La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1210 del día 28 de Octubre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCIÓN Nº1952/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M. Nº 1103-021 – Ley 6068 E.E.M – Expte. Municipal Nº 5778-022 y;
CONSIDERANDO
QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”
QUE, conforme el Expte. del Visto el agente de planta permanente Sr. ANAGUA, Oscar A. realiza su jornada laboral en las distintas tareas de mantenimiento necesarias en el predio de la Terminal de Ómnibus local.-
QUE, en función de lo solicitado en el Expte. corresponde sancionar la presente norma resolutiva.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AFECTAR al agente de planta permanente Sr. ANAGUA, Oscar A. DNI Nº 16.666.084 – L.P. Nº 422 como Personal de Tareas Generales en el predio de la Administración Terminal de Ómnibus “Aguada del Zorro” con su actual categoría de revista, en los turnos y horarios que fije la Municipalidad a partir de la firma de la presente resolución municipal y hasta nuevas disposiciones de la autoridad competente.-
Art.Nº2.-DEJESE sin efecto toda resolución municipal contraria a la presente.-
Art.Nº3.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, oficina Administración Terminal de Ómnibus, Secretaría de Hacienda Municipal, RR. HH. y al interesado según corresponda.-
Art.Nº4.-Refrenda la presenta el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº1953/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto Nº 5787/22, presentado por el Sr. VELAZTIQUI, PABLO, CUIL Nº 20-14792297-4, con domicilio en Los Eucaliptus 180 B° Villa Sagrada, en el cual solicita una facilidad de pago por una deuda que mantiene con éste Municipio, en concepto de “IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA ALC”, por terreno a su nombre identificado con el N° de Cat. 9261, ubicado en el Barrio Villa Sagrada de esta Localidad proponiendo abonar solo el capital de dicha deuda, y;
CONSIDERANDO
Que no existen actualmente planes de pago ni moratorias, pero que el Código Tributario Nº 028/08 faculta al E.M. a determinar concesiones especiales.
Que es de interés de éste Municipio priorizar los ingresos en beneficio de las arcas municipales.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Conceder al Sr. VELAZTIQUI, PABLO, CUIL N° 20-14792297-4, con domicilio en nuestra localidad, un Plan de pago especial, para cancelar una deuda en concepto de “IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA ALC”, por un terreno a su nombre identificado con el N° de Catastro 9.261.
Art.Nº2.-Comunicar al solicitante que deberá abonar en un solo pago, el total del capital, que asciende a la suma de $ 10.765,41 (pesos diez mil setecientos sesenta y cinco c/41 ctvos.) La deuda corresponde al período Enero/17 a Setiembre/22.
Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. Ley n° 7936.
Art.Nº4.-Entregar una copia de la presente al interesado.
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº1954/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto Nº 5787/22, presentado por el Sr. VELAZTIQUI, PABLO, CUIL Nº 20-14792297-4, con domicilio en Los Eucaliptus 180 B° Villa Sagrada, en el cual solicita una facilidad de pago por una deuda que mantiene con éste Municipio, en concepto de “IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA ALC”, por terreno a su nombre identificado con el N° de Cat. 9262, ubicado en el Barrio Villa Sagrada de esta Localidad proponiendo abonar solo el capital de dicha deuda, y;
CONSIDERANDO
Que no existen actualmente planes de pago ni moratorias, pero que el Código Tributario Nº 028/08 faculta al E.M. a determinar concesiones especiales.
Que es de interés de éste Municipio priorizar los ingresos en beneficio de las arcas municipales.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Conceder al Sr. VELAZTIQUI, PABLO, CUIL N° 20-14792297-4, con domicilio en nuestra localidad, un Plan de pago especial, para cancelar una deuda en concepto de “IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA ALC”, por un terreno a su nombre identificado con el N° de Catastro 9.262.
Art.Nº2.-Comunicar al solicitante que deberá abonar en un solo pago, el total del capital, que asciende a la suma de $ 17.649,55 (pesos diez y siete mil seiscientos cuarenta y nueve c/55 ctvos.) La deuda corresponde al período Enero/17 a Setiembre/22.
Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. Ley n° 7936.
Art.Nº4.-Entregar una copia de la presente al interesado.
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº1955/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto Nº 5643/22 presentado por la Sra. RIOJA MALPARTIDA, ROSEMARY, CUIL Nº 27-95269018-9, con domicilio en M.A-C.7 de B° 2 de Abril de esta Localidad, mediante el cual solicita autorización para la apertura de un comercio con el Rubro: “KIOSCO”, el que estará ubicado en José Mármol N° 95, B° 20 de Febrero de esta Localidad, y;
CONSIDERANDO
Que la misma ha abonado los sellados correspondientes.
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que se realizó la inspección bromatológica pertinente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Autorizar a la Sra. RIOJA MALPARTIDA, ROSEMARY, CUIL Nº 27-95269018-9, a realizar la apertura de un comercio de rubro: “KIOSCO”, el que estará ubicado en Calle José Mármol N° 95, B° 20 de Febrero de esta Localidad.
Art.Nº2.-Inscribirla en el Registro de Comerciantes bajo Matrícula Nº 3.568 y Cod. de la Afip. 471190, a partir del día 01-10-22.
Art.Nº3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente Resolución a la solicitante.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº1956/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto Nº 5642/22 presentado por la Sra. RIOJA MALPARTIDA, ROSEMARY, CUIL Nº 27-95269018-9, con domicilio en M.A-C.7 de B° 2 de Abril de esta Localidad, mediante el cual solicita autorización para la apertura de un comercio con el Rubro: “KIOSCO”, el que estará ubicado en su domicilio particular, y;
CONSIDERANDO
Que la misma ha abonado los sellados correspondientes.
Que cumple con los requisitos que se exigen a tales efectos.
Que se realizó la inspección bromatológica pertinente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Autorizar a la Sra. RIOJA MALPARTIDA, ROSEMARY, CUIL Nº 27-95269018-9, a realizar la apertura de un comercio de rubro: “KIOSCO”, el que estará ubicado en su domicilio particular sito en M.A – C.7 de B° 2 de Abril de esta Localidad.
Art.Nº2.-Inscribirla en el Registro de Comerciantes bajo Matrícula Nº 3.567 y Cod. de la Afip. 471190, a partir del día 01-10-22.
Art.Nº3.-Comunicar a la interesada que deberá abonar en forma mensual la Tasa de Actividades Varias, previa presentación de la DDJJ correspondiente.
Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7936.
Art.Nº5.-Entregar una copia de la presente Resolución a la solicitante.
Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº1957/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.; el Convenio de Obra Pública – Secretaría de Obras Públicas – Ministerio de Infraestructura – Gobierno de Salta, para la Obra READECUACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO SOBRE RUTA NACIONAL Nº 34 – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA; Convenio suscripto entre la Secretaria de Obra Pública antes mencionada y la Municipalidad de Aguaray, Y;
CONSIDERANDO
QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA – SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA – GOBIERNO DE SALTA, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, y del artículo 17 del Decreto Nº 1.319/18; y conforme al detalle de las especificaciones técnicas que rolan en el Expte. Nº 125 – 175.289/22.
QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.
QUE, dicho Convenio tiene como fin la readecuación del Sistema del Alumbrado Público que se encuadran al citado expediente de la Obra READECUACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO SOBRE RUTA NACIONAL Nº 34 – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA, mejorando considerablemente la condición del alumbrado público en vías de circulación vehicular y peatonal, otorgando de este modo una mejora en el servicio básico, y aportando a un mayor estado de seguridad y resguardo en preservación de sus bienes inmuebles ante hechos de intromisión de extraños en la propiedad y de los espacios públicos que se dispone en todo el trazado de circulación, y que son de masiva concurrencia.
QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.
QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el Convenio de Obra Pública – Secretaría de Obras Públicas – Ministerio de Infraestructura – Gobierno de Salta, para la Obra READECUACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO SOBRE RUTA NACIONAL Nº 34 – AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA representada por su titular, Ing. HÉCTOR HUGO DE LA FUENTE, con domicilio en Centro Cívico Grand Bourg, Av. de los Incas S/Nº, de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en calle Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, por la suma de $ 22.733.963,02 (Pesos VEINTIDOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 02/100).
Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2022, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.
Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.
Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián