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La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1256 del día 13 de Enero del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0066/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la FERRETERIA CORRALON ROLDAN, que brindó el servicio de suministro de Materiales para el Armado de Tacho Contenedores de Agua; mediante solicitud de la Secretaria de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que teniendo en cuenta la emergencia hídrica que atraviesa el Departamento San Martin incluido el Municipio de Aguaray, la crisis actual del servicio regular de abastecimiento de agua potable que incrementó notablemente la urgencia de provisión del líquido elemento a través de Camiones Municipales, como así también el Camión de los Bomberos Voluntario y la necesidad de la población de contar con agua potable atendiendo a fundamentales razones de salud, deviene imprescindible establecer un régimen que ordene el abastecimiento de agua potable de emergencia a los usuarios afectados y permita llevar un control más exhaustivo y ordenado que garantice la respuesta a la solicitud de los mismos.

Que, la Secretaria de Obras Públicas a través de la FERRETARIA CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23141598384, adquirió Materiales para el Armado de Tacho Contenedores de Agua, según Factura Nº 0010-00017514.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Materiales para Armado de Techo Contenedores de Agua en el marco de la Emergencia Hídrica que se lleva a cabo actualmente en todo el Departamento San Martin. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 CTVOS ($ 34.120,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Ferretería CORRALON ROLDAN CUIT Nº 23141598384, con Domicilio en Av. San Martin 238, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan Jo

RESOLUCIÓN N°0067/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte de la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray Sra. Fernández, SandraD.N.I. Nº 16.909.534 L.P. Nº 518 el día 13 de Enero del Cte. y;

CONSIDERANDO

Que, dicha Comisión de Servicio tiene como objetivo Realizas Tramites en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos y sus Dependencias. – 

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicio a dicha Ciudad. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a la Secretaria de Hacienda Municipal, Sra. Fernández, Sandra D.N.I. Nº 16.909.534 L.P. Nº 518, a realizar el viaje a la Ciudad de Salta; el día 13 de Enero del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad Salta, correspondiente al día 13 de Enero del año en curso, más el reconocimiento del pasaje ida y vuelta a dicha Ciudad, con cargo de rendición hasta las 72 hs. de  haber finalizado las actividades,   más 100% de un Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022 a nombre de la Secretaria de Hacienda  Municipal, Sra. Fernández, Sandra  D.N.I. Nº 16.909.534 L.P. Nº 518.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno y/o Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0068/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La importancia de poder contar con espacios radiales para la extensión y promoción de las diferentes gestiones gubernamentales, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, dentro del Plan de Gobierno actual se hace necesario transmitir e informar a la Comunidad en general de; todas y diferentes actividades que realiza cada Área Municipal con el único fin de comunicar con objetividad los resultados de ésta Gestión Municipal. –

Que, este Gobierno entiende que, los medios de comunicación han sido fundamentales en el desarrollo de la civilización, fomentando de esta manera el desarrollo del pensamiento crítico como la interacción social. –

Que, se busca crear un espacio de reflexión que inspire el cambio social en busca de más participación y compromiso del vecino como factor principal de la sociedad. –

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, CAPITULO II FINALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL, COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22, Inciso 18. “Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”. –

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuestas en la Carta Orgánica Municipal, y con la finalidad de dictar un instrumento legal por las erogaciones a producirse, es que corresponde realizar el presente acto resolutivo. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR los SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN, correspondientes a los Medios de Comunicación que presten servicios de promoción y difusión a las diferentes gestiones gubernamentales de nuestra ciudad. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a generar las pertinentes órdenes de pago, según los comprobantes válidos que sean presentados a partir de la fecha y hasta nuevas disposiciones. –

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda Municipal a imputar los gastos que se demanden los servicios de publicidad y difusión, a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0069/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Contrato de Servicio Eventual por elaboración de comida celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Carmen A. Salgado DNI Nº 24.287.780, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante documentación respaldatoria: Pedido de Suministro Nº 037084/23 y Orden de Compra Nº 14008; se hace precisa la prestación de Servicio de Comedor (almuerzo y bebidas) destinado al personal afectado al reparto de agua en varios sectores del Municipio y personal de diferentes oficinas por la Emergencia Hídrica que estamos atravesando, según el Visto de la presente.

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por elaboración de comida y bebidas, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Carmen A. Salgado   DNI Nº 24.287.780, que pasa a formar parte de la presente.

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0070/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa RIZZUTI, que brindó el servicio de 2 Kits de Lámparas de 24V 70W H7, mediante solicitud de la Secretaria de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que teniendo en cuenta la emergencia hídrica que atraviesa el Departamento San Martin incluido el Municipio de Aguaray, la crisis actual del servicio regular de abastecimiento de agua potable que incrementó notablemente la urgencia de provisión del líquido elemento a través de Camiones Municipales, como así también el Camión de los Bomberos Voluntarios y la necesidad de la población de contar con agua potable atendiendo a fundamentales razones de salud, deviene imprescindible establecer un régimen que ordene el abastecimiento de agua potable de emergencia a los usuarios afectados y permita llevar un control más exhaustivo y ordenado que garantice la respuesta a la solicitud de los mismos.

Que, la Secretaria de Obras Públicas a través de la Empresa RIZZUTI CUIT Nº 20-95208954-5, adquirió (02) Kits de Lámparas de 24V 70W H7, según Factura Nº 0002-00008363.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de los Kits de lámparas en el marco de la emergencia Hídrica que se lleva a cabo actualmente en todo el Departamento San Martin, para los camiones Volquete Ford 1519 y Volquete Volkswagen 17210, pertenecientes al parque automotor municipal. –

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CATORCE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 CTVOS ($ 14.200,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa RIZZUTI CUIT Nº 20-95208954-5, con Domicilio en Lavalle 112, Ciudad de Salvador Mazza, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma. –

Sra. Fernández, Sandra – Sr. Sarzur, Juan José

RESOLUCIÓN Nº0071/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. SEGOVIA Ana Isabel D.N.I. Nº 26.352.461  con Domicilio en Bº 19 de Diciembre, solicita una ayuda económica y/o subsidio, para poder solventar gastos de la canasta familiar,  dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a la Sra. Segovia, con una Ayuda Económica y/o Subsidio.-

Que,  por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 16.500,00 (Pesos Dieciséis Mil Quinientos con 00/100 centavos), a nombre de la Sra. SEGOVIA Ana Isabel D.N.I. Nº 26.352.461.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0072/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. ORDOÑEZ Máxima D.N.I. Nº 28.993.507 con Domicilio Bº Belgrano, solicita una ayuda económica y/o subsidio, dado que la situación económica que actualmente atraviesa le imposibilita afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir a la Sra. Ordoñez, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, durante el periodo de dos meses a partir de la fecha.-

Que, por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 10.00,00 (Pesos Diez Mil con 00/100 centavos),MENSUAL a partir del Mes de Enero/2.022 hasta el mes de Febrero/2.023, a nombre de la Sra. ORDOÑEZ Máxima D.N.I. Nº 28.993.507 .-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0073/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.; la  Resolución Nº 05/23 de la Secretaría de Obras Públicas. Sobre Expediente Nº 34 – 275.795/22 – 0, Aprobación del Legajo Técnico para la Obra “PROGRAMA DE PERFORACIÓN EN SISTEMA HÍDRICO ITIYURO –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA”. Convenio de Obra Pública suscripto entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Aguaray., Y;

CONSIDERANDO

QUE, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenios con la Provincia de Salta, y es en virtud de ello que se firma el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA – SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, previsto en el Artículo Nº 28 de la Ley de Presupuesto de la Provincia de Salta.

QUE, se da cumplimiento a lo dispuesto a la Ordenanza vigente de Recursos y Gastos, por el que autoriza al Ejecutivo Municipal a incorporar partidas extras presupuestarias.

QUE, dicho Convenio tiene como fin la ejecución de la obra “PROGRAMA DE PERFORACIÓN EN SISTEMA HÍDRICO ITIYURO –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA”

QUE, la ejecución de dicho Convenio se realizará por Ajuste Alzado.

QUE, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las formalidades dispuesta en la Carta Orgánica Municipal, y ejecutar el Convenio, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR el CONVENIO DE OBRA PÚBLICA entre LA SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS representada por su titular, ING. HÉCTOR HUGO DE LA FUENTE, con domicilio en Centro Cívico Grand Bourg, Avda. los Incas s/n de la ciudad de Salta, y la Municipalidad de Aguaray representada por el Intendente Municipal Dn. GUILLERMO SEBASTIÁN ALEMAN, con domicilio en Av. Sarmiento Nº 300, ciudad de Aguaray, Dpto. Gral. San Martín, Prov. de Salta, para la ejecución de la obra “PROGRAMA DE PERFORACIÓN EN SISTEMA HÍDRICO ITIYURO –  DPTO. GRAL. SAN MARTIN – PROVINCIA DE SALTA”, por la suma de $ 47.830.056,31 (Pesos Cuarenta y Siete Millones Ochocientos Treinta Mil Cincuenta y Seis con 31/100).

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaría de Hacienda a incorporar al Presupuesto General de Recursos y Gastos Vigente – Ejercicio Fiscal 2023, los valores a desembolsar y transferir por parte de la Provincia de Salta, de acuerdo a la legislación vigente, en razón de ello, Autorizar a la Secretaría de Hacienda a realizar las erogaciones correspondientes.

Art.Nº3.-NOTIFICAR a las partes intervinientes y Ordenar la ejecución de dicho Convenio conforme a la carpeta técnica.

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán Guillermo Sebastián