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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1237  del día 13 de Diciembre del Año 2.022, hasta las horas 11:30 am  presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº2253/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 4544/22 ingresado por la Encargada de Turismo, Sra. SANCHEZ GOYTEA Soledad, en relación liberar fondos para la compra de Kit Turísticos, Y;

CONSIDERANDO

Que mediante Expte Nº 4544/22 la encargada de la Oficina de Turismo Sra. SANCHEZ GOYTEA Soledad solicita se libere el fondo por un monto de PESOS DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 10.950,00) en total para la compra de 3 (tres) Kit Turísticos destinados como Obsequios para las Primeras Tres Familias que Visiten Nuestra Ciudad el día 22 de Diciembre.-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorezcan al desarrollo turístico y cultural de nuestro pueblo, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente para  la compra de 3 (tres) Kit turísticos para obsequios.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTAORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento Contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 10.950,00) para la compra de 3 (tres) Kit Turísticos destinados como Obsequios las Primeras Tres Familias que Visiten Nuestra Ciudad el día 22 de Diciembre del año en curso, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario  con competencia en virtud del Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2254/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa HIDRAULICA NORTE, que brindó el servicio de suministro de Materiales Varios, mediante solicitud de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que teniendo en cuenta la emergencia hídrica que atraviesa el Departamento San Martin incluido el Municipio de Aguaray, la crisis actual del servicio regular de abastecimiento de agua potable que incrementó notablemente la urgencia de provisión del líquido elemento a través de Camiones Municipales, como así también el Camión de los Bomberos Voluntario y la necesidad de la población de contar con agua potable atendiendo a fundamentales razones de salud, deviene imprescindible establecer un régimen que ordene el abastecimiento de agua potable de emergencia a los usuarios afectados y permita llevar un control más exhaustivo y ordenado que garantice la respuesta a la solicitud de los mismos.

Que, la Dirección de Obras Publicas a través de la Empresa HIDRAULICA NORTE CUIT Nº 30-71748941-8, adquirió (01) Acoples Macho Rosca c/ Espiga, (01) Acoples Hembra c/ espiga de aluminio y (10) mts Manguera Heliflex Amarilla 2”, (01) Válvula esf. Bronce paso total 2”, (02) Entrerrosca de 2”, según Factura Nº 007-00000064 y 007-00000065.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Materiales Varios en el marco de la emergencia Hídrica que se lleva a cabo actualmente en todo el Departamento San Martin.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL SIETE CON 49/100 CTVOS ($ 95.007,49) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa HIDRAULICA NORTE CUIT Nº 30-71748941-8, con Domicilio en Alberdi 539, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2255/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa PALAU, que brindó el servicio de suministro de Agua Mineral, mediante solicitud Dirección de Obras Publicas de la de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que teniendo en cuenta la emergencia hídrica que atraviesa el Municipio de Aguaray, la crisis actual del servicio regular de abastecimiento de agua potable que incrementó notablemente la urgencia de provisión del líquido elemento a través de Camiones Municipales, como así también el Camión de los Bomberos Voluntario y la necesidad de la población de contar con agua potable atendiendo a fundamentales razones de salud, deviene imprescindible establecer un régimen que ordene el abastecimiento de agua potable de emergencia a los usuarios afectados y permita llevar un control más exhaustivo y ordenado que garantice la respuesta a la solicitud de los mismos.

Que, la Dirección de Obras Publicas a través de la Empresa PALAU CUIT Nº 30-71759032-1, adquirió 4.368 Bidones por 6 lts de Agua Mineral,  según Factura Nº 008-00000006.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Agua Mineral que solicitan en el marco de la emergencia Hídrica que se lleva a cabo actualmente en todo el Departamento San Martin.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y SIETE  CON 92/100 CTVOS ($ 1.179.097,92) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa PALAU CUIT Nº 30-71759032-1, con Domicilio en Ruta Nac 34 KM 996, Cuidad de Salta, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2256/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS, que brindó el servicio de suministro de Cintas de Amarres, mediante solicitud Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que teniendo en cuenta la emergencia hídrica que atraviesa el Municipio de Aguaray, la crisis actual del servicio regular de abastecimiento de agua potable que incrementó notablemente la urgencia de provisión del líquido elemento a través de Camiones Municipales, como así también el Camión de los Bomberos Voluntario y la necesidad de la población de contar con agua potable atendiendo a fundamentales razones de salud, deviene imprescindible establecer un régimen que ordene el abastecimiento de agua potable de emergencia a los usuarios afectados y permita llevar un control más exhaustivo y ordenado que garantice la respuesta a la solicitud de los mismos.

Que, la Dirección de Obras Publicas a través de la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS CUIT Nº 30-71221560-3, adquirió (02) Cintas de Amarre c/criquet 2” x 4 mts,  según Factura Nº 005-00011682.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Cinta de Amarre que solicitan en el marco de la emergencia Hídrica que se lleva a cabo actualmente en todo el Departamento San Martin.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA  CON 92/100 CTVOS ($ 26.280,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa MUÑOZ MAQUINARIAS Y SERVICIOS CUIT Nº 30-71221560-3, con Domicilio en 20 de Febrero 101, Cuidad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2257/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa NIEVA JUAN IGNACIO, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Pintado, mediante Expte Nº 6400/22; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Expte Nº 6400/22 se solicitó la colaboración de Materiales de pintado para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137, el mismo servirá para realizar distintas actividades de los alumnos y el equipo docente que se desenvuelve en el establecimiento, es así que a través de la Empresa NIEVA JUAN IGNACIO CUIT Nº 20-41051954-3, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución, según Factura Nº 001-00000208.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106.- El sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nacional 26.206. En relación a ello, el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de Pintado para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 72.360,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa NIEVA JUAN IGNACIO CUIT Nº 20-41051954-3, con Domicilio en Pje Güemes 0, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2258/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante Expte Nº 6400/22; Y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Expte Nº 6400/22 se solicitó la colaboración de Materiales para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137, el mismo servirá para realizar distintas actividades de los alumnos y el equipo docente que se desenvuelve en el establecimiento, es así que a través de la Empresa CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23-14159838-4, se adquirió  Materiales de corralón para el buen funcionamiento de la institución, según Factura Nº 010-00017151.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO I PROMOCIÓN Y ACCESO A LA EDUCACIÓN, Art. 106.- El sistema educativo argentino es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Este Sistema está integrado por los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nacional 26.206. En relación a ello, el Municipio se inscribe en el marco de esta Ley Nacional y sus incumbencias provinciales, declarando a la educación como instrumento fundamental para la formación integral y socialización de la persona; considerándola un derecho personal y público, un bien social necesario para la vida en democracia.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de Corralon para la construcción de un Tinglado en la Escuela Virgen de Fátima Nº 4137del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL TRECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 34.344,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON ROLDAN, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2259/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por elaboración de comida celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Carmen A. Salgado DNI Nº 24.287.780, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante documentación respaldatoria: Pedido de suministro nº 036694/22 – nº 036711/22 – nº 036712/221  y Orden de Compra nº 13686 y 13692, se hace precisa la prestación de Servicio de Comedor (almuerzo y bebidas) destinado al personal afectado al reparto de agua en diferentes sectores del Municipio por la Emergencia Hídrica que estamos atravesando, según el Visto de la presente.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por elaboración de comida y bebidas, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Carmen A. Salgado   DNI Nº 24.287.780, que pasa a formar parte de la presente.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  Nº2260/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Adjunto  Nº  6507/22, presentado por la Sra. GOMES, MARGARITA, DNI Nº 18.674.984, con domicilio Pje. Los Alamos 682 de B° Destilería de esta Localidad, en el cual solicita una facilidad de pago por una deuda que mantiene con éste Municipio, en concepto de “IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA ALC”, un terreno a nombre de TORRICO, JUAN CARLOS, identificado con el  N° de Cat. 23.499,  proponiendo abonar de contado la deuda capital exceptuando los intereses, y;

CONSIDERANDO

Que no existen actualmente planes de pago ni moratorias, pero que el Código Tributario Nº 028/08 faculta al E.M. a determinar concesiones especiales.

Que es de interés de éste Municipio priorizar los ingresos en beneficio de las arcas municipales.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-Conceder a la Sra. GOMES, MARGARITA, DNI N° 18.674.984, un Plan de pago especial, para cancelar una deuda en concepto de “IMPUESTO INMOBILIARIO, CLOACAS Y TASA ALC”, por un terreno a nombre de TORRICO, JUAN CARLOS, identificado con el   N° de Cat. 23.499.

Art.Nº2.-Comunicar a la solicitante que deberá abonar  la deuda capital en su totalidad, la que asciende a la suma de $ 8.296,49 (pesos Ocho Mil Doscientos Noventa y Seis c/49 cvos.). Con excepción de los intereses cuyo monto es de $ 11.900,94 cvos. La deuda corresponde al período Enero/17  a  Febrero/19.

Art.Nº3.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. Ley n° 7936.

Art.Nº4.-Entregar una copia de la presente a la interesada.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Mpal. y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2261/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO, que brindó el servicio de carnicería, mediante solicitud de distintas áreas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, las distintas  áreas a través de la Empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO  C.U.I.T Nº 20-36379835-8. Adquirió carnes para los diferentes sectores y actividades que corresponden al  buen funcionamiento de las actividades realizadas por la municipalidad, según las facturas Nº 004-0290, 004-0291, 004-0292, 004-0293, 004-0294, 004-0295, 004-0296, 004-0297, 004-0298 y 004-0299.-

Que la Secretaría de Hacienda autoriza la compra de carnes para las actividades que se llevan a cabo como también donaciones en el Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS CON  30/100 ($23.300,30) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORBALAN DANTE GUSTAVO, C.U.I.T Nº 20-36379835-8 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº2262/022 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La nota Nº 138/22 ingresada por el Director de Deportes y Recreación, Sr. ROBLES Luis, en relación al  “BANDERAZO DE PROMOCIONES”, Y;

CONSIDERANDO

Que mediante la nota Nº 138/22 el Director de Deportes y Recreación Sr. ROBLES Luis solicita se libere el fondo para la premiación a los tres primeros lugares del evento “BANDERAZO DE PROMOCIONES”, finalizado el día viernes 02-12-22 en la plaza central Martín Miguel de Güemes.-

Que el primer lugar lo obtuvo la Escuela Técnica Nº: 3.120 (Premio $50.000,00), el segundo lugar la Escuela Técnica Nº: 3.143 (Premio $30.000,00), el tercer y último lugar el Colegio Mariano Moreno Nº: 5.006 (Premio $20.000,00).-

Que, en la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936, establece en su CAPÍTULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inc. – 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad.”

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación que favorezcan a la integración de jóvenes escolares en la etapa de finalización de la secundaria, es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda Municipal a realizar el pago correspondiente a los ganadores del “BANDERAZO DE PROMOCIONES”, realizado en la plaza central Martín Miguel de Güemes.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-ESTABLECER 1º, 2º y 3º premio, a los ganadores del BANDERAZO DE PROMOCIONES, con una retribución por su participación de $50.000,00(Pesos Cincuenta Mil con 00/100), $30.000,00(Pesos Treinta Mil con 00/100) y $20.000,00(Pesos Veinte Mil con 00/100).-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de Pesos Cincuenta Mil con 00/100 ($50.000,00) a nombre de la Sra. BARROZO Mariana Alejandra D.N.I Nº: 28.275.892 por la E.E.T Nº: 3.120, la suma de Pesos Treinta Mil con 00/100 ($30.000,00) a nombre de la Srta. FIGUEROA Maira Agustina D.N.I Nº: 45.114.772 por la E.E.T Nº:3143 y por último la suma de Pesos Veinte Mil con 00/100 ($20.000) a nombre de la Sra. RODRIGUEZ María Johana Janette D.N.I Nº: 32.558.697 por el Colegio Mariano Moreno Nº: 5.006, escuelas de la ciudad de Aguaray, de acuerdo al VISTO y los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-INSTRUMENTAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos que demande el Banderazo de Promociones, a la Partida Presupuestaria Vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art.Nº37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº: 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº6.-De forma.-

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  N°2263/022 (Poder Ejecutivo)        

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Embarcación, por parte de la Encargada de la Oficina de Prevención de Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Salva, Karina, D.N.I. Nº 24.247.176 L.P. Nº 811, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Encargada de la Oficina de Prevención de Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, deberá realizar un viaje a la Ciudad de Embarcación, con el fin de participar de una Jornada de Capacitación, donde se abordaran los temas de Adicciones – Consumo Problemático a cargo del Lic. Cano Alfredo Daniel, responsable del Área de Salud Mental del Hospital de Pichanal.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a la Ciudad de Embarcación.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a la Encargada de la Oficina de Prevención de Adicciones de la Municipalidad de Aguaray, la Sra. Salva, Karina D.N.I. Nº 24.247.176 L.P. Nº 811, a realizar un viaje a la Ciudad de Embarcación, el día 14 de Diciembre del año 2.022, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (01) día de viático a la Ciudad de Embarcación, correspondiente al día 14 de Diciembre del 2.022, más 2/3 del Plus Adicional Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2.022, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha ciudad, con cargo de rendición luego de las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, a nombre de la Sra. Salva, Karina D.N.I. Nº 24.247.176 L.P. Nº 811.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián