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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1120  del día 06 de Junio del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0956/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Proyecto de Actividad Deportiva denominado “Banderazo de Promociones”, presentado por parte del Director de la Dirección de Deporte y Recreación Municipal, Sr. Luis Robles, mediante expte. Nº 3000-2022, y la Carta Orgánica Municipal- Ley N° 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que el citado proyecto estará destinado a los adolescentes que están cursando el último año de la carrera del nivel secundario, proponiendo una serie de actividades que generara una atmosfera de interacción e integración en los estudiantes de las diferentes comunidades educativas de nuestra Ciudad.

Que, esta propuesta de trabajo pretende motivar a los alumnos a trabajar en equipo, promover la organización y cultivar valores, sin dejar de lado la oferta educativa de culminar sus estudios en tiempo y forma.

Que, se quiere llevar a cabo tres (03) encuentros de Promociones, y en cada uno ellos tendrán diferentes actividades por categoría, los cuales se sumaran puntos de forma acumulativa hasta llegar a la instancia final, la promoción que finalice los tres (03) encuentros con mayor puntaje; será consagrada con un premio sorpresa.

Que el 1er. encuentro será en fecha 04 de Junio del pte año, quedando las demás fechas a confirmar.

Que, desde esta Gestión de Gobierno se brinda todo aval correspondiente a este tipo las actividades públicas que tengan por objetivo generar un ambiente de interacción e integración entre las diferentes promociones de las Escuelas Secundarias de nuestra Ciudad, promoviendo un espacio donde los jóvenes se sientan protagonistas, e incentiven su capacidad de poder organizar actividades en grupo.

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, , en su CAPÍTULO IV, Art. 99 – “El Municipio promoverá la inclusión y la participación democrática de los Jóvenes en los procesos económicos, políticos, sociales, medios ambientes y culturales en los distritos urbano. Adoptará toda acción tendiente a alcanzar los fines de la Municipalidad en relación a la atención integral de la Juventud”, y con la finalidad de Declarar de Interés Municipal; es que, corresponde dictar el presente instrumento legal pertinente.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL al Proyecto de Actividad Deportiva denominado “Banderazo de Promociones” destinado a los adolescentes que están cursando el último año de la carrera del nivel secundario, presentado por parte del Director de la Dirección de Deporte y Recreación Municipal, Sr. Luis Robles, mediante expte. Nº 3000-2022.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a incorporar a la partida presupuestaria vigente, los gastos que demande la realización del evento mencionado en el Art. 1º de la presente Resolución.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0957/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 3191/22, presentado por el Sr. FRANCISCO JOSÉ FAVIO   D.N.I. Nº 33.982.722  domiciliado en Iquira, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. FRANCISCO, mediante el Expte. Nº 3191/22, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo de solventar gastos en la ciudad de Bs. As.-

Que, el Sr. FRANCISCO no cuenta con los recursos para los días que deberá acompañar a su hijo en el Hospital Garrahan, solicita una colaboración.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS  VEINTE MIL CON 00/100 CTVOS. ($ 20.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. FRANCISCO JOSÉ FAVIO  D.N.I. Nº 33.982.722, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0958/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 3156/2022, presentado por la Sra. BASUALDO María, domiciliada en el Bº Villa Sagrada, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. BASUALDO, mediante el Expte. Nº 3156/22, solicita la colaboración de una ayuda económica,  para edificar en su terreno por motivo que debe retirarse del lugar donde alquila y tiene a cargo 3 hijas menores de edad.-

Que, la Sra. BASUALDO no cuenta con los recursos para poder satisfacer sus necesidades básicas y que debido al problema habitacional que está atravesando actualmente y la crianza de sus hijas se le dificulta el poder trabajar, es que asiste este tipo de medio.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DIEZ MIL CON 00/100  ($ 10.000,00) por UNICA VEZ a nombre de la Sra. BASUALDO María DNI Nº 42.752.844, perteneciente al Bº Villa Sagrada de la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0959/022 (Poder Ejecutivo)                                                          

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 034110/22 y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Resolución Municipal Nº 918, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE TRASFERENCIA DE FONDO – FONDO COMPENSADOR MUNICIPAL” para la ejecución de la “OBRA CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, Expte Nº 0110366-227850/22-3, Resolución Municipal Nº 793 – 2.022.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 034110/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN DE (300) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, según expediente adjunto a la presente.-

Que, a través de la Resolución Municipal Nº 918 – 2.022, se procedió a realizar el Llamado a Adjudicación Simple Nº 25/22.-

Que, de conformidad a la Ley Nº 8.072, se procedió a la Publicación del Llamado a Adjudicación Simple Nº 25/2022 a través de la Página Web Oficial de la Municipalidad de Aguaray: www.aguaray.gob.ar en la sección de CONTRATACIONES, con fecha de Apertura 02/06/22, a Hs. 12:00.-

Que, se presentaron TRES (03) ofertas: 1.FAAL SRL, Av. 9 DE JULIO 159 Ciudad de Tartagal, 2. CORRALÓN LA OBRA, Av. San Martin 994, Tartagal, Salta, y 3. CORRALON EL GAUCHITO, Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones se procede a seleccionar como oferta ganadora a las siguiente empresa: CORRALON EL GAUCHITO C.U.I.T. Nº 20-41938709-7, requisitos completos y oferta económica  por la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 375.000,00), IVA incluido

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de aprobar la Adjudicación Simple Nº 25/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa CORRALON EL GAUCHITO C.U.I.T. Nº 20-41938709-7, con domicilio legal en Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray, la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 25/2.022 correspondiente a la “ADQUISICION DE (300) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA” por un monto de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 375.000,00) IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0960/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Factura presentada por el Director de Cultura, Educación y Turismo, Sr. MEDINA Martín, de la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. MEDINA Martín, mediante Factura Nº 002 – 00000004, solicita el pago de Amplificación y Sonido del Sr. VELAZQUEZ Juan José, C.U.I.T Nº: 20-34610065-7, para el desfile cívico  y la Peña Folclórica Fortín San Silvestre, realizado en el paraje de Piquirenda Fátima en honor a la Virgen de Itati.-

Que la Secretaría de Hacienda autoriza el pago del Servicio de Amplificación  y Sonido para el desfile cívico y Peña Folclórica el día 14 de Mayo del presente año en el Paraje Piquirenda Fátima del  Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art. N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($ 25.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VELAZQUEZ JUAN JOSE C.U.I.T Nº: 20-34610065-7, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art. N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art. N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art. N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art. N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

 

RESOLUCIÓN N°0961/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 3141/2.022, presentado por la Encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expte. Nº 3141/2022, la encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Soledad Sánchez Goytea, solicita un documento resolutivo donde se declare de Interés Municipal y Cultural el “Primer Encuentro de Fortines”, que se llevará a cabo el día 11 de junio en las instalaciones del Fortín “Los Infernales”, desde las 09 hasta las 19 Hs.-

Que, este evento reunirá a todos los fortines de nuestra jurisdicción con el objetivo de reactivar las actividades de tradición gauchesca, generar un encuentro con la familia aguarayense con distintas actividades propuestas por cada fortín, como la instalación de un patio gastronómico con venta de bebidas, además contará con la participación de la Escuela de Música Municipal, Concurso del Choripán, carrera de tocho y juego de sortijas, como así también otras actividades propuestas.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, en su CAPÍTULO II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inc. 18 – “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico – populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, el Ejecutivo Municipal, considera necesario ser partícipe de todas las actividades que favorezcan al desarrollo económico y cultural municipal.-

Que, por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo con el fin de declarar de interés municipal y cultural el Primer Encuentro de Fortines.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERES CULTURAL Y MUNICIPAL, el “Primer Encuentro de Fortines”, a desarrollarse el día 11 de junio del presente año, en las instalaciones del predio “Los Infernales”, a partir de las 09:00 hasta las 19:00 Hs.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a incorporar a la partida presupuestaria vigente, los gastos que demande la realización del “Primer Encuentro de Fortines”.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente Resolución a la Oficina de Registro de Resoluciones Municipales en la Unidad de Archivo y Estadística y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0962/022 (Poder Ejecutivo)  

VISTO

El viaje realizado por parte del Agente Municipal Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a la Ciudad de Salta el dia 03 de Junio del 2022 Cte.Y;

CONSIDERANDO

Que,  dicho viaje tiene como objetivo realizar el de los integrantes de la Secretaria de Tierra y Bienes del Estado.

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Toyota Hilux DX 2.5, Cabina doble 4×4, Dominio: IIM589 Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/11392.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión a la Ciudad de Salta

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER al Agente Municipal, Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a viajar a la Ciudad de Salta el día 03 de Junio del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por Un (01) día de viático más 1/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario por Comisión de Servicio no Bonificable ni Remuneración a la ciudad de Salta–  correspondiente el día 03 de junio del 2.022, a nombre del Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, como se detalla en el párrafo del CONSIDERANDO.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián