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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1212  del día 01 de Noviembre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN  Nº1971/022 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El Expte. Adjunto Nº 5735/22, presentado por el vice-presidente de la  Comisión del Fortín “TIMBOIRENDA” el Sr: LAZO, CESAR EDUARDO, DNI Nº 37731919, en el cual solicita autorización para realizar actividades por el dia de la “TRADICION” que se llevara a cabo el 12/11/2022, a partir de Hs. 10:00 hasta Hs. 22:00,  en el Predio del Fortín “TIMBOIIRENDA” y

CONSIDERANDO

Que dichas actividades se realizan en el marco del festejo del día de la tradición.

Que el solicitante requiere eximición de Impuestos por cuanto se trata de una Institución con objetivos culturales.

Que el Ejecutivo Mpal. apoya siempre toda iniciativa de índole recreativa y en bien de la comunidad.                  

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL. LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. LAZO, CESAR EDUARDO, DNI Nº 37731919, representante del Fortín “TIMBOIRENDA” el permiso pertinente para realizar un evento denominado “ACTO DIA DE LA TRADICIÓN”  presentación de candidatas a reina de la flor chaqueña, ensillado de animales, comidas tradicionales, con venta de bebidas alcohólicas y bandas musicales de hs 14:00 hasta hs 22:00

Art.Nº2.-Comunicar al interesado que deberá cumplir con todas las normas y requisitos de seguridad que se exigen según leyes vigentes de la O.T.M Art. N° 26 Inc. C y que posterior al evento presentará ante el E.M. la documentación presentada y exigida por la Policía Local.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Eximir de los impuestos que corresponden para tales efectos y comunicar que deberá realizar la rendición de recaudación posterior al evento.

Art.Nº5.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº6.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal y archíves.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  N°1972/022 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar por parte del Personal Perteneciente a la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Aguaray, Agentes de Tránsito y Paramédicos, al Paraje El Chorrito en los Altos Valles de Acambuco, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como fundamentos realizar la ornamentación por el festejo del 50º Aniversario de la Esc. Nº 4.210 de El Chorrito por parte de los Agentes Municipales de la Dirección de Cultura, Educación y Turismo, asistir al Personal durante el evento por parte de los agentes paramédicos, y brindar apoyo logístico por parte de los agentes de tránsito.-

Que, para su traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Pick Up Ford Ranger XL Plus 3.0 TDI 4×2, Cabina doble, Dominio: GMO672.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje al paraje El Chorrito, en los Altos Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a los Agentes Municipales y Personal del Programa Aguaray Trabaja pertenecientes a la Dirección de Cultura, Educación y Turismo, Agentes de la Dirección de Tránsito y Personal Paramédicos, a realizar un viaje a la comunidad de El Chorrito en los Altos Valles de Acambuco, correspondiente a los días 02 y 03 de noviembre del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, los mismos se detallan a continuación:

Apellido y NombrePersonalL.P. NºSector
MEDINA, MartínP.P.339Dir. Cultura, Edu. y Turismo
VÁZQUEZ, CristinaP.P.537A. Mpal.
MEDINA, SergioP.P.600A. Mpal.
ARAOZ, FabiolaP.P.445Dir. De Tránsito
ROBLES, MarceloP.P.802A. Tránsito
GONZALES, MarceloEventual32.534.746A. Tránsito
TORDOYA, SilviaEventual21.606.800Paramédicos
ROMERO, MoiraEventual34.126.490Paramédicos

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
MEDINA, MartínDos (02) días de Viáticos más el 100% del Plus Adic. Pec. y Com. por el 02/*11 y 2/3 del Plus. Adic. Pec. y Com. por el día 03/11.-
VAZQUEZ, CristinaDos (02) días de Viáticos más el 100% del Plus Adic. Pec. y Com. por el 02/*11 y 2/3 del Plus. Adic. Pec. y Com. por el día 03/11.-
MEDINA, SergioUn (01) día de Viático más 2/3 del Plus. Adic. Pec. y Com. por el día 03/11.-
ARAOZ, MónicaUn (01) día de Viatico más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario y Complementario por el 03/11.-
ROBLES, MarceloUn (01) día de Viatico más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario y Complementario por el 03/11.-
GONZALES, MarceloUn (01) equivalente de Viatico más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario y Complementario por el 03/11.-
TORDOYA, SilviaUn (01) equivalente de Viatico más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario y Complementario por el 03/11.-
ROMERO, MoiraUn (01) equivalente de Viatico más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario y Complementario por el 03/11.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1973/022 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

El viaje a realizar por parte del Agente Municipal Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a la comunidad de El Chorrito en los Altos Valles de Acambuco, el día 03 – 11 – 2.022, Y;

CONSIDERANDO

Que,  dicho viaje tiene como fundamentos realizar el traslado de la agente municipal encargada de realizar los trabajos de ornamentación por los festejos de los 50º Aniversario de la Esc. Del Chorrito, trasladar los agentes de tránsito, personal paramédicos y autoridades educativas por la conmemoración de dicho evento.-

Que, para su traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Pick Up Ford Ranger XL Plus 3.0 TDI 4×2, Cabina doble, Dominio: GMO672.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a El Chorrito en los Altos Valles de Acambuco.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer, a la comunidad de El Chorrito en los Altos Valles de Acambuco, el día 03 de noviembre del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a El Chorrito en los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 03 de noviembre del presente año, más 2/3 del Plus Adicional Pecuniario Complementario, según Resolución Municipal Nº 877 – 2.022, a nombre del Sr. Barroso, Hernán D.N.I. Nº 28.275.826, L.P. Nº 692 – Chofer.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno y/o Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1974/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr.  MENDEZ, Alfredo     Legajo Personal Nº 389  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2021,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. MENDEZ, Alfredo   Legajo Personal Nº 389, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.021   por la cantidad de 25 (veinticinco) días hábiles a partir del día 10/11/2.022 hasta el 16/12/2.022 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1975/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por el  Agente Municipal Sr.  VILLADA, Diego Donato  Legajo Personal Nº 283  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2022,  Y;

CONSIDERANDO

Que  el mencionado empleado no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER al  Agente  Municipal  Sr. VILLADA, Diego Donato   Legajo Personal Nº 283, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.022   por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles a partir del día  09/11/2.022 hasta el 22/12/2.022 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y al interesado a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

                                                                                     Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1976/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota  presentada por la Agente Municipal Sra.  CHAILE, Marilú de los Ángeles     Legajo Personal Nº 498  mediante la cual solicita se le conceda la  Licencia  Anual Reglamentaria correspondiente al  Año 2022,  Y;

CONSIDERANDO

Que la mencionada empleada no hizo uso  de dicho beneficio otorgado por el ESTATUTO DEL EMPLEADO Y OBRERO MUNICIPAL, en su Cap. – VII – DERECHOS – Art. 59- 60- 61.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA  ORGÁNICA MUNICIPAL LEY N° 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONCEDER a la  Agente  Municipal  Sra. CHAILE, Marilú de los Ángeles   Legajo Personal Nº 498, la Licencia Anual Reglamentaria Año 2.022 por la cantidad de 20 (veinte) días hábiles a partir del día  07/11/2.022 hasta el 06/12/2.022 inclusive, debiendo  a su término  reintegrarse a su lugar habitual  de trabajo.

Art.Nº2.-Dése copia de la presente Resolución Municipal a las Oficinas de: Mesa de Entrada – Secretaria de Gobierno Municipal – Recursos Humanos – Secretaria de Obras Públicas  y a la interesada a los efectos correspondientes.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de Gobierno, o el de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N° 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

                                                                                     Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1977/022 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº025-022 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº5.816-022 con fecha 27-10-022; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante AUTORIZA al Dpto. Ejecutivo Municipal a efectuar la VENTA en REMATE PUBLICO de Unidades Automotores en desuso, propiedad del Municipio de Aguaray, conforme el detalle consignado en el Anexo I.-

Que, es menester instruir y requerir a las áreas de Secretaria de Gobierno y Bienes Patrimoniales a instrumentar los mecanismos legales, técnicos y administrativos a fin del cumplimiento de la norma dictada.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.- PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 025-022 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-NOTIFICAR a las áreas competentes a fin del cumplimiento de la norma legislativa.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA Nº 025/022

VISTO

Las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936; y

CONSIDERANDO

Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 31 son deberes y atribuciones del Concejo Deliberante – Inciso 17. Sancionar Ordenanzas sobre constituciones de derechos reales y enajenación de bienes muebles e inmuebles del Municipio, con el voto de los dos tercios de la totalidad de los miembros.

Que, los bienes para remate público son propiedad del Municipio de Aguaray y corresponde al parque automotor, los cuales se encuentran fuera de servicio, por presentar desgastes varios, dada la antigüedad de los mismos conforme el informe elaborado por la Secretaria DE Obras Publicas y Servicios Públicos Municipal.

Que, dado el estado actual de los mismos no es procedente que dichas unidades sean puestas en servicios, por no unir las condiciones mínima para circular en la vía publica, haciéndose necesario disponer su venta y realizar los actos administrativos correspondientes a la baja patrimonial de los bienes descriptos en el anexo I que se acompaña como parte integrante de la presente.

Que, por tales circunstancias resulta conveniente la venta en Remate Publico de dichos bienes y que el valor obtenido del remate de los mismos, ingresaran a Rentas Generales de este Municipio.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7936 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.-AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la venta en Remate Publico de los bienes descriptos en el anexo I de la presente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31º inciso 17 de la C.O.M Ley Nº7.936.

Art.Nº2.-el producido de la venta en Remate Publico de los Bienes descripto en el anexo I de la presente, serán ingresados a Renta Generales del Municipio de Aguaray.

Art.Nº3.- pase al D.E.M para su promulgación y demás afectos.

Sr. Acuña, Carlos – Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº1978/022 (Poder Ejecutivo) 

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº026-022 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº5.815-022 con fecha 27-10-022; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante CREA la Tasa de MANTENIMIENTO DE PAVIMENTO, cuya obligación recae en los Camiones de Transporte de Cargas, cualquiera sea su tipo y peso y que no tributen el Impuesto a los Automotores en la jurisdicción del Municipio de Aguaray, quedando exceptuados de la misma todo vehículo que abone la tasa por introducción de carnes, alimentos, bebidas, etc.-

Que, asimismo falta al Ejecutivo Municipal a la construir 2 (dos) garitas para cobro en los accesos de las Avdas. Mariano Moreno y Sarmiento respectivamente.

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 026-022 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-NOTIFICAR a las áreas competentes a fin del cumplimiento de la norma legislativa.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA Nº 026/022

VISTO

El deterioro que se observa en las arterias pertenecientes a la Ciudad, como consecuencia del tráfico de camiones y vehículos de gran porte y peso, Y

CONSIDERANDO

Que, actualmente se observan en ingreso de vehículos de gran porte por el casco céntrico y por las arterias principales de la Ciudad de Aguaray.

Que, como consecuencia de ello, el pavimento presenta deterioro que a un tiempo no mayor los daños serán considerables.

Que, es necesario regular la entrada de estos camiones aplicando una tasa por mantenimiento de pavimento.

Que, se debe emitir el presente instrumento a fin de facultar al Ejecutivo Municipal de Aguaray a crear 2 (dos) garitas de cobro en los accesos de Av. Sarmiento y Av. Mariano Moreno, a todos los camiones de gran porte o carga cualquiera sea su tipo o peso que no tributen el impuesto automotor dentro de la Jurisdicción.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7936 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.- Crear la TASA DE MANTENIMIENTO DE PAVIMENTO cuyos montos se fijan en el artículo siguiente y a la que estarán obligados a tributar los camiones de transporte de cargas, cualquiera sea su tipo y peso y que no tributen el impuesto a los automotores en la Jurisdicción del Municipio de Aguaray, quedan exceptuados de la misma todo vehículo que abone las tasas por introducción de Carnes, alimentos, bebidas, etc. Ya establecidos por Ordenanzas Tarifarias.

Art.Nº2.-Fijase los siguientes valores que deberán abonar los vehículos cuyas características se indican a continuación:

a).- Camiones de transporte de cargas; cualquiera sea su tipo y peso: 80 (ochenta) módulos.

Art.Nº3.- Facultar al Ejecutivo Municipal a construir 2 (dos) garitas para cobro, ubicándose en el acceso a Av. Sarmiento y Av. Mariano Moreno, que también podrá Utilizarse este espacio para información turística como para coordinar acciones de seguridad ciudadana.

Art.Nº4.- En retribución por el pago de la tasa de mantenimiento del pavimento el Municipio de Aguaray deberá realizar la desinfección previo acceso a los camiones que sean procedentes de otras jurisdicciones.

Art.Nº5.- Eleva la presente Disposición al Ejecutivo Municipal para su promulgación y puesta en vigencia.

Art.Nº6.- De forma.

Sr. Acuña, Carlos – Linares, Sergio Fernando

RESOLUCIÓN Nº1979/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La sanción de la Ordenanza Nº027-022 que fuera aprobada por el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad y que registra ingreso al Despacho de éste Ejecutivo Municipal, bajo Expte. Nº5.814-022 con fecha 27-10-022; y

CONSIDERANDO

Que, el Concejo Deliberante ESTABLCE la Marca “AGUARAY NATURALMENTE BELLO” como herramienta para la Promoción Turística del Municipio de Aguaray, cuyo objetivo es impulsar el Turismo Local, desarrollando diferentes eventos gastronómicos, culturales, artísticos y deportivos.

Que, nuestra Carta Orgánica Municipal – ley Nº 7.936 – Competencia del Gobierno Municipal, entre otras; Inciso 16: “Promover el turismo, reglamentando y fiscalizando sus servicios, en el marco de un plan regulador integral, donde se lo contemple como eje generador de actividad económica y social, fomentando la regionalización en el ámbito nacional e internacional”

Que, en uso de las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº7.936- Art. 36 – Inciso 4: “Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas en los casos que correspondan.” y dentro de los plazos legales establecidos, se dicta el presente acto resolutivo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-PROMULGAR en todos sus términos la Ordenanza Nº 027-022 la que pasa a formar parte integrante de la presente.

Art.Nº2.-NOTIFICAR a las áreas competentes a fin del cumplimiento de la norma legislativa.

Art.Nº3.-Refrenda el Secretario con competencia, en virtud del Art. 37º de la Ley Nº7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

ORDENANZA Nº027/022

VISTO

El marco de los trabajos realizados para la promoción de atractivos turísticos por parte de la Dirección de turismo de la Municipalidad de Aguaray planteado por la responsable del área Sra. Sanchez Goytea, a nivel departamental, provincial y regional, y

CONSIDERANDO

Que, existe una necesidad de contar con una identidad turística que se mantenga a lo largo del tiempo la cual debe ser inconfundible con el pre existente dentro del rubro promocional del turismo.

Que, el turismo es una herramienta que permitirá el desarrollo y crecimiento regional para ello el turismo Municipal debe contar con una imagen identificadora la cual debe trascender a cualquier ideología, espacio político y Gestión de Gobierno, predominado el consenso ciudadano.

Que, hoy en día las marcas constituyen el principal atractivo de una región dependiendo de ello emprendimientos, desarrollo empresarial generando beneficios a los prestadores de servicios que se encuentran involucrados en la cadena productiva del sector turismo.

Que, sobre estas bases y principios desde el área de turismo Municipal procede a la creación de la marca “Aguaray naturalmente bello”, la cual es un sistema grafico que otorga una identidad visual para promocionar nuestros atractivos turísticos.

Que, los colores utilizados para el diseño del logotipo representan los colores autóctonos de nuestros símbolos locales, nuestra bandera y así también se contempla el uso del tucán, ave municipal protegida, buscando con estos elementos promocionar su avistaje en la región y cuidados ambientales a tener para proteger la eco – región en que se desarrolla.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE AGUARAY EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY Nº7936 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.Nº1.- establecer la marca “AGUARAY NATURALMENTE BELLO” como herramienta para la promoción turística del Municipio de Aguaray. El cual tiene por objeto impulsar el turismo local mediante los diferentes eventos gastronómicos, culturales, artísticos y deportivos de la localidad.

Art.Nº2.- el uso de la marca “AGUARAY, NATURALMENTE BELLO” tendrá como alcance de uso para la promoción de Aguaray y sus atractivos locales, emprendedores y no así con fines partidarios o políticos.

Art.Nº3.- notificar al Ejecutivo Municipal para su promulgación.

Sr. Acuña, Carlos – Linares, Sergio Fernando

RESOLUCION Nº1980/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa U.E.L, que brindó el servicio de suministro de Porta Plaquetas y Placa de Mármol, mediante solicitud de  la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Aguaray a través de la Empresa U. E. L. CUIT Nº 27-33970530-0, con Domicilio Comercial en Alvarado 153, Ciudad de Salta, se adquirió (06) Porta Plaquetas y (01) Placa de Mármol de 20 x 30 para la Escuela del Paraje El Chorrito Nº 4.210 en el marco del festejo de los 50 años de la institución, según Facturas Nº 002-00000325 y 002-00000326.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN Art. 106.- “El sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nacional 26.206. En relación a ello, el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de evento que favorezcan a las festividades de las diferentes Instituciones  municipales, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago de las facturas mencionadas anteriormente.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS  CON 00/100 ($ 32.700,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa U. E. L. CUIT Nº 27-33970530-0, con Domicilio Comercial en Alvarado 153, Ciudad de Salta en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1981/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GM COMPUTACION, que brindó el suministro de Artículos de Librería, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio GM COMPUTACION C.U.I.T Nº 27-22779769-5, con domicilio comercial en Güemes 510, Ciudad de Tartagal, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray, y debido que urge la necesidad de provisión de 50 (cincuenta) Resmas de Hojas A4 para el buen funcionamiento de las tareas administrativas es que se  procedió a la compra de los mismos, medianteFactura Nº 008-00006984.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Insumos de Librería (Resmas de Hojas) para ser distribuidos a las distintas áreas y sectores de la Institución municipal.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 52.500,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa GM COMPUTACION C.U.I.T Nº 27-22779769-, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1982/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON  EL AMIGO, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Obras y Servicios Públicos la a través de la Empresa CORRALON EL AMIGO CUIT Nº 30-55971508-1, con Domicilio en Alberdi 1125, Ciudad de Tartagal, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 271-0003016.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE  CON 00/100 ($ 88.579,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON EL AMIGO CUIT Nº 30-55971508-1, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.N°5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº 1983/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Juan Carlos Sarmiento DNI Nº 10.822.221, y;

CONSIDERANDO

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

  Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Juan Carlos Sarmiento DNI Nº 10.822.221, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1984/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Segovia, Pablo Matías, DNI Nº 30.998.872, Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Suministro Nº 1925/22, Orden de Suministro Nº 036322 y Orden de Compra Nº 13317, se solicita la autorización correspondiente para la contratación del servicio de amplificación de sonido, según el VISTO de la presente.

Que, es menester redactar un Contrato a fin de garantizar el fiel cumplimiento de los deberes y derechos de las partes.

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTAORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR  El Contrato de Servicio Eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y Sr. Segovia, Pablo Matías DNI Nº 30.998.872, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1985/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por provisión de almuerzos entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Salgado, Carmen Alejandra DNI Nº 24.287.780, y;

CONSIDERANDO

Que mediante ingreso de Pedidos de Suministros Nº 036317, 036318, 036319 y 036320 y Órdenes de Compras Nº 13319, 13320, 13321 y 13322, se solicita la autorización correspondiente para la contratación del servicio para la provisión de almuerzos, según el VISTO de la presente.

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, considera necesario proporcionar un ambiente de trabajo propicio para que el personal municipal pueda desempeñar óptimamente sus funciones, siendo de vital importancia otorgarles el almuerzo a quienes realizan jornada extendida.-

Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago del servicio prestado a nuestro municipio.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio Eventual por provisión de almuerzos, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Salgado, Carmen Alejandra DNI Nº 24.287.780, que pasa a formar parte de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1986/022 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, Sra. Mariela Araoz D.N.I Nº 16.713.605 L.P Nº 504, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Expte. N° 5876/022, se solicita autorización para que realice una comisión de servicio a efectos de hacer rendición social y financiera de los programas “Pan Casero, TAIS y Comer en familia”, como así también realizara gestiones sobre la entrega de anteojos que se entregaran desde la Dirección de Acción Social Municipal.

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión en dicho viaje a la ciudad de Salta Capital.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR.  A la Agente Municipal, Sra. Mariela Araoz D.N.I Nº 16.713.605 L.P Nº 504, a viajar a la Ciudad de Salta Capital, el día 02 de Noviembre del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y CONSIDERANDO de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR  Al Departamento Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 02 de Noviembre del año en curso, más 1/3 plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2020, a nombre de la Sra. Mariela Araoz D.N.I Nº 16.713.605 L.P Nº 504.          

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De Forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº1987/022 (Poder Ejecutivo)     

VISTO

El Expte. Adjunto  Nº 5511/22, presentado por el Sr. CATARI, JORGE RAUL., DNI N° 35.780855, con domicilio en Acambuco, en el cual solicita autorización para realizar un evento cultural denominado “ LA PAISANA ”, el día: 12-11-22,  en el Paraje Lagunita,  y;

CONSIDERANDO

Que el solicitante manifiesta que se trata de una fiesta cultural relacionado a costumbres y tradiciones.

Que la Autoridad Mpal. apoya siempre toda actividad que redunde en beneficio o recreación de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder al Sr. CATARI, JORGE RAUL, DNI N°  35.780.855, la correspondiente autorización para realizar un evento denominado “LA PAISANA”, el día 12-11-22, en el Paraje Lagunita.  Dicho evento constara con diferentes actividades criollas: Desfile de Caballos, Juego de Sortijas, carreras criollas, baile de a caballos, venta de comidas regionales y vta. de bebidas con y sin alcohol, a partir de horas 09:00 hasta 5:00 de la madrugada del día siguiente.

Art.Nº2.-Comunicar al interesado que deberá cumplir con todas las normas y requisitos de seguridad que se exigen según leyes vigentes..

Art.Nº3.-Eximir de los impuestos pertinentes debiendo abonar solo los sellados administrativos.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. – Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar al solicitante una copia de la presente.

Art.Nº6.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1988/022 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

La comisión de servicio que debe realizar en la ciudad de Salta el Ejecutivo Municipal. Sr. Alemán, Guillermo Sebastián DNI 31.022.881; el dia 02 de noviembre del cte año, y,

CONSIDERANDO

Que, en la misma realizará gestiones ante diferentes Organismos de nivel provincial, entre ellos; Ministerio de Seguridad de la Provincia, Ministerio de Economía y Servicios Públicos, y Secretaria del Interior etc. efectos de conseguir beneficios para nuestro Municipio.

Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, camioneta Toyota Hilux SW4 Motor 1KD-5238717 Chasis 8AJY259G6B3049533 Dominio KKA 845 Caja de seguro S.A N° 4640002179804.

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viático por la comisión del citado viaje a la ciudad de Salta Capital. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Ejecutivo Municipal, Sr Alemán, Guillermo Sebastián DNI Nº 31.022.881, a viajar a la Ciudad de Salta Capital, el 02/11/2022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y CONSIDERANDO del presente.

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento Contable a emitir la correspondiente Orden de Pago por un (01) día de viático a la Ciudad de Salta Capital, según el Art. 1º de la presente, más la suma de Pesos Ocho Mil 00/100 ($8.000,00) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta 72 hs de haber finalizado con las actividades, más el 100 % plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 877/022, a nombre del Ejecutivo Municipal, Sr Alemán, Guillermo Sebastián D.N.I. Nº 31.022.881

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°1989/022 (Poder Ejecutivo)         

VISTO

La comisión de servicios que debe realizar a la ciudad de Salta por parte del titular del Ejecutivo Municipal Sr. Alemán Guillermo Sebastián DNI 31.022.881 en fecha 02 de noviembre de 2022, según Resolución Municipal N°1988/022.             

CONSIDERANDO

Que, ante la ausencia del titular del Departamento Ejecutivo Municipal, y conforme a las normativas vigentes establecidas en Ordenanza N° 029/16 sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Aguaray y promulgada por Resolución Municipal 1324/16; deberá quedar a cargo del Municipio de Aguaray; el Secretario de Gobierno Sr. Juan José Sarzur DNI N° 25.882.488.

Que, se debe disponer del presente documento resolutivo a los fines de dar cumplimiento a los actos administrativos de Ley, para la delegación de funciones en las Autoridades que correspondan en tanto dure la comisión de Servicios del titular del Departamento Ejecutivo Municipal

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DEJAR   a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, al Secretario de Gobierno Sr. Juan José Sarzur DNI N° 25.882.488, por el término que dure la comisión de servicio del Intendente Municipal según lo citado en el VISTO y CONSIDERANDO de la presente. –

Art.Nº2.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº3.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº4.-De Forma.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1990/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CABLE VISION AGUARAY,  C.U.I.T. Nº 30-71212095-5, que brinda el servicio de Internet, mediante solicitud de diferentes áreas y sectores  de la Municipalidad de Aguaray; Y; CONSIDERANDO

Que actualmente la empresa prestataria de servicio  CABLE VISION AGUARAY C.U.I.T. Nº 30-71212095-5, con domicilio comercial San Martín Nº 530, Ciudad de Aguaray, brinda  asistencia de internet que es indispensable para el buen funcionamiento de las diferentes Áreas y Sectores de la Municipalidad de Aguaray, mediante FACTURAS Nº  008-00000084 y 008-00000085.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago del servicio de internet de las distintas oficinas de la Municipalidad de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($ 99.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CABLE VISION AGUARAY C.U.I.T. Nº 30-71212095-5, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1991/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa GRAFITAR IMPRENTA, que brindó el servicio de suministro de insumos para administración, mediante solicitud de la Oficina de Rentas de la Municipalidad de Aguaray; Y,

CONSIDERANDO

QUE, a través de la Empresa GRAFITAR IMPRENTA C.U.I.T. Nº 20-07263766-7 se adquirió cuarenta (40) talonarios de Recibo de Serie D que corresponden a la administración y el buen funcionamiento de las oficinas de Rentas de la Municipalidad de Aguaray, mediante Factura Nº 002-00000858.

QUE, la Secretaría de Hacienda autoriza la compra de insumos para las oficinas de Rentas del Municipio de Aguaray.

QUE, por lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTISEIS MIL CON 00/100 ($ 26.000,00) por ÚNICA VEZ, a nombre de la Empresa GRAFITAR IMPRENTA C..U.I.T. Nº 20-07263766-7, con domicilio comercial en Warnes 98 de la ciudad e Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el secretario de competencia en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal, Ley Nº 7.936.

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Art.Nº5.-De Forma.

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1992/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con el Sr. Castro Calizalla Pablo Sebastián que brindó el servicio de Instalación de aire acondicionado Split con material y carga de gas, mediante solicitud de la oficina de Empleo  perteneciente a la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que actualmente el Sr. Castro Calizalla Pablo Sebastián C.U.I.T. Nº 20-44492090-5, con domicilio comercial en Mitre 45 Bº Villa Saavedra, Ciudad de Salta, realizo asistencia a la Municipalidad de Aguaray de Instalación de aire acondicionado Split con material y carga de gas para la Oficina de Empleo la cual es imprescindibles tener en condiciones en las estaciones venideras de calor, mediante Factura Nº 001-00000004.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago al Sr. Castro Calizalla por el servicio que brindo al aire acondicionado de la oficina de Empleo de la Municipalidad de Aguaray.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTAORGANICA MUNICIPAL.  LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 43.000,00) por UNICA VEZ a nombre del Sr. Castro Calizalla Pablo Sebastián C.U.I.T. Nº 20-44492090-5, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1993/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La urgencia de brindar una ayuda a las Familias y Personas carenciadas de la Ciudad de Aguaray, Y;

CONSIDERANDO

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el

Área de Acción Social.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado la aprobación de Subsidios Económicos que se otorgan para: Productos Alimenticios, Medicamentos, Atención Medica, Traslados, Sepelios y Otras Necesidades que contemplen los recursos de los fondos asistenciales, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios económicos por el mes de Noviembre/2.022 a personas de escasos recursos, según fondos asistenciales de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCION Nº1994/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 5872/22  presentado por la Sra. Cazón Seila D.N.I. Nº 40.155.555, domiciliada en Bº  Centro en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Cazón, solicita una ayuda económica, por motivo de se encuentra atravesando una situación difícil económica la cual menciona en el Expte Nº 5872/22 y como actualmente se encuentra desocupada, es por eso que acude a este pedido.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación económica.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DIEZ MIL CON 00/100 ($ 10.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Cazón Seila D.N.I. Nº 40.155.555, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1995/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 5855/22 presentado por la Sra. Arias Olinda DNI Nº 25.882.501, en carácter de Catequista de la Comunidad de Tobantirenda en la ciudad de Aguaray; la Carta Orgánica  Municipal Ley Nº 7.936; Y;

CONSIDERANDO

Que como cada año en nuestra Ciudad los jóvenes realizan el Sacramento de la Confirmación  que tiene como finalidad que el confirmado salga fortalecido con los dones del Espíritu Santo, completándose la obra del Bautismo. A través de este Sacramento se logran los siete dones del Espíritu Santo: sabiduría, entendimiento, consejo, fortaleza, ciencia, piedad y temor de Dios. Con este Sacramento nos unimos firmemente a Cristo y conduce a su realización nuestro vínculo con la Iglesia. El Espíritu Santo nos concede una fuerza especial para difundir y defender la fe, para confesar el nombre de Cristo y para no avergonzarnos nunca de su Cruz.-

Que a través del Expte Nº 5855/2.022, la Sra. Arias Olinda solicita una colaboración para solventar los gastos del Trasporte para el traslado de los jóvenes que realizan la Confirmación acompañado de sus padres y respectivos padrinos el día 05 de Noviembre en la comunidad de Tuyunti en hs de la mañana, para llevar a cabo lo planificado.-

Que la carta orgánica en su CAPITULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, inciso 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales: participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado el acompañamiento en estas fechas tan importantes para nuestra comunidad, por lo que autoriza la entrega de una ayuda económica por ÚNICA VEZ, para solventar los gastos de dicho acontecimiento.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la ayuda económica para Gastos de Trasporte a nombre de la Sra. Arias Olinda DNI Nº 25.882.501, en carácter de Catequista de la Comunidad de Tobantirenda de la ciudad de Aguaray, por un monto de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00).-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Arias Olinda DNI Nº 25.882.501, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1996/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – La necesidad de prevenir y resolver  las posibles contingencias sanitarias en Pje. Macueta y zona de influencia y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, el Ejecutivo Municipal en concordancia con las políticas de salud implementadas por personal de la Gerencia General del Hospital “Luis A. Güemes” – cabecera del Área Operativa III -Aguaray, consideran necesario disponer de un personal calificado en el área de salud tanto preventiva  como de atención sanitaria al público que sea afectado operativamente al Pje. Macueta y zona de influencia a los fines de cubrir las diferentes necesidades de salud que pudieran surgir.-

QUE, el Sr. Torres Bruno quien se desempeña actualmente como Técnico en Enfermería, reúne las condiciones de capacidad e idoneidad para llevar a cabo toda tarea que se le asigne tanto de atención como de prevención de la salud, siendo el postulante la persona de confianza tanto del Ejecutivo como de la Gerencia, correspondiente en consecuencia la sanción de la presente norma para su afectación.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AFECTAR al agente perteneciente al Prog. “Subsidio Aguaray Trabaja” Tec. en Enfermería – Sr. TORRES, Bruno – DNI Nº34.357.501 con domicilio legal en Pje. Campo Largo S/N – Aguaray como Personal de Salud afectado al Pje. Macueta y zona de influencia a partir del 1º de noviembre de 2022 y hasta nuevas disposiciones de la autoridad competente.-

Art.Nº2.-El agente de la salud quedará bajo la supervisión del personal de la Gerencia General del Hospital “Luis A. Güemes” quien determinara los turnos, horarios y descansos que deberá cumplir el mencionado agente.-

Art.Nº3.-el Sr. Torres percibirá por la tarea realizada la suma mensual de $28.000,00 (Pesos Veintiocho Mil con 0,00 ctvs.) siendo la erogación resultante afectada al  rubro correspondiente del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº4.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Gerencia General Hospital “Luis A. Güemes”, Secretaría de Hacienda Municipal,   RR. HH. y al interesado para su conocimiento y demás efectos.-

Art.Nº5.-Refrenda la presente el Secretario con competencia, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 – Art. Nº 37.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº1997/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Las facultades conferidas por  la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936 al Sr. Intendente del Municipio de Aguaray – R.M.  Nº 1105-021 – R.M. Nº 1103-021, y:

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, art. 36: “son deberes y atribuciones del Ejecutivo Municipal…inc. 7: Nombrar y remover a los empleados de la administración a su cargo…”

QUE, en función del desempeño mostrado por el personal Técnico en Seguridad e Higiene, el Ejecutivo Municipal considera conveniente continuar con la actual personal de seguridad  a los efectos de  lograr los objetivos planteados, siendo la Srta. GUZMAN, JESICA LAURA  LP Nº 810 la persona indicada y de confianza del Ejecutivo para tal fin.-

QUE, en razón de lo expuesto precedentemente corresponde la sanción de la presente norma resolutiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONFIRMAR como Técnico en Seguridad e Higiene dependiente de la Secretaría de Obras Públicas a la Srta. GUZMAN JESICA LAURA – D.N.I. Nº  39.002.780 con domicilio en  Bº Centro – Calle Rivadavia S/N  de esta localidad a partir del 1º de noviembre de 2.022 y hasta el día 31 de diciembre de 2.022.-

Art.Nº2.-DEJESE sin efecto toda resolución contraria a la presente.-

Art.Nº3.-ASIGNAR una remuneración mensual equivalente a la categoría D conforme a la Escala Salarial de Planta Política Vigente.-

Art.Nº4.-INSTRUIR a la Secretaria de Hacienda se impute la erogación que demande el artículo anterior al rubro Planta Política del presupuesto vigente de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº5.-COMUNICAR de la presente resolución a las oficinas de: Mesa de Entrada, Sec. de Obras Públicas, Liquidaciones, RR. HH. y a la interesada según corresponda.-

Art.Nº6.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley 7.936.-

Art.Nº7.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián