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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1209  del día 27 de Octubre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN N°1940/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar por parte del Director de Cultura y Educación Sr. Medina, Martin D.N.I. Nº 16.734.999 L.P. Nº 339 a los Valles de Acambuco y El Chorrito el día 27 de Octubre del Cte. y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como finalidad Coordinar Actividades de los 50 Años de la Esc. del Chorrito y Entrega de Documentación de Junta Calificadora para las Esc. de Acambuco y el Chorrito.-

Que dicho traslado requiriere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray Toyota Hilux Doble Cabina, Patente: llM589.-1

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicio a la mencionada ciudad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Director de Cultura y Educación, Sr. Medina, Martin D.N.I. Nº 16.734.999 L.P. Nº 339,  el viaje a realizar a los Valles de Acambuco y el Chorrito, el día 27 de Octubre del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a los Valles de Acambuco y el Chorrito, correspondiente al día 27 de Octubre del año en curso, más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022,  a nombre del Agente Municipal, el Sr Medina, Martin D.N.I. Nº 16.734.999 L.P. Nº 339.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno y o Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1941/022 (Poder Ejecutivo)   

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta,  por parte del Agente Municipal Sr. Estrada, Javier D.N.I. Nº 36.682.081, L.P. Nº 683 – Chofer, el día 27-10-22. y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como objetivo: Llevar el Camión Ford 1519 de la Municipalidad de Aguaray a realizar control y mantenimiento,  a dicha Ciudad.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, Sr. Estrada, Javier D.N.I. Nº 36.682.081, L.P. Nº 683 – Chofer, el viaje a realizar a la Ciudad de Salta el día 27 de Octubre del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a la Ciudad de Salta, correspondiente al día 27 de Octubre  del año 2.022, más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877/2.022,  a nombre del Sr. Estrada, Javier D.N.I. Nº 36.682.081, L.P. Nº 683 – Chofer

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1942/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº023-022 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº5.678-2022 con fecha 20-10-022; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante modifica el Código de Contravención – Ordenanza Nº042-2010 – Título VI – Falta contra el Tránsito y Estacionamiento de vehículos.

Que, habiendo realizado un pormenorizado análisis del texto de la referida Ordenanza es procedente realizar una serie de consideraciones a fin de enmendar errores de forma que hacen a la prolijidad y correcta interpretación de las cuestiones de fondo que el Concejo Deliberante procura introducir como modificaciones a nuestro Código vigente.

Que, este Poder Ejecutivo Municipal pretende acompañar los procedimientos propuestos por el Órgano Deliberativo Local, en la medida que los mismos, no tengan un carácter ambiguo y que de promulgarse no podrían aplicarse para solucionar hechos concretos en materia preventiva de tránsito o que podrían entenderse de varios modos o admitir distintas interpretaciones.

Que, en tal sentido se observan errores de conceptos pasibles de ser subsanados a saber:

  1. Documentación del Vehículo: Modificar la frase: “cédula de identificación o cédula verde” por la frase: “Cédula verde o azul vigente” Reemplazar la palabra “Respiratoria” por “Respaldatoria” – Eliminar la frase: “Licencia de Conducir o posea licencia de conducir vencida” – Reemplazar la frase: “comprobante de pago de la patente o dominio” por la frase: “comprobante de pago del Impuesto a la Radicación Automotor” y agregar la Frase “Revisión Técnica Vehicular Obligatoria vigente”.
  2. Requisitos para circular en Vehículos: Eliminar la palabra “casco” – Agregar la palabra “Uso” en la frase cinturón de seguridad – Agregar la palabra “contar con” en la frase “Matafuego, apoya cabezas, espejos retrovisores, caños de escapes en condiciones…” – Eliminar la Frase “Revisación Técnica Obligatoria”  y agregar poseer Licencia de Conducir no vencida y agregar la frase: “y demás condiciones exigibles vigentes” 
  3. Desacato a la autoridad: Vetar y eliminar en razón de que la figura del desacato fue derogada por Ley Nacional Nº24198.
  4. Estacionamiento Exclusivo: Vetar y eliminar, por cuanto la Ordenanza Nº042/2010 contempla  en sus artículos Nº 163 – 164 – 165 y 166 tal situación.
  5. Uso del Casco: Agregar la siguiente frase: “Sin perjuicio de los demás requisitos vigentes y demás condiciones para circular en moto-vehículos, quien no cumpla con el uso obligatorio del casco tanto el conductor como su acompañante, mientras realice su desplazamiento en la vía pública..”

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 30 y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo de veto parcial.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-VETAR el artículo Nº02 de la Ordenanza Nº 023-022 conforme los considerando expresados, el que quedará redactado de la siguiente manera; a saber:

“…Art. 2º.- La modificación de la presente tiene por objeto incluir 3 (tres) artículo que se detallan a continuación:

  1. Documentación del vehículo: El que circule con vehículo y no cumpla con la documentación respaldatoria como: Cédula Verde o Azul vigente; Seguro vigente; Comprobante de pago del Impuesto a la Radicación del Automotor y Revisión Técnica Vehicular Obligatoria vigente, será reprimido con multas de 300 (trescientos) módulos.-
  2. Requisitos para circular en vehículos:  Uso del cinturón de seguridad; Contar con Matafuego, Apoya Cabeza, Espejos Retrovisores, Caños de escapes en condiciones;  poseer Licencia de Conducir no vencida  y demás
  3. condiciones exigibles vigentes, quien no cumpla con la presente disposición será reprimido con multa de 200 (doscientos) módulos. 
  4. Uso del Casco: Sin perjuicio de los demás requisitos vigentes y demás condiciones para circular en moto-vehículos, quien no cumpla con el uso obligatorio del casco, tanto el conductor como su acompañante, mientras realice su desplazamiento en la vía pública y sea retenido por la autoridad competente, será reprimido con una multa de 150 (ciento cincuenta) a 250 (doscientos cincuenta) módulos.

Art.Nº2.-En razón de la precedentemente dispuesto TENGASE por VETADO el artículo Nº02 puntos 1 – 2 – 3 – 4 y 5 y por PROMULGADO los artículos 1º y 3º respectivamente de la ORDENANZA  Nº023-022.-

Art.Nº3.-NOTIFICAR al Concejo Deliberante a los fines pertinentes, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal- Ley Nº7936.-

Art.Nº4.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1943/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.; la  Resolución Nº 821/22 del Instituto Provincial de Vivienda de Salta. Sobre Expediente Nº 68 – 155539/2022 – 0, Aprobación para la Ejecución, y del Legajo Técnico, para la Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA; el Convenio suscripto entre el Instituto Provincial de Vivienda de Salta y la Municipalidad de Aguaray., Y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA – INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA, previsto en el Artículo Nº 28 de la Ley de Presupuesto de la Provincia de Salta.

QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.

QUE, dicho Convenio tiene como fin la ejecución de la obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA.

QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA entre EL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA  DE LA PROVINCIA DE SALTA representada por su titular, Dr. GUSTAVO MARCELO CARRIZO, con domicilio legal  en Av. Belgrano Nº 1.349, de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en calle Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, para la ejecución de la obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA, por la suma de $ 26.936.593,65 (Pesos Veintiséis Millones Novecientos Treinta y Seis Mil Quinientos Noventa y Tres con 65/100).

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2022, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1944/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

 La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.93; el Convenio de Obra Pública suscripto entre el Instituto Provincial de Vivienda de Salta, y éste último en el marco de lo dispuesto en la Ley Pcial. Nº 8.072, Leyes Nacionales Nº 21.581, Nº 24.464, Nº 27.397, Dec. Pcial. Nº 359/18, Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares aprobados por Resolución IPV Nº 834/21, para el financiamiento de la obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA. Y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA – INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA.

QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.

QUE, dicho Convenio tiene como fin la ejecución de la obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA.

QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA entre EL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA  DE LA PROVINCIA DE SALTA representada por su titular, Dr. GUSTAVO MARCELO CARRIZO, con domicilio legal  en Av. Belgrano Nº 1.349, de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en calle Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, para la ejecución de la obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA, por la suma de $ 13.092.318,90 (Pesos TRECE MILLONES NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO CON 90/100).

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2022, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1945/022 (Poder ejecutivo)        

VISTO

El Expte. Adjunto Nº  5773/22, presentado por el Sr. FALCON, ERMINDO, DNI Nº 24.934.220, con domicilio en Villa Progreso de ésta Localidad, mediante el cual solicita la correspondiente autorización para  realizar una “CRUZADA EVANGELICA”, en el predio de la Cancha de B° 80 Viviendas, los días:  28-29 y 30 de Octubre de 2022 ,  a partir de hs. 20:30, y;

CONSIDERANDO

Que se trata de una actividad religiosa  sin fines de lucro.

Que el Ejecutivo Mpal. Contempla este tipo de actividades.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS  FACULTADES QUE LE SON  PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL. LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. FALCON, ERMINDO, DNI Nº 24.934.220, la autorización correspondiente para realizar una “CRUZADA EVANGELICA”  en el predio de la Cancha de B° 80 Viviendas,  de esta Localidad,  los días: 28-29 y 30 de Octubre de 2022, desde  hs. 20:30

Art.Nº2.-Entregar una copia de la presente al solicitante.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Comunicar al interesado que deberá responsabilizarse por  la Seguridad del predio en el que se realiza el evento.

Art.Nº5.-Enviar una copia de esta Resolución  a la policía local para su  conocimiento, control y cumplimiento.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

            Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1946/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 5596/2.022, presentado por la Dirección de Bromatología, Comercio y Medio Ambiente de la Municipalidad de Aguaray, y los Pedidos de Provisión Nº 036273, Nº 036274 y Nº 036275; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Bromatología, Comercio y Medio Ambiente de la Municipalidad de Aguaray, mediante Expte. Nº 5596/2.022, solicita la compra de insumos tecnológicos con el objetivo de concretar el Proyecto de Residuos Sólidos Urbanos (R.S.U.), Municipios Saludables.-

Que, a través de los Pedidos de Suministros Nº036273, Nº 036274 y Nº 036275, se solicita la adquisición de (01) Notebook Lenovo V15 i3 8GB, (01) Impresora Epson L3250 S. Continuo, (01) Parlante Portátil y (01) Mouse Inalámbrico Logitech.-          

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, considera necesario proporcionar las herramientas de trabajos necesarias, para que el personal municipal pueda desempeñar óptimamente sus funciones, y cumplimentar con los objetivos propuestos.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de las pertinentes Ordenes de Pago, a nombre de la Razón Social TECNOGRAF S.A. por la suma de Pesos Ciento Treinta y Nueve Mil Ochocientos con 00/100 ($ 139.800,00) IVA incluido, por la adquisición de (01) Notebook Lenovo i3, a GM COMPUTACIÓN por la Suma de Pesos Setenta y Ocho Mil Quinientos con 00/100 ($78.500,00) IVA incluido, por la adquisición de (01) Impresora EPSON L3250, y a nombre de la Empresa GRUPO EXPRESS COMPUTACIÓN por la Suma de Pesos Quince Mil con 00/100 ($15.000,00) IVA incluido, por la adquisición de (01) Parlante Portátil y (01) Mouse Inalámbrico, en cumplimiento del VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario Gobierno y/o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Elevar copia a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes intervinientes.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1947/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS, que brindó el servicio de suministro, mediante solicitud de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, Obras Públicas a través de la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7 con domicilio comercial en Alberdi 129, ciudad de Aguaray, adquirió UREA 50 lts., según  facturas Nº: 002-00625.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para el buen funcionamiento de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 20.500,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1948/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de materiales de corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 010-00016750.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES  CON 00/100 ($ 210.423,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1949/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ, que brindó el servicio de insumos y comestibles, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las distintas  áreas a través de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ  C.U.I.T Nº 20-24968865-8. Adquirió insumos y comestibles para ser distribuidos en los diferentes sectores y actividades que corresponden a la administración y el buen funcionamiento de las oficinas de la municipalidad, según Facturas Nº: 0012-7760, 0012-7761, 0012-7762, 0012-8289, 0012-8288, 0012-8236, 0012-8237, 0012-8227, 0012-8064, 0012-8063, 0012-8229, 0012-7808, 0012-7937,  0012-7857, 0012-7526, 0012-7488, 0012-7479, 0012-7150 y 0012-8375.-  

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos y comestibles para las Oficinas y actividades que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($ 124.735,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa AUTOSERVICIO SANCHEZ, C.U.I.T Nº 20-24968865-8 –Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1950/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. CHAILE, Cristian Daniel  Legajo Personal Nº 623  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2022,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr.CHAILE, Cristian Daniel  Legajo Personal Nº 623  , la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.022   por la cantidad de 15 (quince) días hábiles a partir del día  31/10/2.022 hasta el 21/11/2.022 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

            Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1951/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr. GOMEZ, Sergio Rene  Legajo Personal Nº 547  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2021,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. GOMEZ, Sergio Rene  Legajo Personal Nº 547 , la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.021   por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día  01/11/2.022 hasta el 29/11/2.022 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

            Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián