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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1127  del día 15 de Junio del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0997/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 3365 ingresada por la Encargada de Turismo, Sra. SANCHEZ GOYTEA Soledad, en relación al  “CONCURSO MUNICIPAL DEL CHORIPAN”, Resolución Municipal Nº 961-2.022,  Y;

CONSIDERANDO

Que mediante Expte Nº 3365/22 la encargada de la Oficina de Turismo Sra. SANCHEZ GOYTEA Soledad dio a conocer el ganador del primer y único premio del “CONCURSO MUNICIPAL DEL CHORIPAN”, elegido por los jurados y autoridades de la Municipalidad de Aguaray presentes en el momento, resultando favorecida la Srta.  León Ester DNI Nº 47.905.275, perteneciente a la Escuela de la Familia Agrícola del Paraje Capiazuti de la Ciudad de Aguaray

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que en el marco del “CONCURSO MUNICIPAL DEL CHORIPAN” se estableció un premio de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000) para el ganador.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorezcan al desarrollo económico y cultural municipal, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente al ganador del primer y único premio del CONCURSO MUNICIPAL DEL CHORIPAN, realizado en las instalaciones del Fortín los Infernales.- 

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($5.000.00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Srta.  León Ester DNI Nº 47.905.275, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario  con competencia en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0998/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 0010-00015354.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS  CON 50/100 CTVOS ($ 129.226,50) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0999/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La importancia de poder de contar con un Profesional para la campaña antirrábica en la Municipalidad de Aguaray, y,

CONSIDERANDO

Que mediante la Factura Nº: 004-00000096  el cual solicita el pago del servicio que desarrolla el Veterinario LARRAHONA JOSE LUIS en la campaña antirrábica en la ciudad de Aguaray.-

Que, dentro del Plan de Gobierno actual se hace necesario contar con un profesional Veterinario para la inspección y  control de la Campaña Antirrábica 2.022 que se viene llevando a cabo en la Ciudad de Aguaray, la cual se trata de la mejor forma de control y protección para los animales y las personas, ya que protege a las mascotas ante la posibilidad de exposición a la enfermedad a través de los animales salvajes, y se neutraliza la potencial transmisión a los humanos.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio del Profesional Veterinario que se desenvuelve en la inspección y control de la campaña antirrábica 2.022 en la Ciudad de Aguaray.-    

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICAMUNICIPAL- LEY N° 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, por la suma de PESOS SESENTA MIL CON 00/100  ($ 60.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de LARRAHONA JOSE LUIS C.U.I.T Nº 20-24072515-1, correspondiente al mes de mayo  2022, con domicilio legal en Cornejo 157, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1000/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 034112/22 y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE TRASFERENCIA DE FONDO – FONDO COMPENSADOR MUNICIPAL” para la ejecución de la “OBRA CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, Expte Nº 0110366-227850/22-3, Resolución Municipal Nº 793 – 2.022.-

Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contrataciones Nº 8.072, se procedieron a realizar los procesos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, el cual se adjunta a la presente.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 034112/22, se solicita la “ADQUISICIÓN DE (40) ltr DE ACELERANTE DE FRAGUE, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 15 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, la fecha límite para la presentación de las propuestas será el 22 de Junio del año 2.022 a Hs. 12:00, en conformidad con lo publicado a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de CONTRATACIONES: www.aguaray.gob.ar.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICAMUNICIPAL-LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONVOCAR a ADJUDICACION SIMPLE N° 28/2.022, “ADQUISICIÓN DE (40) ltr DE ACELERANTE DE FRAGUE, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA EN EL Bº EL CRUCE – ETAPA I: 740,00 m – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, según Expediente adjunto a la presente, conforme lo dispuesto a la ley Provincial N°8.072 y Decreto Reglamentario N° 1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capítulo II, Art. 15 – Adjudicación Simple.-

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaria de Hacienda a realizar los actos administrativos correspondientes a fin de dar cumplimiento al procedimiento de ADJUDICACION SIMPLE.-

Art.Nº3.-ORDENAR se imputen los gastos a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1001/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 3302/2022, presentado por la Directora Interina de la Unidad Educativa Nº 4.159 Regimiento 1 Infantería Patricios de Campo Largo, Sra. Carmen Rosa Leaño, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expte. Nº 3302/202, presentado por la Directora Interina  de la U.E. Nº 4.159, perteneciente a la comunidad de Campo Largo, solicita la colaboración con guardapolvos para los alumnos que asisten a la institución.-

Que, en su mayoría los alumnos pertenecen a familias de escasos recursos y no cuentan con los medios para adquirir el guardapolvo, y que es importante que cuenten con el mismo ya que se avecinan fechas patrias, como el juramento a la bandera y deberán ser partícipes de estos actos.-

Que, la Carta Orgánica Municipal, Ley Nº 7.936, en su SECCIÓN SEGUNDA EDUCACIÓN, CULTURA Y PROMOCIÓN DEL DEPORTE, CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106 -…” el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia”.-

Que, el Ejecutivo Municipal ve con agrado asistir este tipo de situación, en donde se beneficie a niños de familias carenciadas para que puedan asistir a clases con el uniforme correspondiente, generando así la participación y la integración de la educación ya que es un derecho de todo ser humano.-

Que, por lo expuesto precedentemente es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de justificar las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Donación de 21 Guardapolvos para los alumnos de escasos recursos que asisten a la Unidad Educativa Nº 4.159 Regimiento 1 Infantería Patricios de la Comunidad de Campo Largo, en la Ciudad de Aguaray.-Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento Contable a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000,00) POR ÚNICA VEZ, para la Adquisición de 21 guardapolvos que serán donados a los alumnos de la U.E. Nº 4.159 de Campo Largo, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº5.-COMUNIQUESE y DESE COPIA a la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales y a las partes intervinientes.-

Art.Nº6.-De Forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1002/022 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

El viaje a realizar por parte del Agente Municipal Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a los Valles de Acambuco – Campo Largo el 16 de Junio del Cte. y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como objeto Transportar al Director de Cultura Sr. Martin Medina D.N.I. Nº 16.734.999; L.P. Nº 339 quien fue comisionado a realizar la Donación de Guardapolvos a la Escuela Nº 4159 Regimiento 1 Infantería Patricios (Campo Largo), y entrega de Mercadería a los vecinos  de la Comunidad.- 

Que, dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Toyota Hilux DX 2.5, Cabina doble 4×4, Dominio: EYB752, Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/113929.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión al paraje.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a viajar a los Valles de Acambuco – Campo Largo el día 16 de Junio  del año en curso, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a los Valles de Acambuco – Campo Largo, correspondiente al día 16 de Junio del año 2.022,   a nombre del Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, como se detalla en el párrafo del CONSIDERANDO.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José