La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1220 del día 15 de Noviembre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCION Nº2053/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte. Adjunto Nº 5983/22, presentado por el Sr. NICOLAS, FLORES DNI N° 24.287.777 CASIQUE de la comparsa de los “KOYBAS” de ésta Localidad, en el cual solicita la autorización correspondiente para realizar una “MINI LOTA”, a jugarse el día: 20-11-22, a partir de Hs. 18:00 a 21:00 en el Playón deportivo de villa sagrada, y;
CONSIDERANDO
.Que ha abonado los sellados correspondientes.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-Conceder al Sr. FLORES, NICOLAS, cacique de la comparsa los “KOYBAS” de esta Localidad, solicita la autorización correspondiente para realizar una “MINI LOTA ” , a jugarse el día 20-11-22, a partir de Hs.18:30 , en el playón deportivo del Barrio Villa Sagrada.
Art.Nº2.-Informar al interesado que deberá cumplir con todas las normas y requisitos de seguridad que se exigen según leyes vigentes.
Art.Nº3.-Comunicar al solicitante que se eximen de los impuestos pertinentes, debiendo abonar solo los sellados administrativos.
Art.Nº4.-Informar al interesado que posterior a la actividad deberá rendir al Ejecutivo Mpal. el detalle correspondiente de la actividad, caso contrario no se otorgarán futuras autorizaciones ni exenciones.
Art.Nº5.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. Ley N° 7936.
Art.Nº6.-Entregar una copia de ésta Resolución al solicitante y otra a la Policía Local para su debido conocimiento.
Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2054/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.943-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN TRES (03) SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTOL. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Comunidad Ikira (1) – Bº 9 de Julio (1) – Bº 17 de Octubre (1)
Contratado: Sergio ARIAS – DNI Nº 27.682.278
Monto de Contrato: $ 5.387.318,73 (Pesos Cinco Millones Trescientos Ochenta y Siete Mil Trescientos Dieciocho con 73/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2055/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.943-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN TRES (03) SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTOL. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Misión Tuyunti (3)
Contratado: Marcelo VACA – DNI Nº 21.311.649
Monto de Contrato: $ 5.387.318,73 (Pesos Cinco Millones Trescientos Ochenta y Siete Mil Trescientos Dieciocho con 73/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2056/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.943-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN DOS (02) SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: La Loma (1) – Bº 17 de Octubre (1)
Contratado: Miguel CRUZ – DNI Nº 29.496.488
Monto de Contrato: $ 3.591.545,82 (Pesos Tres Millones Quinientos Noventa y Un Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con 82/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2057/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.943-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN DOS (02) SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Capiazuti (2)
Contratado: CORTEZ, QUIROGA, Emilio M. – DNI Nº 37.731.890
Monto de Contrato: $ 3.591.545,82 (Pesos Tres Millones Quinientos Noventa y Un Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con 82/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2058/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.943-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN UNA (01) SOLUCION HABITACIONAL EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Piquirenda Fátima (1)
Contratado: HIPÓLITO, Belarmino Fabián – DNI Nº 24.072.703
Monto de Contrato: $ 1.795.772,91 (Pesos Un Millón Setecientos Noventa y Cinco Mil Setecientos Setenta y Dos con 91/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2059/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.943-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN DOS (02) SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Piquirenda Estación (2)
Contratado: DÍAZ, Sergio – DNI Nº 36.682.279
Monto de Contrato: $ 3.591.545,82 (Pesos Tres Millones Quinientos Noventa y Un Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con 82/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2060/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.943-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN DOS (02) SOLUCIONES HABITACIONALES EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Campo Durán (2)
Contratado: GUTIERREZ, Mónica C. – DNI Nº 25.970.765
Monto de Contrato: $ 3.591.545,82 (Pesos Tres Millones Quinientos Noventa y Un Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con 82/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2061/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN UN (01) NÚCLEO HÚMEDO EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Bº 9 de Julio (1)
Contratado: ARIAS, Sergio – DNI Nº 27.682.278
Monto de Contrato: $ 872.821,26 (Pesos Ochocientos Setenta y Dos Mil Ochocientos Veintiuno con 26/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº 5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2062/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN DOS (02) NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Tuyunti (2)
Contratado: VACA, Marcelo – DNI Nº 21.311.649
Monto de Contrato: $ 1.745.642,52 (Pesos Un Millón Setecientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Dos con 52/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2063/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN DOS (02) NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Peña Morada (2)
Contratado: CRUZ, Miguel – DNI Nº 29.496.488
Monto de Contrato: $ 1.745.642,52 (Pesos Un Millón Setecientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Dos con 52/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2064/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN TRES (03) NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Capiazuti (1) – Agua Blanca (1) – Tobantirenda (1)
Contratado: CORTEZ QUIROGA, Emilio Manuel – DNI Nº 37.731.890
Monto de Contrato: $ 2.618.463,78 (Pesos Dos Millones Seiscientos Dieciocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres con 78/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2065/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN DOS (02) NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Piquirenda Fátima (2)
Contratado: HIPÓLITO, Belarmino Fabián – DNI Nº 24.072.703
Monto de Contrato: $ 1.745.642,52 (Pesos Un Millón Setecientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Dos con 52/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2066/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.- APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN UN (01) NÚCLEO HÚMEDO EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Piquirenda Estación (1)
Contratado: DIAZ, Sergio – DNI Nº 36.682.279
Monto de Contrato: $ 872.821,26 (Pesos Ochocientos Setenta y Dos Mil Ochocientos Veintiuno con 26/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2067/022(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN UN (01) NÚCLEO HÚMEDO EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Campo Durán (1)
Contratado: GUTIERREZ, Mónica C. – DNI Nº 25.970.765
Monto de Contrato: $ 872.821,26 (Pesos Ochocientos Setenta y Dos Mil Ochocientos Veintiuno con 26/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.- La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2068/022(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN UN (01) NÚCLEO HÚMEDO EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Piquirenda Estación (1)
Contratado: VIRAVICA, Oscar – DNI Nº 30.042.309
Monto de Contrato: $ 872.821,26 (Pesos Ochocientos Setenta y Dos Mil Ochocientos Veintiuno con 26/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2069/022(Poder Ejecutivo)
VISTO
La Obra CONSTRUCCIÓN DE 15 NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA, en Convenio entre la Municipalidad de Aguaray y el Instituto Provincial de Vivienda Salta; Resolución Municipal Nº 1.944-2.022, Aprobación del Convenio aludido, Planos de Obra elaborado por el IPV, en composición con la documentación técnica de detalle y alcance de los trabajos. Y;
CONSIDERANDO
QUE, la distribución del beneficio de las unidades se compone de una repartición geográfica amplia dentro del ejido del Municipio de Aguaray.
QUE, en razón de minimizar costos en la etapa de desarrollo de la obra, en particular al desplazamiento del personal a cargo de los trabajos, y con el espíritu de ofrecer un acceso directo de recursos económicos a los jefes de familias de los distintos lugares de construcción de las unidades habitacionales, a modo de paliativo a la presente realidad de falta de trabajos para sectores poblacionales con bajo índice adquisitivo, y con NBI desatendidas, se procuró el beneficio de las adjudicaciones a grupos de trabajos conformados por residentes sectoriales de la obra, con capacidad y conocimiento para el trabajo asignado.
QUE, es facultad del Ejecutivo Municipal, de conformidad a la Carta Orgánica en vigencia, acceder y establecer todo vínculo con terceros, bajo las leyes y normativas administrativas y legales correspondientes, y cumplidas, para su contratación, por lo que la generación del presente acto resolutivo es necesario para validar derechos y obligaciones de las partes que intervienen en el desarrollo y ejecución de la obra aludida.
QUE, por lo expuesto precedentemente corresponde dictar el presente instrumento administrativo a fin de ejecutar la Contratación de Obra, en conformidad con la ubicación del beneficio, y con la particularidad de tipología de obra, cantidad de unidades, y presupuesto proporcional surgente del Monto del Convenio refrendado con el IPV.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936
R E S U E L V E
Art.Nº1.-APROBAR el CONTRATO DE OBRA, con base al Convenio Instituto Provincial de Vivienda Salta – Municipalidad de Aguaray, para:
CONSTRUCCIÓN DOS (02) NÚCLEOS HÚMEDOS EN AGUARAY – DPTO. GRAL. SAN MARTÍN – PROV. DE SALTA
Ubicación: Campo Blanco (2)
Contratado: PEREZ, Aldo Raúl – DNI Nº 34.610.062
Monto de Contrato: $ 1.745.642,52 (Pesos Un Millón Setecientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Dos con 52/100)
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la Partida Presupuestaria Vigente.
Art.Nº3.-NOTIFIQUESE al oferente de la presente.
Art.Nº4.-DESE intervención a las Secretarías correspondientes y de incumbencia a fin de continuar con el procedimiento.
Art.Nº5.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.
Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2070/022(Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de las diferentes áreas y sectores de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, las diferentes áreas y sectores la a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución municipal, según Factura Nº 010-00016893.-
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.
Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de corralón para ser distribuidos entre los distintos sectores y áreas del Municipio de Aguaray.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($ 271.442,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2071/022(Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS que brindó la asistencia de suministro de Materiales para el sector Mecánico perteneciente a Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que a través de la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS C.U.I.T Nº 30-71221560-3, la cual proporciono Materiales y Repuestos (05) Filtros de Aire, (05) Bujías, (03) Cuchillas, (05) Jgo piezas del carburador y 250 Tanzas Cuadradas para las distintas tareas de mantenimiento del taller mecánico que competen a la Municipalidad de Aguaray.-
Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Materiales y Repuestos para las distintas tareas de mantenimiento del taller mecánico.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 66.260,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS C.U.I.T Nº 30-71221560-3, con domicilio comercial en 20 de Febrero 101, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2072/022(Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS, que brindó el servicio de suministro, mediante solicitud de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, Obras Públicas a través de la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7 con domicilio comercial en Alberdi 129, ciudad de Aguaray, adquirió aceite hidráulico 30 lts., según factura Nº: 002-00628.-
Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para el buen funcionamiento de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 33.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCION Nº2073/022(Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de abonar a la empresa CARRIZO AYELEN DANIELA, que brinda el servicio de mantenimiento y reparación de aire acondicionado; Y;
CONSIDERANDO
Que, mediante la Factura Nº: 001-000001 a través de la Empresa CARRIZO AYELEN DANIELA C.U.I.T Nº 27-43338313-9, se adquiere el servicio de reparación de dos aire acondicionado, de Casa de la Cultura, a solicitud del Director de Cultura, Educación y Turismo de la Municipalidad de Aguaray.-
Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio de Mantenimiento del aire acondicionado de Casa de la Cultura Municipal.
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 48.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CARRIZO AYELEN DANIELA C.U.I.T Nº 27-43338313-9, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.Nº5.-De forma.
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2074/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa VILLARROEL MIGUEL ANGEL, que brindó el servicio de suministro de Carnicería, mediante solicitud del Coordinación del Despacho Ejecutivo de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, a través de la Coordinación del Despacho Ejecutivo de la Municipalidad de Aguaray la Empresa VILLARROEL MIGUEL ANGEL C.U.I.T Nº 20-13041421-5. Adquirió insumos de Carnes para personas que asisten al CPI-HOGAR DE NIÑOS Jesús de la Divina Misericordia, según Factura Nº 003-00000078 y mediante Pedido de Suministro Nº 036429/22.-
Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que más necesitan.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CIENTO CUATRO MIL CON NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO 00/100 ($ 104.975,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa VILLARROEL MIGUEL ANGEL C.U.I.T Nº 20-13041421-5 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº2075/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la empresa GUTIERREZ MANUEL ADOLFO, que brindó el servicio de repuestos y servicio completo, mediante el pedido de suministro Nº:036430/22 del sector parque automotor perteneciente a la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el pedido de suministro Nº: 036430/22 del sector del parque automotor, dependiente de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, a través de la empresa GUTIERREZ MANUEL ADOLFO, solicitó los repuestos de dos (2) caja de velocidad Volkswagen 17-210, sincronizado 1ra. y 2da, sincronizado 3ra. y 4ta, ruleman interior, un plato de 1ra., 1 directa. para el CAMIÓN VOLKSWAGEN 17-210 VOLCADOR y que por razones de que es imprescindible que el mismo se encuentre en funcionamiento para las tareas inherentes a la contraprestación de servicio, según Factura Nº002-00000120.-
Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su TÍTULO PRIMERO PATRIMONIO MUNICIPAL CAPÍTULO ÚNICO PATRIMONIO MUNICIPAL UNIVERSALIDAD – Bienes de interés público, Art. 40- El Municipio puede formar parte del proceso de producción de bienes y prestación de servicios de interés público, garantizando que los beneficios alcancen a toda la comunidad. Será nula toda disposición que establezca la adquisición o enajenación de parte alguna del patrimonio municipal, que no se ajuste a las normas respectivas dictadas por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, esta Carta Orgánica, leyes, ordenanzas, reglamentaciones y disposiciones de organismos competentes.-
Que, el Ejecutivo Municipal de la ciudad de Aguaray, ve con agrado contribuir en este tipo de situación para el funcionamiento y disponibilidad del parque automotor municipal para toda la comunidad.-
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTAORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-AUTORIZAR al departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TRESCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($306.700,00) por única vez a nombre de la empresa GUTIERREZ MANUEL ADOLFO C.U.I.T Nº: 20-10174323-4, con domicilio comercial Blas Pascal 5485 piso: PB-Villa Belgrano, CÓRDOBA, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-
Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.-
Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN N°2076/022 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El viaje realizado por parte del Personal Subsidiado Perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, Sr. Perales Iván D.N.I Nº 40.155.637 – Chofer, Sr. Rojas Isaac D.N.I. Nº 37.636.334 (ayudante) y Sr. Palma, Fausto D.N.I. Nº 40.354.863 (ayudante), a los Altos Valles de Acambuco, Y;
CONSIDERANDO
Que, dicho viaje tenía como fundamentos realizar el reparto de agua en la comunidad, para ello se realizó el traslado del personal competente perteneciente a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray.-
Que, para dicho traslado se requirió el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo Camión Ford Cargo 1519/35, con patente AD-555-JV, Motor / chasis 36617069/9BFYEB289KB575507. Cobertura de seguros de “La Caja” Nº de Póliza 4640-0028772-10.-
Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.Nº1.-RECONOCER el viaje realizado a los Altos Valles de Acambuco, por el Personal Subsidiado Perteneciente al Programa Aguaray Trabaja, el día 13 de noviembre del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, los mismos se detallan a continuación:
Apellido y Nombre | D.N.I. Nº | Sector |
PERALES, Iván | 40.155.637 | Chofer |
ROJAS, Isaac | 37.636.334 | Ayudante |
PALMA, Fausto | 40.354.863 | Ayudante |
Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) equivalente de viático a los Altos Valles de Acambuco, correspondiente al día 13 de noviembre del año 2.022, más 1/3 de Un Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877/2.022, a nombre del Personal Subsidiado Perteneciente al Programa Aguaray detallados en el Art. 1º de la presente resolución.-
Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-
Art.Nº5.-De forma.-
Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián