La oficina del Boletín Oficial emite la Edición N°1277 del día 13 de Febrero del Año 2.023, hasta las horas 11:30 am presenta la siguiente documentación del Poder Ejecutivo:
RESOLUCIÓN Nº0371/023 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Contrato de Servicio Eventual celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y el Sr. Pintos, Ramón Mario DNI Nº 13.570.739, y;
CONSIDERANDO
Que mediante ingreso de Pedido de Suministro nº 037376/23 y Orden de Compra nº 14305, se solicita la autorización correspondiente para la Contratación del Servicio de reparación y mantenimiento, para la Camioneta Ford F – 100 4 x 4, Ambulancia de Acambuco.-
Que, es necesario seguir con el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago del Servicio prestado a nuestro Municipio. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sr. Pintos, Ramón Mario DNI Nº 13.570.739, que pasa a formar parte de la presente. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno o de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº0372/023 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La Nota presentada por el Sr. Romero Claudio DNI Nº 37.301.846, domiciliado en la Comunidad de Capiazuti en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, el Sr. Romero solicita una ayuda económica para solventar gastos de traslado, por motivo que las agrupaciones de Pim-Pim (Los Gi+rake) y Tincu (Nuevo Amanecer) participaran en el corso color 2.023 de la ciudad de Tartagal el día 11 del mes en curso, es por eso que acude a este pedido
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación en donde agrupaciones visitarán para representar a nuestro pueblo en un evento importante que simboliza la cultura y la tradición de Aguaray, es por eso que autoriza a la secretaria de hacienda a realizar el pago en concepto de ayuda económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre del Sr. Romero Claudio DNI Nº 37.301.846 de la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº0373/023 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con el Profesional Veterinario Sr. LARRAHONA José Luis que realizo control por una mordedura de perro a un agente municipal.; Y,
CONSIDERANDO
Que mediante solicitud presentada por la Directora de Bromatología Comercio y Ambiente Sra. Cequeira Claudia, la cual solicita el pago del servicio que desarrollo el Veterinario LARRAHONA JOSE LUIS, C.U.I.T Nº 20-24072515-1 de control por una mordedura de perro a un agente municipal Sr. Juárez José DNI Nº 39.002.753 que se encontraba realizando tareas encomendadas en horario laboral, según Factura Nº 004-00000118.-
Que, dentro del Plan de Gobierno actual se hace necesario contar con un profesional Veterinario para la inspección y control de la enfermedad de la Rabia, la cual se trata de la mejor forma de protección para las personas y los animales, ya que resguarda a las mascotas ante la posibilidad de exposición a la enfermedad a través de los animales salvajes, y se neutraliza la potencial transmisión a los humanos. –
Que la Secretaria de Hacienda autoriza el pago para el servicio del Profesional Veterinario que se desenvuelve en la inspección y control en la Ciudad de Aguaray. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIEREN LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL- LEY N° 7936.
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente Orden de Pago, por la suma de PESOS DOCE MIL CON 00/100 ($ 12.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de LARRAHONA JOSE LUIS C.U.I.T Nº 20-24072515-1, con Domicilio legal en Cornejo 157, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº0374/023 (Poder Ejecutivo)
VISTO
La necesidad de regularizar la deuda con la Empresa SUCESORES DE YEIZEL KATZ S. H. que brindó la asistencia de suministro de Equipamiento para la Casa de Huésped de la Municipalidad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que a través de la Empresa SUCESORES DE YEIZEL KATZ S. H. C.U.I.T Nº 30-61794427-4, asistió con equipamiento para amoblar la Casa de Huésped y con el fin de contar con un espacio confortable en donde se pueda albergar delegaciones y organismos que vienen a realizar diferentes actividades y tareas en distintos lugares de nuestro Municipio, mediante Factura Nº 0113-00010537.-
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO ÚNICO PATRIMONIOMUNICIPAL UNIVERSALIDAD, Art. 39.- El patrimonio municipal se integra por la totalidad de los bienes, derechos y acciones de su propiedad, sean del dominio público o privado. 1. Son bienes de dominio público municipal los destinados para el uso y utilidad general, sujetos a las disposiciones reglamentarias pertinentes, y aquellos que provienen de legados, donaciones y otros actos de disposición y que se encuentran afectados a la prestación de un servicio público, salvo disposición expresa en contrario. Son inajenables, inembargables e imprescriptibles mientras se encuentren afectados al uso público. Sólo podrán ser desafectados de su calidad de bien público, aquél que sea objeto de Ordenanza aprobada a tal efecto por las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante. Los particulares tienen el uso y goce de los mismos conforme con las Ordenanzas que a tal efecto se dicten.
Que la forma de pago que se acordó con la empresa SUCESORES DE YEIZEL KATZ S. H. C.U.I.T Nº 30-61794427-4, será en tres partes, el primer pago por Transferencia Bancaria, el segundo pago en Cheque a 30 días y el tercer y último pago en Cheque a 60 días quedando conformes la Empresa y la Municipalidad de Aguaray. –
Que el Intendente Municipal contribuye en acondicionar parte del Patrimonio Cultural de nuestro pueblo es así que autoriza a la Secretaria de Hacienda el pago para la compra de Muebles y Electrodomésticos para la Casa Huésped. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR la compra de Equipamientos Varios para la Casa de Huéspedes que tiene como finalidad albergar Delegaciones y Organismos que vienen a realizar diferentes actividades y tareas en distintos lugares de nuestro Municipio. –
Art.N°2.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON 23/100 CTVOS ($ 1.786.430,23) por ÚNICA VEZ a nombre de la Empresa SUCESORES DE YEIZEL KATZ S. H. C.U.I.T Nº 30-61794427-4, con domicilio comercial en Alberdi 75, Ciudad de Tartagal, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°3.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°4.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al art Nº 37 de la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936.-
Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°6.-De forma. –
Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº0375/023 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Expte. Nº 641/2023, presentado por el Sra. Gracionis Teresa Raquel D.N.I. Nº 30.398950, domiciliada en Bº 9 de Julio, en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra Gracionis, mediante el Expte ut supra, solicita la colaboración de una ayuda económica, por motivo que su hijo Yare Jonathan Leonel DNI 53.196.964 esta pre seleccionado por el CLUB ARGENTINO JUNIORS y es invitado a participar del Torneo Nacional de Futbol en la Ciudad de Entre Ríos. –
Que la Carta Orgánica Municipal Ley Nº 7.936 en su CAPÍTULO III RECREACIÓN Y DEPORTE SOCIAL POLÍTICA DEPORTIVA. CREACIÓN DE ESCUELA DEPORTIVA, Artículo 109, Inciso 1. La difusión y promoción del Deporte Social, mediante actividades recreativas y deportivas plenamente inclusivas, sin discriminación de edad, sexo, condición física, social, cultural, étnica o racial, por lo que sostiene este concepto de deporte como una actividad propicia para la promoción de valores y hábitos, como una herramienta de convocatoria e integración, para acompañar a un crecimiento saludable y apoyar el desarrollo de un proyecto comunitario, basado en la igualdad y en la tolerancia.
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado brindar una asistencia para Yare Jonathan y de esta forma apostar a los niños de nuestro pueblo apoyando el deporte y la participación en diferentes lugares de nuestro País, es así que se autoriza a la Secretaria de Hacienda realizar el pago en concepto de ayuda económica. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 20.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra. Gracionis Teresa Raquel D.N.I. Nº 30.398950, en concepto de ayuda económica para su hijo en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº0376/023 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Expte Nº 716/23 presentado por la Sra. GOMEZ Daniela DNI Nº 31.548.473, domiciliada en el Bº Radio Estación en la Ciudad de Aguaray; Y;
CONSIDERANDO
Que, la Sra. Gómez a través del Expte ut supra solicita una ayuda económica, por motivo que debe realizarse unos estudios médicos en la Ciudad de Salta debido a que se encuentra atravesando por una difícil situación de salud, es por eso que acude a este pedido
Que, el Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Aguaray, ve con agrado colaborar en este tipo de situación de extrema necesidad y vulnerabilidad, con el fin de otorgar una ayuda para las personas que se encuentran atravesando una difícil situación de salud. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-AUTORIZAR al Departamento contable la emisión de la pertinente orden de pago, correspondiente a la suma de PESOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 15.000,00) por ÚNICA VEZ a nombre de la Sra, GOMEZ Daniela DNI Nº 31.548.473 de la Ciudad de Aguaray, en cumplimiento de los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº0377/023 (Poder Ejecutivo)
VISTO
Ley Provincial Nº 8.072 “Sistema de Contratación de la Provincia de Salta”, Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936; Nota de Ref.: Dirección de Obras Públicas y Pedido de Suministro Nº 036971/23, Resolución Municipal Nº 0346-2.023, Y;
CONSIDERANDO
Que se realizó los procesos de Adjudicación Simple Nº 07/23 mediante Resolución Municipal Nº 0346-2.023, para la ejecución de la OBRA “CONSTRUCCION DE PAVIMENTO DE HORMIGON SIMPLE – ARTERIAS VARIAS: CALLE LIBERTAD Y CALLE GUEMES – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, Expte Nº 386 – 213.826/22, Resolución Municipal Nº 2219 – 2.022.-
Que, como lo establece la Ley Nº 8.072 en su Art. 30, 4º Párrafo…” cuando por razones de urgencia o emergencia debidamente fundadas y consignadas en el expediente no fuere posible efectuar la publicidad con carácter previo, se publicarán las adjudicaciones…”, que por lo precedentemente expuesto no se procedió a realizar el llamado de adjudicación y se realiza la compra directa para dar una solución inmediata a la población en general. –
Que, mediante Pedido de Provisión Nº 036971/23, se solicitó la “ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE MOVIMIENTO DE SUELO, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCION DE PAVIMENTO DE HORMIGON SIMPLE – ARTERIAS VARIAS: CALLE LIBERTAD Y CALLE GUEMES – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, la nota de requerimientos correspondientes del área de competencia. –
Que el Valor Total del servicio de Movimiento de Suelo es de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIEN CON 00/100 ($ 2.636.100,00) IVA incluido del cual se realizó el pago del 50 % del valor del monto correspondiente a la factura Nº 002-00000397 de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL CINCUENTA CON 00/100 ($ 1.318.050,00), IVA incluido, quedando pendiente el otro 50% final del pago en dos partes, una por Cheque a 30 días, la segunda y última parte en cheque a 60 días, quedando conformes la Empresa y la Municipalidad de Aguaray.-
Que, es necesario seguir el lineamiento administrativo correspondiente para que se efectivice el pago a los proveedores que prestaran servicio a nuestro municipio. –
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR la Compra solicitada por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Aguaray para la “ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE MOVIMIENTO DE SUELO, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCION DE PAVIMENTO DE HORMIGON SIMPLE – ARTERIAS VARIAS: CALLE LIBERTAD Y CALLE GUEMES – DPTO. SAN MARTÍN – PROVINCIA DE SALTA”, correspondiente a la Adjudicación Simple Nº 07/23 por razones de emergencia según lo expuesto en los CONSIDERANDOS de este documento. –
Art.N°2.-AUTORIZAR al Dpto. contable a emitir la pertinente Orden de Pago a nombre de la EMPRESA CAIMI FERNANDO ENRIQUE C.U.I.T. 20-16254469-2, con domicilio legal en Las Madreselvas 577, Ciudad de Aguaray, Provincia de Salta por un monto de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL CINCUENTA CON 00/100 ($ 1.318.050,00), IVA incluido, según Factura Nº 00002-00000398 adjunta a la presente. –
Art.N°3-La presente resolución será refrendada por el Secretario de Competencia, en referencia al Art. 37 de la Carta Orgánica Municipal – Ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-DESE copia de la presente a: la Oficina de Registro, Numeración y Archivo de Resoluciones Municipales, y a las partes Intervinientes. –
Art.N°5.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°6.-De forma. –
Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián
RESOLUCIÓN Nº0378/023 (Poder Ejecutivo)
VISTO
El Contrato de Servicio Eventual por Servicio de Lunch (Sándwich y Pizza) celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Montial, Elba DNI Nº F6.073.808, y;
CONSIDERANDO
Que mediante ingreso de Pedido de Suministro nº 037373 y Orden de Compra nº 14303, se solicita la autorización correspondiente para la contratación del Servicio de Lunch para el Personal de Obras Publicas afectados a la distribución de Agua en diferentes sectores según el VISTO de la presente.
Que, por todo lo precedentemente mencionado, es que corresponde dictar el presente acto administrativo, con el fin de contar con un instrumento legal que justifique las erogaciones a producirse. –
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE AGUARAY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS Y QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL – LEY Nº 7.936.-
R E S U E L V E
Art.N°1.-APROBAR El Contrato de Servicio eventual por elaboración de Sándwich y pizza, celebrado entre la Municipalidad de Aguaray y la Sra. Montial, Elba DNI Nº F6.073.808, que pasa a formar parte de la presente. –
Art.N°2.-AUTORIZAR a la Secretaría de Hacienda a imputar los gastos a la partida presupuestaria vigente. –
Art.N°3.-La presente resolución será refrendada por el Secretario de competencia, en referencia al art Nº 37 de la carta orgánica municipal ley Nº 7.936.-
Art.N°4.-Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal y Archívese. –
Art.N°5.-De forma. –
Sr. Fernández, Sandra – Sr. Alemán, Guillermo Sebastián