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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1184  del día 20 de Septiembre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN N°1629/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje realizado por parte del Director de Pueblos Originarios Sr. Aparicio, Luis D.N.I. Nº 23.163.185, L.P. Nº 580  a los Valles de Acambuco, Campo Largo y el Chorrito, el día 10 de Septiembre del Cte. y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tuvo como objetivo Realizar Trámites de Paneles Solares y Operativo de Segmentación Energética a dicha Comunidad.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión al paraje.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER al Director de Pueblos Originarios, Sr. Aparicio, Luis D.N.I. Nº 23.163.185, L.P. Nº 580, el viaje realizado a los Valles de Acambuco, el día 10 de  Setiembre del año en curso, a fin de  cumplir con la tareas encomendadas y         descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día  de viático a los Valles de Acambuco, más 1/3 del Plus Complementario  Adicional   Pecuniario, correspondiente a  nombre del Sr. Aparicio, Luis  D.N.I. Nº 23.163.185,  L.P. Nº 580.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1630/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La participación artística y cultural del Joven Pablo Monteros en las diferentes actividades municipales, contribuyendo siempre con entusiasmo y alegría en los diversos acontecimientos festivos de nuestra localidad expresando sus sentimientos, emociones e ideas, y;

CONSIDERANDO

Que, por lo expuesto en el Visto de la presente, y con el objetivo de reconocer el esfuerzo manifiesto en los trabajos artísticos y proyectos notables que aportan al desarrollo cultural de este Municipio, el Ejecutivo Municipal desea reconocer mediante una placa de mención y el presente instrumento legal por el aporte y destaque a la expresión artística y cultural al Sr. Pablo Monteros. –

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, CAPITULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL Art. 21, Inciso 5. “Mantener, fomentar, defender y difundir los valores culturales, tradicionales, históricos, morales y cívicos de la población del Municipio.” Y en su CAPÍTULO II DEBERES Y ATRIBUCIONES Art. 36.- Son deberes y atribuciones del Intendente Municipal: Inciso 25. “Promover la elevación del nivel cultural, intelectual y artístico de los habitantes del Municipio concediendo particular importancia a los conocimientos, investigaciones técnicas y tradicionales relacionadas con el medio histórico y geográfico del Municipio. Fomentar y auspiciar, dentro del Municipio, la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas o de esparcimiento populares”.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER el aporte Artístico y Cultural destacado de la Ciudad de Aguaray, al Sr. Pablo Monteros, por su trayectoria activa en las fiestas tradicionales folclóricas.

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº4.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1631/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr.   SARMIENTO, Alberto José Rubén     Legajo Personal Nº 658  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2021,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr.  SARMIENTO, Alberto José Rubén   Legajo Personal Nº 658, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.021   por la cantidad de 15 (quince) días hábiles a partir del día 19/09/2.022 hasta el 07/10/2.022 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1632/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia Avenida, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Acción Social a través de la FARMACIA AVENIDA CUIT Nº 27-22562152-2, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, correspondiente a los meses de Junio del año en curso, medianteFactura Nº 034-00000100,

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de la Facturas mencionadas anteriormente, correspondiente a la Farmacia Avenida.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 204.445,00) por ÚNICA VEZ a nombre Farmacia Avenida de Martinich Gabriela Evangelina C.U.I.T Nº 27-22562152-2, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1633/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa Farmacia y Perfumería del Valle, que realizó la provisión de medicamentos, mediante solicitud de la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray a través de la Farmacia y Perfumería del Valle, adquirió medicamentos para las personas que se encuentran vulnerables y que no cuentan con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, es que se procedió a la compra  mediante Factura  Nº001-00000038.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado asistir en este tipo de situación que favorecen al buen funcionamiento de la institución y apoyando a las actividades y trabajos que realiza el personal de Acción Social.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de por PESOS CIENTO UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 95/100  CTVOS ($ 101.651,95) por ÚNICA VEZ a nombre de la de la FARMACIA Y PERFUMERÍA DEL VALLE – C.U.I.T Nº 27-16659525-3, con Domicilio legal en Av. Sarmiento, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1634/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa COLORSHOP PINTURERIAS, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Pinturas Varias, mediante solicitud del sector CEL de la Municipalidad de Aguaray; Y;

 CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores a través de la Empresa COLORSHOP PINTURERIAS CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  Materiales de pinturas varias  para el pintado de la planta banda y demarcación de la senda peatonal correspondiente al ingreso del pórtico de la ciudad, según Factura Nº 003-00000239.-

 Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de pinturas varias para el pintado de la planta banda y demarcación de la senda peatonal correspondiente al ingreso del pórtico del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SESENTA MIL SETECIENTOS TREINTA  CON 00/100 CTVOS ($ 60.730,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa COLORSHOP PINTURERIAS, con Domicilio comercial en España 698, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1635/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa BOL PLAS, que brindó el servicio de insumos descartables, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las distintas  áreas a través de la Empresa BOL PLAS  C.U.I.T Nº 27-24787911-6. Adquirió insumos descartables para ser distribuidos en las diferentes  actividades que corresponden a la administración y el buen funcionamiento de las oficinas de la municipalidad, según Facturas Nº: 003-00211, 003-00213, 003-00214, 003-00216, 003-00217, 003-00219, 003-00220, 003-00221 y 003-00223.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos descartables para las actividades que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO VEINTINUEVE  MIL CIEN CON 00/100 ($ 129.100,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa BOL PLAS, de la Sra. VACAFLOR BASILIA C.U.I.T Nº 27-24787911-6 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1636/022 (Poder ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 010-00016403.-

 Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA DOS MIL QUINIENTOS SEIS  CON 00/100 CTVOS ($ 232.506,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1637/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936;Pedido de Provisión Nº 035413/22, y Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple de la Secretaría de Hacienda Municipal, y Resolución Municipal Nº 348/2021, y Resolución Municipal Nº 965-2021. Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PÚBLICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 14 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, Expte. Nº 68-40860/2021-0, aprobado por Resolución del I.P.V. Nº 219/2021, y por Resolución Municipal Nº 348 – 2.021.-

Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…”cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a la publicación de la Convocatoria a Adjudicación Simple, como se justifica en la Nota de Ref.: Solicitud de Adjudicación Simple y Publicación en el Boletín Oficial de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 035413/22 se solicitó la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE (15) M³ DE ARENA Y (10) M³ DE RIPIO – PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN 14 VIVIENDAS – CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 14 de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, se presentó la Nota de Único Proveedor en la Zona, para la Empresa CAIMI FERNANDO ENRIQUE, las Madreselvas 577, Ciudad de Aguaray.-

Que, visto un análisis previo por parte de la Unidad Operativa de Contrataciones, y por justificarse de que es el único proveedor en la zona, se procede a seleccionar a la Empresa CAIMI FERNANDO ENRIQUE C.U.I.T.20-16254469-2 por un monto total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ 84.000,00), IVA incluido, para la adquisición de los materiales según Pedidos de Provisión mencionados ut supra.-

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de adjudicar la Adjudicación Simple Nº  36/2.022.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ADJUDICAR  a la Empresa CAIMI FERNANDO ENRIQUE C.U.I.T.20-16254469-2, con domicilio legal en Av. 9 de Julio 159, Ciudad de Tartagal, la ADJUDICACIÓN SIMPLE N° 36/2.022 “ADQUISICIÓN DE (15) m³ de Arena y (10) m³ de Ripio – PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN 14 VIVIENDAS – CIUDAD DE AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN”, por un monto de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ 84.000,00), IVA incluido, pagaderos conforme oferta propuesta, adjunta al expediente.-

Art.Nº2.-DESE intervención a las Secretarias correspondientes a fin de continuar con el procedimiento.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1638/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Los Exptes. Nº 5029-022 y 5031-2022 y La Carta Orgánica Municipal- Ley 7.932; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante los exptes citados en el Visto de la presente, los representantes de la Comunidad de Macueta Sres. Muñoz Ivar D.N.I. Nº 18.828.234 y Torres Paulo DNI Nº 42.815.217, solicitan a este E.M. la colaboración del Municipio para llevar a cabo la Fiesta Patronal de dicho paraje los días 07 y 08/10/022.

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad….           

Que, es intención del Ejecutivo Municipal apoyar las actividades públicas que hacen a las manifestaciones culturales, deportivas y religiosas del  Municipio de Aguaray.-

Que, por lo expuesto precedentemente, es menester realizar el presente acto resolutivo, con el fin de justificar las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la ASISTENCIA FINANCIERA por la Suma de Pesos Cincuenta Mil con 00/100 ($50.000,00), para cubrir los gastos que requiere la realización de la Fiesta Patronal de Macueta, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Depto. Contable a emitir Orden de Pago por la suma de Pesos Cincuenta Mil c/00/100 ($50.000,00) a nombre del Sr. Torres Paulo DNI Nº 42.815.217, según Art. 1º de la presente.

Art.Nº3.-Instrumentar a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a imputar los gastos que demanden las actividades del evento deportivo organizado por la Comunidad de Macueta, a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº5.-Dese copia de la presente a: la de Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el boletín Oficial Municipal y archívese.-

Art.Nº7.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1639/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

 La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. PEREZ Marta Beatriz D.N.I. Nº 20.129.009 con Domicilio Paraje Rio Carapari, solicita una ayuda económica y/o subsidio, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a  la Sra. PEREZ, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, durante el periodo de cuatro meses a partir de la fecha.-

Que,  por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 5.000,00 (Pesos Cinco  Mil con 00/100 centavos),  MENSUAL a partir del Mes de Septiembre/2.022 hasta el mes de Diciembre/2.022, a nombre de la Sra. PEREZ Marta Beatriz D.N.I. Nº 20.129.009.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1640/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Sr. Raúl Ramiro Guzmán DNI Nº 16.909.543,y;

CONSIDERANDO

Que es menester redactar un Contrato a fin de garantizar el fiel cumplimiento de los deberes y derechos de las partes.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.N°1.-APROBAR Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y Sr. Raúl Ramiro Guzmán DNI Nº 16.909.543, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-    AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián