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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1180  del día 08 de Septiembre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCION Nº1595/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M.  Nº 1105-021 – R.M. Nº 1103-021, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, en función del desempeño mostrado por el personal de Tareas Generales de obras públicas, el Ejecutivo Municipal considera conveniente continuar con el actual personal  a los efectos de  lograr los objetivos planteados, siendo el Sr. MORENO, Mariano  LP Nº  782 la persona indicada y de confianza del Ejecutivo para tal fin.-

QUE, en razón de lo expuesto precedentemente corresponde la sanción de la presente norma resolutiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONFIRMAR la continuidad como personal de Tareas Generales de la  Secretaría de Obras Publicas al Sr. MORENO, MARIANO  D.N.I. Nº  28.715.509, con domicilio en Los Naranjos S/N, Bº Villa Progreso de esta localidad a partir del 1º de septiembre de 2.022 y hasta el día 31 de octubre de 2.022, en los turnos y horarios que fije la Municipalidad.-

Art.Nº2.-ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría F conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente.-

Art.Nº3.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Secretaría de Obras Públicas, Liquidaciones, RR. HH. y al interesado según corresponda.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN  Nº1596/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Adjunto Nº 4935/22, presentado por la Sr TOLEDO, NESTOR DNI Nº 17.190.777, de la comunidad de TUYUNTI  juridic. de esta localidad en el cual solicita autorización  para llevar a cabo una “PEÑA FOLKORICA”  Con motivo de celebrar la fiesta patronal de dicha comunidad,  el día: 24/09/2022,  a partir de hs. 20:00, a 00:00, y;

CONSIDERANDO

Que se trata de una actividad que se realiza en el marco de un evento comunitario.

Que la autoridad Mpal. Apoya este tipo de iniciativas en bien de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL. LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. TOLEDO, NESTOR, DNI 17.190.777 de la comunidad TUYUNTI. Juridic. de esta localidad,  conceder la  autorización pertinente para llevar a cabo una “PEÑA FOLKLORICA”,  con motivo de celebrar la fiesta patronal de dicha comunidad. el día: 24-09-22, a partir de hs. 20:00, a 00:00,

Art.Nº2.-Eximir de los impuestos correspondientes, debiendo abonar solo los sellados administrativos.

Art.Nº3.-Comunicar a la solicitante que deberá cumplir con todas las normas y requisitos de seguridad que se exigen al respecto.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica  Municipal Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta  Resolución a la Policía Local para su debido  conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Entregar una copia de la presente al interesado.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y  archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1597/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO                                                                                        

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 033995/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y Resolución Municipal Nº 348/2021, y Resolución Municipal Nº 965-2021. Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a la publicación de la Convocatoria a Adjudicación Simple, como se justifica en la Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple y Publicación en el Boletín Oficial de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 033995/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE INSTALACION ELECTRICA DE LAS VIVIENDAS Nº 4, 5 Y 6 – PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN 14 VIVIENDAS – CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, se presentó la Nota de Único Proveedor en la Zona, para la Empresa CORRALON ROLDAN, Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones, y por justificarse de que es el único proveedor en la zona, se procede a seleccionar a la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, por un monto total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100 CTVOS. ($ 364.584,00), IVA incluido, para la adquisición de los materiales según Pedidos de Provisión mencionados ut supra.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº  33/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, con domicilio legal en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 33/2.022 “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE INSTALACION ELECTRICA DE LAS VIVIENDAS Nº 4, 5 Y 6 – PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN 14 VIVIENDAS – CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, por un monto de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100 CTVOS. ($ 364.584,00), IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1598/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 033996/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y Resolución Municipal Nº 348/2021, y Resolución Municipal Nº 965-2021. Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a la publicación de la Convocatoria a Adjudicación Simple, como se justifica en la Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple y Publicación en el Boletín Oficial de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 033996/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE INSTALACION DE AGUA FRIA, AGUA CALIENTE Y DESAGUE DE LAS VIVIENDAS Nº 4, 5 Y 6 – PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN 14 VIVIENDAS – CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, se presentó la Nota de Único Proveedor en la Zona, para la Empresa CORRALON ROLDAN, Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones, y por justificarse de que es el único proveedor en la zona, se procede a seleccionar a la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 891.534,00), IVA incluido, para la adquisición de los materiales según Pedidos de Provisión mencionados ut supra.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº  34/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa CORRALON ROLDAN CIUT Nº 23-14159838-4, con domicilio legal en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 34/2.022 “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE INSTALACION DE AGUA FRIA, CALIENTE Y DESAGUE DE LAS VIVIENDAS Nº 4, 5 Y 6 – PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN 14 VIVIENDAS – CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, por un monto de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 891.534,00, IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1599/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 033997/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y Resolución Municipal Nº 348/2021, y Resolución Municipal Nº 965-2021. Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a la publicación de la Convocatoria a Adjudicación Simple, como se justifica en la Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple y Publicación en el Boletín Oficial de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 033997/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE (50) BOLSAS DE CEMENTO x 50 kg – PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN 14 VIVIENDAS – CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, se presentó la Nota de Único Proveedor en la Zona, para la Empresa CORRALON FAAL SRL, Av. 9 de Julio 159, Ciudad de Tartagal.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones, y por justificarse de que es el único proveedor en la zona, se procede a seleccionar a la Empresa CORRALON FAAL SRL CUIT Nº 30-65013386-9, por un monto total de PESOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 80.000,00), IVA incluido, para la adquisición de los materiales según Pedidos de Provisión mencionados ut supra.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº  35/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa CORRALON FAAL SRL CUIT Nº 30-65013386-9, con domicilio legal en Av. 9 de Julio 159, Ciudad de Tartagal, la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 35/2.022 “ADQUISICIÓN DE (50) BOLSAS DE CEMENTO  x 50 kg – PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN 14 VIVIENDAS – CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, por un monto de PESOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 80.000,00, IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1600/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa BRIONES DISTRIBUCIONES, que brindó el servicio de gaseosas varias y agua mineral, mediante solicitud de  la Dirección de Cultura, Educación y Turismo en el marco al Festejo de los 111ºAniversario de la Fundación de Aguaray, Resolución Municipal Nº: 1230/2022; Y;

CONSIDERANDO

Que, actualmente la empresa prestataria de servicio BRIONES DISTRIBUCIONES C.U.I.T Nº: 20-23163803-3, con domicilio comercial en Necochea 58, de la Ciudad de Tartagal, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray y considerando que urge la necesidad de provisión de gaseosas varias, es que procedió a la compra del mismo, mediante FACTURA Nº: 007-00002602.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago de gaseosas varias en el marco al Festejo de los 111º Aniversario de la Fundación de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO  MIL CON 00/100 ($ 55.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa BRIONES DISTRIBUCIONES, C.U.I.T Nº 20-23163803-3, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1601/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de abonar a la empresa NAVARRETE FEDERICO ANTONIO, que brinda el servicio de Alojamiento al personal del Operativo Interministerial; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante  la Factura Nº: 002-00000268 a través de la Empresa NAVARRETE FEDERICO ANTONIO C.U.I.T Nº 20-13275835-3, se adquiere el servicio de Alojamiento para el personal del Operativo Interministerial (Desarrollo Social, Renaper, Inai y Anses).-

Que, es intención del Ejecutivo Municipal promover todas las actividades que generen un beneficio para los vecinos del municipio de Aguaray.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio de Alojamiento por cuatro días al personal del Operativo Interministerial.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SESENTA  MIL CON 00/100 ($ 60.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa NAVARRETE FEDERICO ANTONIO C.U.I.T Nº 20-13275835-3, con domicilio comercial en Pje. San Francisco, de la Ciudad de Aguaray,  en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1602/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 04925/2.022, presentado por la Directora de la E.E.T Nº:3.143, Profesora ELVA GRACIELA OCHOA de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Directora de la E.E.T Nº:3.143 Profesora Elva Graciela Ochoa,  realizó un pedido  mediante Expte Nº 04925/22 el cual solicita una ayuda económica para los gastos y vestimenta de la Embajadora de los Estudiantes de Aguaray 2.022, quien nos representará a nivel departamental el día 09 de septiembre en la localidad de Embarcación.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº:7.936, En Su Título Primero Gobierno Municipal, Funciones y Competencias, Capítulo II Competencias del Gobierno Municipal, Art. 22 Inciso 18 “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorece la participación estudiantil a nivel departamental, promoviendo la integración entre estudiantes de distintas localidades, es así que autoriza a la Secretaría de Hacienda realizar el pago en concepto de ayuda económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la asistencia económica para gastos de la Embajadora de los Estudiantes de Aguaray 2.022, evento a realizarse en la localidad de Embarcación el día el 09 de septiembre, por un monto de Pesos Cincuenta mil con 00/100 ($50.000,00).-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de Pesos Cincuenta mil con 00/100 ($50.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Directora de la E.E.T Nº: 3.143, Profesora  Elva Graciela Ochoa D.N.I. Nº: 23.439.770, en cumplimento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1603/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS, que brindó el servicio de suministro de Materiales e Insumos para el Parque Automotor, mediante solicitud del Taller Mecánico de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO CUIT Nº 20-20194227-7, se adquirió  Materiales e Insumos Varios para el Parque Automotor y su buen funcionamiento en la prestación de servicios a los contribuyentes de nuestro pueblo y las actividades que desarrollan los sectores y áreas de la Municipalidad de Aguaray, según Factura Nº 002-00000613, 002-00000614, 002-00000615, 002-00000616 y 002-00000617.-

 Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Art. 68.- Son servicios públicos de competencia municipal, todas las actividades que tengan por objeto satisfacer las necesidades básicas de los habitantes del Municipio, salvo aquellas que se encuentran a cargo de la Provincia o la Nación.

EI Municipio garantiza su funcionamiento en forma continua, justa, igualitaria y eficiente.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material e Insumos Varios para el Parque Automotor para ser usados entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray en la prestación de servicios varios a la comunidad.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS  CON 00/100 CTVOS ($ 337.800,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO CUIT Nº 20-20194227-7, con Domicilio en Alberdi 129, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1604/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de cancelar la deuda con la empresa del Sr. Baldera Julio Cesar que brindó el servicio de sonido e iluminación, mediante solicitud de la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, como cada año se elige una nueva soberana que representa a nuestro pueblo, la Dirección de Cultura y Turismo  solicita el pago al Sr. Baldera Julio Cesar que brindó el servicio de sonido e iluminación, mediante Factura Nº 003 – 00000013 en el marco del evento Municipal de la Elección de la Reina de los Estudiantes el día 03 de septiembre del año en curso.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad. Y CAPÍTULO IV JUVENTUD, Art. 99.- El Municipio promoverá la inclusión y la participación democrática de los jóvenes en los procesos económicos, políticos, sociales, medios ambientales y culturales, en los distritos urbanos. Adoptará toda acción tendiente a alcanzar los fines de la Municipalidad en relación a la atención integral de la juventud”.

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de evento que favorezcan a las festividades culturales de los Jóvenes estudiantes perteneciente a las distintas instituciones educativas de la jurisdicción y es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente al Sr. BALDERA Julio Cesar en la Celebración el marco a la Elección de la Reina de los Estudiantes de nuestro pueblo.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA MIL CON 00/100 ($ 70.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. BALDERA JULIO CESAR C.U.I.T Nº 20-17133998-8, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1605/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de cancelar la deuda con el Sr. Velázquez Juan José quien brindo el servicio de amplificación de sonido mediante solicitud de la Dirección de Cultura y Turismo de  la Municipalidad de Aguaray; Y.

CONSIDERANDO

Que, el Director de Cultura y Turismo Sr. Medina Martin solicita el pago al Sr. Velázquez Juan José el cual brindo el servicio  de amplificación de sonido para el evento alusivo al Día Nacional del Folclore en la fecha 22 de agosto del año en curso, que se dio lugar en la Plaza Central Martin Miguel de Güemes, mediante Factura Nº 002 – 00000014.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de evento que favorezcan a las festividades culturales, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente al Sr. VELAZQUEZ Juan José en el marco de la Celebración del Día Nacional del Folclore el pasado 22 de agosto.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. VELAZQUEZ JUAN JOSE C.U.I.T Nº 20-34610065-7, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1606/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

 La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, el Sr. RIOS Valdez Luis Alfredo D.N.I. Nº 42.080.231 con Domicilio Paraje Tobatirenda, solicita una ayuda económica y/o subsidio, para solventar gastos de estudios médicos, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a el Sr. RIOS, con una Ayuda Económica y/o Subsidio.-

Que,  por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 10.000,00 (Pesos Diez Mil con 00/100 centavos),  a nombre del Sr. RIOS Valdez Luis Alfredo D.N.I. Nº 42.080.231.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1607/022(Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar por parte de la Encargada de la Oficina de Jubilaciones y Pensiones Sra. Rodríguez, Griselda D.N.I. Nº 26.715.819, L.P. Nº 611 a la Ciudad de Oran, el día 09 de Septiembre del Cte. y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como objetivo Presentar Documentaciones (Libretas, Acreditación de datos Personales y Clave de Seguridad Social), en ANSES de la Ciudad de Oran.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión al paraje.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a la Encargada de la Oficina de Jubilaciones y Pensiones Sra.       Rodríguez, Griselda D.N.I. Nº 26.715.819, L.P. Nº 611, el viaje a realizar a la    Ciudad de Oran,  el día 09 de Septiembre del año en curso, a fin de  cumplir con    la tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los         CONSIDERANDOS.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día       de viático a la Ciudad de Oran, más 1/3 del Plus Complementario Adicional           Pecuniario, correspondiente a  nombre de la Sra. Rodríguez, Griselda  D.N.I. Nº           26.715.819, L.P. Nº 611.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en        referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

                    Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº1608/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO, que brindó el servicio de carnicería, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las distintas  áreas a través de la Empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO  C.U.I.T Nº 20-36379835-8. Adquirió carnes para los diferentes sectores y actividades que corresponden al  buen funcionamiento de las actividades realizadas por la municipalidad, según las facturas Nº 004-204, 004-203, 004-202, 004-201, 004-200, 004-199, 004-198, 004-197, 004-190, 004-189, 004-188, 004-186, 004-185, 004-184, 004-182 y 004-180.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de carnes para las actividades que se llevan a cabo como también donaciones en el Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTITRES CON 45/100 ($ 98.323,45) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO, C.U.I.T Nº 20-36379835-8 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN N°1609/022 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

El viaje realizado a la Ciudad de Salta, por parte del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I.  Nº 31.022.881, según Resolución Municipal Nº 1570/22, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 1570/022, se indicó las gestiones que el Ejecutivo Municipal tramitaría en fecha estipulada en la Ciudad de Salta ante los diferentes Organismos Provinciales, y que debido a tramites de carácter inaplazable e importante para el desarrollo de nuestra Cuidad, se hace necesario que el ejecutivo se prolongue su estadía y comisión de servicio en la Ciudad de Salta con el fin de finalizar las mismas.

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER dos (02) días más de comisión de servicio para el Ejecutivo Municipal, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a la ciudad de Salta, correspondiente a los días 08 y 09 de septiembre del año en curso, según las razones expuestas en los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por dos (02) días de viatico a la Ciudad de Salta, correspondiente a los días 08 y 09 de septiembre del presente año, más la Suma de Pesos ocho Mil con 00/100 ($8.000,00) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el  Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José