecha: .13-05-22, el que estará ubicado en su domicilio particular sito en Calle Güemes n° 479, B° Libertad, de esta Localidad.

Art.Nº2.-Inscribirlo en nuestro Registro bajo Mat. Nº  3.552, Cód. Afip.622037 .

Art.Nº3.-Comunicar al interesado que deberá abonar la Tasa de Actividades Varias en forma mensual previa presentación de la DDJJ correspondiente.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente al solicitante.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese  en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0883/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LIBRERÍA EL ESTUDIANTE, que brindó el servicio de suministro de Artículos de Librería, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  LIBRERÍA EL ESTUDIANTE C.U.I.T Nº 27-17190636-4, con domicilio comercial en Av. Sarmiento 0, Ciudad de Aguaray, la cual realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray, y debido que urge la necesidad de provisión de los materiales para el buen funcionamiento de las tareas administrativas es que se  procedió a la compra de los mismos mediante Facturas Nº 003-655, 003-656, 003-657, 003-658, 003-659, 003-660, 003-661, 003-663, 003-664 y 003-665.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Insumos de Librería para ser distribuidos a las distintas áreas y sectores de la Institución municipal.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIEN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100 ($ 100.962,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LIBRERÍA EL ESTUDIANTE C.U.I.T Nº 27-17190636-4, Sucursal Aguaray en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0884/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa INFOLUZ, que brindó el Servicio Materiales de Electricidad, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos  y Áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  INFOLUZ C.U.I.T. Nº 20-21606787-9, con domicilio comercial en Pasaje Güemes 344, Ciudad de Aguaray, realizo asistencia la Municipalidad de Aguaray, y considerando que urge la necesidad de provisión de los materiales, es que procedió a la compra de los mismos, mediante Facturas  Nº 005-71, 005-72, 005-73 y 005-74.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de alumbrado y cableado para ser distribuidos en los distintos Sectores  y Parajes de la Municipalidad de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936

RESUELVE

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 13.680,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa INFOLUZ C.U.I.T. Nº 20-21606787-9, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0885/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa AUTOSERVICIO EL INDIO, que brindó el servicio de insumos y comestibles, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, se adquirió a través de la Empresa AUTOSERVICIO EL INDIO C.U.I.T Nº 27-16094536-8, insumos y comestibles para ser distribuidos en los diferentes sectores y actividades que corresponden a la administración y el buen funcionamiento de las oficinas de la municipalidad, como así también se benefician a personas de escasos recursos, según Facturas Nº 001-171, 001-234, 001-235, 001-236, 001-237, 001-238, 001-239, 001-240, 001-241, 001-242 y 001-243.-

Que, la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos y comestibles para las Oficinas y actividades que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($ 30.670,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO EL INDIO, C.U.I.T Nº 27-16094536-8 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0886/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia y Perfumería del Valle, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección  de Acción Social y la Oficina de Compras y Licitación de la Municipalidad de Aguaray,; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de  Acción Social y la Oficina de Compras y Licitación a través de la Farmacia y Perfumería del Valle, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, es que se procedió a la compra  mediante Factura Nº 003-13044, 003-5857, 003-12834, 003-12430, 003-11844, 003-10509, 003-9190, 003-6227, 003-6150, 003-6612, 003-20865, 003-13730, 003-13586 y 003-13306, REMITO Nº 001-00000839 – Facturas Nº 003-00006019, 003-00006020, 003-00006065, 003-00006067, 003-00006075, 003-00006076, 003-00006098, 003-00006114, 003-00006170, 003-00006221, 003-00006241, 003-00006256, 003-00006283, 003-00006284, 003-00006285, 003-00006292, 003-00006372, 003-00006374, 003-00006380, 003-00006381, 003-00006382, 003-00006389, 003-00008762, 003-00009100, 003-00009106, 003-00009124, 003-00009466, 003-00009909, 003-00010093,  003-00010126, 003-00010459, 003-00010540, 003-00010618, 003-00010860, 003-00011447, 003-00011612, 003-00011634, 003-00011895, 003-00012354, 003-00012355, 003-00012374, 003-00012431, 003-00012672, 003-00012707, 003-00012720, 003-00012727, 003-00012964, 003-00013145, 003-00013266, 003-00013282, 003-00013283, 003-00013299, 003-00013309, 003-00013316, 003-00013324, 003-00013325, 003-00013340, 003-00013425, correspondiente a los meses de Marzo y Abril del año en curso.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia del Valle.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de por PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 06/100  ($110.977,06) por ÚNICA VEZ a nombre de la de la FARMACIA Y PERFUMERÍA DEL VALLE – C.U.I.T Nº 27-16659525-3, con Domicilio legal en Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0887/022(Poder Ejecutivo)

VISTO                                                                        

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 033955/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, Y;

CONSIDERANDO

Que, por tratarse de un insumo de primera necesidad para la actividad administrativa de las distintas oficinas dependientes de Direcciones y Áreas de la Municipalidad de Aguaray, que diariamente generan todo tipo de documentos en formato papel, y demandan el uso de Tintas y Toners, lo que es imprescindible para el desempeño del personal administrativo.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a la publicación de la Convocatoria a Adjudicación Simple, como se justifica en la Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple y Publicación en el Boletín Oficial de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 033955/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN (03)  TINTA BROTHER D60 NEGRA, (02) TINTA BROTHER  6001 AMARILLA, (03) TINTA BROTHER  6001 CIAN, (03) TINTA EPSON  544 NEGRO, (01) TINTA EPSON  544 CIAN, (03) TINTA EPSON COLOR MAGENTA 544, (06) TINTA EPSON COLOR NEGRO 664, (03) TINTA EPSON COLOR CIAN 644, (05) TINTA EPSON COLOR AMARILLO 644, (05) TINTA EPSON COLOR MAGENTA 644, (07) TONER ALTERNATIVO PARA IMPRESORA BROTHER HL1200, (02) TONER ALTERNATIVO PARA IMPRESORA HP P2055DN, PARA LAS OFICINAS Y AREAS DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, se presentó la Nota de Único Proveedor en la Zona, para la Empresa GRUPO EXPRESS COMPUTACION, en Virgilio de Britos 76, Ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones, y por justificarse de que es el único proveedor en la zona, se procede a seleccionar a la Empresa GRUPO EXPRESS COMPUTACION C.U.I.T.  27-29586010-9, por un monto total de PESOS CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 103.250,00), IVA incluido, para la adquisición de los materiales según Pedidos de Provisión mencionados ut supra.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº 23/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LASFACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa GRUPO EXPRESS COMPUTACION C.U.I.T.  27-29586010-9, con domicilio legal en Virgilio de Britos 76, Ciudad de Aguaray, la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 23/2.022  PARA LA “ADQUISICIÓN DE (03)  TINTA BROTHER D60 NEGRA, (02) TINTA BROTHER  6001 AMARILLA, (03) TINTA BROTHER  6001 CIAN, (03) TINTA EPSON  544 NEGRO, (01) TINTA EPSON  544 CIAN, (03) TINTA EPSON COLOR MAGENTA 544, (06) TINTA EPSON COLOR NEGRO 664, (03) TINTA EPSON COLOR CIAN 644, (05) TINTA EPSON COLOR AMARILLO 644, (05) TINTA EPSON COLOR MAGENTA 644, (07) TONER ALTERNATIVO PARA IMPRESORA BROTHER HL1200, (02) TONER ALTERNATIVO PARA IMPRESORA HP P2055DN, PARA LAS OFICINAS Y AREAS DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY”, por un monto de PESOS CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 103.250,00), IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DAR intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0888/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 033798/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y Resolución Municipal Nº 348/2021, y Resolución Municipal Nº 874-2022. Y;

CONSIDERANDO

Que, se realizaron los procesos correspondientes para el llamado a ADJUDICACION SIMPLE Nº 21/22 para la “ADQUISICIÓN DE (04) VENTANAS DE 120 X 1.05, (04) PUERTAS DE 0.70 X 2.05, (02) PUERTAS DE 82 X 2.05, (04) VENTILUZ DOBLE 25 X 25, (02) VENTANA PARA BAÑO 40X 20 – CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, según expediente adjunto a la presente.-

Que, se realizó el llamado a adjudicación simple a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de Contrataciones con fecha de apertura 09/05/2022 a hs. 12 que en el plazo propuesto no se presentó ningún oferente y.-

Que, las áreas correspondientes han tomado la intervención que les compete y por razones de que el Adjudicado no cuenta con Factura B y porque el plazo ya se encuentra vencido se desistió del proceso de adjudicación simple.-

Que, es facultad de la entidad contratante declarar Desistida el procedimiento de contratación, previo a la adjudicación de la misma y cuando existieren causas debidamente  justificadas que así lo ameriten.-

Que, mediante informe fundado de la Unidad Contratante, se solicita se declare Desistida la misma, motivando dicho pedido  a las razones mencionadas ut supra.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR Desierta la Adjudicación Simple N° 21/2.022, PARA LA ADQUISICIÓN DE (04) VENTANAS DE 120 X 1.05, (04) PUERTAS DE 0.70 X 2.05, (02) PUERTAS DE 82 X 2.05, (04) VENTILUZ DOBLE 25 X 25, (02) VENTANA PARA BAÑO 40X 20 – CORRESPONDIENTE A LA  CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS – MUNICIPIO DE AGUARAY– DPTO. SAN MARTÍN”, por las razones de hecho y derecho expuestas en los considerando;

Art.-Nº2.-DEJAR sin efecto la publicación a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de Contrataciones;

Art.Nº3.-Registrar, Notificar, publicar en la página Oficial de la Municipalidad de Aguaray y archivar.

Art.Nº4.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0889/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia Avenida, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, según Facturas Nº 034-00000082, 034-00000090, 041-00074597, 041-00073243, 041-00073014, 041-00072473, 041-00071833, 041-00071304, 041-00071171, 041-00070985, 041-00070216, 041-00069482, 016-00195983, correspondiente a los meses de Enero, Febrero, Marzo y Abril del año en curso.

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 84/100 CTVOS ($ 453.783,84) por ÚNICA VEZ a nombre Farmacia Avenida de Martinich Gabriela Evangelina C.U.I.T Nº 27-22562152-2, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0890/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 0010-00014994.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS  CON 00/100 CTVOS ($ 94.542,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0891/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa la Veloz del Norte, que brindó el servicio de traslado hacia la Ciudad de Salta, mediante solicitud de la Dirección de  Acción Social de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Acción Social a través de la Empresa La Veloz del Norte S.A. adquirió pasajes hacia la Ciudad de Salta desde Aguaray y viceversa, para realizar el traslado de personas de nuestra jurisdicción, que no contaban con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, según Expte Nº 2831/22.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que necesitan viajar a realizarse distintos  estudios médico.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($ 142.870,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa la Veloz del Norte – Sucursal Aguaray, representada por el  Sr. Suarez Silvio César, D.N.I. Nº 33.351.202, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0892/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 294/22, presentado por la Sra. Llanos Corina D.N.I. Nº 18.836.939 domiciliada en el Paraje Acambuco, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra, Llanos, mediante el Expte. Nº 294/22, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo que tiene que debe terminar el Baño en su local comercial “Alojamiento Las Moras” que cuenta como emprendimiento para poder trabajar.

Que, la Sra, Llanos, no cuenta con los recursos para poder terminar parte de lo que falta para el baño de su local, es por ello que asiste a este pedido.

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación para ayudar las personas que cuentan con un emprendimiento, desean así salir adelante y progresar por sus propios medios.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Llanos Corina D.N.I. Nº 18.836.939, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0893/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa de TRANSPORTE URKUPIÑA S.R.L., que brindó servicio de traslado  para el evento  “Desafío al Alto Valle de Acambuco”, mediante solicitud de la Oficina de Turismo  de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Oficina Turismo a través de la Empresa TRANSPORTE URKUPIÑA S.R.L. CUIT Nº 30-71081407-0 brindo el servicio para el  traslado de personas al evento Desafío al Alto Valle de Acambuco,  trasportando a personas de nuestra jurisdicción que no contaban con recursos para poder viajar por sus propios medios a dicho, según Factura Nº 008-00000043.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado de colaborar con este Evento que favorecen el Deporte y la Recreación en espacios naturales, como así también beneficiando el Turismo, la venta de comidas regionales entre otros  emprendimientos y actividades que se llevan a cabo en este tipo de acontecimientos en los altos valles.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 40.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa de transporte URKUPIÑA S.R.L CUIT Nº 30-71081407-0, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCION Nº0894/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 2458/2022, presentado por la Sra. AIRACE Carla Micaela, domiciliada en el Paraje Tobantirenda, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. AIRACE, mediante el Expte. Nº 2458/22, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo que no cuenta con recursos para cubrir gastos de la canasta familiar básica.-

Que, la Sra. AIRACE no cuenta con los recursos para poder satisfacer sus necesidades básicas y que debido al problema de salud que tiene su padre (persona mayor) y la crianza de sus cuatro hijos se le dificulta él no puede trabajar y es que asiste este tipo de situación.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCO MIL CON 00/100  ($ 5.000,00) en forma MENSUAL desde el mes de Mayo de 2.022 hasta Diciembre del 2.022, a nombre de la Sra. AIRACE Carla Micaela, DNI Nº 37.163.886, perteneciente al paraje Tobantirenda de la ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº0895/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 2864/2022 presentado por la Encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Soledad Sánchez Goytea, y La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expte. Nº 2864/2022, la Encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray, solicita la declaración de un instrumento legal para la realización del “Concurso Municipal del Locro”, como así también justificar las erogaciones que podrían llegar a producirse como consecuencia del mismo, el cual se llevará a cabo el día 25 de mayo del corriente año en inmediaciones del Centro Vecinal del Bº Libertad, en nuestra Ciudad.-

Que, dicho concurso gastronómico se realiza en el marco de los festejos de la Conmemoración de la Revolución de Mayo en articulación con la Dirección de Cultura, Educación y Turismo Municipal y el sector de emprendedores de nuestra localidad, donde se contará con un espacio propicio para la venta y publicidad de las actividades del rubro, se procederá a seleccionar los tres primeros puestos otorgándoles a los mismos un reconocimiento a la participación, y al primer lugar se le brindará la Suma de Pesos Cinco Mil con 00/100 ($5.000,00).-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, es intención del Ejecutivo Municipal apoyar las actividades públicas  que hacen a las manifestaciones culturales y festivas del  Municipio de Aguaray.-

Que, a razón de las actividades programadas, el municipio dispondrá que todas las áreas municipales de competencia deberán estar afectadas indefectiblemente.-

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de declarar de interés municipal y cultural el Concurso Municipal del Locro.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL el “Concurso Municipal del Locro” en conmemoración de los festejos de la Revolución de Mayo, que se realizará el día 25 de mayo del corriente año en inmediaciones del Centro Vecinal del Bº Libertad, en la Ciudad de Aguaray.-

Art.Nº2.-Instrumentar a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar la Suma de Pesos Cinco Mil con 00/100 ($5.000,00) para el ganador del Primer Puesto del Concurso Municipal del Locro, como así los demás gastos que pudieran surgir, a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0896/022(Poder Ejecutivo)     

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta Capital, por parte de la Directora de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, la Lic. Villarroel Gladys, D.N.I. Nº 25.499.133 L.P. Nº 371, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Directora de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, deberá realizar un viaje a la Ciudad de Salta Capital, con el motivo de realizar la presentación de documentación correspondiente a los C.U.D. y diferentes trámites que le competen a la Dirección, y retirar una computadora donada para la Oficina de la Mujer.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a la Directora de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, la Lic. Villarroel Gladys, D.N.I. Nº 25.499.133 L.P. Nº 371, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta Capital, el día 24 de mayo del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al 24 de mayo del 2.022, más el Pasaje Ida y Vuelta a dicha ciudad con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más 1/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre de la Lic. Villarroel Gladys, D.N.I. Nº 25.499.133 L.P. Nº 371.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián