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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1166  del día 12 de Agosto del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº1427/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas al Intendente Municipal por la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, y;

CONSIDERANDO

QUE, a través del Contrato de Locación de Servicios Profesionales que pasa a formar parte de la presente, se contrató al C.P.N. MP Nº 1.480/F. 426/T. IV Sr. HECTOR EDUARDO DÉCIMA – CUIT Nº 23-14683110-9, con domicilio en 24 de Septiembre 302 – Bº Centro – Embarcación – Gral. San Martin Salta a fin de cumplir la función de ASESOR CONTABLE del Municipio de Aguaray.-

QUE, es facultad del Intendente Municipal conforme lo establecido en nuestra Carta Orgánica – Ley Nº 7.936 en su artículo Nº 36 – Inciso 27: “Designar asesores en su esfera y removerlos”.-

QUE, es pertinente la sanción de la presente Resolución a efectos de cumplimentar con el acto administrativo de aprobación del Contrato de Locación de Servicios Profesionales celebrado.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Contrato de Trabajo, celebrado con el C.P.N. MP Nº 1.480/F. 426/T. IV Sr. HECTOR EDUARDO DÉCIMA CUIT Nº 23-14683110-9, con fecha de inicio el día 01 de julio del año 2.022 y finalizando el día 31 de diciembre de 2.022, quien desempeñará la función de ASESOR CONTABLE del Municipio de Aguaray.-

Art.Nº2.-FIJASE como honorario mensual la suma equivalente a la Categoría “C” del Estamento de Planta Política vigente.-

Art.Nº3.-IMPUTESE el gasto a la Partida Presupuestaria Honorarios a Terceros del Presupuesto de Recursos y Gastos vigente.-

Art.Nº4.-COMUNIQUESE a las Oficinas de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, Secretaría de Gobierno, RR. HH., Secretaría de Hacienda y al interesado a sus efectos.-

Art.Nº5.-Refrendará el Secretario con competencia, de acuerdo a lo establecido en el Art. 37º – Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Art.Nº7.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1428/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 4547/2022, presentado por la Sra. Tula, Mirian Gladys D.N.I. Nº 14.735.697, domiciliada en el Bº Lujan, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Tula, mediante el Expte. Nº 4547/22, solicita la colaboración con una ayuda económica para solventar los gastos de sesiones de Fisioterapia.-

Que, la Sra. Tula no cuenta con los recursos para poder solventar los gastos de dicho tratamiento, y se encuentra atravesando una delicada situación de salud.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas de escasos recursos de nuestro pueblo.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de Pesos Diez Mil con 00/100 ($ 10.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Tula, Mirian Gladys D.N.I. Nº 14.735.697, domiciliada en Mzna A Casa 15, Bº Lujan en la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Elevar copia a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.

Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº 1429/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 4544/22 ingresado por la Encargada de Turismo, Sra. SANCHEZ GOYTEA Soledad, en relación liberar fondos para la compra de Kit Turísticos, Y;

CONSIDERANDO

Que mediante Expte Nº 4544/22 la encargada de la Oficina de Turismo Sra. SANCHEZ GOYTEA Soledad solicita se libere el fondo por un monto de PESOS OCHO MIL CON 00/100 ($ 8.000,00) en total para la compra de 3 (tres) Kit turísticos destinados como obsequios para Autoridades de Instituciones en el marco al Festejo de los 111º Aniversario de la Fundación de Aguaray.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorezcan al desarrollo turístico y cultural de nuestro pueblo, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente para  la compra de 3 (tres) Kit turísticos para obsequios.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTAORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHO MIL CON 00/100 ($ 8.000,00) para la compra de 3 (tres) Kit turísticos destinados como obsequios para Autoridades de Instituciones en el marco al Festejo de los 111º Aniversario de la Fundación de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario  con competencia en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1430/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 4543/22, emitido por la Encargada de la Oficina de Turismo Municipal, Sra. Goytea Sánchez  Soledad, en cual solicita se liberen los fondos para la premiación del Concurso Fotográfico “Imágenes de mi Pueblo”, y;

CONSIDERANDO

Que el evento en mención tiene como argumento la participación en forma conjunta con diferentes sectores comunitarios y grupos de jóvenes de nuestro municipio, con la finalidad de proyectar Imágenes de nuestro pueblo bajo el lema: Nuestra Naturaleza Nuestro Patrimonio, la elección de las fotografías estuvo a cargo del Sr. Corbalán Javier Fotoperiodista del Diario El Tribuno y La Nación.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, mediante Expte Nº 4543/22, se establece el orden de los participantes ganadores de los premios del  Concurso Fotográfico “Imágenes de mi Pueblo”, conformando el siguiente:

1° LUGAR: Churquina Lautaro Exequiel DNI Nº 44.269.166 – Premio de $5.000°° (Pesos Cinco Mil con 00/100).-

2° LUGAR: Díaz José DNI Nº 50.176227 – Premio de $3.000°° (Pesos Tres Mil con 00/100).-

3º LUGAR: Quiroz Daniel DNI Nº 21.162.013 – Premio 1 KIT Turístico.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorezcan al desarrollo de las festividades de nuestro pueblo, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente al ganador del primer y segundo premio del CONCURSO FOTOGRÁFICO “Imágenes de mi Pueblo”,.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la carta Orgánica Municipal, y con la finalidad de dictar un instrumento legal por las erogaciones a producirse, es que corresponde realizar el presente acto resolutivo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ESTABLECER 1º , 2º y 3º  premio, a los ganadores del CONCURSO FOTOGRÁFICO “Imágenes de mi Pueblo”, con una retribución a su participación de $ 5.000,00 (Pesos Cinco Mil con 00/100), $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100) y 1 Kit  Turístico, respectivamente,

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000,00),  a nombre del Sr. Churquina Lautaro Exequiel DNI Nº 44.269.166 y la suma de PESOS TRES MIL CON 00/100 ($ 3.000,00)  a nombre del Sr. Díaz José DNI Nº 50.176227, ambos de la Ciudad de Aguaray, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-INSTRUMENTAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos que demande “las festividades de los 111º Aniversario de la Fundación de Aguaray”, a la Partida Presupuestaria Vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al Art. Nº37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1431/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas al Intendente Municipal por la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, y;

CONSIDERANDO:

QUE, a través del Contrato de Servicios por tiempo determinado con la EMPRESA SAMNORTE SANEAMIENTO CUIT Nº 20-16016370-5, con domicilio legal en Av. Mariano Moreno 554, Ciudad de Aguaray y la Municipalidad de Aguaray.-

QUE, es facultad del Intendente Municipal conforme lo establecido en nuestra Carta Orgánica – Ley Nº 7.936 en su artículo Nº 36 – Inciso 25. Tomar todas las medidas que resulten necesarias para impedir la contaminación ambiental.”.-

QUE, es pertinente la sanción de la presente Resolución a efectos de cumplimentar con el acto administrativo de aprobación del Contrato de Servicio por tiempo determinado celebrado.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el Contrato de Servicios por tiempo determinado con la EMPRESA SAMNORTE SANEAMIENTO CUIT Nº 20-16016370-5 con fecha de inicio el día 13 de Agosto del año 2.022 y finalizando el día 16 de Agosto de 2.022, por el alquiler de Veinte (20) Baños químicos en el marco al Festejo de los 111º Aniversario de la Fundación de Aguaray.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 320.000,00) a nombre de la Empresa SAMNORTE SANEAMIENTO CUIT Nº 20-16016370-5, con domicilio legal en Av. Mariano Moreno 554, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario  con  competencia en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.N°6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1432/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Resolución Municipal Nº 1.230 – 2.022, donde se Declara de Interés Municipal Comunitario y Cultural los Festejos del 111º Aniversario Fundacional de la Ciudad de Aguaray, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, en el marco de las festividades fundacionales de nuestra ciudad, esta Gestión de Gobierno quiere dejar plasmado el reconocimiento a personas que han dedicado su vida en promover y fortalecer las tradiciones culturales enfocadas a realizar un trabajo serio y comprometido.-

Que, es vital importancia para esta gestión que la sociedad reconozca, respete y valore el trabajo que hicieron, que fueron inculcando en cada joven aguarayense, elevando así el nivel cultural y artístico de nuestro pueblo.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, CAPITULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL Art. 21, Inciso 5. “Mantener, fomentar, defender y difundir los valores culturales, tradicionales, históricos, morales y cívicos de la población del Municipio.” Y en su CAPÍTULO II DEBERES Y ATRIBUCIONES Art. 36.- Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal: Inciso 25. “Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio, la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares”.

Que, el Sr. Elpidio Sánchez contribuyó con su actividad artística en numerosas ocasiones en fiestas patronales, reuniones sociales, actos escolares y actividades de campo.-

Que, junto a su violín supo interpretar el cancionero argentino y sostener nuestras tradiciones.-

Que, incondicionalmente y con recursos a su alcance supo enriquecer las actividades sociales en nuestra ciudad.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y con el objetivo de visibilizar y reconocer el esfuerzo manifiesto en los trabajos artísticos y proyectos notables que aportan al desarrollo cultural, el Ejecutivo Municipal desea dictar un instrumento legal que reconozca este aporte y destaque la trayectoria musical del Sr. Elpidio Sánchez.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR MÚSICO DESTACADO DE LA CIUDAD DE AGUARAY, al Sr. Elpidio Sánchez, por su trayectoria en las fiestas tradicionales folclóricas.-

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-DESE lectura de la presente resolución municipal durante los festejos del 111º Aniversario Fundacional de Aguaray.-

Art.Nº4.-DESE copia a la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, a los familiares del Sr. Elpidio Sánchez, y a la Dirección de Cultura, Educación y Turismo de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1433/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Resolución Municipal Nº 1.230 – 2.022, donde se Declara de Interés Municipal Comunitario y Cultural los Festejos del 111º Aniversario Fundacional de la Ciudad de Aguaray, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, en el marco de las festividades fundacionales de nuestra ciudad, esta Gestión de Gobierno quiere dejar plasmado el reconocimiento a personas que han dedicado su vida en promover y fortalecer las tradiciones culturales enfocadas a realizar un trabajo serio y comprometido.-

Que, es vital importancia para esta gestión que la sociedad reconozca, respete y valore el trabajo que hicieron, y que fueron inculcando en cada joven aguarayense, elevando así el nivel cultural y artístico de nuestro pueblo.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, CAPITULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL Art. 21, Inciso 5. “Mantener, fomentar, defender y difundir los valores culturales, tradicionales, históricos, morales y cívicos de la población del Municipio.” Y en su CAPÍTULO II DEBERES Y ATRIBUCIONES Art. 36.- Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal: Inciso 25. “Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio, la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares”.

Que, el Sr. Héctor Gregorio Paniagua contribuyó con entusiasmo y alegría los diversos acontecimientos festivos en los sectores barriales y de los parajes de nuestra localidad.-

Que, en múltiples ocasiones y con escasos recursos económicos supo aportar sus virtudes en la percusión, acompañando a diversos músicos de nuestra localidad.-

Que, el Sr. Paniagua fue un acompañante incondicional de un afamado violinista, el Sr. Elpidio Sánchez.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y con el objetivo de visibilizar y reconocer el esfuerzo manifiesto en los trabajos artísticos y proyectos notables que aportan al desarrollo cultural, el Ejecutivo Municipal desea dictar un instrumento legal que reconozca este aporte y destaque la trayectoria musical del Sr. Héctor Gregorio Paniagua.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR MÚSICO DESTACADO DE LA CIUDAD DE AGUARAY, al Sr. Héctor Gregorio Paniagua, por su trayectoria en las fiestas tradicionales folclóricas.-

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-DESE lectura de la presente resolución municipal durante los festejos del 111º Aniversario Fundacional de Aguaray.-

Art.Nº4.-DESE copia a la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, a  los familiares del Sr. Héctor Gregorio Paniagua, y a la Dirección de Cultura, Educación y Turismo de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1434/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Resolución Municipal Nº 1.230 – 2.022, donde se Declara de Interés Municipal Comunitario y Cultural los Festejos del 111º Aniversario Fundacional de la Ciudad de Aguaray, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, en el marco de las festividades fundacionales de nuestra ciudad, esta Gestión de Gobierno quiere dejar plasmado el reconocimiento a personas que han dedicado su vida en promover y fortalecer las tradiciones culturales enfocadas a realizar un trabajo serio y comprometido.-

Que, es vital importancia para esta gestión que la sociedad reconozca, respete y valore el trabajo que hicieron, que fueron inculcando en cada joven aguarayense, elevando así el nivel cultural y artístico de nuestro pueblo.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, CAPITULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL Art. 21, Inciso 5. “Mantener, fomentar, defender y difundir los valores culturales, tradicionales, históricos, morales y cívicos de la población del Municipio.” Y en su CAPÍTULO II DEBERES Y ATRIBUCIONES Art. 36.- Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal: Inciso 25. “Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio, la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares”.

Que, el Sr. Diego Omar Creche, se destacó en los escenarios con la animación y presentación de artistas nacionales e internacionales.-

Que, en numerosas ocasiones colaboró desinteresadamente con la organización de diversas entidades sociales, privadas y estatales.-

Que, su destacada identidad con Aguaray lo posicionó como un prestigioso presentador y animador de festivales.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y con el objetivo de visibilizar y reconocer el esfuerzo manifiesto en los trabajos artísticos y proyectos notables que aportan al desarrollo cultural, el Ejecutivo Municipal desea dictar un instrumento legal que reconozca este aporte y destaque la trayectoria artística del Sr. Diego Omar Creche (16-01-63, 29-05-21).-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR ARTISTA DESTACADO DE LA CIUDAD DE AGUARAY, al Sr. Diego Omar Creche, por su trayectoria como CONDUCTOR Y ANIMADOR de espectáculos folclóricos.-

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-DESE lectura de la presente resolución municipal durante los festejos del 111º Aniversario Fundacional de Aguaray.-

Art.Nº4.-DESE copia a la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, a los familiares del Sr. Diego Omar Creche, y a la Dirección de Cultura, Educación y Turismo de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1435/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Resolución Municipal Nº 1.230 – 2.022, donde se Declara de Interés Municipal Comunitario y Cultural los Festejos del 111º Aniversario Fundacional de la Ciudad de Aguaray, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, en el marco de las festividades fundacionales de nuestra ciudad, esta Gestión de Gobierno quiere dejar plasmado el reconocimiento a personas que han dedicado su vida en promover y fortalecer las tradiciones culturales enfocadas a realizar un trabajo serio y comprometido.-

Que, es vital importancia para esta gestión que la sociedad reconozca, respete y valore el trabajo que hicieron, que fueron inculcando en cada joven aguarayense, elevando así el nivel cultural y artístico de nuestro pueblo.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, CAPITULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL Art. 21, Inciso 5. “Mantener, fomentar, defender y difundir los valores culturales, tradicionales, históricos, morales y cívicos de la población del Municipio.” Y en su CAPÍTULO II DEBERES Y ATRIBUCIONES Art. 36.- Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal: Inciso 25. “Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio, la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares”.

Que, el Sr. Gustavo Emilio Muro se destacó como músico, participando en distintos festivales locales, provinciales y nacionales.-

Que, participó de la creación de proyectos como el seleccionado por el Fondo Ciudadano de Desarrollo Cultural “Aprendiendo Percusión”, en el año 2.020.-

Que, supo transmitir la música en cada reunión familiar y en cada encuentro con amigos, ganándose el afecto de cada persona que escuchaba su voz, así como lo enuncia Leonard Bernstein “La música puede dar nombre a lo innombrable y comunicar lo desconocido”, de esta manera supo hacerlo dejando una gran huella en su carrera artística.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y con el objetivo de visibilizar y reconocer el esfuerzo manifiesto en los trabajos artísticos y proyectos notables que aportan al desarrollo cultural, el Ejecutivo Municipal desea dictar un instrumento legal que reconozca este aporte y destaque la trayectoria musical del Sr. Gustavo Emilio Muro (14-02-1987, 25-01-2.022).-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR MÚSICO DESTACADO DE LA CIUDAD DE AGUARAY, al Sr. Gustavo Emilio Muro (14-02-1987, 25-01-2.022), por su trayectoria artística.-

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-DESE lectura de la presente resolución municipal durante los festejos del 111º Aniversario Fundacional de Aguaray.-

Art.Nº4.-DESE copia a la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, a los familiares del Sr. Gustavo Emilio Muro, y a la Dirección de Cultura, Educación y Turismo de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián