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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1195  del día 05 de Octubre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº1738/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por elaboración y asesoramiento de plan de contingencia Predio Festival de Aguaray, en el marco del festejo de los 111º Aniversario de la fundación de Aguaray, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Miguel Ángel Bernal DNI Nº 27.571.261, y;

CONSIDERANDO

Que,  según Resolución Municipal Nº 1230/022, se resuelve la realización del Festival Aguada del Zorro 111º Aniversario Fundacional.

Que, es pertinente la elaboración de un plan de contingencia y evacuación para el desarrollo del Festival a realizarse en el predio de la cancha del Club Campo Durán.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por elaboración de Plan de contingencia y evacuación, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Miguel Angel Bernal DNI Nº 27.571.261, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.N°5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1739/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M.  Nº 1105-021 – R.M. Nº 1103-021, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, es facultad del Intendente Municipal conforme lo establecido en nuestra Carta Orgánica – Ley Nº 7.936 en su artículo Nº 36 – Inciso 27: “Designar asesores en su esfera y removerlos”.-

QUE, es menester disponer de Asesoría Contable al solo efecto del fiel cumplimiento de los procedimientos administrativos y el resguardo sistematizado de la información contable, siendo el Sr.  HECTOR EDUARDO DECIMA  DNI Nº 14.683.110  la persona indicada y de confianza del Ejecutivo para tal fin.-

QUE, en razón de lo expuesto precedentemente corresponde la sanción de la presente norma resolutiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DESIGNAR como Asesor Contable del Municipio de Aguaray al C.P.N. – M.P. Nº 1.480/F. Sr. HECTOR EDUARDO DECIMA con domicilio legal en  Bº Centro – 24 de Septiembre 302 – Embarcación a partir del 1º de Agosto de 2.022 y hasta el día 31 de Diciembre de 2.022.-

Art.Nº2.-DEJESE sin efecto toda resolución contraria a la presente.-

Art.Nº3.-ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría C conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente.-

Art.Nº4.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº5.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Intendencia, Secretaría de Hacienda Municipal, Liquidaciones, RR. HH. y al interesado según corresponda.-

Art.Nº6.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.Nº7.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1740/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Plena vigencia del Convenio firmado entre la Municipalidad de Aguaray con la Empresa  Refineria del Norte S.A, con fecha 23 de Enero de 2.012; y

CONSIDERANDO

Que, el mismo en su cláusula quinta prevé un sistema de revisión anual de la suma fija mensual, en el supuesto que el precio simple al público de la denominada “Nafta Súper” medido en el surtidor al 30 de Septiembre de cada año sufra variación.

Que, mediante sendas Resoluciones Municipales Nº066/013 se aplicó el ajuste correspondiente al primer año, Resolución Nº055/014 se actualizó para el año 2.014; Resolución Nº1.326/014 se actualizo para el año 2.015; Resolución Nº545/018 se actualizó para el año 2.016-2.017-2.018; Resolución Nº1.020/018 y Resolución Municipal Nº831-019 se actualizo para el año 2.020; Resolución Nº082/021 se actualizo para año 2.021 y Resolución Nº973/2021 se actualizó para el año 2.022 respectivamente.

Que, habiéndose cumplido un nuevo periodo previsto, se ha solicitado a la firma “J.C. Muñoz e Hijos SRL” propietaria de la Estación de Servicios de Aguaray con Bandera REFINOR S.A., suministre, certifique  e informe el precio de la referida “Nafta Súper” al 30 de Septiembre del año 2022, se adjunta copia en original.

Que, la cláusula 5ta. del convenio vigente prevé una fórmula polinómica para el ajuste; a saber:

   ( A – 1) x 100 = % de variación.

     B

Que, aplicada la misma para el periodo indicado precedentemente, se obtiene el porcentaje de ajuste:

( $ 149,50 – 1) x 100 = 50.71 %

                $ 99,197

Donde “A” es el precio de la Nafta Súper al 30 de Septiembre de 2.022 y “B” es el precio de la Nafta Súper al 30 de Septiembre del 2.021, en consecuencia,  el porcentaje de variación  es  del   50.71  %  que  aplicado  al monto determinado para el

año 2.022, corresponde  abonar  por  parte  de  la  Firma  Refineria  del  Norte  S.A.  la suma mensual de $2.229.314,00 (Pesos Dos Millones Doscientos Veintinueve Mil Trescientos Catorce) a partir de la posición mensual Enero 2.023 y hasta el mes de Diciembre de 2.023 inclusive.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936

R E S U E L V E

Art.Nº1.- Establecer como cuota fija mensual por la carga Tributaria de las Actividades que desarrolla en el Municipio de Aguaray la Contribuyente Refineria del Norte S.A. en la suma de $2.229.314,00 (Pesos Dos Millones Doscientos Veintinueve Mil Trescientos Catorce) a partir de la posición mensual Enero 2.023 y hasta el mes de Diciembre de 2.023 inclusive.

Art.Nº2.-Notifíquese a la Contribuyente REFINERIA DEL NORTE S.A. a los fines pertinentes.

Art.Nº3.-Refrendará la presente el Secretario con competencia, conforme el artículo 37º de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-                      

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1741/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 5273/2.022, presentado por la Directora de la Esc. Nº 4.210 Vicente López y Planes de la Comunidad de El Chorrito, y la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante el Expte. Nº 5273/2022, la Directora de la Institución mencionada ut supra, Irma María Ortiz, solicita el acampamiento y colaboración del Municipio para el 50º Aniversario del establecimiento educativo.-

Que, se pretende preparar una jornada comenzando con un acto protocolar, por lo que se requiere embellecer la institución con mejoramiento en la fachada, con pintura y ornamentación, y al finalizar el mismo se brindará un almuerzo para todas las autoridades que acompañen a la celebración.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-Que, el Ejecutivo Municipal, considera necesario ser partícipe del 50º Aniversario de la Escuela Nº 4.210 Vicente López y Planes del Paraje El Chorrito, enalteciendo la trayectoria de toda la institución a través de sus años, otorgándoles una ayuda económica para solventar los gastos que demande dicha organización.-

Que, por lo tanto es menester realizar el presente acto resolutivo con el fin de declarar de interés municipal y cultural el “50º Aniversario de la Esc. Nº 4.210 del Paraje El Chorrito”.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERES CULTURAL Y MUNICIPAL, el “50º Aniversario de la Escuela Nº 4.210 Vicente López y Planes del Paraje El Chorrito”, que se llevará a cabo el día 03 de Noviembre en las instalaciones de la Institución Educativa.-

Art.Nº2.-APROBAR la ASISTENCIA FINANCIERA por la Suma de Pesos Ochenta Mil con 00/100 ($80.000,00) a nombre de la Directora Irma María Ortiz, POR ÚNICA VEZ, para cubrir los gastos que requiere la realización de este evento, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR al Dpto. Contable, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la Suma de Pesos Ochenta Mil con 00/100 ($80.000,00) POR ÚNICA VEZ, a nombre de la Directora de la Institución Irma María Ortiz, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de la presente resolución.-

Art.Nº4.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray, a incorporar a la partida presupuestaria vigente, los gastos que demande la realización del “50º Aniversario de la Escuela Nº 4.210, del paraje El Chorrito”.-

Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-DESE copia de la presente Resolución a la Oficina de Registro de Resoluciones Municipales en la Unidad de Archivo y Estadística y a las partes intervinientes.-

Art.Nº7.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.

Art.Nº8.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1742/022 (Poder Ejecutivo)  

VISTO

El viaje realizado a la Ciudad de Salta,  por parte del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I.  Nº 31.022.881, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho traslado tenía como fundamentos asistir diferentes organismos provinciales con el fin de realizar gestiones que le competen al municipio de Aguaray.-

Que, dicho traslado requirió el uso de la camioneta Toyota Hilux SW4 Motor 1KD-5238717 Chasis 8AJY259G6B3049533 Patente KKA845 Caja de Seguros S.A. Nº 4640002179804.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Salta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado por el Ejecutivo Municipal, Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881, a la Ciudad de Salta, correspondiente al 04 de Julio del año en curso, según las razones expuestas en los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR  al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viatico a la Ciudad de Salta, correspondiente al 04 de Julio del presente año, más la Suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 ($4.000,00) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más el 100% de Un (01) Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán, Guillermo Sebastián, D.N.I. Nº 31.022.881.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1743/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La ayuda económica otorgada al Sr. Chávez, Aldo Marcelo D.N.I. Nº 23.275.088, por razones de salud; Y;

CONSIDERANDO

Que, el Sr. Chávez se encontraba en la Ciudad de Salta el día 08 de Julio del presente año, en vista de la situación que atravesaba en aquel momento, el Intendente Municipal, le otorga una ayuda económica de Pesos Quince Mil con 00/100 ($15.000,00), sin ninguna documentación pertinente, por razones de fuerza mayor.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas de escasos recursos de nuestro pueblo.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones que se produjeron en la fecha mencionada ut supra.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER LA AYUDA ECONÓMICA OTORGADA al Sr. Chávez Aldo Marcelo, D.N.I. Nº 23.275.088, en la fecha 08 de Julio del presente año, por el Ejecutivo Municipal, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS del presente documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de Pesos Quinde Mil con 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. Chávez Aldo Marcelo, D.N.I. Nº 23.275.088.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1744/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Que por Expte. Nº 125 – 19.611/22 – en Convenio con la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Infraestructura – Gobierno de la Provincia de Salta, se tiene la obra CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO DE USOS MULTIPLES – ESC. Nº 4.511 MANUEL DORREGO – TOBANTIRENDA – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, vínculo aprobado por Resolución Municipal Nº 1.542-2022; y;

CONSIDERANDO

QUE, la Carta Orgánica Municipal – Ley 7.936, en el Capítulo II – Finalidades del Gobierno Municipal, en su Art. Nº 22: “Son competencias municipales, además de lo establecido por el Art. Nº 176 de la Constitución de la Provincia:…inc 5 Aprobar las normas relativas a la prestación de los servicios públicos municipales y la realización de obras públicas…”; en el Capítulo VI – Obras y Servicios Públicos, en su Art. Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público, pavimentación…”;

QUE, se fundamente mediante el Art. Nº 14 Sistema de Contrataciones de la Provincia de Salta, más su anexo Reglamentario inciso b) donde se expresa que la unidad operativa efectuará las invitaciones a cotizar, por cualquier medio escrito o electrónico, dejando constancia de ello en el expediente, a por lo menos tres (3) proveedores del rubro objeto de la contratación……”;

QUE, obra en el expediente de obra tanto los actos administrativos de la invitación, como así también las ofertas económicas resultantes de convocatoria y presentación, las que se resumen en:

Empresa LICONSSERV, de IGLESIAS, Lucas Pedro – Expte. Nº 5.354-2022

Empresa TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L., de HERNANDEZ, Ernesto – Expte. Nº 5.341-2022

Empresa CELMONT S.R.L., de MONTERO, Jaquelina – Expte. Nº 5.345-2022

QUE, de conformidad de aplicación y análisis de las Ofertas Económicas propuestas para la ejecución de la obra, objeto de la presente, monto de obra, plazos y garantías, y con el agregado de toda la documentación al expediente de obra, se debe dictaminar la prosecución del acto de adjudicación, por lo que se hace necesario la elaboración del presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AJUDICAR la convocatoria para la obra CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO DE USOS MULTIPLES – ESC. Nº 4.511 MANUEL DORREGO – TOBANTIRENDA – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, Expte. Nº 125 – 19.611/22, a la Empresa TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L., CUIT Nº 30 – 71216735 – 8, Expte. Nº 5.341 – 2022, en  el monto, plazo y demás consideraciones expuestas tanto del expediente técnico como el de cotización por parte del oferente.

Art.Nº2.-FACULTAR a las dependencias de competencia, a elaborar y remitir los actos técnicos y administrativos referentes a la convocatoria y adjudicación de la citada obra.

Art.Nº3.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento, como así también de la incorporación del presente acto resolutivo al Expediente de Obra, y la remisión a los ámbitos de jurisdicción y al oferente delegado.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián