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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1115  del día 30 de Mayo del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0908/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La Resolución Municipal Nº 305 – 2.022, que realiza una convocatoria a personas para que presten servicio de desmalezado en su barrio o paraje en la Ciudad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución Municipal Nº 305/22, la cual fue publicada en el Boletín Oficial, se presentó como referente el Sr. Figueroa Cesar Gabriel DNI Nº 26.892.903 del Paraje Colodro correspondiente a los Altos Valles de Acambuco de la Ciudad de Aguaray, dando a conocer el listado de las personas que prestaron servicio de desmalezado en dicho paraje.-

ORDENAPELLIDO Y NOMBREDNI
1CASTRO JONATAN GABRIEL40.112.656
2CATARI SILVERIO11.363.105
3CASTRO DAVID ENRIQUE39.041.891
4RIVERA SAUL ALEJANDRO40.155.661

Que, el trabajo se realizó en la Comunidad COLODRO en caminos vecinales para mejor así la transitabilidad de las personas del lugar.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado generar mano de obra para personas desocupadas, con el fin de otorgar una ayuda para los que se encuentran atravesando una difícil situación económica.-Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTAORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTICINCO  MIL CON 00/100 ($ 25.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. FIGUEROA Cesar Gabriel DNI Nº 26.892.903, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0909/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La nota presentada por las Sras. ALVAREZ  Yanet, D.N.I. Nº: 44.500.405 y NUÑEZ Rosa, D.N.I. Nº 18.824.881 del paraje Tobantirenda, Ciudad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que a través de la nota solicitan una ayuda económica para la compra de un acolchado, como único premio de una rifa organizada por alumnos del BSPA 7.082 Anexo Tobantirenda.-

Que todo lo recaudado será desatinado para invertir en el Proyecto Hogares Verdes, Huerta Escolar para brindar verduras frescas entre estudiantes y familias.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la ayuda económica para las Sras. ALVAREZ Yanet y NUÑEZ Rosa.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES  QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100  ($ 5.800,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. ALVAREZ Yanet D.N.I. Nº: 44.500.405, con Domicilio en Paraje Tobantirenda, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0910/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 02078/22 presentada por la Sra. GODOY María José, D.N.I. Nº: 38.507.225,  de la Ciudad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que a través del Expte Nº 02078/2.022 solicita una colaboración económica para la hija SORIA Josefina Lilen, quien participará del Sudamericano de Patinaje que se realizará los días 26 al 19 de los meses Mayo y Junio, en la provincia de San Juan,   quien representará  nuestra ciudad de Aguaray.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la ayuda económica para la Sra. GODOY María José, D.N.I. Nº: 38.507.225.

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS DIEZ MIL CON 00/100  ($ 10.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. GODOY María José,  D.N.I. Nº 38.507.225, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0911/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LIBRERÍA EL ESTUDIANTE, que brindó el servicio de suministro de Artículos de Librería, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  LIBRERÍA EL ESTUDIANTE C.U.I.T Nº 27-17190636-4, con domicilio comercial en Av. Sarmiento 0, Ciudad de Aguaray, con Facturas Nº 003-668, 003-669, 003-670, 003-671, 003-672 y 003-673, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray, y debido que urge la necesidad de provisión de los materiales para el buen funcionamiento de las tareas administrativas es que se  procedió a la compra de los mismos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Insumos de Librería para ser distribuidos a las distintas áreas y sectores de la Institución municipal.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($51.150,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LIBRERÍA EL ESTUDIANTE C.U.I.T Nº 27-17190636-4, Sucursal Aguaray en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°0912/022 (Poder ejecutivo) 

VISTO

El viaje a realizar por parte del Agente Municipal Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a la Ciudad de Salta Capital, Y;

CONSIDERANDO

Que,  dicho viaje tiene como objetivo realizar el traslado de los integrantes de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado, que vendrán a la Ciudad de Aguaray a realizar el Operativo y Relevamiento para las Escrituras en el Barrio 9 de Julio.-.

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Toyota Hilux DX 2.5, Cabina doble 4×4, Dominio: IIM589 Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/11392.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a realizar un viaje a la Ciudad de Salta Capital el día 30 de Mayo del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 30 de mayo del presente año, más 1/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877/2.022, a nombre del Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0913/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 3044/2022, presentado por la Sra. LORENZO Cresencia D.N.I. Nº 17.019.023, domiciliada en Tres Quebrada, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. LORENZO, mediante el Expte. Nº 3044/22, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo que se encuentra desocupada y no cuenta con los recursos para poder solventar los gastos de las necesidades básicas y es por ello que asiste a este pedido.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRES MIL CON 00/100 ($ 3.000,00) en Forma Mensual durante un período de (02) Meses, Mayo y Junio del 2.022 a nombre de la Sra. LORENZO CRESENCIA, D.N.I. Nº 17.019.023, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0914/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La importancia de poder de contar con un Profesional para la campaña antirrábica en la Municipalidad de Aguaray, nota presentada por la Directora de Bromatología Comercio y Ambiente Sra. Cequeira Claudia;  y,

CONSIDERANDO

Que mediante nota presentada por la Directora de Bromatología Comercio y Ambiente Sra. Cequeira Claudia, presenta un informe correspondiente al avance de la Campaña Antirrábica Periodo 2.021 y 2.022, como así también solicita el pago del servicio que desarrolla el Veterinario LARRAHONA JOSE LUIS, C.U.I.T Nº 20-24072515-1.-

Que, dentro del Plan de Gobierno actual se hace necesario contar con un profesional Veterinario para la inspección y  control de la Campaña Antirrábica 2.022 que se viene llevando a cabo en la Ciudad de Aguaray, la cual se trata de la mejor forma de control y protección para los animales y las personas, ya que protege a las mascotas ante la posibilidad de exposición a la enfermedad a través de los animales salvajes, y se neutraliza la potencial transmisión a los humanos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio del Profesional Veterinario que se desenvuelve en la inspección y control de la campaña antirrábica 2.022 en la Ciudad de Aguaray.-    

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY N° 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, por la suma de PESOS SESENTA MIL CON 00/100  ($ 60.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de LARRAHONA JOSE LUIS C.U.I.T Nº 20-24072515-1, correspondiente al mes de Abril 2022, con Domicilio legal en Cornejo 157, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0915/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 034103/22, 034106 y Nota de Ref.: Solicitud de Contratación Abreviada de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Resolución Municipal Nº 814.2.022, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE TRASFERENCIA DE FONDO – FONDO COMPENSADOR MUNICIPAL” para la ejecución de la “OBRA CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, Expte Nº 0110366-227850/22-3, Resolución Municipal Nº 793 – 2.022.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 034103/22 y 034106/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (08) VIAJES DE RELLENO 40m³ MEZCLA BASE, (10) VIAJES DE RIPIOSA 50m³, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, según expediente adjunto a la presente.-

Que, a través de la Resolución Municipal Nº 814 – 2.022, se procedió a convocar a Contratación Abreviada Nº  12/22.-

Que, de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a la Publicación del llamado a contratación abreviada Nº 12/2022 a través de la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar en la sección de CONTRATACIONES, con fecha de Apertura 09/05/22, a Hs. 12:00.-

Que, se presentó UNA (01) oferta: 1. CAIMI FERNANDO ENRIQUE, con domicilio legal en Las Madreselvas 577, Ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones se procede a seleccionar como oferta ganadora a las siguientes empresas: 1. CAIMI FERNANDO ENRIQUE C.U.I.T. Nº 20-16254469-2 requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($ 187.000,00), IVA incluido.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de aprobar la Contratación Abreviada Nº 12/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR a la Empresa, 1. CAIMI FERNANDO ENRIQUE C.U.I.T. Nº 20-16254469-2, con domicilio comercial en Las Madreselvas 577, Ciudad de Aguaray, la CONTRATACION ABREVIADA N° 12/2.022 para la “ADQUISICIÓN DE (08) VIAJES DE RELLENO 40m³ MEZCLA BASE, (10) VIAJES DE RIPIOSA 50m³, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA” por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($ 187.000,00), IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0916/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La nota  ingresada por la Encargada de Turismo, Sra. SANCHEZ GOYTEA Soledad, en relación al  “CONCURSO MUNICIPAL DEL LOCRO”; Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme a lo dispuesto, se sanciona el presente acto resolutivo que establece el primer premio del concurso  a la Comisaría Nº46 – Aguaray, siendo el Comisario Sr. ARAMAYO Oscar Eduardo, D.N.I. Nº: 28.248.154.

Que, la Secretaría de Hacienda autoriza el pago para el ganador del Concurso municipal del locro, Comisaría Nº 46 – Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($5.000.00) por ÚNICA VEZ a nombre del Comisario Sr. ARAMAYO Oscar Eduardo D.N.I. Nº: 28.248.154, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario  con competencia en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0917/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 034422/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Contratación Abreviada de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contrataciones Nº 8.072, se procedieron a realizar los procesos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente “CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, el cual se adjunta a la presente.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 034422/22, se solicita la “ADQUISICIÓN DE (50) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg, PARA EL CONVENIO DE OBRA PÚBLICA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 15, inciso i) de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, la fecha límite para la presentación de las propuestas será el 30 de Mayo del año 2.022 a Hs. 12:00, en conformidad con lo publicado a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de CONTRATACIONES: www.aguaray.gob.ar.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONVOCAR a CONTRATACIÓN ABREVIADA N° 13/2.022, “ADQUISICIÓN DE (50) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg,”, PARA  EL CONVENIO DE OBRA PÚBLICA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, según Expediente adjunto a la presente, conforme lo dispuesto a la ley Provincial N°8.072 y Decreto Reglamentario N° 1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capítulo II, Art. 15, inciso i) – Contratación Abreviada.- 

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaria de Hacienda a realizar los actos administrativos correspondientes a fin de dar cumplimiento al procedimiento de CONTRATACIÓN ABREVIADA.-

Art.Nº3.-ORDENAR se imputen los gastos a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0918/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 034110/22 y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE TRASFERENCIA DE FONDO – FONDO COMPENSADOR MUNICIPAL” para la ejecución de la “OBRA CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, Expte Nº 0110366-227850/22-3, Resolución Municipal Nº 793 – 2.022.-

Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contrataciones Nº 8.072, se procedieron a realizar los procesos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, el cual se adjunta a la presente.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 034110/22, se solicita la “ADQUISICIÓN DE (300) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 15 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, la fecha límite para la presentación de las propuestas será el 02 de Junio del año 2.022 a Hs. 12:00, en conformidad con lo publicado a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de CONTRATACIONES: www.aguaray.gob.ar.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICAMUNICIPAL-LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONVOCAR a ADJUDICACION SIMPLE N° 25/2.022, “ADQUISICIÓN DE (300) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, según Expediente adjunto a la presente, conforme lo dispuesto a la ley Provincial N°8.072 y Decreto Reglamentario N° 1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capítulo II, Art. 15 – Adjudicación Simple.-

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaria de Hacienda a realizar los actos administrativos correspondientes a fin de dar cumplimiento al procedimiento de ADJUDICACION SIMPLE.-

Art.Nº3.-ORDENAR se imputen los gastos a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0919/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON EL LIDER, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud del Pañol de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sector de Pañol Municipal perteneciente a la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray a través de la Empresa CORRALON EL LIDER CUIT Nº 27-31580905-9, se adquirió  02 (DOS) Hormigonera 1HP para Stock de la Dirección de Obras Públicas para la realización de distintos trabajos para el buen funcionamiento de las tareas que lleva a cabo dicha dependencia, según Factura Nº 004-00002401.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre las distintas tareas y obras del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO DIESISIETE MIL CUATROCIENTOS  CON 00/100 CTVOS ($ 117.400,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON EL LIDER CUIT Nº 27-31580905-9, con Domicilio en Diagonal 25 de Mayo, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0920/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La Resolución Municipal Nº 976 – 2.021, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución Municipal Nº 976/2.021 se creó una Caja Chica para el Ejecutivo Municipal por la Suma de Pesos Treinta Mil con 00/100 ($30.000,00), con el fin de hacer frente a los gastos imprevistos o de emergencia no previstos en el presupuesto habitual, según lo mencionado en los CONSIDERANDOS de la resolución mencionada.-

Que, la creación de la Caja Chica se produjo en el marco de la transición del Poder Ejecutivo Municipal, hasta lograr el reordenamiento municipal y organización económica, puesto que al momento de asunción a la intendencia se generan muchos movimientos y demandas por parte de los vecinos de nuestra ciudad.-

Que, se realizó la última rendición correspondiente al mes de MAYO ante el Departamento Contable de la Municipalidad de Aguaray.-

  Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de dar de baja la Caja Chica del Ejecutivo Municipal.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DEROGAR la Resolución Municipal Nº 976 – 2.021 de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR, al Departamento Contable a realizar el cierre de Caja Chica del Ejecutivo Municipal a partir del mes de MAYO/2.022.-

Art.Nº3.-DEJAR SIN EFECTO toda otra resolución que se oponga a la presente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Dese copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0921/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

El Operativo y Relevamiento para Escrituras en el Barrio 9 de Julio organizado por la Oficina de Tierras y Bienes de la Municipalidad de Aguaray, en conjunto con los integrantes de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado, y La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Pase Interno, el Encargado de la Oficina de Tierras y Bienes de la Municipalidad de Aguaray, pone en conocimiento que arribarán a nuestra ciudad los integrantes de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado para llevar a cabo el Operativo y Relevamiento para Escrituras en el Barrio 9 de Julio, de nuestra localidad, dicho evento se realizará el día 30 de mayo del presente año.-

Que, dicho operativo generará un gasto económico para nuestro municipio, ya que se deberán cubrir los costos de traslado del personal Tierras y Bienes del Estado desde la Ciudad de Salta hacia nuestra localidad y viceversa, hospedaje, almuerzo y cena, como así también cualquier otro tipo de gastos que pudieran surgir.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su SECCIÓN TERCERA PLANIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, CAPÍTULO I PLANIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, Art. 144.- “La Planificación Territorial, es el sistema de gestión pública municipal por el que se determina la ocupación y el aprovechamiento sostenible y racional del territorio del Municipio. El Ordenamiento Territorial, es el proceso por el que se organiza el uso y la ocupación sustentable del territorio en función a sus características biofísicas, socioeconómicas, culturales y otros necesarios para esta finalidad”.          

Que, es intención del Ejecutivo Municipal promover todas las actividades que generen un beneficio para los vecinos del Municipio de Aguaray, como lo es lograr obtener la escritura de su vivienda.-

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de declarar de interés municipal y cultural el Concurso Municipal del Locro.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y COMUNITARIO el “Operativo y Relevamiento para Escrituras en el Barrio 9 de Julio”, que se realizará el día 30 de mayo del corriente año a través de la Oficina de Tierras y Bienes de la Municipalidad de Aguaray en conjunto con los integrantes de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado.-

Art.Nº2.-INSTRUMENTAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos de trasporte, hospedaje, almuerzo y cena, y cualquier otro que demande el desarrollo de las actividades mencionadas ut supra, a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0922/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 336/202 ingresado a la Municipalidad de Aguaray, por parte de la Encargada de la Dirección de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, la Lic. Villarroel Gladys; Y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Expte. Nº 336/2022, la Lic. Villarroel Gladys, eleva un informe realizado al Hogar de Niños “Jesús de la Divina Misericordia” a cargo de la Sra. Villarroel Beatriz.-

Que, en el informe se pone en conocimiento que el Hogar de Niños  asiste a distintas familias carenciadas que provienen de diferentes barrios de nuestra ciudad, diariamente retiran la comida que se les brinda según un menú establecido. El mismo funciona de 7 a 13 hs. y cuenta con personal auxiliar que reciben una ayuda económica por parte del Municipio.-

Que, en concordancia con los gastos efectuados por el Hogar de Niños “Jesús de la Divina Misericordia”, se observa que los fondos que reciben de manera mensual no son suficientes para solventar todo lo que se debe afrontar, como la compra de mercadería, pan, verduras, carne e insumos de limpieza, por lo que la encargada de la Dirección de Niñez, Familia, Discapacidad, Mujer y Adicciones de la Municipalidad de Aguaray solicita se reconozca dichos insumos.-

Que, la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, SECCIÓN PRIMERA POLÍTICAS SOCIALES CAPÍTULO ÚNICO POLÍTICAS SOCIALES, Garantía de Acceso a Servicios Públicos. Acción Social, Art. 95.- “…El Municipio asistirá a la población con necesidades básicas insatisfechas y promoverá el acceso a los servicios públicos para los que tienen menores posibilidades…”.

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado proveer al Hogar de Niños “Jesús de la Divina Misericordia” con víveres secos, carnes, y verduras, para mantener en funcionamiento el comedor que brinda el almuerzo diariamente a las familias de escasos recursos de nuestra ciudad.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de víveres secos, carne y verduras al Hogar de Niños Jesús de la Divina Misericordia a partir del mes de ABRIL/2.022 hasta nuevas disposiciones, de acuerdo a lo mencionado en los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de las pertinentes órdenes de pago, correspondientes a las facturas que serán presentadas por el Hogar de Niños “Jesús de la Divina Misericordia”, las cuales deberán ser válidas según la normativa puesta en conocimiento a dicha entidad.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Elevar copia a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº7.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0923/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 2906/2022, presentado por la Sra. Enríquez Danna Luz  D.N.I. Nº 44.399.547, domiciliada en Bº 64 Viviendas y la Sra.  Veizaga Camacho Elma DNI Nº 45.113.253, domiciliada en Bº 100 Viviendas en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las Sra Enríquez y Veizaga, mediante el Expte. Nº 2906/22, solicitan la colaboración de una ayuda económica, por motivo que deben viajar a la ciudad de Salta porque les surgió una oportunidad de inscribirse para ser parte de la selección nacional de Bolivia y es una gran convocatoria para demostrar el talento y las capacidades de la gente de nuestro pueblo.-

Que, las Sra Enríquez y Veizaga no cuentan con los recursos para poder solventar los gastos de traslado  y es por ello que asisten a este pedido.

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación para la práctica deportiva que es una actividad que influye muy positivamente en la sociedad favoreciendo así la participación de actores sociales en eventos nacionales que ponen en alto el nombre de nuestro pueblo, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago para la ayuda económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHO MIL DOCIENTOS CON 00/100 ($ 8.200,00) a CADA UNA por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Enríquez Danna Luz  D.N.I. Nº 44.399.547 y la Sra.  Veizaga Camacho Elma DNI Nº 45.113.253, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0924/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.; la  Resolución Nº 322/22 de la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia de Salta. Sobre Expediente Nº 386 – 27.512/22, aprobación del Legajo Técnico para la Obra PORTAL DE ACCESO –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA; el Convenio suscripto entre la Secretaria de Obra Pública antes mencionada y la Municipalidad de Aguaray., Y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA – SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE SALTA, previsto en el Artículo Nº 28 de la Ley de Presupuesto de la Provincia de Salta.

QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.

QUE, dicho Convenio tiene como fin la ejecución de la obra PORTAL DE ACCESO –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA, en el sector correspondiente al Acceso sobre Avda. Sarmiento y Ruta Nacional Nº 34, dotando a la ciudad de una obra de infraestructura y arquitectura más acorde al estado de Ciudad, y como antecedente para obras anexas en propuestas a futuro en referencia al recambio y/o mejora de la cinta de rodamiento vehicular de la mencionada arteria de ingreso..

QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA entre la Secretaria de Obras Publicas de la  Provincia representada por su titular, Ing. HÉCTOR HUGO DE LA FUENTE, con domicilio en Centro Cívico Grand Bourg, Av. De los Incas S/Nº, de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en calle Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, para la ejecución de la obra PORTAL DE ACCESO –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA, por la suma de $ 11.792.381,97 (Pesos ONCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 97/100).

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2022, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0925/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.; la  Resolución Nº 320/22 de la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia de Salta. Sobre Expediente Nº 125 – 42.416-0/22, aprobación del Legajo Técnico para la Obra RED DE MEDIA TENSIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO EN MISIÓN TUYUNTI – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA; el Convenio suscripto entre la Secretaria de Obra Pública antes mencionada y la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA – SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE SALTA, previsto en el Artículo Nº 28 de la Ley de Presupuesto de la Provincia de Salta.

QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.

QUE, dicho Convenio tiene como fin la ejecución de la obra RED DE MEDIA TENSIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO EN MISIÓN TUYUNTI – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, en el sector de residencia urbana indicado en el legajo técnico, mejorando considerablemente la prestación en la provisión de energía eléctrica, dotando a dicha fracción del acceso al servicio domiciliario más inmediato y óptimo, y con el alumbrado público de seguridad en la transitabilidad, y en su condición de residencia al resguardo de sus bienes.

QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA entre la Secretaria de Obras Publicas de la  Provincia representada por su titular, Ing. HÉCTOR HUGO DE LA FUENTE, con domicilio en Centro Cívico Grand Bourg, Av. De los Incas S/Nº, de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en calle Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, para la ejecución de la obra RED DE MEDIA TENSIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO EN MISIÓN TUYUNTI – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, por la suma de $ 19.846.338,15 (Pesos DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 15/100).

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2022, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0926/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.; la  Resolución Nº 317/22 de la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia de Salta. Sobre Expediente Nº 125 – 36.718/22 – 0, aprobación del Legajo Técnico para la Obra BACHEO DE HORMIGÓN CALLES VARIAS Bº DESTILERÍA –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA; el Convenio suscripto entre la Secretaria de Obra Pública antes mencionada y la Municipalidad de Aguaray., Y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA – SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE SALTA, previsto en el Artículo Nº 28 de la Ley de Presupuesto de la Provincia de Salta.

QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.

QUE, dicho Convenio tiene como fin la ejecución de la obra BACHEO DE HORMIGÓN CALLES VARIAS Bº DESTILERÍA –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA, en el sector indicado de referencia del Legajo Técnico, lo que beneficiará, al restituir el estado de circulación y rodamiento vehicular, para quienes residen sobre estas calles , como así también a los que circunstancialmente transiten en ellas, y un acceso más óptimo a los servicios públicos (cloacas, residuos, servicios varios).

QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA entre la Secretaria de Obras Publicas de la  Provincia representada por su titular, Ing. HÉCTOR HUGO DE LA FUENTE, con domicilio en Centro Cívico Grand Bourg, Av. De los Incas S/Nº, de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en calle Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, para la ejecución de la obra BACHEO DE HORMIGÓN CALLES VARIAS Bº DESTILERÍA –  AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA, por la suma de $ 15.080.542,66 (Pesos QUINCE MILLONES OCHENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON 66/100).

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2022, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.

Art. Nº 4.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0927/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 1008/2022, presentado por el Director de Cultura, Educación y Turismo, Sr. MEDINA Martín, de la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. MEDINA Martín, mediante el Expte. Nº 1008/22, solicita el pago de amplificación, del Sr. VELAZQUEZ Juan José, C.U.I.T Nº: 20-34610065-7, del Acto y Peña del 25 de Mayo realizado en la Plazoleta Eva Perón.-

Que la Secretaría de Hacienda autoriza el pago del Servicio de Amplificación  en la Plazoleta Eva Perón, por el acto protocolar y peña folclórica del 25 de Mayo en el  Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VELAZQUEZ JUAN JOSE C.U.I.T Nº: 20-34610065-7, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0928/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 2925/2022 presentado por la Encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Soledad Sánchez Goytea, Y;

CONSIDERANDO

Que, atreves del expte. citado, se informa sobre la realización del curso-taller de “Elaboración de Embutidos”, los días 31 de Mayo y el 07 de Junio, en las instalaciones del Centro Integrador Comunitario (C.I.C) del Bº Villa Sagrada.

Que, es importante remarcar la labor la Unidad Educativa Nº 8178 Escuela Agrícola Padre Ernesto Martearena, docentes y alumnos, dado que, es la Propulsora principal de esta, tan importante iniciativa en conjunto con las áreas municipales involucradas, para capacitar y fortalecer a los emprendedores locales de nuestra localidad, a los fines de dar continuidad a este trabajo de capacitación.

Que el objetivo es asistir a los participantes en diferentes temas que atañen a la producción de chacinados desde el conocimiento de las materias primas, procesos de elaboración y requisitos de comercialización. Las principales recomendaciones servirán de guía para todos aquellos elaboradores que deseen estandarizar y mejorar la calidad, asegurando de esta forma prolongar la vida útil de los mismos y dar un buen producto a los consumidores finales.

Que, está dirigido a personas con intención de iniciarse en la actividad o que estén en la etapa inicial de la elaboración de productos chacinados y que quieran mejorar su actividad a través del conocimiento de los procesos, los cuidados y los controles a realizar.          

Que, desde esta Gestión de Gobierno se brinda todo aval correspondiente a este tipo las actividades públicas que tengan por objetivo capacitar a los pequeños productores. –

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal en el Art. 111.-inc8. Fortalecimiento de las capacidades de los actores económicos y productivos del municipio, y con la finalidad de Declarar de Interés Municipal y Comunitario es que, corresponde dictar el presente instrumento legal pertinente. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y COMUNITARIO  al Curso-Taller de “Elaboración de Embutidos”, organizado por los Docentes y alumnos de la Escuela Padre Ernesto Martearena, de la Comunidad de Capiazuty en conjunto con las áreas municipales involucradas, para capacitar y fortalecer a los emprendedores locales de nuestra localidad los días 31 de mayo y  el 07 de junio del cte año, en las Instalaciones del Centro Integrador Comunitario de nuestra Ciudad, a los fines de dar continuidad a este trabajo de capacitación.

Art.Nº2.-Que la Secretaria de Hacienda impute todos los gastos que se puedan generen en el Art Nº1 de la presente a la cuenta correspondiente.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián