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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1142  del día 11 de Julio del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN N°1229/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 3806/2.022, presentado por la Encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expte. Nº 3806/2022, la encargada de la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Soledad Sánchez Goytea, solicita un documento resolutivo donde se declare de Interés Municipal y Cultural el “Primer Taller Feria Gastronómica”, que se llevará a cabo el día 11 de julio en las instalaciones de la Casa de la Cultura “Vázner Castilla”, desde las 16 hasta las 19 Hs.-

Que, el objetivo de este taller es fortalecer a los emprendedores y gastronómicos locales y de la región dentro del marco del Plan Estratégico Liderar, dicha disertación estará a cargo del Director de Productos del Ministerio de Turismo de la Provincia. Técnico Javier Arias junto al Coordinador de la Feria Gastronómica de El Carril, Sr. Joaquín Orlando Gómez.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su art. 22 – Inciso 16: “Promover el turismo, reglamentando y fiscalizando sus servicios, en el marco de un plan regulador integral, donde se lo contemple como eje generador de actividad económica y social, fomentando la regionalización en el ámbito nacional e internacional”. -CAPÍTULO I DESARROLLO ECONÓMICO LOCALArt. 110.- “El Desarrollo Económico Local es un proceso de generación de capacidades a nivel comunitario y municipal, que promueve el crecimiento económico, social y político de las personas y las comunidades, en forma auto sostenida y creciente, equitativa y respetuosa del medio ambiente, en el que el Gobierno Municipal juega el papel de facilitador y sus comunidades ejercen función protagónica. El Municipio elaborará políticas de Estado con el propósito de mantenerlas en el tiempo, para obtener el desarrollo económico local, mitigar la pobreza y lograr la inclusión social. La educación y el conocimiento son claves en la estrategia de desarrollo local, para generar como consecuencia de la actividad económica, una mejor calidad de vida para los habitantes y conformar una comunidad desarrollada e integrada”.         

Que, el Ejecutivo Municipal, considera necesario ser partícipe de todas las actividades que favorezcan al desarrollo económico, productivo y cultural municipal.-

Que, por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo con el fin de declarar de interés municipal y cultural el “Primer Taller Feria Gastronómica”.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERES CULTURAL Y MUNICIPAL, el “Primer Taller Feria Gastronómica”, que se llevará a cabo el día 11 de julio en las instalaciones de la Casa de la Cultura “Vázner Castilla”, desde las 16 hasta las 19 Hs.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a incorporar a la partida presupuestaria vigente, los gastos que demande la realización del “Primer Taller Feria Gastronómica”.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-DESE copia de la presente Resolución a la Oficina de Registro de Resoluciones Municipales en la Unidad de Archivo y Estadística y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1230/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

 Las actividades Oficiales a desarrollar y previstas para los Festejos del 111º Aniversario Fundacional de nuestra Ciudad;

CONSIDERANDO

Que, durante los días 13 y 14 de Agosto se llevará a cabo la 16va Edición del Festival “Aguada del Zorro”, en las instalaciones del campo de futbol del Club Campo Duran.

Que, asimismo durante la jornada del 15 del mes aniversario del presente año se realizará la víspera de la conmemoración de la fecha fundacional, en el predio aludido.  

Que, nuestra Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su art. 36 – Inciso 25: Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio, la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares.

Que, las actividades a desarrollar se encuadran en los preceptos de nuestra Carta Orgánica, por ende es pertinente sancionar la presente Resolución Municipal, a efecto de  declarar de Interés Municipal Comunitario y Cultural y disponer de las medidas conducentes a lograr un mayor esplendor de la Edición del Festival, en bien de los vecinos de Aguaray.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-REALIZAR la 16va. Edición del Festival “Aguada del Zorro” en el predio deportivo del Club Campo Duran, sito en el Barrio YPF, durante los días Sábado 13 y Domingo 14 respectivamente del mes de Agosto del año en curso, a partir de horas 19:00 y hasta las 05:30 de la madrugada del día siguiente. 

Art.Nº2.-Asimismo DISPONER el desarrollo de la Víspera para el día Lunes 15 de Agosto a partir de horas 18:00 y hasta las 02:30 de la madrugada,

Art.Nº3.-DECLARAR de INTERES MUNICIPAL COMUNITARIO y CULTURAL a las actividades previstas y que hagan al desarrollo y organización de los festejos del 111º Aniversario Fundacional de nuestra Ciudad.

Art.Nº4.- INVITAR a la Comunidad en General y en particular a los Comercios del Rubro adherir a las festividades previstas.

Art.Nº5.-Autorizar la instalación de puestos de venta de Bebidas Gaseosas, Alcohólicas y Comidas Típicas, pudiendo explotarlos por si o concesionarlos a terceras personas, debiendo tomar todas las medidas de seguridad y cumplir con las disposiciones Municipales y Policiales vigentes que rigen sobre el particular.

Art.Nº6.-Disponer de los recursos económicos y  humanos indispensables, que hagan a brindar un espectáculo de alto nivel artístico y garantizar una correcta organización, para ello se autoriza a la Secretaria de Hacienda a tomar las previsiones presupuestarias pertinentes, a la Oficina de RR.HH y Obras Públicas a fin de la disponibilidad y afectación de personal municipal.

Art.Nº7.-Notificar a las dependencias municipales a los fines respectivos.  

Art.Nº8.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1231/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 03253/2022, presentado por la Sra VIRAVICA Alicia,  encargada del Merendero Virgen de Itatí de la Comunidad de Piquirenda Estación, de la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra VIRAVICA, mediante el Expte. Nº 03253/22 solicita la colaboración del sonido para la fiesta patronal, adjunta presupuesto de amplificación de Velazquez Sonidos e Iluminación, C.U.I.T Nº: 20-34610065-7, para la Peña folclórica en honor a la Virgen de Itatí, el día 9 de Julio a partir de horas 19:00, en la Comunidad de Piquirenda Estación.-

Que la Secretaría de Hacienda autoriza el pago del Servicio de Amplificación  para  la peña en Honor a la Virgen de Itatí en la Comunidad de Piquirenda Estación,  de la Ciudad de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($ 25.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VELAZQUEZ JUAN JOSE C.U.I.T Nº: 20-34610065-7, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1232/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M.  Nº 1105-021 – R.M. Nº 1103-021, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, en concordancia con las políticas de gobierno en relación al crecimiento y desarrollo comunal especialmente en la creación y generación de empleos se hace necesario disponer de los servicios efectuados por la Oficina de Empleo siendo el  Sr. ROMERO, Nicolás C.  la persona indicada para llevar a cabo toda asignación que se le entregue con idoneidad y responsabilidad.-

QUE, por lo expuesto precedentemente es menester realizar el presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DESIGNAR como Encargado de la Oficina de Empleo, dependiente de la Secretaría de Gobierno al Sr. ROMERO, Nicolás C.  DNI Nº 25.437.754 con domicilio en Bº YPF – Calle Los Gerónimos Casa 504 de esta ciudad, a partir del 1º de julio de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2022.-

Art.Nº2.-ASIGNAR la categoría E, conforme a la Escala Salarial de Planta Política vigente.-

Art.Nº3.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaría de Gobierno, Liquidaciones, RRHH y al interesado según corresponda.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. 37 de la carta orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de Aguaray y Archívese

            Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº 1233/022 (Poder Ejecutivp)

VISTO

La necesidad de incorporar a los empleados pertenecientes al Programa Aguaray Trabaja de la Municipalidad de Aguaray en el Instituto de Seguro de Salta Seguros de Vida; Y;

CONSIDERANDO

Que, los empleados del Programa Aguaray Trabaja son una parte fundamental para el sostenimiento del  Establecimiento Municipal y sobre todo para  nuestro pueblo, por el servicio que prestan a distintas instituciones en tareas administrativas y de maestranza llevando  a cabo un trabajo de apoyo para las mismas.

Que se llegó a un común acuerdo entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto de Salta Seguros de Vida en brindarles cobertura a  los empleados del Programa Aguaray Trabaja con una vigencia hasta diciembre del año 2.022 y renovando la Póliza en el año 2.023.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado brindar a los empleados del Programa Aguaray Trabaja una cobertura de seguros imprescindible para cada individuo, que necesita contar con un seguro que le cubra cualquier tipo de accidente o eventualidad.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el acuerdo entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto de Salta Seguros de Vida, el cual brindara cobertura a los empleados pertenecientes del Programa Aguaray Trabaja, con una vigencia hasta diciembre del año 2.022  en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián