Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1151  del día 22 de Julio del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº1290/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expediente Nº 4.110-022, mediante la cual se pone en conocimiento de la realización del Bingo, organizado por la Asociación Atlética Central Norte de nuestra Ciudad;  y

CONSIDERANDO

Que, el mismo tiene por  finalidad la de reunir fondos para afrontar los gastos que implica la participación de la referida Institución Deportiva en el Torneo de la Liga Departamental San Martín.

Que, solicitan el aval Institucional del Municipio para llevar adelante la organización del Bingo y por ende dar cumplimientos a los requisitos exigidos por el Ente Regulador del Juego de Azar (EN.RE.JA.).

Que, este Ejecutivo Municipal valora y resalta las acciones puestas de manifiesto por la Comisión Directiva, siendo factible la eximición del pago de tasas y sellados Municipales.

Que, es pertinente sancionar la presente Resolución Municipal, a efecto de otorgar el reconocimiento, autorización y aval pertinente para que la Comisión  gestione ante el Organismo de Control Provincial los respectivos permisos.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y LAS CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER y OTORGAR AVAL INSTITUCIONAL a la “Asociación Atlética Central Norte” de nuestra Ciudad, para la realización del BINGO, conforme el Expte. referido en el visto.

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Sr. Presidente GUSTAVO MARTIN NEIROT, DNI. Nº 27.682.309 a la realización del evento en las Instalaciones de la Sede Social del Club Deportivo aludido, sito en calle José Mármol de nuestra Ciudad, el día 23 de Septiembre del año en curso, a partir de horas 17:00

Art.Nº3.-La Asociación, una vez culminado las actividades y eventos programados deberá presentar rendición de cuentas a éste Municipio y copia de las rendiciones realizadas ante el Organismo de Control Provincial (ENREJA).

Art.Nº4.-EXIMIR del pago de Tasas y Sellados Municipales, que pudieren corresponder.

Art.Nº5.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo dispuesto en el la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº37º.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1291/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº  4096/22, presentado por el Sr. BARROSO, LUCAS ESTANISLAO, DNI Nº 30.420.587,  en el cual solicita autorización para realizar CINCO “CARRERAS CUADRERAS”, el día 31-07-22, en el predio Hípico “Don Lorenzo”  ubicado en el Paraje Campo Durán, jurisdicción de ésta Localidad, a partir de Hs. 15:00 hasta 19:00, y;

CONSIDERANDO

Que el mismo  abonó los sellados e impuestos correspondientes.

Debe abonar el 10% sobre la venta de entradas, para ello se designará un  inspector municipal que  efectuará el control y cobro del mismo

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA. LEY  N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Autorizar al Sr. BARROSO, LUCAS ESTANISLAO, DNI Nº 30.420.587, con domicilio en Aguaray, la realización de CINCO “CARRERAS CUADRERAS”, una Principal y CUATRO subsiguientes el día 31-07-22, en el Predio Hípico “Don Lorenzo”  ubicado en el Paraje Campo Durán, jurisdicción de ésta Localidad, a partir de Hs. 15:00 hasta 19:00.

Art.Nº2.-Afectar a un Inspector Municipal para el control y cobro del porcentaje de venta de entradas el día 31-07-22. Deberán cumplir con las normas de seguridad e higiene que establezca la autoridad de aplicación municipal.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de   competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Comunicar al solicitante que deberá abonar los sellados e impuestos correspondientes.  Entregar una copia de la presente al interesado y al Inspector Municipal autorizado.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1292/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa la Veloz del Norte, que brindó el servicio de traslado hacia la Ciudad de Salta, mediante solicitud de la Dirección de  Acción Social de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Acción Social a través de la Empresa La Veloz del Norte S.A. obtuvo pasajes hacia la Ciudad de Salta desde Aguaray y Viceversa, para realizar el Traslado de personas de nuestra jurisdicción, que no contaban con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, mediante Expte Nº 3948/22.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que necesitan viajar a realizarse distintos  estudios médico.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 110.400,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa la Veloz del Norte – Sucursal Aguaray, representada por el  Sr. Suarez Silvio César, D.N.I. Nº 33.351.202, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1293/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia y Perfumería del Valle, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray a través de la Farmacia y Perfumería del Valle, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, es que se procedió a la compra  mediante Factura B Nº001-00000035 y 001-00000036.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado asistir en este tipo de situación que favorecen al buen funcionamiento de la institución y apoyando a las actividades y trabajos que realiza el personal de Acción Social.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de por PESOS CIENTO DIEZ MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 30/100  CTVOS ($ 110.844,30) por ÚNICA VEZ a nombre de la de la FARMACIA Y PERFUMERÍA DEL VALLE – C.U.I.T Nº 27-16659525-3, con Domicilio legal en Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1294/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 3565/22 el cual solicita regularizar la deuda con la empresa ALTA COMPLEJIDAD EN MEDICINA S.R.L, que brindó el servicio de Ecografías y Estudios de complejidad, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, debido a que la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, solicita el pago de la Factura Nº 003-0000002031 de  la empresa ALTA COMPLEJIDAD EN MEDICINA S.R.L CUIT Nº 30-714444978-3, con domicilio comercial en  Sarmiento 181, Ciudad de Tartagal,  la cual brinda el servicio de Ecografías, Ecodoppler, Tomografías y Resonancias para las tareas de auxilio con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social de los distintos barrios y parajes del pueblo de Aguaray.- 

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el

Área de Acción Social.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado la aprobación del pago de la Factura Nº 003-0000002031 la cual otorga la realización de estudios de alta complejidad y Otras Necesidades que contemplen los recursos de los fondos asistenciales, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 33.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa ALTA COMPLEJIDAD EN MEDICINA S.R.L CUIT Nº 30-714444978-3, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1295/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia Avenida, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente a los meses de Junio del año en curso, medianteFactura Nº 034-00000096,

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 145.940,00) por ÚNICA VEZ a nombre Farmacia Avenida de Martinich Gabriela Evangelina C.U.I.T Nº 27-22562152-2, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº 2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1296/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GRAFITAR IMPRENTA, que brindó el servicio de suministros de insumos para administración, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, distintas áreas a través de la Empresa GRAFITAR IMPRENTA  C.U.I.T  Nº 20-07263766-7 se adquirió Talonarios Toque de Andén y Sellos Automáticos que corresponden a la administración y el buen funcionamiento de las oficinas de la municipalidad, mediante Facturas Nº 00000863, 00000864 y 00000865.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para las Oficinas  y Áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 93.700,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa GRAFITAR IMPRENTA C.U.I.T Nº 20-07263766-7, con domicilio comercial en Warnes 98, ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1297/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CABLE VISION AGUARAY,  C.U.I.T. Nº 30-71212095-5, que brinda el servicio de Internet, mediante solicitud de diferentes áreas y sectores  de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  CABLE VISION AGUARAY C.U.I.T. Nº 30-71212095-5, con domicilio comercial San Martín Nº 530, Ciudad de Aguaray, brinda  asistencia de internet que es indispensable para el buen funcionamiento de las diferentes Áreas y Sectores de la Municipalidad de Aguaray, mediante FACTURAS Nº: 008-0078 y 008-0079.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago del servicio de internet de las distintas oficinas de la Municipalidad de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL CON 00/100 ($ 110.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CABLE VISION AGUARAY,  C.U.I.T. Nº 30-71212095-5, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1298/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 4091/2022, presentado por la Sra. Rodríguez Luisa Magdalena, domiciliada en la comunidad de Ikira, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Rodríguez, mediante el Expte. Nº 4091/22, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo que su hijo tiene que asistir a un control médico en el Hospital Garraham de la Ciudad de Bs. As. Porque lo operaron de un tumor en la garganta y necesita ver la evolución de su recuperación  y como no cuenta con recursos económicos para gastos varios que puedan llegar a generarse como alimento, movilidad entre otros, es que asiste este tipo de pedido.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica y de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00) por UNICA VEZ a nombre la SRA. RODRÍGUEZ LUISA MAGDALENA DNI Nº 35.073.894, perteneciente a la Comunidad de Ikira de la ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1299/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Resolución Municipal Nº1.230-022 a través de la cual se dispone la realización de la 16va Edición del FESTIVAL AGUADA DEL ZORRO y la Jornada Artística de la Víspera de los Festejos Fundacionales del 111º Aniversario de nuestra Ciudad; y

CONSIDERANDO

Que, a los fines de llevar adelante las gestiones y los diversos trámites necesarios para el caso de los eventos enunciados, es necesario designar un responsable a fin del cumplimiento de las obligaciones exigibles y vigentes.

Que, a criterio del Poder Ejecutivo Municipal, la persona que reúne las condiciones de idoneidad y confianza es el Sr. ARIEL HIPOLITO UMBIDEZ, actual Tesorero Municipal en funciones.

Que, a los efectos formales es pertinente sancionar el presente acto resolutivo de designación.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y LAS CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DESIGNAR al Sr. ARIEL HIPOLITO UMBIDEZ, DNI.Nº21.311.601 como Responsable Coordinador de la 16va. Edición del Festival “AGUADA DEL ZORRO” y de la Jornada Artística de la Víspera del 111º Aniversario Fundacional de nuestra Ciudad a realizarse en el Campo Deportivo del Club Campo Duran, durante los días Sábado 13, Domingo 14 y Lunes 15 respectivamente del mes de Agosto del presente año.

Art.Nº2.-El Designado Responsable Coordinador, deberá tramitar y gestionar los permisos y demás cuestiones que hagan a la seguridad y todo lo atinente en materia de Espectáculos Públicos que le sea requerido, en cumplimiento de las normas vigentes.

Art.Nº3.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme lo dispuesto en el Art. 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1300/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

 La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. ALTAMIRANO Clementina, D.N.I. Nº 10.822.1877 con Domicilio en Bº 9 de Julio, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo de solventar gastos de estudios médicos en la Ciudad de Salta, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a la Sra. ALTAMIRANO, con una Ayuda Económica y/o Subsidio.-

Que por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $10.000,00 (Pesos Diez Mil con 00/100 centavos),  a nombre de la Sra. ALTAMIRANO, Clementina  D.N.I. Nº  10.822.187.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1301/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”. Decreto Reglamentario Nº1.319/18, Carta Orgánica Municipal – LEY Nº7.936; el pedido de provisión Nº 033964/22 y nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaria de Hacienda Municipal, Resolución Municipal Nº1277 – 2.022; Y;

CONSIDERANDO

Que, es imprescindible normalizar el alumbrado público, debido al deterioro de los elementos del sistema de alumbrado público en algunos Barrios y Parajes que se encuentran sobre Ruta Nacional Nº34, para garantizar la facilidad en el acceso a las comunidades.

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDO – FONDO COMPENSADOR MUNICIPAL – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DE LA PROVINCIA DE SALTA”, Resolución Municipal Nº 1277 – 2022.

Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contrataciones Nº 8.072, se procedieron a realizar los procesos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente “OBRA PLAN MUNICIPIOS EN ACCION – RECAMBIO DE LUMINARIAS – AGUARAY – DPTO. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA”, el cual se adjunta a la presente.

Que, a fin de cumplimentar con los procedimientos administrativos y legales pertinentes, es que corresponde llamar a “ADJUDICACION SIMPLE Nº 30/22, PARA LA ADQUISICION DE 187 EQUIPOS LED 150W PARA RECAMBIO DE LUMINARIA EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS – MUNICIPIO DE AGUARAY”, según expediente adjunto a la presente.

Que, la fecha límite para la presentación de las propuestas será el 29 de Julio del año 2.022 a Hs. 12:00, en conformidad con lo publicado a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de CONTRATACIONES: www.aguaray.gob.ar.

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONVOCAR A ADJUDICACION SIMPLE Nº 0/2022, para la “ADQUISICION DE 187 EQUIPOS LED  DE 150W correspondiente a la OBRA PLAN MUNICIPIOS EN ACCION – RECAMBIOS DE LUMINARIA EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY”, Según Expedienté adjunto a la presente, conforme la dispuesto a la Ley Provincial Nº8.072 y Decreto Reglamentario Nº1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capitulo II, Art.14 – Adjudicación Simple.

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaria de Hacienda a realizar los actos administrativos correspondientes a fin de dar cumplimiento al procedimiento de ADJUDICACION SIMPLE.

Art.Nº3.-ORDENAR se imputen los gastos a la partida presupuestaria correspondiente.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1302/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Los Expte. Nº 4112-2022 y 4114-2022 y La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante los Expte citados en el Visto de la presente, la Oficina de Turismo Municipal informa a este Ejecutivo Municipal sobre las actividades religiosos culturales que se desarrollaran el día 24 del pte mes en el paraje de Acambuco, requiriendo la asistencia financiera para cubrir gastos que se generaran en las mismas.

Que es disposición de este E.M se declare de Interés Municipal y Cultural la fiesta Patronal en Honor a San Santiago Apóstol, dado que, este tipo de festividad congrega a toda una comunidad entera poniendo en manifiesto la diversidad cultural religiosa –

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, a razón de las actividades programadas, el municipio dispondrá que todas las áreas municipales de competencia deberán estar afectadas indefectiblemente, ya que se trata de un compromiso con la comunidad.-

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de declarar de interés municipal y cultural la Fiesta Patronal en Honor a San Santiago Apóstol. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL la Fiesta Patronal en Honor a San Santiago Apóstol, Patrono de la Comunidad de Acambuco, y todas las actividades que conlleva la fiesta tradicional que se realizará el día 24 de Agosto del corriente año.

Art.Nº2.-Instrumentar a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar los gastos que demanden las actividades de la Fiesta Patronal del paraje de Acambuco, a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1303/022 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

El viaje realizado a la Ciudad de Salta,  por parte del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I.  Nº 31.022.881, según Resolución Municipal Nº 1287/22, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución Nº1287/022, se indicó las gestiones que el Ejecutivo Municipal a bordaría en la fecha estipulada en la Ciudad de Salta ante los diferentes Organismos Provinciales, y que debido a tramites de carácter inaplazable e importante para el desarrollo de nuestra Ciudad, se hace necesario que el ejecutivo se prologue su estadía y comisión de servicio en la Ciudad de Salta con el fin de finalizar las mismas.

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER un día más de viaje para el Ejecutivo Municipal, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a la ciudad de Salta, correspondiente al 22 de Julio del año en curso, según las razones expuestas en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR  al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viatico a la Ciudad de Salta, correspondiente al 22 de Julio del presente año, más la Suma de Pesos Tres Mil con 00/100 ($3.000,00) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el 100% de Un (01) Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1304/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 010-00015817.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS  CON 00/100 CTVOS ($ 66.346,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José