Comparte este artículo

La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1261 del día 20 de Enero del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:

RESOLUCIÓN Nº0186/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Pedido de Provisión Nº 036959/22 y Nota de Ref.: Solicitud de Contratación Abreviada de la Secretaría de Hacienda Municipal, y nota de la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Aguaray, Resolución Municipal Nº 2218 – 2.022 Y;

CONSIDERANDO

Que, conforme lo dispone la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal tiene como atribución la de realizar Convenio con la Provincia, que en función de ello se firma el “CONVENIO DE OBRA PUBLICA” para la ejecución de la “OBRA CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA PARAJE EL ALGARROBAL  – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, Expte Nº 386 -160.253/22, Resolución Municipal Nº 2218 – 2.022.-

Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Contrataciones Nº 8.072, se procedieron a realizar los procesos administrativos necesarios y en vista a ello se conformó el Expediente “CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA PARAJE EL ALGARROBAL – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, el cual se adjunta a la presente.-

Que, mediante Pedido de Provisión Nº 036959/23, se solicita la “ADQUISICIÓN DE (160) BARRAS DE HIERRO TORCIONADO DE 6 mm x 12 mts, (20) kg de ALAMBRE 16”, (04) BARRAS DE HIERRO LISO 16 mm x 12 mts, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA PARAJE EL ALGARROBAL  – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, las notas de requerimientos correspondientes de las diferentes áreas competentes, y las invitaciones de cotización, y las propuestas presentadas, conforme al procedimiento dispuesto en el Art. 15, inciso i) de la Ley Provincial N° 8.072 – Decreto Reglamentario N° 1.319/18.

Que, la fecha límite para la presentación de las propuestas será el 23 de Enero del año 2.023 a Hs. 12:00, en conformidad con lo publicado a través de la página oficial de la Municipalidad de Aguaray en la sección de CONTRATACIONES: www.aguaray.gob.ar.-

Que, por lo expuesto precedentemente, y a fin de dar cumplimiento con las, disposiciones mencionadas ut supra, es que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICAMUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-CONVOCAR a CONTRATACIÓN ABREVIADA N° 01/2.023, “ADQUISICIÓN DE (160) BARRAS DE HIERRO TORCIONADO DE 6 mm x 12 mts, (20) kg de ALAMBRE 16”, (04) BARRAS DE HIERRO LISO 16 mm x 12 mts, PARA LA OBRA DE CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA PARAJE EL ALGARROBAL  – AGUARAY – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, según Expediente adjunto a la presente, conforme lo dispuesto a la ley Provincial N°8.072 y Decreto Reglamentario N° 1319/18 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Capítulo II, Art. 15, inciso i) – Contratación Abreviada.- 

Art.Nº2.-ORDENAR a la Secretaria de Hacienda a realizar los actos administrativos correspondientes a fin de dar cumplimiento al procedimiento de CONTRATACIÓN ABREVIADA.-

Art.Nº3.-ORDENAR se imputen los gastos a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al Art. N°37 de la Carta Orgánica Municipal Ley N°7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0187/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la EMPRESA JARDIN DE LA PAZ que brindó el servicio de Alquiler de la Sala Velatoria, mediante solicitud de la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, a través de la Empresa JARDIN DE LA PAZ  CUIT Nº 30-67316339-0, Adquirió el servicio de Alquiler de la Sala Velatoria para personas de nuestra jurisdicción, que no contaban con los recursos suficientes para adquirir los mismos por sus propios medios, según Pedido de Provisión Nº 036958/23 y mediante Factura Nº 005-00003007.-

Que, la carta Orgánica Municipal  – Ley 7936, Titulo Séptimo – CAPÍTULO VIII FONDOS FIDUCIARIOS – Fondo Asistencial Articulo. 74.- El fondo asistencial, cuyo objetivo es atender en modo particular a las familias del Municipio que se encuentren en situación de vulnerabilidad, en materia de salud, educación y vivienda, será administrado por el Área de Acción Social.-

Que, el Señor Intendente de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que necesitan brindarle el ultimo adiós  a sus seres queridos.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DIECISIETE MIL CON 00/100 ($ 17.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la EMPRESA JARDIN DE LA PAZ  CUIT Nº 30-67316339-0 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0188/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa CORRALON LA PATRONA, que brindó el servicio de suministro de Materiales de Corralón, mediante solicitud de la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Dirección de Obras Publicas Municipal la a través de la Empresa CORRALON LA PATRONA CUIT Nº 23-41051967-4, se adquirió  Materiales de Corralón (25 Veinticinco) Bolsas de Cemento por 50 kg, para Bacheo en Arterias Varias, Mediante Factura Nº 002-00000138.-

Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO VI OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Articulo Nº 67.- En el ámbito municipal, revisten carácter de obras públicas municipales: las afectadas al servicio público municipal, de pavimentación, de veredas y de cercos, de plazas y paseos públicos, de urbanización y ornato, de los edificios municipales y cualquier otra obra de carácter público, incluyendo la conservación y el mantenimiento de los inmuebles históricos.

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de Material de Corralón para tener en stock en Obras Públicas para las diferentes tareas que se llevan a cabo en el Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA  CON 00/100 ($ 56.250,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa CORRALON LA PATRONA, con Domicilio en Bº 30 Viviendas, Mzna A. Casa 3, Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0189/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Acta Nº 01/18, mediante la cual se pone en conocimiento de la Constitución  de la Comisión del Corso Color Aguaray 2.023, en nuestra localidad, y, 

CONSIDERANDO        

Que, en referencia, según el Visto de la presente, está el desarrollo del Corso Color Aguaray 2.023, con el único objetivo de brindar un espectáculo entretenido para el público y de alegrar las noches de los aguarayenses que se reúnen todos los años para festejar el Carnaval, en las noches del Corso.-

Que, para ello se conformó una Comisión del Corso Color Aguaray 2.023, quienes asumen la responsabilidad de absorber las distintas gestiones administrativas y contables, con la finalidad de agilizar y optimizar la organización  de las actividades, y a su vez recaudar y obtener  recursos  que serán destinados a solventar  parte de los gastos que demandará la organización de los festejos carnavalescos.-

Que, dicha Comisión se crea conforme lo establecido en el Titulo IV, Capitulo II, Art. 108 a fin de continuar y gestionar políticas de cultura y recreación (“Art. º 108 Inc. 3 Promoción del acceso a las diversas manifestaciones de la cultura popular, individuales y colectivas, facilitando su difusión.- Inc. 5 Fomento de la producción artística y cultural…”)

Que, es pertinente sancionar la presente Resolución Municipal, a efectos de otorgar el reconocimiento, autorización y aval para que la Comisión Constituida realice todo tramite, según lo vertido en párrafos anteriores.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-RECONOCER Y OTORGAR AVAL, a la Comisión del Corso Color Aguaray 2.023. Según Acta Constitutiva, que pasa a formar parte de la presente, quedando de la siguiente manera:

  • Presidente: Sr. Juan José Sárzur         D.N.I. Nº 25.882.488
  • Vicepresidente: Sr. Gustavo Irala       D.N.I. Nº 34.126.460
  • Tesorero: Sra. Sandra Fernández        D.N.I. Nº 16.909.534
  • Vocal I: Sr. Martín Medina                D.N.I. Nº 16.734.999
  • Vocal II: Sra. Soledad Sánchez          D.N.I. Nº 33.351.241
  • Vocal III: Srta. Claudia Cequeira        D.N.I. Nº 26.519.235
  • Vocal IV: Sra. Sonia Chauque                        D.N.I. Nº 26.713.619

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda Municipal a proceder con los pasos administrativos y contables por las erogaciones que demande la Comisión para la realización del Corso Color Aguaray 2.023.-

Art.Nº3.-Una  vez culminado las actividades y eventos por los cuales fue constituida la Comisión, la misma deberá presentar las rendiciones de cuentas a este Municipio, según lo vertido en el Visto y los Considerandos de la presente.

Art.Nº4.-CUMPLIDO el Art. 3 de la presente, dicha Comisión queda sin efecto hasta el siguiente año.

Art.Nº5.-La presente Resolución Municipal será refrendada por el Secretario de Gobierno, de acuerdo al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº6.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0190/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La realización de las noches del Corso Color Aguaray 2023, durante los días 17, 18 y 19 de Febrero del corriente año, sobre la Diagonal 9 de julio de  nuestra localidad, y la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, Y;

CONSIDERANDO

Que, es intención del Ejecutivo Municipal apoyar a las actividades públicas  que hacen a las manifestaciones culturales del  Municipio de Aguaray.-

Que, el Carnaval es una de las fiestas populares de mayor tradición en la historia de la humanidad. Hoy esta expresión popular se celebra en distintas partes del mundo, haciendo que los escenarios donde se desarrollan atraigan al público en general  para sentir, vibrar y cantar con el paso de las comparsas, encargadas de trasmitir su tradición en el tiempo, folclor que  las caracterizan, haciendo que, participantes y espectadores se contagien con el audaz ritmo de las “batucadas y sus danzas”, disfrutando de un espectáculo lleno de brillo, luz y sonido sin precedentes, coreadas por participantes en distintas categorías que hacen de un corso color muy festivo y colorido, y que nuestro Aguaray se hermosea y realza con este tipo de espectáculo que atrae y gusta a diferentes públicos, por contar con ellos.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936, en su TÍTULO PRIMERO GOBIERNO MUNICIPAL, FUNCIONES Y COMPETENCIAS, Capítulo II COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL, Art. 22 Inciso 18 ”Realizar, auspiciar y estimular la celebración de las festividades públicas, patrióticas, religiosas, populares y tradicionales; participar con las entidades vecinales e instituciones sociales en la exaltación, conmemoración y homenajes referidos a hechos, lugares o personas, que integren las tradiciones histórico-populares del Municipio; así como exaltar en la toponimia local, los valores, símbolos o elementos que se vinculen al acervo cultural o tradicional de la comunidad”.-           

Que, a razón de las actividades programadas, el municipio dispone que todas las áreas municipales deberán participar indefectiblemente, ya que se trata de un compromiso con la comunidad.-

Que, por inclemencias del tiempo, que podrían ocasionarse, se otorgará una noche más, que quedará a disponibilidad y a elección de la Comisión del Corso Color Aguaray 2.023 y dichas actividades estarán sujetas a lo establecido en la Resolución de Emergencia Hídrica por la escases de agua Nº 163/2.23, quedando a disposición del Ejecutivo Municipal toda modificación pertinente.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPALLEY Nº 7936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL Y CULTURAL  La realización de las noches de Corso Color Aguaray 2023, durante los días 17, 18 y 19 de Febrero del corriente año, sobre la Diagonal 9 de julio de  nuestra localidad.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos que demande la realización de las noches del Corso Color Aguaray 2.023, a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Dese copia a las autoridades que así lo requieran.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN  N°0191/023 (Poder Ejecutivo)          

VISTO

El viaje a realizar por parte del Personal Perteneciente a la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Aguaray, a los Altos Valles de Acambuco, Y;

CONSIDERANDO

Que, dicho viaje tiene como fundamentos Realizar el Festejo de Reyes a todos los niños de dicha Comunidad.-

Que, para su traslado se requiere el uso de los vehículos oficiales de la Municipalidad de Aguaray, Camioneta Ford F-100 3.9 – 2010, Dominio: JHE004 y Camioneta Toyota Hilux DX 2.5, Cabina doble 4×4, Dominio: EYB752.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión de servicios en dicho viaje a los Altos Valles de Acambuco, Campo Largo y Macueta.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR a los Agentes Municipales pertenecientes a la Dirección de Acción Social y al Chofer afectado para realizar el traslado, a los Altos Valles de Acambuco, Campo Largo y Macueta, correspondiente al día 20 de Enero del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente, los mismos se detallan a continuación:

Apellido y NombreD.N.I.L.P. NºSector
BARROSO, Hernán28.275.826692Chofer
RIVERO, Raúl20.644.094700Chofer
YEPE, Silvana31.497.277807Juegoteca
PEREZ, Gabriela36.682.120     Juegoteca
MARTINEZ, Lucas37.731.976504Deporte
VILLARROEL, Gladys25.499.133371Dir. Acción Social
CRUZ, Miguel21.311.702Deporte
CORREA, María32.434.644592Juegoteca
UMBIDEZ, Andrea25.882.465756Juegoteca
SITUE, Diego43.218.348Deporte

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir las pertinentes Órdenes de Pago para cada uno de los Agentes Municipales mencionados en el Art. Nº 1, de acuerdo al siguiente detalle:

Apellido y NombreViáticos
BARROSO, HernánUn (01) día de Viático más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
RIVERO, RaúlUn (01) día de Viático más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
YEPE, SilvanaUn (01) día de Viático más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
PEREZ, GabrielaUn (01) día de Viático más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
MARTINEZ, LucasUn (01) día de Viático más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
VILLARROEL, GladysUn (01) día de Viático más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
CRUZ, MiguelUn (01) día de Viatico más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
CORREA, María ElenaUn (01) día de Viatico más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
UMBIDEZ, AndreaUn día (01) de Viatico más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022.-
SITUE,   Diego ExequielUn día (01) de Viatico más 2/3 de Plus Adicional Pecuniario y Complementario, según Res. Mpal. Nº 877-2022

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, y Archívese.-

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN N°0192/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El viaje a realizar a la Ciudad de Salta, por parte del Agente Municipal, el Sr. Manuel Castro, D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, el 23/01/2023, y;

CONSIDERANDO

Que, esta comisión de servicio tendrá como objetivo trasladar personas para atención medica con turnos programados y tramites en general, desde la localidad de Aguaray hacia la Ciudad de Salta, que se detallan a continuación:

CANTAPELLIDO Y NOMBRED.N.I N°TRASLADO
1Herrera, Jazmín39.364.689Ida
2Cruz, Carolina28.690.387i/v
3Guitian, Carlos24.642.068i/v
4Mariano, Juan M40.842.145i/v
5Mariano, Anselmo24.968.938i/v
6Peredo, Alfredo11.218.767i/v
7Sánchez, Johana48.277.773Ida
8Sánchez, Marianela40.155.648Ida
9Nieva, Hortensia28.340.214i/v
10Contreras, Irma18.839.751Ida
11Floriano, Exequiel38.274.312Ida
12Segovia, Rosa14.159.769i/v
13Vera, Florencia41.487.129i/v  

Que dicho traslado requiere el uso del vehículo oficial de la Municipalidad de Aguaray, vehículo RENAULT, tipo de vehículo Pick Up Clase B Minibús Modelo 2.017, con patente AB768GH, Motor / chasis M9TC678C029089/93YMEN4CEJJ830140. Cobertura de seguros de “Rivadavia” Nº de Póliza 32/02/140893.-

Que, es menester realizar el presente acto resolutivo a fin de reconocer los gastos de viatico por la comisión servicio a la ciudad de Salta Capital.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-COMISIONAR al Agente Municipal, el Sr. Manuel Castro, D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730, a viajar a la Ciudad de Salta  Capital, el día 23 de Enero del año 2.023, a fin de cumplir con las tareas encomendadas y descriptas en el VISTO y los CONSIDERANDOS de la presente.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Dpto. Contable a emitir la pertinente Orden de Pago por un (1) día de viatico a la Ciudad de Salta Capital, correspondiente al día 23 de Enero del año en curso, más la suma de Pesos Cuatro Mil ($4.000) para combustible y gastos varios, con cargo de rendición hasta las 72 hs. de haber finalizado con las actividades, más 100% del Plus Adicional Pecuniario Complementario según Resolución Municipal Nº 877-2022, a nombre del Agente Municipal, el Sr. Manuel Castro, D.N.I. Nº 26.352.315 L.P. Nº 730.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno, en referencia al Art. Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0193/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, el Sr. Castro Mario Saúl  D.N.I. Nº 42.257.360 con Domicilio Paraje Cuña Muerta, solicita una ayuda económica y/o subsidio, para poder solventar gastos de la canasta familiar, no cuenta con los recursos para poder satisfacer sus necesidades básicas y que debido al problema de salud que le aqueja no puede trabajar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir al Sr. Castro, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, durante el periodo de Seis  meses a partir de la fecha.-

Que, por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 15.000,00 (Pesos Quince  Mil con 00/100 centavos), MENSUAL a partir del Mes de Enero  hasta el mes de Junio/2.023, a nombre del Sr.  Castro Mario Saúl  D.N.I. Nº 42.257.360.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0194/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Carta orgánica Municipal – Ley 7.936, Decreto Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y sus Anexos; y;

CONSIDERANDO

Que, el Municipio de Aguaray oportunamente suscribió con la Provincia de Salta convenio marcos, de conformidad a lo establecido en el Decreto 472/10.-

Que, el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta aprobó los Convenios de Ejecución de Políticas Sociales y los Anexos que integran cada uno de ellos, con cada uno de los Municipios de la Provincia, entre ellos el Municipio de Aguaray, con el Decreto Nº 1.616/10.

Que, conforme al decreto Nº1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta, Anexo III, “III xiii) FONDOS DE ASISTENCIA CRITICA, bajo este concepto se atenderá las emergencias críticas producidas a sujetos de derecho de gran vulnerabilidad del Municipio. Que podrá concretarse a través de subsidios a personas físicas o compras destinadas a tal fin…”; Dichos subsidios y/o Ayuda Económicas se otorgaran para productos alimenticios, remedios, atención médicas, traslado, sepelios y otras necesidades que contemple el programa en el marco de los fondos  ASISTENCIA CRITICA.-

Que, la Sra. Estrada Nancy M. D.N.I 35.152.853; Ordoñez Sebastián A. D.N.I 28.715.430; García Roxana D.N.I 24.968.971; Illescas Yolanda G. D.N.I 22.309.957; Salas Guillermo R. D.N.I 17.582.202; Salinas Griselda D.N.I 18.838.383, solicitan una ayuda económica y/o subsidio, dado que la situación económica que actualmente atraviesan le imposibilitan afrontar, es por ello que recurre la buena voluntad del Ejecutivo Municipal, para dar solución a esta problemática.-

Que, el Ejecutivo Municipal, ve con agrado asistir, con una Ayuda Económica y/o Subsidio, a las personas anteriormente nombradas durante el periodo de seis  meses  a partir de la fecha.-

Que, por todo lo expuesto es que se dicta el presente acto administrativo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL  DE AGUARAY, EN USO  DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la entrega de subsidios y/o Ayudas Económicas,  con fondos ut supra aludidos, conforme las disposiciones del Anexo III de los convenios de Ejecución de Políticas Sociales del Decreto  Nº 1.616/10 del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Salta y el Municipio de Aguaray, para Asistencia Crítica.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Dirección Contable, dependiente de la Secretaria de Hacienda Municipal, a emitir la pertinente Orden de Pago, por la suma de $ 2.000,00 (Pesos Dos Mil con 00/100 centavos), MENSUAL a partir de Enero hasta el Mes de Junio/2.023 a nombre de la Sra. Estrada Nancy M. D.N.I 35.152.853; Ordoñez Sebastián  A. D.N.I 28.715.430; García Roxana D.N.I 24.968.971; Illescas Yolanda G. D.N.I 22.309.957; Salas Guillermo R. D.N.I 17.582.202; Salinas Griselda D.N.I 18.838.383.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaria de Hacienda a imputar las erogaciones a la partida presupuestaria correspondiente. –

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario con competencia, en referencia al art. Nº 37 de la carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0195/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. Nº 235/023, presentado por la Sra. Luna Carmen Liliana D.N.I. Nº 23.022.648, domiciliado en Bº Villa Progreso, en la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. Luna Carmen solicito una audiencia para tratar temas inherente al Merendero Los Conejitos del Bº Villa Progreso en la Ciudad de  Aguaray.-

Que, como consecuencia de lo conversado personalmente con el Ejecutivo Municipal, se dispuso el otorgamiento de una ayuda económica por la suma de $ 10.000(PESOS DIEZ MIL CON 00/100) por los meses de Enero hasta Junio del presente año.-

Que, en concordancia con los gastos efectuados por el Merendero los Conejitos, se observa que los fondos que reciben de manera mensual no son suficientes para solventar todo lo que se debe afrontar como la compra de mercadería para brindar la merienda a más de 80 personas que asisten, siendo personas de escasos recursos y en estado de vulnerabilidad.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS DIEZ MIL CON 00/100 ($ 10.000,00) MENSUAL, durante un periodo de (03) meses de Enero hasta Junio de 2.023 a nombre de la Sra. Luna Carmen L. D.N.I Nº 23.022.648 en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.-De forma.-

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0196/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La necesidad de regularizar la deuda con la empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS, que brindó el servicio de suministro de Aceites y Agua Refrigerante, mediante solicitud del Sector Mecánico de la Municipalidad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, el sector Mecánico a través de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7, Adquirió (20) Lts de Aceite  XV 300 y (05) lts de Agua Refrigerante para Stock del Pañol Municipal y el buen funcionamiento de los vehículos oficiales, según Factura Nº 002- 00000636.-

Que la Secretaria de Hacienda autoriza la compra de insumos para el buen funcionamiento de Sector Mecánico del Municipio de Aguaray.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 25.650,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LAHUD DANTE ROBERTO ELIAS C.U.I.T Nº 20-20194227-7 – Sucursal Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº5.De forma.-

Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0197/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

La Nota Interna Nº 008/23 presentada por el Director de Deporte y Juventud Sr. Robles Luis de la Municipalidad de Aguaray y la Liga Barrial de Futbol de Aguaray,  Expte Nº 6550/22, Y;

CONSIDERANDO

Que, la Nota ut supra presentada por el Director de Deporte y Juventud Sr. Robles Luis  y el Expte Nº 6650/22, el cual solicita una donación de un Trofeo Copa para el Campeonato de la Liga Barrial de Futbol de Aguaray donde son participes  jóvenes de lugares aledaños y parajes de toda la jurisdicción en una disciplina que favorece la buenas prácticas para una mejor salud en las personas, dicho evento finaliza el 22 de enero del año en curso.-

Que, la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO III RECREACIÓN Y DEPORTE SOCIAL POLÍTICA DEPORTIVA. CREACIÓN DE ESCUELA DEPORTIVA, Artículo 109, Inciso 1. “La difusión y promoción del Deporte Social, mediante actividades recreativas y deportivas plenamente inclusivas, sin discriminación de edad, sexo, condición física, social, cultural, étnica o racial, por lo que sostiene este concepto de deporte como una actividad propicia para la promoción de valores y hábitos, como una herramienta de convocatoria e integración, para acompañar a un crecimiento saludable y apoyar el desarrollo de un proyecto comunitario, basado en la igualdad y en la tolerancia”.

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado contribuir con la Liga Barrial de Futbol y de esta forma apostar a los Jóvenes y Adultos  de nuestro pueblo apoyando el deporte y la participación, es así que se autoriza a la Secretaria de Hacienda realizar el pago de la factura Nº 002-00000127 a nombre de la Empresa LENZ DAVID HORACION CUIT Nº 20-14069855-6 en concepto de Donación.-

Que por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL-LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-APROBAR la Donación (01) Un Trofeo Copa para la Liga Barrial de Futbol de Aguaray que será entregado por  el  Director de Deporte y Juventud Sr. Robles Luis de la Municipalidad de Aguaray.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100  ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa LENZ DAVID HORACION CUIT Nº 20-14069855-6, con domicilio comercial en Casa 19, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –

Art.Nº6.-De forma.-

Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0198/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte Nº 308/23  presentado por la Sra. JAUREGUI Emilse Beatriz DNI Nº 22.145.417, domiciliada en Bº El Cruce de la Ciudad de Aguaray; Y;

CONSIDERANDO

Que, la Sra. JAUREGUI Emilse Beatriz solicita una ayuda económica, por motivo que su esposo Sánchez Juan Domingo DNI Nº 21.311.752 el día 31 de enero del presente año debe ser intervenido quirúrgicamente por un traumatismo en el hombro derecho, y como actualmente se encuentra desocupada, es por eso que acude a este pedido

Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las organizaciones que se encuentran atravesando una difícil situación de salud.-

Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.

R E S U E L V E

Art.Nº1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. JAUREGUI Emilse Beatriz DNI Nº 22.145.417, de la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento.-

Art.Nº2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente.-

Art.Nº3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-

Art.Nº4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese.-

Art.Nº5-De forma.-

Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián

RESOLUCIÓN Nº0199/023 (Poder Ejecutivo)

VISTO

El Expte. adjunto Nº 295/23, presentado por  el Sr. FLORES, NICASIO, DNI Nº 24.287.777, cacique de la comparsa “LOS KOYBAS” de Villa Sagrada de esta Localidad, en el cual solicita autorización para realizar una “MINI LOTA” que consta de 800 números a $ 250,00 c/u, con un total en premios de $ 30.000, a jugarse el día: 12-02-23, a partir de Hs. 18:00,  en el Playón de Villa Sagrada,  y;

CONSIDERANDO

Que la recaudación obtenida será destinada a los gastos de insumo que demanda la Comparsa.

Que la Autoridad Mpal. colabora con éste tipo de actividades recreativas en bien de la comunidad.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON  PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL LEY N° 7936.

R E S U E L V E

Art.N1.-Conceder al Sr. FLORES, NICASIO, DNI Nº 24.287.777, cacique de la Comparsa “LOS KOYBAS”, la autorización correspondiente para realizar un “MINI LOTA” que consta de 800 números, a $ 250,00 c/u, con un total en premios de $ 30.000, a sortearse el día: 12-02-23, a partir de Hs. 18:00, en el Playón de Villa Sagrada.

Art.Nº2.-Comunicar al solicitante que se exime de los impuestos  pertinentes, debiendo abonar solo los sellados que correspondan.

Art.Nº3.-Comunicar al interesado que posterior a la actividad deberá informar al Ejecutivo Mpal. el detalle correspondiente de la recaudación y gastos obtenidos, caso contrario no se otorgarán futuras autorizaciones ni exenciones.

Art.Nº4.-La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de competencia, en referencia al Art. N° 37 de la Carta Orgánica Mpal. Ley N° 7936.

Art.Nº5.-Entregar una copia de ésta Resolución al interesado.

Art.Nº6.-Enviar una copia de ésta Resolución a la Policía Local para su debido conocimiento y control.

Art.Nº7.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.

Sr. Sarzur, Juan José – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián